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Comentario a los proyectos de reforma constitucional en materia de recursos hídricos: Matías Guiloff, Profesor de Derecho Administrativo, Universidad Diego.

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Presentación del tema: "Comentario a los proyectos de reforma constitucional en materia de recursos hídricos: Matías Guiloff, Profesor de Derecho Administrativo, Universidad Diego."— Transcripción de la presentación:

1 Comentario a los proyectos de reforma constitucional en materia de recursos hídricos: Matías Guiloff, Profesor de Derecho Administrativo, Universidad Diego Portales (matias.guiloff@udp.cl)

2 Estructura: I-Problemas del marco legal vigente: II-La economía política de los recursos hídricos: III-Análisis de las propuestas: IV-Algunas sugerencias:

3 Problemas del marco legal vigente: Los ciclos en el uso de los recursos: El marco legal vigente y su correspondencia con el ciclo actual: El rol de la Constitución en el marco legal vigente:

4 Problemas del marco legal vigente: Los problemas más acuciantes: el impacto del mercado de aguas en la equidad en el acceso, manejo de cuencas hidrográficas, conflictos por los usos múltiples del recurso (Bauer, 2004), incapacidad para abordar adecuadamente los fenómenos de sequía (UDP, 2013). La necesidad de definir hacia donde se quiere avanzar:

5 La economía política de los recursos hídricos: El agua es esencial para fines de subsistencia y fines productivos: El status quo regulatorio actual se encarga más de los segundos que de los primeros: Mover la balanza afectará desfavorablemente a varios agentes productivos que dependen del recurso:

6 La economía política de los recursos hídricos: La experiencia de la aprobación de la Ley Nº 20.017 es ilustrativa de lo difícil que puede resultar aprobar una reforma como esta: Dada la falta de correspondencia entre la situación de los recursos hídricos y su marco legal, es crucial aprobar una reforma buena y viable: Esto debiera ser considerado a la hora de definir los medios para conseguir los objetivos:

7 Análisis de las propuestas: Aspecto preliminar: Las diversas alternativas para regular los recursos hídricos en nuestra constitución: 1-Protección de su utilización como insumo básico en los procesos productivos (art. 19 Nº 24, inciso final). 2-Reconocimiento de su carácter público, haciendo excepción a la libre apropiabilidad de los bienes. 3-Protección como recurso natural propiamente tal (art. 19 Nº 8)

8 Análisis de las propuestas: Relación de estas alternativas con las diversas propuestas: 1-Todos los proyectos relativos a requisitos y condiciones para acceder al derecho real de aprovechamiento de aguas: Entre éstos destacan los contenidos en los boletines Nº 6141-09 y 6697-09. Específicamente, en asignar a la ley el establecimiento de condiciones para la constitución y explotación de estos derechos (el primero), y en fijar un límite a su duración (el segundo, aunque esto último perfectamente podría ser establecido por ley).

9 Análisis de las propuestas: Participan de esta misma lógica algunos de los proyectos relativos al dominio público de las aguas: los contenidos en los boletines 6124-09 y 7108-07. Con todo, el primero de ellos genera mucha incertidumbre y el segundo es de muy difícil implementación. La pregunta crucial: ¿Tiene sentido alterar la regulación existente desde la perspectiva de la protección del agua como insumo para procesos productivos?

10 Análisis de las propuestas: 2-Boletín 8355-07: Se destaca el hecho que otorga al legislador la responsabilidad de configurar los derechos de agua y velar por la disponibilidad de agua para el consumo humano. En el marco constitucional actual este parece ser el mejor lugar para abordar el tema de las aguas, en la medida que se hace cargo adecuadamente de la dimensión pública del recurso.

11 Análisis de las propuestas: 3-Boletín Nº 9321-22: En cuanto al enfoque, la experiencia internacional y la literatura demuestra que es complejo configurar y sobretodo implementar el derecho al agua como un derecho individual (¿Cuál es esa calidad y cantidad suficiente para garantizar necesidades básicas, individuales y colectivas?).

12 Análisis de las propuestas: Por otro lado, este proyecto es destacable en consagrar el deber del legislador de establecer prioridades de uso que privilegien el consumo humano y las condiciones para adquirir, ejercer, restringir y caducar los derechos. Sin perjuicio de esto, no tiene mucho sentido consagrar un determinado sistema de manejo de cuencas en la Constitución.

13 Análisis de las propuestas: Lo óptimo sería llevar al boletín 8355-07 los aspectos positivos del 9321-22.

14 Sugerencias: Algunos aspectos más urgentes que cualquier reforma constitucional: 1-La información acerca del uso de los recursos hídricos. 2-Dotar a la administración de efectivas potestades de fiscalización del uso de estos recursos. 3-Generar instrumentos que hagan vinculante el manejo conjunto de aguas superficiales y subterráneas.


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