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18 de Noviembre de 2015.

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Presentación del tema: "18 de Noviembre de 2015."— Transcripción de la presentación:

1 18 de Noviembre de 2015

2 La creciente preocupación de la sociedad sobre los posibles efectos que los productos fitosanitarios utilizados en las producciones agropecuarias pueden causar a la salud humana y al medio ambiente, nos lleva como entidad representativa del campo a tomar el tema, estudiarlo, analizarlo y dar respuesta no sólo a la sociedad sino también a los productores y a las cooperativas que representamos y a nuestra familias que viven en el campo.

3 Porqué este trabajo

4 Porqué este trabajo Nos preocupa la continuidad de la producción.
El desconocimiento y la falsa información generan la condena social y frenan el impulso productivo. Por eso, desde CONINAGRO queremos brindar información con sustento técnico sobre porqué utilizamos los productos fitosanitarios en el campo y el impacto de los mismos sobre la salud humana y el medio ambiente. Este documento brinda una normativa como herramienta de política pública que compatibiliza el cuidado de la salud de la población y la sustentabilidad agropecuaria.

5 Productos Fitosanitarios ¿Sí o No? ¿Buenos o Malos?

6 LA CLAVE ES EL USO RESPONSABLE. TOMAR RECAUDOS.
El correcto uso y manejo de productos fitosanitarios es parte importante de las Buenas Prácticas Agrícolas. Es por ello que desde CONINAGRO creemos que debemos: CONCIENTIZAR sobre la implementación de las BPA en el manejo de productos fitosanitarios. CAPACITAR tanto a productores como a trabajadores sobre los correctos procedimientos para la aplicación de estas sustancias. EDUCAR E INFORMAR a la población sobre los reales efectos de estos productos sobre la salud humana y el medio ambiente. LA CLAVE ES EL USO RESPONSABLE. TOMAR RECAUDOS. Evidentemente siempre estamos expuestos al peligro pero somos nosotros los que decidimos los riesgos.

7 Productos Fitosanitarios ¿Por qué los utilizamos?
Se utilizan para minimizar o impedir el daño de las plagas en los cultivos y evitar disminuciones de rendimiento y producción. Población Demanda de Alimentos Tierra y Recursos Sin la utilización de productos fitosanitarios la producción podría caer hasta un 40%. La producción orgánica como opción no es suficiente para abastecer la demanda de alimentos que el mundo necesita.

8 Productos Fitosanitarios, ¿Qué son?
Cualquier sustancia o mezcla de sustancias destinadas a prevenir, controlar o destruir cualquier organismo que causa un perjuicio o interferencia en la producción, elaboración o almacenamiento de los cultivos y sus productos. (Res. SENASA 500/2003)

9 ¿Qué NO es un Producto Fitosanitario?
Fertilizante Toda sustancia o mezcla de sustancias que incorporada al suelo o aplicada sobre la planta, suministre el o los elementos que requieren los vegetales para su nutrición. (Decreto 4830/73) Domisanitario Aquellas sustancias o preparaciones destinadas a la limpieza, lavado, odorización, desodorización, higienización, desinfección o desinfestación, para su utilización en el hogar, y/o ambientes colectivos públicos y/o privados. (Res. ANMAT 709/1998 )

10 ¿Qué debo saber? Cualquier sustancia química (medicamento, cosmético, productos de limpieza, producto de higiene personal, etc.) debe ser manipulada con cuidado ya que todas ellas presentan un cierto nivel de peligrosidad y de riesgo. El riesgo depende tanto de la toxicidad como de la exposición. El correcto manejo de los productos fitosanitarios, inclusive los de alta toxicidad, disminuye la exposición y consecuentemente el riesgo.

11 ARGENTINA TIENE ELEVADÍSIMOS ESTÁNDARES de Categorización Toxicológica
Res. 302/12 SENASA OMS FAO EPA EU-27 Categoría Color Frase de Advertencia Ia Rojo Extremadamente peligroso Ib Altamente peligroso II Amarillo Moderadamente peligroso III Azul Ligeramente peligroso IV Verde Normalmente no presentan peligro

12 Productos Registrados
21% 26% 3% 10% 15% 60% El 70% de los productos registrados para el campo tiene las mismas clases toxicológicas que los permitidos en la «Línea Jardín» Se podría disminuir la utilización con facilidades financieras y productos sustitutos

13 Utilización de Productos

14 ARGENTINA TIENE ELEVADÍSIMOS ESTÁNDARES de Límite Máximos de Residuos
Internacional Codex Alimentarius Nacional Res. 507/08 SAGyP Los niveles de residuos en los alimentos y en el agua de bebida, cuando se aplican las BPA, no constituyen un riesgo para la salud de los consumidores.

15 La cuestión no es prohibir, sino capacitar y promocionar la implementación del buen uso y manejo de las sustancias. La utilización y manipulación de los productos fitosanitarios debe hacerse responsablemente.

16 ¿Sabías qué…?

17 ¿Sabías qué? Todos los días en los hogares se utilizan productos químicos con los mismos principios activos que los utilizados en el campo. En muchos casos, los productos domésticos contienen mayores dosis que los utilizados en el campo, y las personas los utilizan sin preocuparse por el seguimiento de las instrucciones, el correcto manipuleo y los posibles efectos adversos tanto crónicos como agudos que puedan tener.

18 Principio Activo: CIPERMETRINA
En el Campo: control de lepidópteros y coleóptero. La clase toxicológica depende de Los componentes del formulado comercial, pudiendo ser Clase I, II, III o IV. En el Hogar: control de mosquitos, cucarachas, hormigas, etc. Los productos domésticos están categorizados OMS Clase III (ligeramente peligroso).

19 Principio Activo: 2-FENILFENOL
En el Campo: para la desinfección de cultivos frutícolas y hortícolas, y en las instalaciones de porcinos, aves y tambos. Categorizados OMS Clase IV (normalmente no ofrece peligro). En el Hogar: presente en los productos desinfectantes de ambientes que se utilizan en las casas y en los hospitales para eliminar hongos, bacterias y virus. Categorizados OMS Clase IV (normalmente no ofrece peligro).

20 Principio Activo: PERMETRINA
En el Campo: control de ácaros y lepidópteros. Categorizados OMS Clase II (moderadamente peligrosos). Aplicado en estadios tempranos del cultivo, permitiendo su completa degradación antes de llegar al consumidor. En el Hogar: presente en productos farmacéuticos empleados en los tratamientos de pediculosis (piojos y liendres) y escabiosis (sarna). Categorizados OMS Clase II (moderadamente peligrosos). Aplicados directamente a la cabeza o piel. Las dosis utilizadas en producciones agropecuarias son iguales a las aplicadas en tratamientos pediculicidas (piojos y liendres) y 5 veces menores a las aplicadas en tratamientos escabicidas (sarna).

21 Principio Activo: DEET (DIETIL TOLUAMIDA)
En el Campo: no se utiliza En el Hogar: repelente de mosquitos (ejemplo “OFF”). Categorizados OMS Clase III (ligeramente peligrosos). Existen antecedentes del Ministerio de Salud (Res. 652/02) de intoxicaciones en niños que fueron expuestos a estos productos durante semanas (directa o indirectamente –aplicaciones a las sábanas–). Las intoxicaciones agudas generalmente se confunden con una infección viral, y aunque no es frecuente, pueden causar lesiones cerebrales.

22 Material Detalle DL50 (mg/kg) Clase s/EPA
Agua 90000 No Tóxico Sacarosa Presente en el azúcar 30000 Ácido Cítrico Presente en las frutas cítricas 12000 IV Escasamente tóxico Glifosato Herbicida 5600 Cloruro de Sodio Sal 3000 III Ligeramente tóxico Acetaminofén Paracetamol 1944 Teobromina Presente en el chocolate 1265 Moderadamente tóxico Rotenona Insecticida II Moderadamente tóxico Sulfato de Cobre Tratamiento de agua y producciones orgánicas 300 Cafeína Presente en el café 192 Nicotina Presente en el cigarrillo 50 Ib Altamente tóxico Vitamina D Exceso por suplementos 10 Estricnina Pesticida urbano (pájaros y roedores) 1-2 Ia Extremadamente tóxico Aflatoxina Micotoxina en granos infectados 0,003 Botulina Presente en tratamiento de botox 0,00001

23 Todos los productos químicos (fitosanitarios, medicamento, cosmético, productos de limpieza, producto de higiene personal, etc.) presentan un cierto nivel de peligrosidad, siendo no exclusivo de los productos fitosanitarios. Es fundamental realizar un buen uso de todas las sustancias y no asustar, sino capacitar.

24 18 de Noviembre de 2015 Propuesta de CONINAGRO Regulación del manejo y aplicación de productos fitosanitarios y domisanitarios

25 Proponemos un modelo de Ordenanza Municipal que contempla todos los requisitos necesarios y responsabilidades para garantizar el resguardo de la salud humana y del ambiente, no sólo de las actividades agropecuarias y agroindustriales sino también las actividades con fines sanitarios. La propuesta brinda la base sobre la cual deberían apoyarse los proyectos legislativos municipales como así también nacionales y provinciales. Para la elaboración del modelo se recolectó información veraz y sustentada por investigaciones y ensayos realizados por organismos públicos y privados.

26 Registros Contar con información suficiente acerca de la comercialización, movilización, utilización y aplicación de los productos, así como establecer requisitos y responsabilidades de cada uno de los actores involucrados. Para los usuarios responsables, los aplicadores, los equipos de aplicación, los asesores fitosanitarios, los fiscalizadores fitosanitarios y los locales.

27 Receta Fitosanitaria Es el documento a emitir por el asesor fitosanitario toda vez que su recomendación implique la utilización de un producto fitosanitario y/o domisanitario. Se archivarán copias de la Receta Fitosanitaria por el término de 2 años por el Municipio, el usuario responsable, el local y el asesor.

28 Productos Fitosanitarios y Domisanitarios
Para su compra y aplicación requerirán la emisión de una Receta Fitosanitaria. Se prohíbe la tenencia y aplicación de productos que estén prohibidos o en envases no autorizados por el SENASA o la ANMAT. Limpieza de los envases previa a la aplicación mediante el triple lavado o lavado a presión. (Norma IRAM /03)

29 Zonas Área Urbanizada: definida por el espacio comprendido hasta donde el Municipio presta servicios de manera efectiva y permanente o a la definida previamente por el Municipio. Área de Amortiguamiento o Buffer: 100 metros para aplicaciones terrestres y 200 metros para aplicaciones aéreas, contabilizados desde el fin de la zona urbanizada. (Estas distancias se podrán reducir a partir de la evaluación que realice el profesional actuante, en consideración de la tecnología disponible, las condiciones climáticas y el producto empleado). Área Rural: finalizada la zona de amortiguamiento o buffer comenzará el área rural.

30 Aplicaciones Información previa a la aplicación de fitosanitarios y domisanitarios de 48 horas. Datos: fecha, hora, lugar. Registro Obligatorio de Aplicaciones con un plazo máximo de 30 días desde la declaración. Datos: usuario responsable, aplicador, equipo aplicador, fiscalizador (de estar presente), copia de la receta fitosanitaria y de los remito de los productos utilizados, fecha, hora y ubicación.

31 Aplicaciones Toda aplicación de fitosanitarios y domisanitarios en la zona urbanizada deberá contar siempre con la presencia de un fiscalizador fitosanitario.

32 Aplicaciones El Municipio es responsable de enviar un fiscalizador fitosanitario para las aplicaciones de fitosanitarios y domisanitarios en la zona de amortiguamiento, en establecimientos educativos y cuando la superficie a tratar se encuentre cercana a zonas sensibles (cultivos susceptibles, cursos de agua, reservas, etc.). En caso de no contar con la presencia del fiscalizador se podrá proceder con la aplicación conforme a los establecido en la ordenanza y a las buenas prácticas.

33 Aplicaciones Toda aplicación de fitosanitarios y domisanitarios en los establecimientos educativos deberá efectuarse fuera del horario escolar, preferiblemente a realizarse al finalizar la jornada del día viernes o el día previo a comenzar el fin de semana.

34 Puntos Desatacados Comercializar los domisanitarios de venta libre separados de los alimentos, bebidas, medicamentos y artículos de higiene y con folletería técnica e información de centros toxicológicos. Cursos de capacitación y actualización obligatorios para aplicadores, asesores y fiscalizadores. Utilización del EPP y Manejo responsable. Fiscalizador fitosanitario dependiente de un área had hoc destinado a cumplir funciones de fiscalización y control. Equipos de aplicación no pueden circular en el área urbana, con excepción de rutas nacionales y provinciales cuando atraviesen dichas zonas. En caso de necesidad de reparaciones podrá circular con autorización. Sanciones para todos los actores con montos actualizables

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