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Son extranjeras las sociedades constituidas conforme a la ley de otro país y con domicilio principal en el exterior.

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Presentación del tema: "Son extranjeras las sociedades constituidas conforme a la ley de otro país y con domicilio principal en el exterior."— Transcripción de la presentación:

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2 Son extranjeras las sociedades constituidas conforme a la ley de otro país y con domicilio principal en el exterior.

3 VIGILANCIA DEL ESTADO A SUCURSALES DE SOCIEDADES EXTRANJERAS: Todas las sucursales de sociedades extranjeras que desarrollen actividades permanentes en Colombia estarán sometidas a la vigilancia del Estado, que se ejercerá por la Superintendencia Bancaria o de Sociedades, según su objeto social.

4 REQUISITOS PARA QUE UNA SOCIEDAD EXTRANJERA PUEDA EMPRENDER NEGOCIOS PERMANENTES EN EL PAÍS: Para que una sociedad extranjera pueda emprender negocios permanentes en Colombia, establecerá una sucursal con domicilio en el territorio nacional, para lo cual cumplirá los siguientes requisitos:

5 1o) Protocolizar en una notaría del lugar elegido para su domicilio en el país, copias auténticas del documento de su fundación, de sus estatutos, la resolución o acto que acordó su establecimiento en Colombia y de los que acrediten la existencia de la sociedad y la personería de sus representantes, y 2o) Obtener de la Superintendencia de Sociedades o de la Bancaria, según el caso, permiso para funcionar en el país.

6 NACIONALIDAD DEL REPRESENTANTE LEGAL Y DE LOS SUPLENTES. Cuando la sociedad tuviere por objeto explotar, dirigir o administrar un servicio público o una actividad declarada por el Estado de interés para la seguridad nacional, el representante y los suplentes.

7 ACTIVIDADES PERMANENTES 1. Abrir dentro del territorio de la República establecimientos mercantiles u oficinas de negocios aunque éstas solamente tengan un carácter técnico o de asesoría; 2. Intervenir como contratista en la ejecución de obras o en la prestación de servicios; 3. Participar en cualquier forma en actividades que tengan por objeto el manejo, aprovechamiento o inversión de fondos provenientes del ahorro privado;

8 4. Dedicarse a la industria extractiva en cualquiera de sus ramas o servicios; 5. Obtener del Estado colombiano una concesión o que ésta le hubiere sido cedida a cualquier título, o que en alguna forma participe en la explotación de la misma y, 6. El funcionamiento de sus asambleas de asociados, juntas directivas, gerencia o administración en el territorio nacional.

9 PLAZO PARA OBTENER PERMISO DE FUNCIONAMIENTO. Las sociedades extranjeras que conforme a este Código deban obtener autorización para operar en Colombia y que no la tuvieren, tendrán un plazo de tres meses para acreditar los requisitos indispensables para el permiso de funcionamiento. Del mismo término dispondrán los extranjeros que se hallaren en el caso contemplado en el artículo anterior.

10 1.En la página www.emprendimientosallebello.wordpress.com en el link de séptimo encontraras una tabla de la matriz DOFA (llenar) y unos botones de valores, que deberás tener como ejemplo para que crees es tuyo y enviarlo por correo electrónico así: www.emprendimientosallebello.wordpress.com 7 A MIERCOLES 31 DE AGOSTO 6:30 PM 7 B VIERNES 26 DE AGOSTO 6:30 PM 7 C JUEVES 1 DE SEPTIEMBRE 6:30 PM 7 D VIERNES 26 DE AGOSTO 6:30 PM


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