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“Diplomado Especializado en Gestión Aduanera y Comercio Exterior” Descarga y Embarque de las Mercancías. El Manifiesto de Carga y la Entrega de Carga.

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2 “Diplomado Especializado en Gestión Aduanera y Comercio Exterior” Descarga y Embarque de las Mercancías. El Manifiesto de Carga y la Entrega de Carga. Almacenamiento de las Mercancías y Responsabilidad del Depositario. Prenda Aduanera y Abandono Legal de Mercancías. 17/04/2015 Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe

3 17/04/2015 ZONADETRIBUTACION ESPECIAL ESPECIALZONADETRIBUTACION ZONA PRIMARIA TERRITORIO EXTRA ADUANERO ZONA SECUNDARIA TERRITORIO NACIONAL Perú, Superficie 1.285,216 km² TERRITORIO ADUANERO 1.269,141 km² TERRITORIO ADUANERO

4 VENDEDOR

5 Lugares habilitados (Artículo 100° - LGA) Los lugares habilitados para el ingreso y salida, al o del territorio aduanero de: Mercancías Medios de Transporte y; Personas. Son espacios autorizados como: Puertos, Aeropuertos, Vías y Terminales Terrestres y; Puestos de Control Fronterizo donde la autoridad aduanera ejerce su potestad. Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

6 Lugareshabilitados Lugares habilitados puertos, aeropuertos vías y terminales terrestres puestos de control fronterizo ESPACIOS AUTORIZADOS PARA EL INGRESO Y SALIDA DE MERCANCIAS HACIA O DESDE EL TERRITORIO ADUANERO 17/04/2015 Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe

7 Seguridad en los lugares habilitados (Artículo 101° - LGA) La Autoridad Aduanera puede exigir que los encargados de los lugares habilitados, cuenten con: – Infraestructura física – Sistemas y los dispositivos que garanticen la seguridad de las mercancías Asimismo deberán: – Contar con la capacidad para que se ejerza sin restricciones el control aduanero y – Brindar servicios de calidad, según lo que establezca el Reglamento. Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

8 Adicionalmente, la Autoridad Aduanera podrá instalar sistemas y dispositivos que le permitan mejorar sus acciones de control. Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

9 Ingreso o salida del territorio aduanero por sus propios medios de transporte (Artículos 102º LGA y 142º RLGA) Las personas que ingresen o salgan del territorio aduanero con sus propios medios de transporte, deben hacerlo por los lugares habilitados y presentarse ante la autoridad aduanera del lugar de ingreso o de salida. Si adicionalmente ingresan mercancías deberán cumplir con las disposiciones legales pertinentes. Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

10 Descarga (Artículo 112° LGA) La Administración Aduanera es la única entidad competente para autorizar la descarga o movilización de las mercancías. La descarga de las mercancías se efectúa dentro de la Zona Primaria. Excepcionalmente, podrá autorizar la descarga en la Zona Secundaria, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento. Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

11 Entrega de las mercancías y traslado de la responsabilidad (Artículo 113° LGA) La compañía transportista o su representante entrega las mercancías en el punto de llegada. No está obligado a su traslado temporal a otros recintos que no sean considerados punto de llegada. Su responsabilidad aduanera cesa con la entrega de las mercancías al dueño o consignatario en el punto de llegada. Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

12 Traslado de las mercancías a los almacenes aduaneros (Artículo 114° LGA) Las mercancías serán trasladadas a un almacén aduanero en los casos siguientes: Cuando se trate de carga peligrosa y ésta no pueda permanecer en el puerto, aeropuerto o terminal terrestre internacional. Cuando se destinen al régimen de depósito aduanero. Cuando se destinen con posterioridad a la llegada del medio de transporte. Otros que se establezcan por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía Finanzas. 17/04/2015 Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe

13 Autorización especial de Zona Primaria (Artículo 115° LGA) Cuando por la cantidad, volumen, naturaleza de las mercancías o las necesidades de la industria y el comercio así lo ameriten, la Autoridad Aduanera a solicitud del dueño o consignatario, podrá autorizar su traslado a locales que serán considerados temporalmente como Zona Primaria. Durante su permanencia en dichos locales, el dueño o consignatario asumirá las obligaciones de los almacenes aduaneros. Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

14 PROCESO MANIFIESTO CARGA INGRESO TRANSPORTISTA OPERADOR PORTUARIO DEPOSITO TEMPORAL Travesía Llegada y descarga Salida del puerto Ingreso a almacén Término de la descarga Manifiesto de carga Nota de tarja Anuncio de arribo y autorización de descarga Autorización de salida Ticket de salida Ingreso de carga al almacén Tarja al detalle Manifiesto desconsolidado desconsolidado Manifiesto desconsolidado desconsolidado Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

15 MANIFIESTO DE CARGA Manifiesto de carga.- Documento que contiene información respecto del medio o unidad de transporte, número de bultos, peso e identificación de la mercancía que comprende la carga, incluida la mercancía a granel. Glosario de la LGA.

16 17/04/2015 Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe

17 TRANSMISIÓN DEL MANIFIESTO DE CARGA GENERAL PLAZOS: a.Vía marítima: Hasta 48 horas antes de la llegada. b.Vía aérea: Hasta 2 horas antes de la llegada. c.Vía terrestre, fluvial y demás vías: antes de la llegada. Cuando la travesía sea menor a dichos plazos o se trate de puertos, aeropuertos y lugares cercanos, determinados por la Administración Aduanera, la información debe ser transmitida electrónicamente hasta antes de la llegada del medio de transporte. (*).

18 Numeral 3 Sección VII INTA-PG.09 d.Cuando la travesía sea menor a los plazos indicados en los literales a) y b), o se trate de puertos, aeropuertos y lugares cercanos, la información debe ser transmitida hasta antes de la llegada del medio de transporte. En la vía marítima se consideran puertos cercanos a los ubicados en el océano pacífico, entre el puerto de Buenaventura en Colombia por el lado norte, hasta el puerto de San Antonio en Chile por el lado sur. Asimismo, se considera como lugares cercanos a las aguas internacionales y zonas económicas exclusivas contiguas a los países de Colombia, Ecuador, Chile y Perú según corresponda.

19 Numeral 3 Sección VII INTA-PG.09 Se consideran aeropuertos cercanos a los ubicados dentro del territorio de Ecuador, Bolivia y Colombia; y en el caso de Argentina, Chile y Brasil a los ubicados en: PAISES PROVINCIAS, ESTADOS O REGIONES ARGENTINA CÓRDOBA, SANTA FE, RIOJA, SANTIAGO DEL ESTERO, CATAMARCA, SALTA, JUJUY, SAN JUAN Y TUCUMAN BRASIL AMAZONAS CHILE ARICA – PARINACORA, TARAPACÁ, ANTOFAGASTA, ATACAMA, COQUIMBO, VALPARAISO y METROPOLITANA DE SANTIAGO

20 COMUNICACIÓN DE LA LLEGADA Y AUTORIZACIÓN DE LA DESCARGA El transportista o su representante en el país registra en el portal Web, hasta antes de la llegada del medio de transporte, la información de la fecha y hora de llegada del medio de transporte; asimismo, solicita la autorización de la descarga de la mercancía. En caso de no transportar carga indicará tal condición en la comunicación.

21 TERMINO DE LA DESCARGA i.Término de la descarga: Fecha y hora en que culmina la descarga del medio de transporte. ii.El transportista o su representante en el país registra en el portal Web la fecha y hora del término de la descarga. iii.Plazo: Dentro de las 6 horas de culminada la descarga. iv.Si no se efectúa descarga, se considera como término de la descarga la fecha y hora de llegada del medio de transporte.

22 ENTREGA Y TRASLADO DE LA RESPONSABILIDAD La compañía transportista entrega las mercancías en el punto de llegada sin obligatoriedad de su traslado temporal a otros recintos. La responsabilidad aduanera del transportista cesa con la entrega de las mercancías al dueño o consignatario en el punto de llegada.

23 ENTREGA EN EL PUNTO DE LLEGADA El Punto de Llegada comprende: a.Los terminales portuarios; b.Terminales de carga del transportista aéreo autorizados por la SUNAT; c.Los puestos de control en frontera; y d.Los almacenes aduaneros. TRANSPORTISTA AGENTE CARGA INT. TRANSPORTISTA DUEÑO O DEPÓSITO TEMPORAL

24 Manifiesto de Carga Manifiesto Desconsolidado DUEÑO DESCARGA Y ENTREGA LEVANTE LLEGADA DE LA NAVE TRANSPORTISTA DEPOSITO TEMPORAL ENTREGA EN EL PUNTO DE LLEGADA NUMERACIÒN DE LA DUA NOTA DE TARJA ENTREGA DE LA CARGA

25 La nota de tarja registra pesos y bultos, y contiene la especificación de la carga conforme se recibe: a.Contenedor; b.Bultos sueltos; c.Granel; d.Rodante, etc. INFORMACIÓN DE LA NOTA DE TARJA

26 TRANSMISIÒN O REGISTRO EN EL PORTAL WEB, DE LA NOTA DE TARJA a.Transmisión de la nota de tarja: Dentro del plazo de las 8 horas siguientes al término de la descarga. b.Transmisión de los bultos faltantes, o sobrantes y actas de inventario: Dentro de los 2 días siguientes al término de la descarga.

27 TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN DEL TRANSPORTISTA Autorización la Descarga Nota de Tarja Llegada Manifiesto de Carga ANTES DEL ARRIBO Término de la Descarga Lista de Bultos Fal/Sob/Acta DESPUES DEL ARRIBO - EN EL PUNTO DE LLEGADA Marítima: 48h antes Aérea: 2h antes Antes de la llegada Automática 6h del término de la descarga 8h del término de la descarga 2d del término de la descarga

28 Recibida la mercancía los depósitos temporales son responsables por la falta, pérdida o daño, desde la recepción para el traslado hacia sus recintos y durante su permanencia en los mismos. ENTREGA Y RESPONSABILIDAD POR LA MERCANCÌA Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

29 Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe

30 Cuando las mercancías sean trasladadas a un almacén aduanero, éste debe transmitir electrónicamente la información de la carga ingresada dentro de las 24 horas siguientes al ingreso del último bulto de un mismo documento de transporte. TRANSMISIÒN DEL INGRESO DE LA CARGA AL ALMACÉN ADUANERO (ICA) Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

31 Manifiesto de Carga Manifiesto Desconsolidado Ingreso de la Carga al Almacén Nota de Tarja Levante LLEGADA DE LA NAVE TRANSPORTISTA DEPOSITO TEMPORAL COMUNICACIÓN DEL INGRESO DE LA CARGA AL ALMACÉN ADUANERO (ICA) NUMERACIÒN DE LA DUA Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe

32 Cuando las mercancías son trasladadas a un depósito temporal y se trate de carga consolidada, éste será responsable de la transmisión de la Tarja al detalle, lista de bultos faltantes o sobrantes, y las actas de inventario de bultos arribados en mala condición exterior. DESCONSOLIDACIÒN DE LA CARGA TRANSMISIÒN DE LA TARJA AL DETALLE En la tarja al detalle (des consolidación), se identifican los bultos, cantidad, pesos y mercancías por cada documento de transporte, determinando la cantidad de bultos y pesos recibidos. Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe

33 DESCONSOLIDACIÒN DE LA CARGA TRANSMISIÒN DE LA TARJA AL DETALLE Plazos: a.Vía marítima: hasta 24 horas del término de la descarga (depósito intraportuario) o salida del puerto (depósito extraportuario). b.Vía aérea: hasta 12 horas del término de la descarga. c.Vía terrestre y fluvial: hasta 12 horas del término de la descarga. La relación de los bultos faltantes, sobrantes y el acta de inventario de bultos arribados en mala condición exterior se transmite dentro de los 2 días siguientes al término de la descarga. Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe

34 Manifiesto de Carga Manifiesto Desconsolidado 1.Ingreso de la Carga al Almacén 2.Transmisión de la Tarja al Detalle Nota de Tarja Levante LLEGADA DE LA NAVE TRANSPORTISTA DEPOSITO TEMPORAL TRANSMISIÒN DE LA TARJA AL DETALLE NUMERACIÒN DE LA DUA 17/04/2015 Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe

35 Art. 2 LGA: Manifestación de voluntad del declarante expresada mediante la declaración aduanera de mercancías, con la cual se indica el régimen aduanero al que debe ser sometida la mercancía que se encuentra bajo la potestad aduanera. LA DESTINACIÓN ADUANERA DESPACHADOR TRANSMITE DAM - VALIDA INFORMACION (DATADO) - NUMERA DAM 1 2 AREA DE EXPORTACION OIMPORTACION Aduanas Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

36 FECHA DE NUMERACION DE LA DECLARACION 15 días calendario FECHA DE LLEGADA 7 días calendario PUERTO FECHA DE TERMINO DE LA DESCARGA ABANDONO LEGAL (Art. 178º LGA) DESPACHO ANTICIPADO DESPACHO EXCEPCIONAL DESPACHO URGENTE 30 días calendario RECONOCIMIENTO PREVIO AMPLIACION DEL PLAZO DE 15 DIAS RECTIFICACION SIN SANCION USO DE SCANERS REGULACION DE MERCANCIA DISTINTA 35 MODALIDADES DE DESPACHO (Art. 131º LGA) MODALIDADES DE DESPACHO (Art. 131º LGA) Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

37 36 Termino de Descarga Envío de la DAM Transportista Agente de Aduana Revisión Documentaria Asignación de canal / Aduana Pre arribo Garantía o Pago Electrónico Plazo para cancelación sin intereses SUNAT 48 hrs antes Post arribo Libre Disp. Rec. Fís. (Puerto) Rec. Fís. (Puerto) Libre Disp. V R Zona Primaria Autorización Especial Deposito Temporal Desconsolidación Libre Disp. Descarga de mercancías Transmite Manifiesto Hasta 15 días antes N 2 3 Requisitos ICA Control de salida 1 N V R Puerto Proceso de Importación Despacho Anticipado 36 Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

38 ABANDONO DE LA MERCANCIA Abandono Legal Es la institución jurídica aduanera que se produce por el transcurso del tiempo y la inacción del importador. Las mercancías se encuentran en abandono legal por el sólo mandato de la ley, sin el requisito previo de expedición de resolución administrativa, ni de notificación o aviso al dueño o consignatario. Disposición de Mercancías REMATE - ADJUDICACIÒN - ENTREGA AL SECTOR O DESTRUCCIÒN Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

39 ABANDONO DE LA MERCANCIA Causales del Abandono: 1.No destinar (Nº DUA) en el plazo de 30 días calendario. 2.Habiendo sido destinadas, no se ha culminado su trámite en los 30 días calendario siguientes a la numeración de la DUA. 3.Régimen de depósito, al vencimiento del plazo solicitado. 4.Ferias internacionales, al vencimiento del plazo autorizado. Llegada Numeración de DUA Termino de la Descarga Transmisión del M/C DESTINACIÒNTRANSPORTISTADESCARGA LEVANTE 30 días calendario Levante Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

40 LEGAJAMIENTO La declaración aceptada podrá ser dejada sin efecto por la autoridad aduanera cuando legalmente no haya debido ser aceptada, se acepte el cambio de destinación, no se hubiera embarcado la mercancía o ésta no apareciera, y otros que determine la autoridad aduanera. Casos de legajamiento:  Mercancías prohibidas;  Mercancías restringidas que no cumplan con los requisitos;  Mercancías totalmente deterioradas o siniestradas;  Mercancías que en el reconocimiento físico, se constate que no cumplen con el fin para el que fueron adquiridas;  Otros. Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

41 LA PRENDA ADUANERA No serán de libre disposición mientras ésta no se pague totalmente o se garantice Están gravadas como prenda legal en garantía de la deuda tributaria aduanera - - - - Faculta a la SUNAT a : - Retenerla - Comisarla - Retornarla a los depósitos aduaneros - Disponer de ella Es preferente y especial En tanto no se acredite la cancelación de los tributos y tasas por servicios correspondientes, ninguna autoridad podrá ordenar que sean embargadas o rematadas MERCANCIA Las mercancías que se encuentren bajo la potestad aduanera: 17/04/2015Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe

42 Las mercancías que se encuentren bajo la potestad aduanera están gravadas como prenda legal en garantía de la deuda tributaria aduanera, de las tasas por servicios y del cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Decreto Legislativo y su Reglamento y no serán de libre disposición mientras no se cancele totalmente o se garantice la citada deuda o tasa y/o se cumplan los requisitos. (art. 175º - LG.A) PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Prenda aduanera

43 En tanto las mercancías se encuentren como prenda legal y no se cancele o garantice la deuda tributaria aduanera y las tasas por servicios, ninguna autoridad podrá ordenar que sean embargadas o rematadas. En tanto las mercancías se encuentren como prenda legal y no se cancele o garantice la deuda tributaria aduanera y las tasas por servicios, ninguna autoridad podrá ordenar que sean embargadas o rematadas. PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Prenda aduanera

44 El Abandono LegalEl Abandono Legal Abandono VoluntarioAbandono Voluntario PROCEDIMIENTOS ADUANEROS EL ABANDONO

45 ABANDONO LEGAL Institución jurídica aduanera que se produce en los supuestos contemplados por la Ley. Las mercancías se encuentran en abandono legal por el sólo mandato de la ley, sin el requisito previo de expedición de resolución administrativa, ni de notificación o aviso al dueño o consignatario. (art. 176º - LG.A) PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

46 ABANDONO VOLUNTARIO Es la manifestación de voluntad escrita e irrevocable formulada por el dueño o consignatario de la mercancía o por otra persona que tenga el poder de disposición sobre una mercancía que se encuentra bajo potestad aduanera, mediante la cual la abandona a favor del Estado, siempre que la autoridad aduanera la acepte, conforme con las condiciones establecidas en el Reglamento. (art. 177º - LG.A) PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

47 Causales de Abandono Legal Se produce el abandono legal a favor del Estado cuando las mercancías: i)No hayan sido solicitadas a destinación aduanera en el plazo de treinta (30) días calendario contados a partir del día siguiente del término de la descarga. ii)Cuando habiendo sido solicitadas a destinación aduanera, no se culmine su trámite dentro del plazo de treinta (30) días calendario siguientes a la numeración. PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

48 Otras causales de Abandono Legal (art. 179º - LG.A)  Las mercancías solicitadas a régimen de depósito, si al vencimiento del plazo autorizado no hubieran sido destinadas a ningún régimen aduanero.  Las mercancías extraviadas y halladas: i)No presentadas a despacho, o ii)No hayan culminado el trámite de despacho aduanero Si no son retiradas por el dueño o consignatario en el plazo de treinta (30) días calendario de producido su hallazgo. PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

49  Las ingresadas a ferias internacionales, al vencimiento del plazo para efectuar las operaciones previstas en la Ley y el Reglamento de Ferias Internacionales.  Los equipajes acompañados o no acompañados y los menajes de casa, de acuerdo a los plazos señalados en el Reglamento de Equipaje y Menaje de Casa.  Las que provengan de naufragios o accidentes si no son solicitadas a destinación aduanera dentro de los treinta (30) días calendario de haberse efectuado su entrega a la Administración Aduanera. PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

50 DISPOSICIÓN DE LAS MERCANCIAS Las mercancías en situación de abandono legal, abandono voluntario y las que hayan sido objeto de comiso serán rematadas, adjudicadas, destruidas o entregadas al sector competente, de conformidad con lo previsto en el Reglamento. PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

51 Si la naturaleza o estado de conservación de las mercancías lo amerita, la Administración Aduanera podrá disponer de las mercancías que se encuentren con proceso administrativo o judicial en trámite. De disponerse administrativa o judicialmente la devolución de las mismas, previa resolución de la Administración Aduanera que autorice el pago, la Dirección Nacional de Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas efectuará el pago del valor de las mercancías determinado en el avalúo más los intereses legales correspondientes para las mercancías objeto de comiso o abandono legal. (art. 180º - LG.A) PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

52 RECUPERACIÓN DE LA MERCANCIA EN ABANDONO LEGAL El dueño o consignatario podrá recuperar su mercancía en situación de abandono legal pagando la deuda tributaria aduanera, tasas por servicios y demás gastos que correspondan; previo cumplimiento de las formalidades de Ley hasta antes que se efectivice la disposición de la mercancía por la Administración Aduanera, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento. PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

53 REMATE El precio base del remate, para las mercancías en situación de abandono legal, abandono voluntario y comiso estará constituido por el valor de tasación de las mercancías, conforme a su estado o condición. Constituye recurso propio de la SUNAT el cincuenta por ciento (50%) del producto de los remates que realice, salvo que la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público de cada año fiscal, establezca disposición distinta. (arts. 182º y 183º - LG.A.) PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

54 ADJUDICACIÓN La SUNAT, de oficio o a pedido de parte, podrá adjudicar mercancías en situación de abandono legal, abandono voluntario o comiso conforme a lo previsto en el Reglamento. La adjudicación de las mercancías en situación de abandono legal se efectuará previa notificación, al dueño o consignatario quién podrá recuperarlas pagando la deuda tributaria aduanera y demás gastos que correspondan, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de notificación, cumpliendo las formalidades de ley. Vencido este plazo, la SUNAT procederá a su adjudicación. (art. 184º - L.G.A.) PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

55 ADJUDICACIÓN DE MERCANCÍAS EN ESTADO DE EMERGENCIA En casos de estado de emergencia, La SUNAT dispone la adjudicación de mercancías en abandono legal o voluntario o comiso a favor de las entidades que se señalen mediante decreto supremo, a fin de atender las necesidades de las zonas afectadas. Esta adjudicación estará exceptuada del requisito de la notificación a que se refiere el segundo párrafo del artículo 184° de la Ley. PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

56 Las entidades a las que se les haya adjudicado mercancías restringidas deberán solicitar directamente al sector competente la constatación de su estado. (art. 185º - L.G.A.) PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

57 ENTREGA AL SECTOR COMPETENTE La Administración Aduanera pondrá a disposición del sector competente las mercancías restringidas que se encuentren en situación de abandono legal, abandono voluntario o comiso. El sector competente tiene un plazo de veinte (20) días contados a partir del día siguiente de la recepción de la notificación para efectuar el retiro de las mercancías o pronunciarse sobre la modalidad de disposición de las mercancías. PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

58 Vencido el citado plazo sin que el sector competente haya recogido las mercancías, o sin que haya emitido pronunciamiento, la Administración Aduanera procederá a su disposición de acuerdo a lo que establezca el Reglamento. No procederá la entrega al Sector Competente de aquellas mercancías que se encuentren vencidas, en cuyo caso la Administración Aduanera procederá a su destrucción. PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

59 La entrega al sector competente de mercancías restringidas en situación de abandono legal se efectuará previa notificación al dueño o consignatario quien podrá recuperarlas si cumple con las formalidades de ley y paga la deuda tributaria aduanera y demás gastos que correspondan dentro de los cinco (05) días siguientes a la fecha de notificación. Vencido éste plazo la SUNAT procederá a su entrega al sector competente. PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015

60 DESTRUCCION La SUNAT procederá a destruir las siguientes mercancías que se encuentran en situación de abandono voluntario, abandono legal o comiso. a)Las contrarias a la soberanía nacional. b)Las que atenten contra la salud, el medio ambiente, la moral o el orden público establecido. c)Las que se encuentren vencidas o en mal estado. d)Los cigarrillos y licores. e)Las que deban ser destruidas según opinión del sector competente. f)Otras mercancías señaladas por Decreto Supremo, refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas. PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Dr. Percy Hugo Quispe Farfán Email: pquispef@adexperu.edu.pe 17/04/2015


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