DOCTRINAS ARGENTINAS SOBRE EL DERECHO INTERNACIONAL

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Transcripción de la presentación:

DOCTRINAS ARGENTINAS SOBRE EL DERECHO INTERNACIONAL Origen Objeto Enunciado Ubic. Temp. Yrigoyen del “Status democrático” en el reconoci miento de Estados Proclamación de Armenia como país independiente Legitimar internacional mente una manifestación libertaria de los pueblos No cabe negar reconocimiento al Estado surgido de la voluntad soberana de sus habitantes. Inicio de la tercera década del S. XIX Drago “de las Bahías Históri-cas”. Voto disidente en el arbitraje de las pesquerías anglonorteamericanas. Delimitar el espacio marítimo. La soberanía marítima debe depender, en los espejos de aguas formados por identraciones de las costas, no sólo de criterios geográficos sino históricos Primera década del Siglo XX, cuando Drago se desempeñaba como como componente del tribunal arbitral.

DOCTRINAS ARGENTINAS SOBRE EL DERECHO INTERNACIONAL (2) Origen Objeto Enunciación Ubic. Temporal DRAGO SOBRE EL COBRO COMPULSIVO DE LA DEUDA PÚBLICA Reacción ante la agresión Europea a la República de Venezuela Limitar el uso de la fuerza La deuda impaga, en tanto no haya mala fe del deudor, no autoriza el uso de la fuerza Principios del Siglo XX, cuando Drago era Canciller del segundo gobierno de Julio A. Roca VARELA SOBRE LAS CONSECUEN CIAS DE LA GUERRA Situación de Paraguay, país vencido en la Guerra de la Triple Alianza Privar de todo efecto a la aventura bélica a guerra no da derechos Fines de la séptima década del Siglo XIX

DOCTRINAS ARGENTINAS SOBRE EL DERECHO INTERNACIONAL 3 Origen Objeto Enunciado Ubic. Temp. PUEYRRE- DON Mensaje del Canci- ller argentino a la Sociedad de las Naciones Asegurar la paz internacional Advierto acerca de os peligros de un orden internacional basado en la exclusión y el resentimiento 1920

DOCTRINAS ARGENTINAS SOBRE EL DERECHO INTERNACIONAL (4) Origen Objeto Enunciación Ubic. Temp. ALBERDI SOBRE EL CARÁCTER CRIMINAL DE LA GUERRA El mundo luego de la cruel Guerra Franco- prusiana Afianzar la paz y salvaguardar la vida humana Necesidad de responsabilizar criminalmente a los gobernantes. Comienzos de la novena década del Siglo XIX IRIGOYEN SOBRE NACIONALIDAD DE LAS SOCIEDADES POR ACCIONES Reclamación de Inglaterra respecto de las medidas tomadas en relación al Banco de Londres Restringir la protección diplomática de los capitales invertidos en sociedades financieras y de servicios públicos No puede atribuirse a la sociedad anónima la nacionalidad de sus socios Mediados de la octava década del Siglo XIX

DOCTRINA DE LA TERCERA POSICIÓN 1 DECÁLOGO (Elementos hoy gravitantes). Supresión de los actos de violencia. Justicia social. Solidaridad con los países democráticos. Respeto a las soberanías. Repudio de las ideologías antagónicas. Eliminación de las desinteligencias. Limitación de los litigios.