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CONTRATOS INTERNACIONALES

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Presentación del tema: "CONTRATOS INTERNACIONALES"— Transcripción de la presentación:

1 CONTRATOS INTERNACIONALES
Contratos en general

2 Código Civil y Comercial
Fuentes Tratados de Derecho Civil y Comercial Internacional de Montevideo de 1889 Tratados de Derecho Civil y Comercial Terrestre y de la Navegación Internacional de 1940 Código Civil y Comercial Lex mercatoria Incoterms RUU 600 Soft Law Principios Unidroit s. Contratos Guias para la redacción de contratos Guias de buenas prácticas.

3 Autonomía del DIPr. Clases 1.Autonomía interna de Derecho Privado
2. Autonomía del Derecho Internacional Privado 2.1. Autonomía conflictual 2.2. Autonomía material 3. Autonomía Universal

4 Autonomía (continuación)
Según el método utilizado: 1. Autonomía conflictual 1.1.Autonomía propia (cláusula de elección) 1.2. Autonomía impropia (realización de la conexión o prórroga del foro) 2. Autonomía material del DIPr Según el alcance Integral o total Parcial (dépeçage)

5 Autonomía (continuación)
Autonomía expresa (cláusula de elección, designación de un incoterm) Autonomía tácita (cartas, remisión al foro, responde efectuado en una demanda, utilización de una fórmula que se corresponda con algún derecho determinado) Jurisprudencia: CSJN, Tactician Int. c. Dirección General de Fabricaciones Militares, , (Fallos, 317:182)

6 Autonomía (continuación)
Condiciones de ejercicio 1. Internacionalidad 2. Legalidad – su consideración con respecto a las distintas fuentes- 2.1. En el ámbito del TDCIM 1889 Calificaciones (art. 34) Jurisprudencia: CS, República del Perú c. SIFAR, , (Fallos, 220:936) 2.2. En el ámbito del TDCIM 1940 Calificaciones (art. 38) – Protocolo adicional (art. 5) Jurisprudencia: CS, Mendez Valles c. Pescio, , (Fallos, 318:2639) 2.3. Código Civil (art. 1197, a fortiori, 1209, 1210 y 1212 CC; derecho consuetudinario; CCC, 2651)

7 Autonomía (continuación)
Límites 1. Normas de policía 1.1. Del propio estado que asume jurisdicción 1.2. Del estado cuyo derecho resulta aplicable 1.3. De un tercer estado 2. Orden público

8 Autonomía (continuación)
Calificación de la autonomía Ley excluida vs. Ley elegida

9 Art 22651.- Autonomía de la voluntad. Reglas.
Autonomía en el CCC Art Autonomía de la voluntad. Reglas. Los contratos se rigen por el derecho elegido por las partes en cuanto a su validez intrínseca, naturaleza, efectos, derechos y obligaciones. La elección debe ser expresa o resultar de manera cierta y evidente de los términos del contrato o de las circunstancias del caso. Dicha elección puede referirse a la totalidad o a partes del contrato. ¿Forma?

10 Autonomía en el CCC El ejercicio de este derecho está sujeto a las siguientes reglas: a) en cualquier momento pueden convenir que el contrato se rija por una ley distinta de la que lo regía, ya sea por una elección anterior o por aplicación de otras disposiciones de este Código. Sin embargo, esa modificación no puede afectar la validez del contrato original ni los derechos de terceros; b) elegida la aplicación de un derecho nacional, se debe interpretar elegido el derecho interno de ese país con exclusión de sus normas sobre conflicto de leyes, excepto pacto en contrario; c) las partes pueden establecer, de común acuerdo, el contenido material de sus contratos e, incluso, crear disposiciones contractuales que desplacen normas coactivas del derecho elegido;

11 Autonomía en el CCC d) los usos y prácticas comerciales generalmente aceptados, las costumbres y los principios del derecho comercial internacional, resultan aplicables cuando las partes los han incorporado al contrato; e) los principios de orden público y las normas internacionalmente imperativas del derecho argentino se aplican a la relación jurídica, cualquiera sea la ley que rija el contrato; también se imponen al contrato, en principio, las normas internacionalmente imperativas de aquellos Estados que presenten vínculos económicos preponderantes con el caso; f) los contratos hechos en la República para violar normas internacionalmente imperativas de una nación extranjera de necesaria aplicación al caso no tienen efecto alguno; g) la elección de un determinado foro nacional no supone la elección del derecho interno aplicable en ese país. Este artículo no se aplica a los contratos de consumo.

12 Las PYMES en el comercio internacional
Participación de las GRANDES empresas y PYMES en exportación e importación en EEUU Año 2012 las grandes empresas estarían interviniendo en el 67,4% de las exportaciones y un 69,1% de las importaciones. El 32,6% de las exportaciones la hacen pequeñas y medianas empresas, y participan del 30,9% de las importaciones. Small- and medium-sized companies (those employing fewer than 500 workers, including number of employees unknown) comprised 97.7 percent of all identified exporters and 97.1 percent of all identified importers. They account for 32.6 percent and 30.9 percent of the known export and import value, respectively

13 Economía Tucumán 2012 ha 34  %Industriales (Caña de Azúcar y Tabaco) 56 % Cereales y OOlleaginosas 5 % cítricos 0,30 Frutales 4,50 hortalizas

14 Exportación de Tucumán 2012
La principal característica de las exportaciones tucumanas es la fuerte participación de las manufacturas industriales en el total de productos exportables: productos primarios (limones, soja trigo, caña, frutillas, arándanos, paltas) y manufacturas de origen agropecuario (aceites de limon, azucar) entre otras.

15 Lugar de cumplimiento del contrato
Calificación del lugar de cumplimiento en los contratos conmutativos TDCIM 1889: art. 33 TDCIM 1940: art. 37

16 Lugar de cumplimiento del contrato en el CCC
Código Civil argentino (arts. 1209, 1210, 1212 y 1214) – Teoría de la prestación más característica CCC: lugar del domicilio actual del deudor de la prestación más característica (art. 2652)

17 Lugar de celebración del contrato
Tratado de Derecho Civil de Montevideo de 1889 (art. 35) Tratado de Derecho Civil de Montevideo (art. 40) Código Civil (art CC)

18 Cumplimiento y celebración en el CCC
Art Determinación del derecho aplicable en defecto de elección por las partes. En defecto de elección por las partes del derecho aplicable, el contrato se rige por las leyes y usos del país del lugar de cumplimiento. Si no está designado, o no resultare de la naturaleza de la relación, se entiende que lugar de cumplimiento es el del domicilio actual del deudor de la prestación más característica del contrato. En caso de no poder determinarse el lugar de cumplimiento, el contrato se rige por las leyes y usos del país del lugar de celebración. La perfección de los contratos entre ausentes se rige por la ley del lugar del cual parte la oferta aceptada.

19 Domicilio de las partes
Código Civil (art. 1214), para contratos entre ausentes, sin lugar de cumplimiento ni celebración determinados Jurisprudencia: Juzgado Primera Instancia en lo Comercial N° 13 de Buenos Aires, Cinturino Vincent c. Dante Corti,

20 Límites Orden público internacional
Valores irrenunciables de la comunidad Normas internacionalmente imperativas (o de policía, o de aplicación inmediata) Intereses primordiales del Estado

21 Normas internacionalmente imperativas
Sus diferencias con el orden público Ex ante / ex post Ignorar (to ignore) el elemento extranjero Es circunstancial Se somete a un “test” de razonabilidad


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