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VIGENCIA FUTURA ORDINARIA CONTRATO DE HOSTING Y ADMINISTRACIÓN DE LA TECNOLOGÍA INFORMÁTICA DE DISPAC PERIODO 1o DE ENERO DE 2016 AL 31 JULIO DE 2018 JUNTA.

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1 VIGENCIA FUTURA ORDINARIA CONTRATO DE HOSTING Y ADMINISTRACIÓN DE LA TECNOLOGÍA INFORMÁTICA DE DISPAC PERIODO 1o DE ENERO DE 2016 AL 31 JULIO DE 2018 JUNTA DIRECTIVA ORDINARIA No. 214 27 DE AGOSTO DE 2015

2 Notas - Tipo 3 - Arial Narrow 14pt. - Bold  Introducción  Marco Legal  Requisitos vigencia futura ordinaria  Justificación económica  Solicitud CONTENIDO

3 Notas - Tipo 3 - Arial Narrow 14pt. - Bold Se somete a consideración de la Junta Directiva la siguiente autorización: Autorización para comprometer un cupo de vigencias futuras ordinarias para los períodos 2016, 2017 y 2018, con el fin de respaldar la suscripción del Contrato de Hosting y Administración de la Tecnología Informática de Dispac durante el periodo 1o de enero de 2016 al 31 julio de 2018. 1. Introducción

4 El Artículo 10 de la Ley 819 de 2003 establece que el CONFIS podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras cuando su ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso. El Parágrafo del Artículo 10 de la Ley 819 de 2003 establece que las funciones de autorización de vigencias futuras ordinarias podrán ser delegadas por el CONFIS en las Juntas o Consejos Directivos. El artículo 36 de la Ley 1737 de 2014 indica Las Juntas o Consejos Directivos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta sujetas al régimen de aquellas, del orden nacional dedicadas a actividades no financieras, y aquellas entidades del orden nacional que la ley les establezca para efectos presupuestales el régimen de Empresas Industriales y Comerciales del Estado, autorizaran las vigencias futuras ordinarias y excepcionales de que trata el artículo 11 del Decreto número 115 de 1996 y los artículos 10 y 11 de la Ley 819 de 2003. 2. Marco Legal.

5 Notas - Tipo 3 - Arial Narrow 14pt. - Bold  Consultar con las metas plurianuales del Marco Fiscal de Mediano Plazo.  Las autorizaciones no podrán superar el respectivo período de gobierno.  Contar como mínimo con una apropiación del 15% en la vigencia en la que se autorice.  Justificación económica. Posterior a la aprobación, las Secretarías de las Juntas Directivas presentarán un informe trimestral sobre las vigencias futuras autorizadas en el trimestre anterior a la DGPPN del MHCP. 2. Requisitos Vigencia Futura Ordinaria

6 Se verificaron los requisitos para solicitar la vigencia futura a través de la Junta Directiva: CONCEPTO VALOR Apropiación Gastos de Operación Comercial 2015 71,331,800,000 V. futura que puede autorizar la Junta Directiva (35%) 24,966.130,000 Apropiación vigencia 2015 rubro 51001 – AOM (15%) 20,688,730,000 Solicitud Vigencias Futuras 2.701.835.500

7 El objeto del presente Contrato de Tecnología es regular los términos y condiciones bajo los cuales el Operador Tecnológico se obliga a ejecutar para Dispac, los servicios de Operador Tecnológico en la sede de Quibdó y Bogotá, los cuales incluyen, pero no se limitan a, el soporte, la administración, la operación de manera ininterrumpida y mantenimiento del software y hardware, y el hosting de la plataforma tecnológica de Dispac cumpliendo con los Acuerdos de Niveles de Servicio y con la dedicación mínima establecida para el personal técnico especializado. Antecedentes  DISPAC suscribió con la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOYACÁ S.A. E.S.P. –EBSA- un Contrato Interinstitucional para el Hosting y la Administración de la Tecnología Informática de DISPAC DG-012-2012, con una vigencia desde 1º de febrero de 2012 hasta el 31 de julio de 2014, respaldado con recursos de vigencias futuras autorizadas por la Junta Directiva. Se suscribió una prórroga al contrato del 1 de agosto de 2014 al 31 de octubre de 2015, teniendo en cuenta que no superaba el 50% autorizado para las prórrogas. 3. Justificación

8  Actualmente Dispac finalizó el proceso de oferta pública para contratar el Gestor, el cual finalizó con la contratación del Gestor Proing Ltda. En consideración a salvaguardar la información y minimizar los riesgos de pérdida de información consideramos prudente, prorrogar el presente contrato tres meses, es decir hasta el 31 de octubre de 2015, para que una vez lleguen los nuevos contratistas, exista el tiempo de la entrega correcta de la información.  Siguiendo la estructuración del modelo de Gestión, para DISPAC es fundamental garantizar la continuidad de la prestación del servicio de energía eléctrica en el mercado atendido y esto no se podría realizar sin un adecuado soporte tecnológico, que garantice la administración, procesamiento y salvaguarda de los datos, del hardware y del sofware, necesario para la operación, por lo cual se requieren solicitar las presentas vigencias futuras.

9 Se solicita a la Junta Directiva autorizar la asunción de la siguiente obligación con cargo al presupuesto de la vigencia 2015, Cuenta GASTOS DE OPERACIÓN COMERCIAL, rubro 51001 – AOM, con el fin de suscribir el Contrato de Hosting y administración de la Tecnología Informática de Dispac para el período comprendido entre el 1 de enero de 2016 al 31 de julio de 2018: 4. Solicitud


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