OLIVAL,18 DE JUNIO 2015. FONDOS DE SERVICIOS EDUCATIVOS  Los fondos de servicios educativos como mecanismo presupuestal de las instituciones educativas.

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Transcripción de la presentación:

OLIVAL,18 DE JUNIO 2015

FONDOS DE SERVICIOS EDUCATIVOS  Los fondos de servicios educativos como mecanismo presupuestal de las instituciones educativas estatales, han sido dispuestos por la ley, para la adecuada administración de sus rentas e ingresos y para atender sus gastos de funcionamiento, e inversión, (distintos a los de personal).

Manejo de Tesorería.  Es la principal función de la Pagadora y consiste en garantizar la liquidez y correcta destinación de los recursos financieros del Fondo de Servicios Educativos que se reciben y manejan en la oficina de Pagaduría.  Esta labor es vigilada y supervisada por la representante Legal del colegio.  Los dineros manejados por la pagadora son consignados en unas cuentas especiales a nombre del “ Fondo de Servicios Educativos”, establecida en una entidad del sistema financiero sujeta a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera.

INGRESOS POR GRATUIDAD (SGP):  Son los dineros que recibe la institución del SGP por concepto de gratuidad educativa. Los recursos monetarios transferidos a la institución corresponden al número de estudiantes matriculados en el SIMAT.  Estos Ingresos son consignados directamente por la nación al FOSE, en una entidad del sistema financiero sujeta a inspección y vigilancia de la superintendencia financiera, que para el caso del Colegio Luis Alberto Acuña de Olival es el Banco Davivienda de Suaita en la cuenta corriente N° , en el presente año (2015) consignaron la suma de $ fecha (17/04/2015). SGP: Sistema General de Participaciones.

Utilización de los recursos de Gratuidad: 1. Dotaciones pedagógicas del establecimiento educativo tales como mobiliario, textos, libros, materiales didácticos y audiovisuales, licencias de productos informáticos y adquisición de derechos de propiedad intelectual. 2. Mantenimiento, conservación, reparación, mejoramiento y adecuación de los bienes muebles e inmuebles del establecimiento educativo, y adquisición de repuestos y accesorios. Las obras que impliquen modificación de la infraestructura del establecimiento educativo estatal deben contar con estudio técnico y aprobación previa de la entidad territorial certificada respectiva.

3. Adquisición de los bienes de consumo duradero que deban inventariarse y estén destinados a la producción de otros bienes y servicios, como muebles, herramientas y enseres, equipo de oficina, de labranza, cafetería, mecánico y automotor. 4. Adquisición de bienes de consumo final que no son objeto de devolución, como papel y útiles de escritorio, elementos de aseo, cafetería, medicinas y materiales desechables de laboratorio, gas, carbón, o cualquier otro combustible necesario para el establecimiento educativo.

5. Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles necesarios para el funcionamiento del establecimiento educativo. 6. Adquisición de impresos y publicaciones. 7. Pago de servicios públicos domiciliarios, telefonía móvil e Internet, en las condiciones fijadas por la entidad territorial. 8. Pago de primas por seguros que se adquieran para amparar los bienes del establecimiento educativo cuando no estén amparadas por la entidad territorial certificada respectiva, así como las primas por la expedición de las pólizas de manejo que sean obligatorias.

9. Gastos de viaje de los educandos tales como transporte, hospedaje y manutención, cuando sean aprobados por el consejo directivo de conformidad con el reglamento interno de la institución. Los costos que deban asumirse por tal concepto podrán incluir los gastos del docente acompañante, siempre y cuando la comisión otorgada por la entidad territorial no haya generado el pago de viáticos.

10. Contratación de servicios técnicos y profesionales prestados para una gestión específica y temporal en desarrollo de actividades diferentes a las educativas, cuando no sean atendidas por personal de planta. Estos contratos requerirán la autorización del consejo directivo del establecimiento educativo y se rigen por las normas y principios de la contratación estatal. En ningún caso podrán celebrarse contratos de trabajo, ni estipularse obligaciones propias de las relaciones laborales tales como subordinación, cumplimiento de jornada laboral o pago de salarios. En todo caso, los recursos del Fondo de Servicios Educativos no podrán destinarse al pago de acreencias laborales de ningún orden.

12. Realización de actividades pedagógicas, científicas, deportivas y culturales para los educandos, en las cuantías autorizadas por el consejo directivo. 13. Inscripción y participación de los educandos en competencias deportivas, culturales, pedagógicas y científicas de orden local, regional, nacional o internacional, previa aprobación del consejo directivo. 14. Acciones de mejoramiento de la gestión escolar y académica, enmarcadas en los planes de mejoramiento institucional.

INGRESOS POR RECURSOS PROPIOS:  Son los dineros que recibe la institución a través de la tesorería de la institución educativa por los siguientes conceptos:  Constancias o certificaciones laborales ($1.200 c/u)  Certificados de estudio a egresados. (1.200 c/u)  Fotocopias (dinero recaudado por el servicio de fotocopias a estudiantes, docentes y personas particulares este dinero lo recauda la señora bibliotecaria de acuerdo a un control que se lleva en esta dependencia).  Arrendamiento de tienda escolar. ($ anual).

 Los recursos propios se deben manejar en una cuenta diferente de la cuenta donde se consignan los recursos de gratuidad, que para el caso del colegio Luis Alberto Acuña de Olival es el Banco Davivienda de Suaita en la cuenta de Ahorros N°  Utilización de los recursos propios : Se distribuyen dentro de los diferentes rubros del presupuesto para su normal funcionamiento y para las inversiones que el Proyecto Educativo Institucional demande, (diferentes de los gastos de personal).  Presupuesto anual. Es el instrumento de planeación financiera mediante el cual en cada vigencia fiscal se programa el presupuesto de ingresos y de gastos. El de ingresos se desagrega a nivel de grupos e ítems de ingresos, y el de gastos se desagrega en funcionamiento e inversión, el funcionamiento por rubros y la inversión por proyectos.

 Presupuesto de ingresos. Contiene la totalidad de los ingresos que reciba el establecimiento educativo a través del Fondo de Servicios Educativos  Presupuesto de gastos. Contiene la totalidad de los gastos, las apropiaciones o erogaciones que requiere el establecimiento educativo para su normal funcionamiento y para las inversiones que el Proyecto Educativo Institucional demande, (diferentes de los gastos de personal).  Utilización de los recursos : Se distribuyen dentro de los diferentes rubros del presupuesto para su normal funcionamiento y para las inversiones que el Proyecto Educativo Institucional demande, (diferentes de los gastos de personal).

 Contabilidad : Los fondos de servicios educativos del CLAOS llevan la contabilidad de acuerdo con las normas vigentes expedidas por el Contador General de la Nación.  Los informes financieros se elaboran y se presentan a los entes de control (contraloría) y a la Secretaría de Educación dentro de los plazos establecidos, los cuales son firmados por un contador Dr. Oscar Javier Grandas Ardila (primer trimestre) y para el segundo trimestre por la doctora Nidia Yesmin Gutierrez.

Atentamente, Auxiliar Administrativo con funciones de Pagadora