La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

ARTICULO: 229 del Código Penal El que maltrate física, psíquica o sexualmente a cualquier miembro de su núcleo familiar, incurrirá, siempre que la conducta.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "ARTICULO: 229 del Código Penal El que maltrate física, psíquica o sexualmente a cualquier miembro de su núcleo familiar, incurrirá, siempre que la conducta."— Transcripción de la presentación:

1

2 ARTICULO: 229 del Código Penal El que maltrate física, psíquica o sexualmente a cualquier miembro de su núcleo familiar, incurrirá, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor, en prisión de uno(1) a tres (3) años de cárcel

3 MALTRATO FÍSICO

4 Contra cualquier miembro del núcleo familiar psíquica

5

6 *PENA, DE UNO(1) A TRES (3) AÑOS DE CÁRCEL

7 LOS MALTRATOS FÍSICOS Se realizan con el empleo de la fuerza bruta y se define como una acción que provoque en la victima daño físico o enfermedad, esta clase de maltrato también puede producir secuelas psicológicas,deja huellas muy visibles en el cuerpo de la victima Es una violencia visible

8

9 Victima de maltrato físico

10

11 MALTRATO PSICOLÓGICO La violencia psicológica produce desvaloración o sufrimiento de la victima a, como los insultos verbales o la crueldad mental

12 VICTIMA DE MALTRATO PSICOLÓGICO

13 VIOLENCIA SEXUAL La violencia sexual es un agravante de los actos sexuales abusivos o el abuso sexual

14 MEDIDAS DE PROTECCIÓN Toda persona que sea victima de daño físico o psicológico, amenaza, agravio, ofensa o cualquier otra forma de agresión por parte de un miembro de su familia podrá pedir, sin perjuicio de las denuncias penales a que hubiere lugar, a la Comisaria de Familia una medida de protección inmediata que ponga fin a tal situación o que evite que esta se realice cuando fuere inminente

15

16

17

18 Algunas Medidas de Protección Ordenar al agresor el desalojo de la casa de habitación que comparte con la victima si su presencia constituye una amenaza Ordenar al agresor abstenerse de penetrar en cualquier lugar donde se encuentre la victima; para impedir que la moleste intimide o amenace Prohibir al agresor esconder o trasladar de casa de habitación a los niños o personas discapacitadas en estado de indefensión Obligación de acudir a tratamiento reeducativo y terapéutico (psicológico)

19 ASISTENCIA A LAS VICTIMAS DE MALTRATO Realización de valoración Medico Legal Acompañar a la victima hasta un lugar seguro o hasta su hogar para el retiro de las pertenencias personales Suministrarle información pertinente sobre los derechos de la victima y sobre los servicios gubernamentales y privados disponibles para las victimas de violencia intrafamiliar


Descargar ppt "ARTICULO: 229 del Código Penal El que maltrate física, psíquica o sexualmente a cualquier miembro de su núcleo familiar, incurrirá, siempre que la conducta."

Presentaciones similares


Anuncios Google