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Transcripción de la presentación:

Administración General de Aduanas Administración Central de Competencias y Modernización Aduanera

Condiciones de Uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior

Condiciones de Uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior Condición Primera

En las condiciones Primera, Segunda, Tercera y Novena se sugirió por parte de diversas dependencias agregar textos relacionados con el tema de las personas que no cuentan con FIEL como extranjeros, amas de casa, pasajeros que únicamente importan mercancías reguladas para autoconsumo o bien mascotas. El tema de personas que no cuentan con FIEL se va a realizar en un sistema alterno el cual se va a encontrar vinculado a la ventanilla, sin embargo el tema no puede estar regulado por las condiciones de uso, ya que el Decreto de Ventanilla prevé como requisito sine qua non la utilización de la FIEL. Por lo que no es posible considerar más supuestos de los que prevé el decreto, las personas que no cumplan con los requisitos (FIEL, RFC y domicilio fiscal), deberán hacer su trámite en papel, o bien, en el sistema alterno. PERSONAS SIN FIEL

Condiciones de Uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior Proemio

Agregar proemio y considerandos a las Condiciones de Uso. Se considera que no es viable la sugerencia en virtud de que no se está emitiendo una resolución o decreto, únicamente se trata de condiciones de uso, las cuales sólo se publicarán en la ventanilla para su aceptación. PROEMIO

Condiciones de Uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior Condición Primera

Las condiciones Primera y Segunda contienen aspectos que ya se encuentran señalados en el Código Fiscal de la Federación, por lo que en todo caso se deberá indicar que para hacer uso de la Ventanilla Digital se requiere de una Firma Electrónica Avanzada emitida en los términos del Código Fiscal de la Federación Primera.- Para poder hacer uso de la “Ventanilla Digital” los usuarios deberán contar con lo siguiente: a) El certificado de la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente y activo, de la persona moral o física de que se trate, emitido por el SAT o por los prestadores de servicios de certificación autorizados conforme a lo previsto en el Código Fiscal de la Federación. Primera.- Para poder hacer uso de la “Ventanilla Digital” los usuarios deberán contar con lo siguiente: a) El certificado de la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente y activo, de la persona moral o física de que se trate, emitido por el SAT o por los prestadores de servicios de certificación autorizados conforme a lo previsto en el Código Fiscal de la Federación. Precisamente es lo que señala esta condición.

Condiciones de Uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior Condición Tercera

Las palabras “entre” otros dan la pauta a pensar que existen datos adicionales que deberán ser proporcionados, pero no identifico en el documento. Tercera.- Para poder realizar los trámites a través de la “Ventanilla Digital” los usuarios deberán realizar un registro de datos, en el que deberán proporcionar entre otros: el nombre, denominación o razón social de la persona física o moral; el RFC vigente y en activo; así como la dirección de correo electrónico para recibir notificaciones, a la cual le serán enviados los actos administrativos y los avisos relacionados con su trámite. Se estima conveniente dejar abierta la posibilidad de agregar cualquier otro dato para los requisitos generales, sin limitar la redacción.

Tercera.- Para poder realizar los trámites a través de la “Ventanilla Digital” los usuarios deberán realizar un registro de datos, en el que deberán proporcionar entre otros: el nombre, denominación o razón social de la persona física o moral; el RFC vigente y en activo; así como la dirección de correo electrónico para recibir notificaciones, a la cual le serán enviados los actos administrativos y los avisos relacionados con su trámite. Adicionar al final del párrafo: Así como los datos y requisitos establecidos en las Disposiciones Legales Aplicables establecidas por las Dependencias de la Administración Pública Federal. No se considera viable la sugerencia, en virtud de que se refiere a la normatividad que cada dependencia debe modificar. Asimismo esta condición se refiere al registro inicial de acceso a la Ventanilla.

No procede ya que el proyecto prevé que en su mayoría el tramite se efectué de manera electrónica a través de la ventanilla. Evaluar si existe alguna alternativa para el correo electrónico, como que la notificación llegue a la unidad expedidora y el usuario tenga que acudir por ella en los horarios establecidos por cada oficina (MIX) Tercera.- Para poder realizar los trámites a través de la “Ventanilla Digital” los usuarios deberán realizar un registro de datos, en el que deberán proporcionar entre otros: el nombre, denominación o razón social de la persona física o moral; el RFC vigente y en activo; así como la dirección de correo electrónico para recibir notificaciones, a la cual le serán enviados los actos administrativos y los avisos relacionados con su trámite.

Tercera.-… Los usuarios son responsables de comunicar a través de la “Ventanilla Digital” cualquier modificación a su dirección de correo electrónico registrada en la propia Ventanilla. El aviso de modificación a la dirección de correo electrónico surtirá efectos en la fecha y hora señalados en el acuse de recibido que para tal efecto emita la "Ventanilla Digital". Tercera.-… Los usuarios son responsables de comunicar a través de la “Ventanilla Digital” cualquier modificación a su dirección de correo electrónico registrada en la propia Ventanilla. El aviso de modificación a la dirección de correo electrónico surtirá efectos en la fecha y hora señalados en el acuse de recibido que para tal efecto emita la "Ventanilla Digital". Se sugiere eliminar la palabra dirección No procede la modificación, el texto se incorporó para estar acorde con el artículo 18 del CFF y 35, fracción II de la LFPA.

Se sugiere indicar que es responsabilidad del usuario, mantener actualizada la información ingresada en la “Ventanilla Digital”. El aviso de modificación, surtirá efectos en la fecha y hora señalados en el acuse de recibido que para tal efecto emita la "Ventanilla Digital". Sólo estamos pidiendo la actualización a la dirección de correo electrónico, toda vez que los datos de IDC no pueden ser modificados en la ventanilla. Tercera.-… Los usuarios son responsables de comunicar a través de la “Ventanilla Digital” cualquier modificación a su dirección de correo electrónico registrada en la propia Ventanilla. El aviso de modificación a la dirección de correo electrónico surtirá efectos en la fecha y hora señalados en el acuse de recibido que para tal efecto emita la "Ventanilla Digital". Tercera.-… Los usuarios son responsables de comunicar a través de la “Ventanilla Digital” cualquier modificación a su dirección de correo electrónico registrada en la propia Ventanilla. El aviso de modificación a la dirección de correo electrónico surtirá efectos en la fecha y hora señalados en el acuse de recibido que para tal efecto emita la "Ventanilla Digital".

Los usuarios son responsables de comunicar a través de la “Ventanilla Digital” cualquier modificación a su dirección de correo electrónico registrada en la propia Ventanilla. El aviso de modificación a la dirección de correo electrónico surtirá efectos en la fecha y hora señalados en el acuse de recibido que para tal efecto emita la "Ventanilla Digital". Se modificó de acuerdo a la propuesta Tercera.-… Los usuarios son responsables de comunicar a través de la “Ventanilla Digital” cualquier modificación a su dirección de correo electrónico registrada en la propia Ventanilla. El aviso de modificación a la dirección de correo electrónico surtirá efectos en la fecha y hora señalados en el acuse de recibido que para tal efecto emita la "Ventanilla Digital". Tercera.-… Los usuarios son responsables de comunicar a través de la “Ventanilla Digital” cualquier modificación a su dirección de correo electrónico registrada en la propia Ventanilla. El aviso de modificación a la dirección de correo electrónico surtirá efectos en la fecha y hora señalados en el acuse de recibido que para tal efecto emita la "Ventanilla Digital".

Tercera (último párrafo).-… Se presumirá sin que se admita prueba en contrario, que las promociones o solicitudes y los documentos digitales, efectuadas y exhibidos con la FIEL de las personas morales, fueron presentados por el administrador único, el presidente del consejo de administración o la persona o personas, cualquiera que sea el nombre con el que se les designe, que tengan conferida la dirección general, la gerencia general o la administración de la persona moral de que se trate, en el momento en el que generó el trámite respectivo. Tercera (último párrafo).-… Se presumirá sin que se admita prueba en contrario, que las promociones o solicitudes y los documentos digitales, efectuadas y exhibidos con la FIEL de las personas morales, fueron presentados por el administrador único, el presidente del consejo de administración o la persona o personas, cualquiera que sea el nombre con el que se les designe, que tengan conferida la dirección general, la gerencia general o la administración de la persona moral de que se trate, en el momento en el que generó el trámite respectivo. Último párrafo: Es muy confusa la redacción de este párrafo, francamente no puedo hacer una sugerencia. Es necesario que se explique la forma en que va a operar. Esta redacción es copia de lo que previene el artículo 19-A, último párrafo del CFF.

Así mismo, se considera que debe eliminarse lo relativo a los presunción sin que se admita prueba en contrario, respecto de las autorizaciones de representes legales y su revocación. Es necesario incorporar el texto en razón de la forma en la que va a operar. Tercera (último párrafo).-… Se presumirá sin que se admita prueba en contrario, que las promociones o solicitudes y los documentos digitales, efectuadas y exhibidos con la FIEL de las personas morales, fueron presentados por el administrador único, el presidente del consejo de administración o la persona o personas, cualquiera que sea el nombre con el que se les designe, que tengan conferida la dirección general, la gerencia general o la administración de la persona moral de que se trate, en el momento en el que generó el trámite respectivo. Tercera (último párrafo).-… Se presumirá sin que se admita prueba en contrario, que las promociones o solicitudes y los documentos digitales, efectuadas y exhibidos con la FIEL de las personas morales, fueron presentados por el administrador único, el presidente del consejo de administración o la persona o personas, cualquiera que sea el nombre con el que se les designe, que tengan conferida la dirección general, la gerencia general o la administración de la persona moral de que se trate, en el momento en el que generó el trámite respectivo.

Condiciones de Uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior Condición Cuarta

Cuarta.-… a) Que los trámites se realicen en su totalidad a través de la “Ventanilla Digital”, salvo disposición expresa, contenida en la normatividad aplicable a cada caso.. Cuarta.-… a) Que los trámites se realicen en su totalidad a través de la “Ventanilla Digital”, salvo disposición expresa, contenida en la normatividad aplicable a cada caso.. Se modificó de acuerdo a la propuesta (se agregó el texto: salvo disposición expresa)

Cuarta.-… b) Que los actos administrativos que correspondan se emitan a través de la “Ventanilla Digital”, empleando la FIEL que corresponda a los servidores públicos. Cuarta.-… b) Que los actos administrativos que correspondan se emitan a través de la “Ventanilla Digital”, empleando la FIEL que corresponda a los servidores públicos. Si fuera el caso tendrían que garantizarnos que el sistema va a operar en lugares en donde es frecuente que la señal satelital de internet falla por condiciones climáticas, ya que de otra forma se detendría la mercancía, o en su defecto establecer planes de contingencia. Fuera del alcance, ningún sistema lo garantiza. La Ventanilla prevé no dejar de funcionar, si fuera el caso la propia ventanilla notificaría esta situación una vez restablecido el sistema; durante la contingencia cada dependencia aplicaría su plan (para el caso de aquellos permisos, autorizaciones etc, que no puedan esperar su emisión durante este periodo).

Cuarta.-… d) Que es su responsabilidad, consultar, en forma obligatoria y permanente, las notificaciones que deriven de la promoción o solicitud presentada a través de la “Ventanilla Digital”, considerando los avisos que al efecto le sean enviados. Cuarta.-… d) Que es su responsabilidad, consultar, en forma obligatoria y permanente, las notificaciones que deriven de la promoción o solicitud presentada a través de la “Ventanilla Digital”, considerando los avisos que al efecto le sean enviados. Texto idéntico al último párrafo de la octava condición de uso del presente documento, se propone eliminar alguno de los dos Se elimina el texto de la octava condición

Condiciones de Uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior Condición Quinta

Quinta.- El trámite iniciado a través de la “Ventanilla Digital” se substanciará y resolverá dentro de la misma, por lo que una vez elegida la opción de efectuar el trámite digitalmente, no podrá ser modificada, y las promociones relacionadas con el trámite que se presenten ante la autoridad, fuera de la “Ventanilla Digital”, no tendrán efecto legal alguno, salvo disposición expresa, contenida en la normatividad aplicable a cada caso. No todos los trámites se hacen completamente digitales, en alguno caso es necesario que el usuario presente los documentos originales para constatar el cumplimiento de la normatividad aplicable Se modificó de acuerdo a la propuesta ( se agregó el texto salvo disposición expresa, contenida en la normatividad aplicable a cada caso.

Quinta.- El trámite iniciado a través de la “Ventanilla Digital” se substanciará y resolverá dentro de la misma, por lo que una vez elegida la opción de efectuar el trámite digitalmente, no podrá ser modificada, y las promociones relacionadas con el trámite que se presenten ante la autoridad, fuera de la “Ventanilla Digital”, no tendrán efecto legal alguno, salvo disposición expresa, contenida en la normatividad aplicable a cada caso. Casos en los que el sistema falla En estos casos se aplicaría el plan de contingencia.

Condiciones de Uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior Condición Sexta

Sexta.- La información y documentación requerida para el trámite correspondiente, salvo disposición expresa, contenida en la normatividad aplicable a cada caso, se deberá proporcionar de manera digital, a través de la “Ventanilla Digital” con la FIEL del usuario vigente y en activo, garantizando con ello la integridad de la información y documentación de que se trate; en este orden, es responsabilidad de los usuarios verificar la exactitud de la información y documentación proporcionada, antes de su envío y firma, momento en el que inicia el trámite respectivo a través de la “Ventanilla Digital”. Esto no aplica para el trámite de Certificado Zoosanitario para Importación, donde forzosamente se requerirá al usuario que en la verificación documental presente los originales de diversos documentos, como es el caso de los Certificados Sanitarios Internacionales, Certificados de Origen, Certificados de Libre Venta, resultados de laboratorio, registro de los animales, etc. Sólo aplica para el inicio del trámite en la Ventanilla Digital. El documento expresamente señala que es salvo disposición expresa, contenida en la normatividad aplicable a cada caso

Sexta (tercer párrafo) Los usuarios son responsables de la autenticidad y veracidad de la información y documentación, proporcionada a través de la “Ventanilla Digital”, misma que se entenderá proporcionada bajo protesta de decir verdad. Asimismo son responsables de proporcionar a la autoridad, cualquier actualización a la misma. Sexta (tercer párrafo) Los usuarios son responsables de la autenticidad y veracidad de la información y documentación, proporcionada a través de la “Ventanilla Digital”, misma que se entenderá proporcionada bajo protesta de decir verdad. Asimismo son responsables de proporcionar a la autoridad, cualquier actualización a la misma. Adicionar : Que la información que se envía con el carácter con el que se ostentan a través de la “Ventanilla Digital” utilizando la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) es veraz y auténtica.” Se modificó de acuerdo a la propuesta, se agregó veracidad al tema de responsabilidad.

Sexta (Cuarto párrafo) Las autoridades competentes podrán, en cualquier momento, requerir los originales o copia certificada de la documentación respectiva, para su cotejo e incluso adición al expediente cuando sea necesario. Sexta (Cuarto párrafo) Las autoridades competentes podrán, en cualquier momento, requerir los originales o copia certificada de la documentación respectiva, para su cotejo e incluso adición al expediente cuando sea necesario. Se sugiere cambiar el texto de “cuando sea necesario” a “conforme la normatividad vigente” Es para el caso de que aunque la normatividad no lo prevea, se pueda requerir el documento, por existir dudas de su autenticidad o veracidad

Sexta (Quinto párrafo) Lo anterior, en la inteligencia de que incurre en responsabilidad administrativa y penal quien proporciona y utiliza, información y documentación falsa o inexistente, además de los otros delitos e infracciones que resulten aplicables. Sexta (Quinto párrafo) Lo anterior, en la inteligencia de que incurre en responsabilidad administrativa y penal quien proporciona y utiliza, información y documentación falsa o inexistente, además de los otros delitos e infracciones que resulten aplicables. Agregar la palabra alterada a la información y documentación alterada, falsa o inexistente. Está intrínsecamente incluído en falsa. CFF contempla únicamente como tipo penal al uso de documentación falsa. La LFPA no lo contempla

Es necesario tomar en cuenta que el usuario proporcionará la documentación a la Ventanilla Digital con FIEL de la cual se pretende derivar la responsabilidad administrativa y penal. Sexta (Quinto párrafo) Lo anterior, en la inteligencia de que incurre en responsabilidad administrativa y penal quien proporciona y utiliza, información y documentación falsa o inexistente, además de los otros delitos e infracciones que resulten aplicables. Sexta (Quinto párrafo) Lo anterior, en la inteligencia de que incurre en responsabilidad administrativa y penal quien proporciona y utiliza, información y documentación falsa o inexistente, además de los otros delitos e infracciones que resulten aplicables.

Condiciones de Uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior Condición Séptima

Séptima (segundo párrafo) La recepción del acuse a que se refiere el párrafo anterior, no implica de manera alguna el otorgamiento de la autorización o concesión de cualquier trámite solicitado en la “Ventanilla Digital”. Cada trámite deberá ser objeto de dictamen por parte de las autoridades competentes en materia de comercio exterior. Séptima (segundo párrafo) La recepción del acuse a que se refiere el párrafo anterior, no implica de manera alguna el otorgamiento de la autorización o concesión de cualquier trámite solicitado en la “Ventanilla Digital”. Cada trámite deberá ser objeto de dictamen por parte de las autoridades competentes en materia de comercio exterior. Adición de un segundo párrafo: “La recepción del acuse a que se refiere el párrafo anterior, no implica de manera alguna el otorgamiento de la autorización o concesión de cualquier trámite solicitado en la “Ventanilla Digital”. Cada trámite deberá ser objeto de dictamen por parte de las autoridades competentes en materia de comercio exterior”. Se adicionó el párrafo, de acuerdo a la propuesta.

Condiciones de Uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior Condición Octava

Octava- II. Estrados, cuando hubieran transcurrido cinco días hábiles contados a partir de la fecha de envío del aviso de disponibilidad del acto administrativo de que se trate a la dirección electrónica proporcionada para efectos de notificación, sin que se hubiera realizado la apertura correspondiente y en consecuencia, no se hubiera generando dentro de la “Ventanilla Digital” el acuse de la notificación respectiva. La LFPA prevé en su artículo 35, fracción II que la autoridad puede notificar por cualquier otro medio, cuando así lo haya aceptado expresamente el promovente. En la Ventanilla el promovente va a aceptar con su FIEL el uso de las condiciones.

Aunque la LFPA no lo contemple, en las condiciones de uso se establece y requiere aceptar esa forma de notificación para poder hacer uso de ello, si no lo acepta, no va a poder accesar y tendrá que hacer su trámite en papel. La LFPA prevé en su artículo 35, fracción II que la autoridad puede notificar por cualquier otro medio, cuando así lo haya aceptado expresamente el promovente

Condiciones de Uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior Condición Novena

¿Cómo garantizará la autoridad la autenticidad de los documentos? Novena.- La autoridad integrará el Expediente Electrónico, mismo que incluirá la información y documentación proporcionada por el usuario, garantizando su seguridad, inalterabilidad, integridad y durabilidad Solamente los usuarios tendrán acceso al expediente electrónico, exclusivamente para su consulta, utilizando al efecto su FIEL vigente y en activo. Novena.- La autoridad integrará el Expediente Electrónico, mismo que incluirá la información y documentación proporcionada por el usuario, garantizando su seguridad, inalterabilidad, integridad y durabilidad Solamente los usuarios tendrán acceso al expediente electrónico, exclusivamente para su consulta, utilizando al efecto su FIEL vigente y en activo. Se modificó de acuerdo a la propuesta, se eliminó la palabra autentica.

Se sugiere que se indique que siempre y cuando el expediente, se integre con la solicitud, los requerimientos de información faltante, con el desahogo del requerimiento y la resolución, y que no incluya las comunicaciones, solicitudes de informes u opiniones entre las unidades administrativas de la Secretaría y las que se hayan realizado a otras dependencias. Novena.- La autoridad integrará el Expediente Electrónico, mismo que incluirá la información y documentación proporcionada por el usuario, garantizando su seguridad, inalterabilidad, integridad y durabilidad Solamente los usuarios tendrán acceso al expediente electrónico, exclusivamente para su consulta, utilizando al efecto su FIEL vigente y en activo. Novena.- La autoridad integrará el Expediente Electrónico, mismo que incluirá la información y documentación proporcionada por el usuario, garantizando su seguridad, inalterabilidad, integridad y durabilidad Solamente los usuarios tendrán acceso al expediente electrónico, exclusivamente para su consulta, utilizando al efecto su FIEL vigente y en activo. A través de la Ventanilla digital no va a ser posible realizar consultas internas ni comunicaciones no previstas en el propio trámite y lo que se encuentre en la ventanilla, es lo que va a formar parte del expediente.

Condiciones de Uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior Condición Décima

Que se agregue a la redacción “ La autoridad competente en materia de comercio exterior emitirá el acto o los actos … Décima.- La autoridad competente en materia de comercio exterior emitirá el acto o los actos administrativos que correspondan al trámite, de acuerdo a la legislación y normatividad aplicable a cada uno de estos. Se modificó de acuerdo a la propuesta

Condiciones de Uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior Condición Décima Primera

Se considera conveniente establecer cuáles serán considerados días inhábiles, ya que, adicionalmente a los días inhábiles contemplados en el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, COFEPRIS publica en el Diario Oficial de la Federación un “ACUERDO por el que se señalan los días inhábiles de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios para el año ___”. en el cual se establece la suspensión de labores para efectos de realización de trámites. Décima primera.- Los trámites o movimientos que se realicen después de las dieciocho horas o en días inhábiles de acuerdo a la normatividad aplicable a cada caso, se considerarán realizados al día hábil siguiente. Para efectos del horario se tomará en cuenta la hora del centro del país. Los días hábiles no los va a establecer la ventanilla digital, serán los que están contemplados en la normatividad de cada trámite. Se está viendo la posibilidad de agregarlos en la ventanilla para consulta. En consideración a lo anterior se agregó el texto en negritas

Consideramos que para el plazo debe tomarse en cuenta el momento en que se generó el acto administrativo por la Ventanilla digital, ya que si el usuario no lo consulta en tiempo, el plazo se puede ver aumentado (explicarle el procedimiento) Décima primera.- Los trámites o movimientos que se realicen después de las dieciocho horas o en días inhábiles de acuerdo a la normatividad aplicable a cada caso, se considerarán realizados al día hábil siguiente. Para efectos del horario se tomará en cuenta la hora del centro del país. La ventanilla Digital emitirá un acuse, independientemente de que se lea o no, el sistema lo emite y registra en sistema, razón por la cual se va a tomar en cuenta esa fecha y hora.

Se estima que debe indicarse que para efectos del horario se tomará en cuenta la hora de la entidad federativa donde se realiza el trámite. Décima primera.- Los trámites o movimientos que se realicen después de las dieciocho horas o en días inhábiles de acuerdo a la normatividad aplicable a cada caso, se considerarán realizados al día hábil siguiente. Para efectos del horario se tomará en cuenta la hora del centro del país. No es posible, en virtud de que la ventanilla toma en cuenta el horario del centro.

Condiciones de Uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior Condición Décima Segunda

Se sugiere incluir otros esquemas que permitan a otros interesados hacer uso de la Ventanilla Digital Décima segunda.- Para el cómputo de plazos, se tomará en cuenta la fecha del acuse de la notificación respectiva, que consiste en el documento digital que el sistema genere y transmita al abrirse el acto o actos administrativos de que se trate con la FIEL del usuario vigente y en activo, y en su caso, los documentos digitales que el sistema genere con respecto a la publicación en estrados del acto o actos administrativos de que se trate por el plazo respectivo. No es posible considerar más supuestos de los que prevé el decreto, por lo que los que no cumplan con los requisitos, deberán hacer su trámite en papel.

Condiciones de Uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior Condición Décima Tercera

No queda muy claro, ya que si no funciona el sistema ¿cómo se puede notificar a través de la Ventanilla digital? ¿Porqué medios se notificaría? Décima tercera.- Cuando el suministro de información sea interrumpido por problemas de conexión o comunicación por caso fortuito o fuerza mayor, así como por la suspensión de servicios o por inconsistencias en la “Ventanilla Digital”, se interrumpirán los plazos, siempre y cuando se notifique al usuario a través de la citada "Ventanilla”. Aunque se tiene previsto que esto no suceda, al momento de restablecer el servicio, el propio sistema notificará a los usuarios el periodo por el cual no funcionó la ventanilla.

Que se agregue a la redacción que “sólo en casos de caso fortuito, fuerza mayor, contingencias extremas o problemas técnicos graves en el sistema …” Que se agregue a la redacción “Cuando se notifique al interesado a través…” Décima tercera.- Cuando el suministro de información sea interrumpido por problemas de conexión o comunicación por caso fortuito o fuerza mayor, así como por la suspensión de servicios o por inconsistencias en la “Ventanilla Digital”, se interrumpirán los plazos, siempre y cuando se notifique al usuario a través de la citada "Ventanilla”. Se modificó de acuerdo a las propuestas

Se sugiere que cada Dependencia establezca el Plan B para contingencias, de acuerdo a las características implícitas actualmente en cada trámite, y se notifique al usuario el procedimiento a seguir. Sería conveniente establecer qué sucederá en caso de problemas técnicos que impidan a los usuarios acceder a la Ventanilla Digital, además de que los términos “contingencias extremas” y problemas técnicos graves” se presta a subjetividad. Décima tercera.- Cuando el suministro de información sea interrumpido por problemas de conexión o comunicación por caso fortuito o fuerza mayor, así como por la suspensión de servicios o por inconsistencias en la “Ventanilla Digital”, se interrumpirán los plazos, siempre y cuando se notifique al usuario a través de la citada "Ventanilla”.

En caso de alguna contingencia que impida la consulta en tiempo real en la Ventanilla Digital, cada dependencia determinará los procedimientos necesarios para realizar el trámite correspondiente Que se aclare lo referente a la interrupción de los plazos, siempre y cuando se notifique a través de la propia Ventanilla Digital; especificando quien, como o de qué manera se va a notificar dicha interrupción del plazo. Décima tercera.- Cuando el suministro de información sea interrumpido por problemas de conexión o comunicación por caso fortuito o fuerza mayor, así como por la suspensión de servicios o por inconsistencias en la “Ventanilla Digital”, se interrumpirán los plazos, siempre y cuando se notifique al usuario a través de la citada "Ventanilla”. En efecto, cada dependencia debe determinar los procedimientos necesarios para realizar el trámite correspondiente en estos supuestos.

Condiciones de Uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior Condición Décima Cuarta

“Consultas técnicas” ¿Se refiere a consultas sobre el sistema de la Ventanilla Digital? Décima cuarta.- Las consultas técnicas que se deriven de la aplicación del sistema de la “Ventanilla Digital” serán recibidas a través de la dirección electrónica Sí.

Condiciones de Uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior Condición Décima quinta

Propuesta de modificación Décima quinta.- Los datos personales suministrados a través de las solicitudes, promociones, trámites, consultas y pagos, hechas por medios electrónicos e impresos serán protegidos, incorporados y tratados en el sistema de datos personales de la “Ventanilla Digital”, cuyo objeto es permitir a los agentes de comercio exterior realizar, a través de un solo punto de entrada electrónico, todos los trámites de importación, exportación y tránsito de mercancías, con fundamento en las disposiciones aplicables a cada uno de ellos, y podrán ser transmitidos a las autoridades competentes en materia de comercio exterior así como al propio titular de la información, además de las transmisiones previstas en los ordenamientos legales aplicables.

Condiciones de Uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior Condición Décima Sexta

Es necesario que se aclare lo señalado en la Condición Décima Séptima, toda vez que no se entiende el alcance del texto “que no registren seguimiento por parte del usuario”, pues la autoridad administrativa no puede poner fin a un procedimiento administrativo por el hecho de que en un sistema electrónico no se registre un seguimiento. Décima sexta.- Cuando la normatividad exija se dé seguimiento a las solicitudes o promociones, y las iniciadas en la "Ventanilla Digital" no registren seguimiento por parte del usuario, por más de quince días naturales, quedarán sin efecto alguno. Es una característica del sistema que va a operar cuando el usuario tiene que realizar alguna actuación con la autoridad y no la realiza, sólo en esos casos es aplicable.

Décima sexta.- Las solicitudes iniciadas en la "Ventanilla Digital" que no registren seguimiento por parte del usuario por más de quince días naturales, quedarán sin efecto alguno. ¿Cuál es el sustento para otorgarle 15 días? No existe fundamento legal, el plazo es generado a partir de las condiciones de uso de la ventanilla.

Condiciones de Uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior Otros comentarios

Agregar Transitorios No se considera viable en virtud de que no forman parte de algún decreto, sólo se van a publicar en la ventanilla y al momento de acceder deberán aceptarlas, de manera contraria el sistema no les permitirá el acceso. Transitorios

Condiciones de Uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior Nuevas propuesta de Condiciones

¿Quién será el responsable de notificar a las autoridades homólogas en los países socios comerciales? Se sugiere que haya una comunicación del SAT hacia la Secretaría de Relaciones Exteriores y que cada Dependencia del Gobierno Federal directamente comunique, siempre respetando un formato único, a sus contrapartes, adicionando para qué supuestos específicos aplicará la Ventanilla Digital. Las facultades y funciones de cada una de las dependencias no se modifican en virtud de la ventanilla digital, por lo que cada una deberá seguir realizando las que le corresponden. Comunicación del SAT y SRE

Se está elaborando un glosario de términos utilizados en la Ventanilla Digital, con el cual pudiera familiarizarse el usuario para entender los términos utilizados en las condiciones de uso. Glosario

Condiciones de Uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior Nuevas propuestas de Condiciones

Propuesta de adición de regla Idioma XYZ.- Los usuarios de la Ventanilla Digital deberán proporcionar la información para los trámites respectivos en idioma español. Tratándose de documentación que se encuentre en idiomas distintos del español, deberán adjuntar la traducción correspondiente en documento anexo, en caso contrario, se tendrá por no presentada la información y documentación de que se trate.

Propuesta de adición de regla Personas autorizadas para recibir notificaciones XYZ.- Octava A.- Los usuarios podrán autorizar a través de la “Ventanilla Digital” a un máximo de tres personas para que en su nombre reciban los actos administrativos y los avisos relacionados con los trámites realizados a través de la Ventanilla Digital, para tal efecto manifestarán su nombre completo, RFC vigente y activo, así como la dirección de correo electrónico. Los usuarios son responsables de comunicar a través de la “Ventanilla Digital” la revocación de las personas autorizadas para recibir notificaciones. El aviso de revocación surtirá efectos en la fecha y hora señalados en el acuse de recibo que para tal efecto emita la “Ventanilla Digital”. Las notificaciones efectuadas a las personas autorizadas, se entenderán efectuadas a la persona que las autorizó.

Propuesta de adición de regla Modificación de RFC XYZ.- Los trámites que se realicen a través de la “Ventanilla Digital”, serán atendidos dentro de la misma, vinculando el acto administrativo que se emita al RFC, respecto del cual surtirá efectos. Cuando durante el despacho de un trámite se modifique el RFC del usuario con motivo del cambio de su nombre, denominación o razón social, el sistema lo vinculará al nuevo RFC; salvo para el supuesto de que el cambio de RFC derive de una fusión o escisión de la persona moral, en cuyo caso se deberá iniciar el trámite con el nuevo RFC, cumpliendo las exigencias aplicables.

Propuesta de adición de regla Capturista XYZ.- Las personas morales podrán autorizar a través de la “Ventanilla Digital” a las personas que en su favor podrá realizar el registro de la información de sus trámites. Para tal efecto manifestarán su nombre completo, RFC vigente y activo, así como su dirección de correo electrónico. La persona autorizada, podrá realizar la captura de información, utilizando la clave de acceso que al efecto se le proporcione a través de la “Ventanilla Digital”; misma que será personal, intransferible y de uso confidencial, por lo que el empleado será responsable del uso de la misma. La información capturada por la persona designada, permanecerá en el sistema por 5 días hábiles, y sólo se considerará iniciado el trámite hasta que sea firmado y enviado por la persona moral, con su FIEL vigente y en activo. Las personas morales son responsables de comunicar a través de la “Ventanilla Digital” la revocación de sus capturistas. El aviso de revocación surtirá efectos en la fecha y hora señalados en el acuse de recibo que para tal efecto emita la “Ventanilla Digital”.