Instituto Federal de Acceso a la Información Pública 5 de diciembre de 2009 Diplomado: Transparencia y acceso a la información pública CAIP-BUAP-IFAI El.

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Transcripción de la presentación:

Instituto Federal de Acceso a la Información Pública 5 de diciembre de 2009 Diplomado: Transparencia y acceso a la información pública CAIP-BUAP-IFAI El derecho de acceso a la información en México

Transparencia “Un estado democrático es aquel que provee de información cierta y sistemática a su sociedad” Jeremy Rifkin UNA CARACTERÍSTICA DEL ESTADO DEMOCRÁTICO

 La sociedad que elige a su gobierno democráticamente, es la dueña de la información estatal.  La información es de la sociedad, por eso es esencialmente pública.  En una democracia, la información que no puede ser pública es excepcional.  Los gobernantes son sólo depositarios temporales de los documentos y la información Estado y publicidad Ernesto Garzón Valdés

Leyes de acceso a la información en el mundo:

 Derechos fundamentales encuentran vías de realización  Las razones de toda decisión gubernamental, así como los costos y recursos comprometidos, son accesibles, claros y públicos  Racionalidad de la política pública: del diagnóstico al impacto  Eleva la calidad de la toma de decisiones individual y colectiva  Debate público de asuntos de interés público  Reducción de asimetrías Utilidad pública de la apertura del Estado

La mecánica de las leyes de acceso a la información  Que toda decisión gubernamental esté documentada  Que todo documento sea ordenado y archivado  Que el acceso a ese documento por cualquier persona sea sencillo y expedito

La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG)

El diseño de la Ley Federal de Transparencia Poder u órgano Autoridad que resuelve controversias Ejecutivo Federal (Secretarías, entidades, órganos desconcentrados, etc.) IFAI Poder LegislativoInstancia del Poder Legislativo Poder JudicialInstancia del Poder Judicial Órganos autónomos (IFE, CNDH, BANXICO, ASF, UNAM, INEGI, etc. Instancia de dichos órganos La Ley Federal de Transparencia obliga a todos los poderes y órganos autónomos federales

Los procedimientos de la Ley Procedimiento Plazo (días hábiles) Instancia responsable Solicitud de Acceso a la Información 20 * Dependencia o entidad de la APF Solicitud de Acceso a Datos Personales 10 Dependencia o entidad de la APF Solicitud de Corrección de Datos Personales 30 Dependencia o entidad de la APF Recurso de Revisión 30 listar * 20 resolver * IFAI * Estos plazos pueden prorrogarse por una sola vez y por un plazo igual

Comité de Información Recurso de Revisión Unidad de Enlace Instituto Federal de Acceso a la Información Pública Solicitud de información La maquinaria de la Ley Federal de Transparencia

 La Ley parte del supuesto de que toda la información gubernamental es pública (Art. 2)  Explícitamente favorece el principio de publicidad (Art. 6): si hay duda sobre si un documento es público o no, entonces debe optarse por la publicidad  Clasificación simple. Sólo existen 2 excepciones: reservada y confidencial (Artículos 13, 14 y 18) Acceso a la Información

La información clasificada Información Clasificada Arts. 13, 14 y 18 Art. 14 De naturaleza no pública por tratarse de procesos deliberativos que no hayan causado estado, y de plazo de reserva limitado a la conclusión del proceso Art. 14 De naturaleza no pública Consagrada en otras leyes, y plazo de reserva indefinido Información Confidencial Art. 18 Datos personales De naturaleza no pública y de reserva permanente InformaciónReservada Arts. 13 y 14 Art. 13 De naturaleza no pública sólo si su publicación daña la función pública (prueba del daño) y con plazo de reserva limitado a la subsistencia del daño

Obliga al gobierno federal a publicar información (Art. 7 Obligaciones de Transparencia)  Estructura orgánica  Facultades de las unidades administrativas  Directorio de servidores públicos  Remuneración mensual  Domicilio de la unidad de enlace  Metas y objetivos de las unidades administrativas  Servicios  Trámites, requisitos y formatos  Presupuesto asignado  Resultados de auditorías al ejercicio presupuestal  Programas de subsidio y sociales  Concesiones, permisos y autorizaciones  Contrataciones  Marco normativo  Informes  Mecanismos de participación ciudadana  Información de utilidad

Sistemas electrónicos para el acceso a la información  Toda persona, desde cualquier parte del mundo, puede hacer una solicitud de información  Publicidad de todas la preguntas y de todas las respuestas  Reducción de costos de transacción  La información como bien público  Sencillez y eficiencia en la gestión de solicitudes, respuestas y controversias

Impacto de las vías de acceso electrónicas a nivel federal Fuente: IFAI. Datos al 26 de noviembre de 2009.

La constitucionalización de un derecho fundamental

33 leyes de transparencia en México: una federal y 32 estatales Año de aprobación No. de entidades

FECHA VOTACIÓN COMENTARIO A FAVOR EN CONTRA ABSTENCIONES Cámara de Diputados 06-Mar Se aprueba por unanimidad Cámara de Senadores 24-Abr Se aprueba por unanimidad El proceso de aprobación de la reforma al 6 constitucional

CONGRESO LOCAL FECHA VOTACIÓN COMENTARIO A FAVOR EN CONTRA ABSTENCIONES 1.- Tamaulipas28-Abr Unanimidad 2.- Coahuila08-May Unanimidad 3.- Morelos08-May Unanimidad 4.-Quintana Roo15-May Mayoría 5.-Nayarit17-May Unanimidad 6.-Aguascalientes17-May Unanimidad 7.-Colima23-May Unanimidad 8.-Zacatecas24-May Unanimidad 9.-Chihuahua24-May Unanimidad 10.-Querétaro24-May Unanimidad 11.-Baja California Sur24-May Unanimidad La aprobación de la reforma en los estados

CONGRESO LOCAL FECHA VOTACIÓN COMENTARIO A FAVOR EN CONTRA ABSTENCIONES 12.-Durango29-May Unanimidad 13.-Chiapas29-May Unanimidad 14.-Nuevo León30-May Unanimidad 15.-Guanajuato30-May Unanimidad 16.-San Luis Potosí31-May Unanimidad 17.-Edo. de México31-May Unanimidad 18.-Puebla01-Jun Unanimidad 19.-Sinaloa05-Jun Unanimidad 20.-Sonora05-Jun Unanimidad 21.-Jalisco06-Jun Unanimidad 22.-Hidalgo07-Jun Unanimidad La aprobación de la reforma en los estados

 Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad.  La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes.  Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales o a la rectificación de éstos. La reforma al artículo 6 constitucional

 Se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos. Estos procedimientos se sustanciarán ante órganos u organismos especializados e imparciales, y con autonomía operativa, de gestión y de decisión.  Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos. La reforma al artículo 6 constitucional

 Las leyes determinarán la manera en que los sujetos obligados deberán hacer pública la información relativa a los recursos públicos que entreguen a personas físicas o morales.  La inobservancia a las disposiciones en materia de acceso a la información pública será sancionada en los términos que dispongan las leyes.  Transitorio: Todas las entidades federativas, así como los municipios con población mayor a 70,000 habitantes deberán contar con sistemas electrónicos para que cualquier persona pueda hacer uso remoto de los mecanismos de acceso a la información y de los procedimientos de revisión a los que se refiere la reforma, a más tardar en dos años a partir de la entrada en vigor del mismo. La reforma al 6 constitucional

El diseño del derecho de acceso a la información en México Artículo 6 de la Constitución: Principios y bases comunes para toda autoridad federal, estatal o municipal  Poder Ejecutivo - IFAI  Otros Poderes y órganos autónomos crean sus órganos garantes Ley Federal (LFTAIPG) Leyes estatales Autoridad garante FederalJurisdicción Marco normativo Comisiones, Consejos o Institutos estatales Estatal y municipal

El diseño del derecho de acceso a la información en México Artículo 6 de la Constitución: Principios y bases comunes para toda autoridad federal, estatal o municipal  Poder Ejecutivo - IFAI  Otros Poderes y órganos autónomos crean sus órganos garantes Ley Federal (LFTAIPG) Leyes estatales Autoridad garante FederalJurisdicción Marco normativo Comisiones, Consejos o Institutos estatales Estatal y municipal

Los sistemas electrónicos en julio de 2007 Gobiernos con sistema electrónico Gobiernos sin sistema electrónico

Gobiernos integrados a Infomex Gobiernos en proceso de integración Gobiernos que aun no se integran a Infomex Estados en integración y con funcionamiento en municipios Infomex: un sistema nacional para el ejercicio de un derecho

Los objetivos del derecho de acceso a la información  Provocar que el Estado mexicano proporcione, ventile y entregue la información que genera  Nuevos temas y debates: partidos políticos, sindicatos, derechos humanos, seguridad pública, datos personales, etc.  Ordenar, clasificar y preservar el acervo documental y los archivos del país  Publicidad de los criterios de la autoridad

El efecto democratizador de la transparencia  Establece un nuevo contexto de exigencia: los funcionarios públicos están sujetos a un escrutinio público permanente, por cualquier persona, en cualquier momento, desde cualquier parte

INFOMEX: ZOOM: POT: TEL IFAI (asesoría gratuita) TEL Dirección de Promoción y Vinculación con la Sociedad Organizada