1 Unidad II - 2016 Teoría General de la Imposición – Principios.

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Transcripción de la presentación:

1 Unidad II Teoría General de la Imposición – Principios

2 Premisa Los tributos son una transferencia coactiva de recursos del sector privado al sector público. En las sociedades modernas, organizadas como Estados de derecho, el uso del poder estatal coactivo debe hacerse de acuerdo con criterios normativos que tienen aceptación general.

COSTOS Y TRIBUTOS ‘Costos’ a tener en cuenta a la hora de elaborar impuestos 3

4 Aplicabilidad: costos La tarea de recaudar tributos tiene, en primer lugar, costos administrativos que son los que se requieren para el funcionamiento de los entes recaudadores. También existen costos de la elaboración legislativa, desde la formulación de proyectos hasta su aprobación final y, costos judiciales y administrativos del sistema de resolución de controversias fiscales.

5 Aplicabilidad: costos de cumplimiento Los contribuyentes, por su parte, sufren costos de cumplimiento. Estos incluyen el tiempo y el trabajo insumido para cumplir las obligaciones impositivas (se consideran los gastos administrativos y de asesoría fiscal).

6 Aplicabilidad: costos psicológicos Además de estos costos “tradicionales” de cumplimiento, estudios recientes ponen de manifiesto otros ítems de importancia cuantitativa y cualitativa. Por ejemplo, los costos psicológicos de los contribuyentes (estrés, frustración, ansiedad con relación al cumplimiento de las obligaciones impositivas).

7 “Los sistemas tributarios de los países en desarrollo” Vito Tanzi

8 “Los sistemas tributarios de los países en desarrollo” Vito Tanzi

9 Principios que permiten una mejor administración del sistema tributario

10 Principios que permiten una mejor administración del sistema tributario 1. Sencillez Un sistema tributario sencillo se basa, principalmente, en unos pocos impuestos de bases amplias (habitualmente ingreso y consumo), que se definen de manera muy general, sin reglas complicadas y sin demasiados tratamientos particulares. De esta forma se reducen los costos operativos tanto para la Administración Tributaria, como para el contribuyente y se disminuyen las posibilidades de fraude fiscal que, en cambio, son alentados por sistemas complejos que no son bien comprendidos. N: “el lenguaje también debería ser sencillo, al alcance del contribuyente” (I)

11 Principios que permiten una mejor administración del sistema tributario 2 Congruencia La congruencia debe entenderse sobre el conjunto del sistema tributario. Por ejemplo, debe evitarse la existencia de “huecos” en las definiciones de las bases imponibles. La reiteración frecuente de modificaciones legislativas o reglamentarias atenta contra la congruencia tributaria. N: “el sistema tributario, en conjunto, no debe estar plagado de contradicciones” (I)

12 Principios que permiten una mejor administración del sistema tributario 3. Transparencia La transparencia tributaria presenta dos aspectos: Primero, la certeza en la determinación del monto de la obligación tributaria del contribuyente. Segundo, la claridad y comprensibilidad de las normas tributarias que las definen. N: “proporcionar la misma información, que se mantenga el principio de predictibilidad con la información” (I)

13 4. Principio de la comodidad en el pago del impuesto Según este principio todo impuesto debe ser recaudado en el tiempo y en el modo en que con mayor probabilidad sea conveniente para el contribuyente pagarlo. Este principio implica atenuar los efectos del impacto o percusión del impuesto.

14 Principio de la comodidad en el pago del impuesto La percepción del impuesto en el tiempo y modo que disponga el legislador o, por delegación, la administración fiscal, produce una sustracción de dinero al contribuyente que se hallará compelido a proveerse de la liquidez necesaria para el cumplimiento de su obligación legal. Ello tiene un costo para el contribuyente que deberá ser reducido al mínimo, so pena de provocar una carga excedente, en desmedro de la eficiencia de la asignación de los recursos y del principio de economicidad. P de E: “el máximo resultado posible con el mínimo posible de medios”

15 5. Principio de evitar la aplicación de los impuestos sobre actividades que se inician “No se debe matar a la gallina de los huevos de oro”. Según este principio, el fisco debe buscar como fuente de recursos a las empresas ya consolidadas, evitando que una imposición de gravámenes demasiado temprana debilite a las empresas en sus comienzos. Principio de “incentivación” a las actividades productivas. N: “evitar poner cargas demasiado altas a lo que recién empieza o ser demasiado rigurosos con lo que recién inicia” (I)

Sunat ya no aplicará multas a pequeñas empresas que incumplan con presentar declaraciones “La Sunat anunció que desde el 28 de enero del 2016 ya no se sanciona con multas a las pequeñas empresas, cuyas importe de ventas o compras, por cada uno de ellos, no supere los S/ 1,975, y que no presenten sus declaraciones o las presenten fuera de plazo. Indicó que una vez detectada dicha infracción, la Sunat notificará al contribuyente una esquela de omiso, otorgándole un plazo para que cumpla con la presentación de las declaraciones o comunicaciones requeridas. Hasta antes de esta disposición, la Sunat imponía la misma multa a todos los contribuyentes, sin tomar en consideración el nivel de sus compras o de sus ventas. En ocasiones los pequeños contribuyentes pagaban multas que superaban sus ingresos. En los dos últimos años se han aplicado este tipo de sanciones a cerca de 200 mil contribuyentes.” Diario Gestión 07 febrero

Los contribuyentes beneficiados son los que se encuentran en las siguientes situaciones: 1. Omiten presentar las declaraciones debido a que no han iniciado actividades económicas (compras ni ventas) o porque las han suspendido temporalmente. 2. Solicitan autorización de impresión de comprobantes de pago pero no inician actividades económicas que generen ingresos. 3. Omiten presentar la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta cuando la inscripción la realizan en los últimos meses del año Diario Gestión 07 febrero

18 6. Principio de productividad Consiste en que el legislador al elegir el tipo de impuesto a establecer, ha de dar preferencia a aquél que estimule y no desaliente las actividades productivas de la economía privada. El problema que se plantea es como lograr armonizar este principio con los otros principios de igualdad y eficiencia (la óptima asignación de los recursos).

Algunas consideraciones sobre los principios 19

20 Principio de igualdad Jurídicamente, hay una evolución de la doctrina, de la jurisprudencia, de la legislación, en particular de las cartas constitucionales. Esta evolución culmina con la identificación del principio de igualdad con el principio de la capacidad contributiva. P. C. C.: “sólo damos lo que podemos dar” (I)

21 Principio de neutralidad La neutralidad del impuesto significa que éste debe dejar inalteradas todas las condiciones del mercado o no provocar distorsiones de la oferta, de la demanda y de los precios, no sólo en las transacciones de bienes gravados, sino de todos los bienes y servicios. N: “no debes permitir que el actor económico actué de una manera distinta a lo que tenia planeado” (I)

22 Principio de neutralidad De la observación fáctica se tiene que todos los impuestos producen algunos efectos en la economía del mercado. Esta comprobación ha servido de base para la utilización del impuesto no sólo y no siempre para cubrir los gastos públicos, sino también para el logro de otros propósitos como la redistribución de ingresos, la estabilización o el desarrollo.

23 Principio de neutralidad El principio de neutralidad sigue vigente, pero con alguna corrección. No se postula más que el impuesto no debe provocar distorsiones en los mecanismos del mercado, sino que el impuesto no debe provocar en el mercado otras modificaciones que las intencionales, en relación con los fines de la política fiscal para los cuales ha sido elegido.

24 Relación entre los diferentes principios Los principios de la tributación tienen la misión de ser guías del diseño de un sistema fiscal adecuado. Los principios no son sólo conceptos puramente lógicos o filosóficos. Son categorías históricas que están relacionadas con situaciones de tiempo y lugar.

25 Análisis general de los principios Los llamados “principios de la tributación” cumplen diversas funciones: En algunos casos son reglas, pautas o guías de la acción fiscal. Ej: P de N En algunos casos son reglas, pautas o guías de la acción fiscal. Ej: P de N En otros casos se constituyen en la referencia o modelo obligado. Ej: P de C En otros casos se constituyen en la referencia o modelo obligado. Ej: P de C Actúan como patrón de control de razonabilidad, utilidad, objetivos. Ej. P s a q Ini. Actúan como patrón de control de razonabilidad, utilidad, objetivos. Ej. P s a q Ini. Algunos son expresiones de buenos deseos. Algunos son expresiones de buenos deseos. E; P de S. E; P de S.

26 Análisis general de los principios Algunos principios son verdaderos postulados. Pertenecen a este grupo los principios de generalidad, de igualdad, justicia y equidad con sus corolarios de beneficio y capacidad contributiva, de neutralidad. “nos dice que nadie debe estar exento de pagar impuesto” Mx “ “Este principio viene a significar que todos los ciudadanos deben soportar las cargas públicas” (Es) "sistema tributario justo, inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio“ (Es)

27 Análisis general de los principios : Ideologia existente (I) Otros principios no tienen ese carácter a priori, sino que constituyen la expresión de objetivos políticos inspirados en la ideología dominante (Santos) (I), como evitar, en lo posible, la modificación del equilibrio existente antes del impuesto o la posición económica relativa de los contribuyentes y permitir o consagrar la inviolabilidad del derecho de propiedad.

28 Análisis general de los principios Otros principios son reglas de buen criterio en la elección de los impuestos a utilizar y adecuado manejo de los impuestos elegidos. Es el caso del principio de asegurar una recaudación significativa y de elegir impuestos flexibles.

29 Análisis general de los principios Otros principios, finalmente, son en realidad los objetivos que las doctrinas modernas han atribuido al Estado como tareas a cumplir con los instrumentos financieros, o más restrictivamente, tributarios. Es el caso del principio redistributivo o el de la adopción de los impuestos que promuevan el logro y el mantenimiento del nivel de empleo y de precios, evitando por un lado la inflación y por el otro la depresión y el desempleo.

30 Eficacia de los principios de la imposición Su aplicación es insoslayable cuando están contenidos en las Cartas Constitucionales. Son los denominados postulados.

31 Eficacia de los principios de la imposición Principios que son reglas de buen criterio. Tienen eficacia por la común aceptación de su bondad como reglas empíricas derivadas de la experiencia y la razón.

32 Eficacia de los principios de la imposición Principios que constituyen objetivos que las doctrinas modernas han atribuido al Estado. Reflejan la aceptación por el poder público de los objetivos de las finanzas modernas: la redistribución, la estabilización y el desarrollo.

33 CARACTERISTICAS Primera Característica: No es trasladable y afecta de manera directa y definitiva aquel supuesto que la ley del impuesto a la renta lo determiné Primera Característica: No es trasladable y afecta de manera directa y definitiva aquel supuesto que la ley del impuesto a la renta lo determiné Segunda Características: Aplica el principio de equidad y está relacionada con la capacidad con la Capacidad contributiva Segunda Características: Aplica el principio de equidad y está relacionada con la capacidad con la Capacidad contributiva Tercera característica: Pretende captar una mayor cantidad de fondos de los contribuyentes Tercera característica: Pretende captar una mayor cantidad de fondos de los contribuyentes Cuarta Característica: El impuesto a la renta grava una serie de hechos que ocurren en un determinado espacio de tiempo Cuarta Característica: El impuesto a la renta grava una serie de hechos que ocurren en un determinado espacio de tiempo Quinta Característica: El impuesto a la renta puede ser de tipo Global y de tipo cedular Quinta Característica: El impuesto a la renta puede ser de tipo Global y de tipo cedular

34 TEORIAS Que regulan el tema de la Afectación en el I. a la Renta. TEORIAS Que regulan el tema de la Afectación en el I. a la Renta. TEORIA DE LA RENTA O TEORIA DE LA RENTA Es sencilla y explica los supuestos de afectación al pago de impuesto a la Renta. TEORIA DE LA RENTA O TEORIA DE LA RENTA Es sencilla y explica los supuestos de afectación al pago de impuesto a la Renta. TEORIA DEL FLUJO DE LA RIQUEZA Esta teoría considera renta gravable a todo beneficio económico que fluya hacia un sujeto. TEORIA DEL FLUJO DE LA RIQUEZA Esta teoría considera renta gravable a todo beneficio económico que fluya hacia un sujeto. TEORIA DEL CONSUMA MAS INCREMENTO Requiere analizar básicamente dos rubros en donde se analiza si una persona cuenta o con capacidad de pago o ingresos. TEORIA DEL CONSUMA MAS INCREMENTO Requiere analizar básicamente dos rubros en donde se analiza si una persona cuenta o con capacidad de pago o ingresos.

35 CRITERIOS DE VINCULACION PARA DETERMINAR LA BASE JURISDICCIONAL DEL IMPUESTO A LA RENTA DOMICILIO: Entendido como le lugar donde desarrolla la mayor parte de sus actividades de una persona natural o constitución de una persona jurídica DOMICILIO: Entendido como le lugar donde desarrolla la mayor parte de sus actividades de una persona natural o constitución de una persona jurídica NACIONALIDAD: Vinculo político y social que une a una persona (nacional) FUENTE. Criterio más utilizado donde se prioriza el lugar donde se está generando o produciendo la renta. Hay fuentes de rentas peruanas y Fuentes de rentas extranjeras FUENTE. Criterio más utilizado donde se prioriza el lugar donde se está generando o produciendo la renta. Hay fuentes de rentas peruanas y Fuentes de rentas extranjeras

36 Teorías que fundamentan la obligación Tributaria Teoría de los servicios Públicos: Teoría de la Necesidad Social Teoría de la relación de la Sujección: Teoría del Seguro Teoría del Gasto Publico

Fin 37