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Receta Privada Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta privada y órdenes de dispensación.

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Presentación del tema: "Receta Privada Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta privada y órdenes de dispensación."— Transcripción de la presentación:

1 Receta Privada Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta privada y órdenes de dispensación.

2 1 Receta Privada, Soporte Papel Objetivos a cumplir Autenticidad y control de las Recetas Privadas, en soporte papel Trazabilidad Seguridad Control del “consumo” de la receta Prevención de Fraude, Abuso o Corrupción Utilización única 2 3 4 5 6 SCENE Puesta en marcha de un Sistema que garantice la Autenticidad y Trazabilidad de la Receta privada en soporte papel Puesta en marcha de un Sistema que garantice la Autenticidad y Trazabilidad de la Receta privada en soporte papel

3 Receta Privada, Soporte Papel El Código de Verificación Electrónica (CVE) es un “número único e irrepetible” que sirve para el cotejo entre un documento en papel y su correspondiente electrónico, con pleno valor de autenticidad legal entre ambos. (Actualmente es utilizado por el Ministerio de Economía y Hacienda entre otros) El CVE es la tecnología que permite verificar con seguridad que un determinado talonario o lote de recetas ha sido asignado a un prescriptor Plataforma Única de Prescripción, Soporte Papel Mecanismos a establecer para garantizar la máxima seguridad y trazabilidad de la receta en formato papel

4 Receta Privada, Soporte Papel El prescriptor solicita mediante un formulario a través de Ventanilla Única de su Colegio (con firma electrónica) o bien presencialmente en la sede colegial con los siguientes datos obligatorios: Nombre Apellido 1 Apellido 2 (en el caso de extranjeros este campo no es obligatorio) Especialidad Número de colegiado nacional DNI/NIE Dirección puesto de trabajo Nº de talonarios o Nº de recetas de un lote El Colegiado recibe un acuse de recibo de la solicitud El Prescriptor Plataforma Única de Prescripción, Soporte Papel

5 Receta Privada, Soporte Papel Verifica los datos del Colegiado y añade un nuevo campo a los del formulario, el número de orden generado por el registro de recetas del Colegio, precedido del código del Colegio. Nombre Apellido 1 Apellido 2 (en el caso de extranjeros este campo no es obligatorio) Especialidad Número de colegiado nacional DNI/NIE Nº de talonarios o Nº de recetas de un lote Código del Colegio + Número de orden generado por el registro de recetas del Colegio. El Colegio Plataforma Única de Prescripción, Soporte Papel

6 Receta Privada, Soporte Papel El Colegio solicita a la Plataforma Única de Prescripción el Código de Validación Electrónica de Prescripción CVE-P, con el envío del formulario firmado electrónicamente. El Colegio Plataforma Única de Prescripción, Soporte Papel PLATAFORMA UNICA DE PRESCRIPCION

7 Receta Privada, Soporte Papel Calcula la clave segura del CVE-P mediante un algoritmo matemático y adjudica un CVE-P a cada una de las recetas del lote/talonarios vinculados a los datos del prescriptor y registro del Colegio aportados en el formulario de solicitud. Almacena la información del fichero en el repositorio de recetas de la Plataforma Única de Prescripción. Envía el fichero resultante al Colegio solicitante. La Plataforma Única de Prescripción Plataforma Única de Prescripción, Soporte Papel

8 Receta Privada, Soporte Papel El Colegio verifica y distribuye a los Colegiados solicitantes el/los talonarios, el cual firma un acuse de recibo. ( *Policlinicas) Los talonarios pueden ser entregados en soporte: o Papel impreso o Talonarios o Lotes o En soporte informático: Precisa firma electrónica) El Colegio Plataforma Única de Prescripción, Soporte Papel

9 Receta Privada, Soporte Papel Page  9 Plataforma Única de Prescripción Genera y registra el CVE-P, Vinculado en el repositorio: A los datos del formulario del Colegiado. Al número de orden de la receta registrada por el Colegio. Lo entrega al Colegio. El Colegio Verifica los datos. Le da el numero de orden de la receta. Solicita el CVE-P. El Colegio ”Imprime” el Talonario o Lote de recetas en soporte papel o electrónico Lo entrega al Colegiado. Paso 1 Funcionamiento del Sistema, pasos principales Paso 2 Paso 3 Paso 4 El Prescriptor Solicita el Talonario a su Colegio. Cumplimentando el Formulario En la Sede Colegial Online con firma electrónica

10 Receta Privada, Soporte Papel Page  10 La Farmacia La Oficina de Farmacia a través de la Plataforma Única de Dispensación mediante la Red Farmacéutica tras el escaneo del código de barras de la receta (CVE-P) “interroga” a la Plataforma Única de Prescripción sobre: La autenticidad de la receta. El estado de consumo Funcionamiento del Sistema, pasos principales Paso 5 Paso 6 Paso 7 El Ciudadano/ Paciente Acude con la receta a la Oficina de Farmacia. La plataforma Única de Dispensación Registra el CVE-P y la disponibilidad de la receta e informa a la Farmacia. Una vez dispensada, genera, el CVE-D que vincula el CVE-D con el Código de la farmacia. Comunica a la Plataforma Única de Prescripción el CVE-D Paso 8 Plataforma Única de Prescripción Registra en el expediente La receta como consumida. El CVE-D Consultable 24x7

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12 La receta podrá ser dispensada y validada en todo el Estado Español La validez de la receta es de 10 días después de la prescripción por lo que es imprescindible consignar la fecha de emisión

13 El prescriptor puede cumplimentar la receta privada en soporte papel manualmente o informáticamente. (PDF – XML)

14 La firma del prescriptor será estampada personalmente o con firma electrónica

15 En una misma receta no podrá prescribirse conjuntamente medicamentos con productos sanitarios

16 El prescriptor se responsabilizara de la conservación y custodia de los impresos y talonarios de recetas En supuesto de perdida o sustracción se presentará la correspondiente denuncia y se comunicará al Colegio de Médicos.

17 En el caso de receta medica en soporte papel se podrá prescribir un solo medicamento y un único envase del mismo

18 Un medicamento y hasta cuatro envases por receta: 1. Presentaciones en unidosis y por vía parenteral del grupo terapéutico «J01 Antibacterianos para uso sistémico», a excepción de los subgrupos J01E, J01M y J01R. En el caso de presentaciones orales deberá tenerse en cuenta que se podrán prescribir hasta dos envases siempre que tengan la misma Denominación Común Internacional (DCI), dosis, forma farmacéutica y formato. 2. Viales multidosis (excepto cartuchos multidosis) del grupo terapéutico A10A «Insulinas y análogos». 3. Medicamentos que contengan sustancias estupefacientes incluidas en la lista I de la Convención Única de 1961 de estupefacientes, de acuerdo con la normativa específica de aplicación. 4. Medicamentos de diagnóstico hospitalario

19 Las fórmulas magistrales y preparados oficinales no podrán prescribirse conjuntamente en una misma receta médica con otros medicamentos y en cada receta sólo se podrá prescribir una fórmula magistral o un preparado oficinal. En el caso de productos sanitarios financiados por el Sistema Nacional de Salud se podrá prescribir un producto sanitario. No podrán ser prescritos conjuntamente con medicamentos

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