Contratos de trabajo La Institución básica y fundamental del derecho individual del trabajo es el contrato de trabajo. .

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Transcripción de la presentación:

Contratos de trabajo La Institución básica y fundamental del derecho individual del trabajo es el contrato de trabajo. .

Contrato de trabajo El contrato de trabajo es el acuerdo voluntario entre el trabajador y el empleador para intercambiar actividad subordinada por remuneración. El contrato de trabajo da inicio a la relación laboral, generando un conjunto de derechos y obligaciones para el trabajador y el empleador. art. 4º del D.S. Nº 003-97-TR. TEXTO UNICO ORDENADO DEL DEC. LEG. Nº 728, LEY DE PRODUCTIVIDAD Y COMPETITIVIDAD LABORAL

Sujetos del contrato de trabajo El empleador El empleador es la persona física o Jurídica que adquiere el derecho a la prestación de servicios y la potestad de dirigir la actividad laboral del trabajador, que pone a su disposición la propia fuerza de trabajo, obligándose a pagarle una remuneración . El trabajador El trabajador es la persona física que se obliga frente al empleador a poner a disposición y subordinar su propia y personal energía de trabajo , a cambio de una remuneración.

Elementos del contrato de trabajo La doctrina es muy variada respecto a este punto, consideró que los elementos serían de tres tipos: Genéricos. Esenciales. Típicos.

Elementos del contrato de trabajo Elementos Genéricos Elementos Esenciales Son los que corresponden a todo contrato, o aún más a todo acto jurídico. El artículo 140º del Código Civil considera para la validez del acto jurídico los siguientes requisitos Agente capaz. Objeto físico y jurídicamente posible, Fin Lícito. Observancia de la forma prescrita bajo sanción de nulidad. Para la existencia del contrato de trabajo es necesario que concurran los tres elementos esenciales: Prestación personal de servicios. Subordinación. Remuneración.

Prestación de servicios Elementos esenciales Prestación de servicios El trabajador pone a disposición del empleador su propia fuerza de trabajo, debiendo prestar los servicios en forma personal y directa. El Art. 5º del D.S. Nº 003-97-TR expresa: “Los servicios para ser de naturaleza laboral, deben ser prestados en forma personal y directa sólo por el trabajador como persona natural. No invalida esta condición que el trabajador pueda ser ayudado por familiares directos que dependan de él, siempre que ello sea usual dada la naturaleza de las labores.

Elementos esenciales La subordinación consiste en el poder de mando del empleador y el deber de obediencia del trabajador. Ese poder de dirección se concreta en tres atribuciones especiales, reconocidos al empleador: dirigir, fiscalizar y sancionar al trabajador. SUBORDINACION El Art. 9º del D.S. Nº 003-97-TR expresa considera que “ por la subordinación el trabajador presta sus servicios bajo dirección de su empleador, el cual tiene facultades para normar reglamentariamente las labores, dictar las ordenes necesarias para la ejecución de las mismas y sancionar disciplinariamente, dentro de los límites de la razonabilidad,…..

Elementos esenciales Es la retribución que recibe el trabajador de parte del empleador a cambio de su trabajo. Es el principal derecho del trabajador surgido de la relación laboral. Tiene carácter contraprestativo, en cuanto retribución por el trabajo brindado REMUNERACION Constituye remuneración para todo efecto legal el integro de lo que el trabajador recibe por sus servicios, en dinero o en especie cualesquiera sean la forma o denominación que se le de, siempre que sea de su libre disposición.

Elementos del contrato de trabajo Elementos Típicos ¿Dónde? ¿Cuánto tiempo?... La duración de la relación La duración de la jornada El lugar de prestación del servicio. El número de empleo (o empleadores) que tiene el trabajador.

Caracteres del contrato de trabajo Nace del simple acuerdo de voluntades de las partes Consensual Existe el interés de dos partes: trabajador y empleador, cada una de las partes se obliga a cumplir una prestación. Bilateral Cada parte debe cumplir con una prestación que signifique desprenderse de algo en beneficio de la otra: la fuerza de trabajado (trabajador) y la remuneración (empleador). Oneroso

Caracteres del contrato de trabajo Es el momento de la celebración del contrato ya se conocen las prestaciones a cargo de ambas partes, entrega de la fuerza de trabajo (trabajador) y pago de la remuneración (empleador). Conmutativo Su ejecución se da en el transcurso de tiempo a través de prestaciones que se ejecutan permanentemente. Tracto sucesivo

Efectos del contrato El contrato de trabajo se convierte en el título jurídico del que se deriva la atribución patrimonial de los frutos del trabajo al empleador. La relación laboral determina el pago de una serie de beneficios laborales, como seguro de vida , gratificaciones semestrales, vacaciones anuales pagadas, compensación por tiempo de servicios, participación en utilidades, indemnización por despido arbitrario, remuneración mínima vital, asignación familiar, entre otros.

Clases de contratos Según la legislación empresarial peruana, existen tres clases de contratos de trabajo: Contratos a Tiempo Indeterminado Contratos a Tiempo Parcial Contratos Sujetos a modalidad

Clases de contratos

Contrato según modalidad Clases de contratos Contrato según modalidad Según el artículo 53° del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR, Los contratos de trabajo sujetos a modalidad pueden celebrarse cuando así lo requieran las necesidades del mercado o mayor producción de la empresa, así como cuando lo exija la naturaleza temporal o accidental del servicio que se va a prestar

Contratos de naturaleza temporal Contrato por inicio o lanzamiento de una nueva actividad Contrato por necesidades del mercado Es aquel celebrado entre un empleador y un trabajador originados por e-l inicio de una nueva actividad empresarial. Su duración máxima es de tres años. Se celebra entre un empleador y un trabajador con el objeto de atender incrementos coyunturales de la producción originados por variaciones sustanciales de la demanda en el mercado. Duración máxima 5 años. Contrato por reconvención Empresarial Celebrado en virtud a la sustitución, ampliación o modificación de las actividades desarrolladas en la empresa, y en general toda variación de carácter tecnológico en las maquinarias, equipos, instalaciones, medios de producción… Duración máxima 2 años.

Contratos de naturaleza accidental Contrato ocasional Contrato de suplencia El contrato accidental-ocasional es aquel celebrado entre un empleador y un trabajador para atender necesidades transitorias distintas a la actividad habitual del centro de trabajo. Su duración máxima es de seis meses al año. el objetivo de este contrato es que que este sustituya a un trabajador estable de la empresa, cuyo vínculo laboral se encuentre suspendido por alguna causa justificada convencionales aplicables en el centro de trabajo. Su duración será la que resulte necesaria según las circunstancias. Contrato de emergencia El contrato de emergencia es aquel que se celebra para cubrir las necesidades promovidas por caso fortuito o fuerza mayor. Su duración coincidirá con la emergencia.

Contratos de obra o servicio Contrato especifico Contrato intermitente Los contratos para obra determinada o servicio específico, son aquellos celebrados entre un empleador y un trabajador, con objeto previamente establecido y de duración determinada. Su duración será la que resulte necesaria para la conclusión o terminación de la obra o servicio objeto del contrato. Contratos que buscan cubrir las necesidades de las actividades de la empresa que por su naturaleza son permanentes pero discontinuas. Contrato de temporada Se establecen con el objeto de atender necesidades propias del giro de la empresa o establecimiento, que se cumplen sólo en determinadas épocas del año y que están sujetas a repetirse en períodos equivalentes en cada ciclo en función a la naturaleza de la actividad productiva.

Contrato a extranjeros Las empresas nacionales o extranjeras podrán contratar personal extranjero en una proporción de hasta el 20% del número total de sus servidores, empleados y obreros. Sus remuneraciones no podrán exceder del 30% del total de la planilla de sueldos y salarios. No se consideran en las limitaciones sobre contratación de trabajadores extranjeros en los siguientes supuestos: Al extranjero con cónyuge , Al extranjero con vía de inmigrante. Al extranjero con cuyo país de origen exista convenio de reciprocidad laboral o de doble nacionalidad. Al personal de empresas extranjeras dedicadas al servicios internacional de transporte. Al personal extranjero que labore en las empresas de servicios multinacionales o bancos multinacionales. Al personal extranjero que, en virtud de convenios prestare sus servicios en el país. Los artistas, deportistas durante un período máximo de tres meses al año

Contrato a extranjeros Los empleadores podrán solicitar exoneración de los porcentajes limitativos, en los casos siguientes: Cuando se trate de personal profesional o técnico especializado. Cuando se trate de personal de dirección y/o gerencial de una nueva actividad empresarial o en caso de reconvención empresarial. Cuando se trate de profesores contratados para la enseñanza superior, o de enseñanza básica o secundaria en colegios particulares extranjeros, o de enseñanza de idiomas. Cuando se trate de personal de empresas del sector público o de empresas privadas que tengan celebrados contratos con organismos, institucionales o empresas del sector público. Cualquier otro caso que establezca por decreto supremo, siguiendo los criterios de especialización, calificación

Índices de empleo y desempleo

Estructura de la población

Población activa Población inactiva La población con empleo y la población desempleada. compuesta por aquellos miembros de la población que no están en disposición de trabajar, sea por estudios, edad -niños y población anciana o jubilada-, enfermedad o cualquier otra causa legalmente establecida.

Población en edad de trabajar Mayores de una edad especifica : 18 años

Empleo en la década del 70 En la década del 70, se tuvieron los mayores niveles de empleo adecuado, con salarios mayores al mínimo y con todos los beneficios sociales y derechos laborales reconocidos por las leyes vigentes en el momento.

Empleo en la década del 80 En los 80, sobre todo en la segunda mitad, a partir del proceso hiperinflacionario, el empleo adecuado se derrumbó a niveles del 20% al 25% y el subempleo pasó a ser la categoría el Perú, llegando a niveles de principal de la situación laboral en el 60% y 70%.

Índices de empleo A nivel nacional en el año 2013 se espera un crecimiento del 6 % o 6.5%. El crecimiento del empleo será del 4%. Los sectores que más se involucraron en el crecimiento del empleo son: comercio, industria y servicios.

Consecuencias del desempleo La falta de empleo en el Perú no es un problema reciente, sino que se viene dando hace muchos años. Este problema ha generado diversas actitudes en la población: La migración. Creación de MYPEs que dan empleo a muchas personas mediante la creación de pequeñas empresas.

Restricciones de las Mypes

Condiciones favorables para hacer empresa: Factor sociocultural, relacionado con el espíritu creativo del peruano. Elementos de índole económica, como una mayor apertura de mercado. Los acuerdos comerciales que disminuyen las barreras de entrada. Los positivos resultados macroeconómicos sostenidos en los últimos años, que permiten crear confianza en el futuro. Procesos de integración regional El estado está dejando de lado su papel paternalista para convertirse en promotor del desarrollo económico. Competividad generada por la apertura de productos importados. Políticas gubernamentales. Educación y capacitación Investigación y transferencia tecnológica.

Condiciones desfavorables para hacer empresa: La mayoría de empresarios pertenecen a la micro y mediana empresa Escasas capacidades operativas Limitadas capacidades gerenciales Problemas de información Informalidad Desarticulación empresarial Uso inadecuado de tecnología Dificultad de acceso a financiamiento.

Las mypes Las micro y pequeñas empresas constituyen las principales generadoras de empleo en el Perú. Por ellos responder a sus necesidades de información en vital para el crecimiento del empleo y del aumento de la inversión privada.

Mypes formales e informales

Mypes formales e informales

Empleo y PBI

Desempleo

Desempleo estructural Tipos de desempleo Desempleo estructural El desempleo estructural corresponde técnicamente a un desajuste entre oferta y demanda de mano de obra En esta clase de desempleo, la característica de la oferta suele ser distinta a la característica de la demanda

Tipos de desempleo Desempleo cíclico Este tipo de desempleo ocurre solo por un ciclo, en este caso, sus consecuencias pueden llevar a países con instituciones débiles a la violencia y finalmente la desobediencia civil.

Tipos de desempleo Desempleo friccional Desempleo Estacional El desempleo friccional (por rotación y búsqueda) y El desempleo por desajuste laboral Es aquel que varía con las estaciones del año debido a fluctuaciones estacionales en la oferta o demanda de trabajo

Desempleo de larga duración Tipos de desempleo Desempleo de larga duración Se considera parado de larga duración a la persona inscrita como demandante de empleo, de forma ininterrumpida, durante un periodo superior a un año.