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Reglamento de Convivencia Escolar

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Presentación del tema: "Reglamento de Convivencia Escolar"— Transcripción de la presentación:

1 Reglamento de Convivencia Escolar
Temuco 2015

2 Reglamento de convivencia escolar
Definición: “La interrelación entre los diferentes miembros del establecimiento educacional, que tiene incidencia significativa en el desarrollo ético, socio-afectivo e intelectual de Estudiantes”. Incluye las formas de interacción de los diferentes estamentos que conforman una Comunidad Educativa, por lo que constituye una construcción colectiva y es responsabilidad de todos los miembros y actores educativos sin excepción. “Política de Convivencia Escolar” MINEDUC. La elaboración de los acuerdos de convivencia, su conocimiento, discusión, apropiación y luego, la reflexión a partir de comportamientos que se salen de estos acuerdos, será determinante para la convivencia y su impacto en los aprendizajes y formación ciudadana. (Valoras UC 2008) Reglamento de convivencia escolar LCH

3 Reglamento de convivencia escolar:
Ha sido elaborado en conformidad a lo establecido en los cuerpos legales y documentos que a continuación se indican: Constitución Política de la República de Chile. Política de Participación de padres, madres y apoderados(as) en el sistema educativo. MINEDUC, 2000. Ley Nº , que establece la “Ley General de Educación”. Proyecto Educativo Institucional del Liceo Camilo Henríquez. Ley Nº , que introdujo modificaciones al DFL Nº 2 de 1998, del Ministerio de Educación. Ley Nº Establece la Responsabilidad penal Juvenil y adolescente. Ley Nº , que establece el “Estatuto de los Profesionales de la Educación”. Reglamento de Convivencia Escolar Ministerio de Educación Fundación Declaración Universal de los Derechos Humanos. PROBONO 2011. Declaración Universal de los Derechos del Niño. MINEDUC (2011). Orientaciones para elaboración y revisión de reglamentos de convivencia escolar. Plan Integral de Seguridad Escolar (PISE). Política de Convivencia Escolar establecida por el MINEDUC. Decreto Supremo de Educación N° 240 del año 1999, y N° 220 de 1998, en lo que respecta a los Objetivos Fundamentales Transversales.

4 Reglamento de convivencia escolar:
OBJETIVOS Propiciar en los Estudiantes su desarrollo personal armónico, tanto en lo ético, personal y colectivo, en una Comunidad Educativa comprometida con los nuevos tiempos. Se busca: 1. Promover en el Estudiante una concepción de Liceo como un espacio de socialización, de solidaridad y de aceptación recíproca para lograr que los procesos de enseñanza y aprendizaje se desarrollen en un ambiente adecuado; 2. Promover nuevos procesos de aprendizaje de las normas y valores sociales que permitan a los Estudiantes vivir experiencias que les posibiliten ir constituyéndose como sujetos capaces de autorregular su disciplina; 3. Desarrollar en el Estudiante la capacidad para llevar a cabo una convivencia basada en el respeto mutuo, en el saber escuchar y dialogar, en el trabajo cooperativo, en la responsabilidad, en el manejo adecuado de las emociones y en la permanente búsqueda de soluciones a los problemas y conflictos del diario vivir, respetando así los valores declarados en el PEI.

5 Reglamento de convivencia escolar: Cap. II La comunidad Educativa
De los padres y apoderados Derechos Ámbito de apoderado del LCH Ámbito académico Ámbito disciplinario Deberes Ante el establecimiento Con el estudiante Ante la comunidad educativa

6 Reglamento de convivencia escolar: Cap. II La comunidad Educativa
De los Estudiantes Derechos Como estudiante del LCH Ámbito académico Ámbito disciplinario Deberes Ante el establecimiento Ante la comunidad educativa Ante directivos, profesores asistentes y trabajadores de la institución

7 Reglamento de convivencia escolar: Asistencia y puntualidad
Es deber de los Estudiantes asistir regular y puntualmente a clases y a toda actividad, tanto de orden académico, extra programático y deportivo recreativo, como compromisos personales contraídos con el Liceo. Horario Jornada de la Mañana Jornada de la Tarde Hora 08:00-08:45 14:15-15:00 08:45-09:30 15:00-15:45 RECREO 09:45-10:30 16:00-16:45 10:30-11:15 16:45-17:30 11:30-12:15 17:45-18:30 12:15-13:00 16:30-19:15 13:00-13:45 19:15-20:00

8 Reglamento de convivencia escolar: Cap
Reglamento de convivencia escolar: Cap. II La comunidad Educativa; Los estudiantes   Presentación personal El uso del uniforme del Liceo Camilo Henríquez de Temuco es obligatorio y, por lo tanto, los Estudiantes deberán concurrir uniformados al Establecimiento. Ética y comportamiento social Se pretende que el Estudiante actúe de manera ética ( haciéndose cargo de las consecuencias que sus propias conductas tienen sobre los demás) porque le importa o reconoce la presencia de los demás en la convivencia Liceana. La convivencia entre los Estudiantes y de ellos con los demás integrantes de la comunidad educativa se debe fundar en el respeto mutuo, responsables de su relación con los demás y consigo mismo, fortaleciendo valores universales. Cuidado de los bienes del establecimiento Los Estudiantes, en tanto se encuentren desarrollando funciones o actividades propias en algunas salas de clases o dependencias del Establecimiento, deberán cuidar y mantener el mobiliario que se les haya asignado para la ocasión. De igual forma, deberán contribuir con el aseo de las salas y lugares de uso común en el Liceo.

9 Responsabilidades Reglamento de convivencia escolar LCH, 2015.
Padres, madres y/o Apoderados Asumir el rol primario y protagónico en la responsabilidad por la formación y educación de sus hijos e hijas. Acompañar activamente el proceso educativo de sus hijos e hijas. Conocer el Proyecto educativo Institucional de su comunidad Educativa y reflexionar sobre su contenido, objetivos y normativa colaborando en su ejecución e implementación Reglamento de convivencia escolar LCH, 2015.

10 Responsabilidades Manual de convivencia escolar LCH, 2015. Estudiantes
Participar proactiva e informada en las diversas oportunidades que la comunidad provea, respetando los valores de convivencia expuestos en el Proyecto Educativo. Conocer el Proyecto educativo Institucional de su comunidad Educativa y reflexionar sobre sus contenidos, valores y normativa. Conocer y respetar las normas de Convivencia del establecimiento escolar Manual de convivencia escolar LCH, 2015.

11 Responsabilidades Reglamento de convivencia escolar LCH, 2015.
Docentes Crear en el aula un ambiente de trabajo respetuoso y solidario a través de una comunicación franca directa y afable con las y los estudiantes. Contribuir a establecer una sana convivencia entre los y las estudiantes y los demás miembros de la comunidad educativa, valorando las diferencias. Incorporar en las estrategias y actividades de enseñanza un sentido de trascendencia y de responsabilidad ética frente a la vida en sociedad. Reglamento de convivencia escolar LCH, 2015.

12 SOBRE LA TIPIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES Capítulo VIII – Faltas leves
FALTAS LEVES: Actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no involucren daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad. Falta Sanción Procedimiento de Actuación No portar su "Agenda y/o Credencial Escolar". Amonestación Verbal Aplicado por la persona que constato el hecho. Llegar atrasado/a al inicio de la Jornada Amonestación Verbal. Entrevista con Apoderado Diálogo Reflexivo Diálogo grupal Actividad Formativa en valores. El Asistente de pesquisa el hecho en el Hall de entrada al Liceo, revisa el registro de atrasos en el sistema electrónico, conversa con el o la estudiante. Se le pregunta por qué llego atrasado/a, se registra el atraso con hora, se le entrega el pase de ingreso a clases. Si el atraso se extiende entre los 15 y 30 minutos sobre el límite de horario de ingreso el o la estudiante deberá registrar su atraso con el Subdirector Administrativo del curso respectivo, previa justificación del Apoderado. *Los alumnos pueden acumular 3 atrasos durante el semestre excedidos éstos, cada atraso siguiente deberá ser justificado por el apoderado y sólo con Autorización del Subdirector Administrativo ingresara a clases. Cuando el alumno reitere en conductas de impuntualidad el profesor guía implementará acciones tendientes a promover e internalizar en los estudiantes valores(Diálogo Reflexivo, Diálogo grupal reflexivo, Actividad Formativa en valores, trabajo comunitario).

13 Procedimiento de actuación
SOBRE LA TIPIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES Capítulo VIII – Faltas leves Falta Sanción Procedimiento de actuación Presentación personal inadecuada considerando el artículo de numero 32, 33 y 34 de Presentación personal Amonestación Verbal Citación y Entrevista con el Alumno y Apoderado. El o de que constate la situación le solicitara a él o la estudiante corregir si presentación. Quitarse el maquillaje y el esmalte de uñas. Si se presenta al establecimiento con un color de pelo que no sea su color de pelo natural, extensiones, cortes y peinados de fantasía, se les dará plazo de 24 hrs para que adecue su presentación según se estipula en los deberes del estudiante. Si vuele a ocurrir esta situación se informará al Subdirector Administrativo, quien citará a entrevista al Apoderado para informarle la situación y posterior firma de compromiso del Estudiante y Apoderado. La situación será registrada en la hoja de vida por el Subdirector Administrativo. Aseo Personal inadecuada/o. Amonestación Verbal. Diálogo personal pedagógico y correctivo. Entrevista y conversación privada entre el docente y él o la estudiante. Enviarlo/a asearse al baño. Si vuele a ocurrir la misma situación, se citará al apoderado a una entrevista para informarle la situación. Ingerir alimentos durante el desarrollo de la clase Conversación entre el docente y él o la estudiante. Se le pide que por favor guarde lo que está comiendo. Si vuele a ocurrir la misma situación, se le quitará el alimento y se le devolverá al término de la clase. Además, se dejara evidencia en el libro de clase (Amonestación Escrita) Masticar chicle durante la clase Se le pide al estudiante que bote el chicle a la basura. Si vuelve a ocurrir la misma situación, él o la estudiante recibirá una amonestación escrita (Registro en la hoja de vida del alumno/a)

14 Procedimiento de actuación
SOBRE LA TIPIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES Capítulo VIII – Faltas leves Falta Sanción Procedimiento de actuación Usar durante la jornada escolar: MP3, MP4, Teléfonos celulares u otros elementos tecnológicos ajenos a la asignatura en desarrollo. Amonestación Verbal El uso de éstos elementos se permitirá sólo en los recreos. El o la estudiante Advertencia verbal. Si vuele a ocurrir la misma situación, se requisa el material y se entrega en Subdirección Administrativa, se cita al apoderado para que retire el objeto. Asistir al establecimiento educacional sin los útiles escolares Amonestación Verbal. Diálogo personal pedagógico y correctivo. Entrevista del docente con él o la estudiante para indagar por qué no trae sus materiales. Si vuelve a ocurrir la misma situación se citará al apoderado a una entrevista para informarle la situación. No respetar su lugar de ubicación asignado por el Profesor(a) Guía Advertencia verbal y Amonestación por escrito, si se vuelve a repetir de dejará amonestación por escrito (hoja de vida) y se dialogará de forma personal y reflexiva con el alumno, si la conducta persiste en Tercera instancia se cita al apoderado. Interrumpir el normal desarrollo de la actividad académica. Amonestación Verbal y Escrita, Diálogo personal pedagógico y correctivo y/o Reflexión Grupal.

15 Procedimiento de actuación
SOBRE LA TIPIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES Capítulo VIII – Faltas leves Falta Sanción Procedimiento de actuación Salir de la sala sin autorización Amonestación Verbal y Amonestación Escrita Conversación entre el docente y él o la estudiante. Informarle que se dejará registro del acontecimiento en el libro de clases. Si vuele a ocurrir la misma situación, él o la estudiante será derivado a Subdirección Administrativa y se citará a entrevista al apoderado. Conversar durante el desarrollo de la clase. Amonestación Verbal Amonestación Escrita Diálogo personal pedagógico y correctivo y/o Reflexión Grupal. Advertencia verbal y Amonestación por escrito, si se vuelve a repetir de dejará amonestación por escrito (hoja de vida) y se dialogará de forma personal y reflexiva con el alumno, si la conducta persiste en Tercera instancia se cita al apoderado. Negarse a realizar las actividades escolares ordenadas por docentes y/o cualquier autoridad del establecimiento educacional, sean éstas dentro o fuera de la sala de clases. Amonestación Verbal y Amonestación Escrita. Diálogo grupal reflexivo. Conversación entre el docente y estudiante. Conversación del acontecimiento con el grupo curso (reflexiones grupales). Derivación a Subdirección Académica y Administrativa. Si vuele a ocurrir la misma situación, se citará a entrevista al apoderado

16 Procedimiento de actuación
SOBRE LA TIPIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES Capítulo VIII – Faltas leves Falta Sanción Procedimiento de actuación No tomar apuntes; No trabajar en clases. Llegar sin material de trabajo o parte de él. Amonestación Verbal. Diálogo personal pedagógico y correctivo Entrevista del docente con él o la estudiante para indagar por qué no trae sus materiales. Si vuelve a ocurrir la misma situación se citará al apoderado a una entrevista para informarle la situación. No traer las tareas o trabajos en los plazos correspondientes. Entregar trabajos sucios, arrugados. Amonestación Escrita. Dar un segundo plazo de entrega, dejando evidencia en el libro de clases. Compromiso por parte de él o la estudiante. Derivación a Subdirección Administrativa. En caso de que el trabajo sea entregado en malas condiciones, se devuelve y se le solicita a él o la estudiante entregarlo en perfectas condiciones. Si vuele a ocurrir la misma situación se le bajará la nota. Lanzar papeles y objetos; los gritos o cualquier falta que impida una clase ordenada y armoniosa. Diálogo personal pedagógico y correctivo. Servicio Comunitario. Conversación entre el docente y estudiante, se registra la falta en la hoja de vida. Se le informa que tiene la responsabilidad de hacerse cargo del orden de la sala de clases por el resto del día. Si vuele a ocurrir la misma situación, se cita a entrevista al apoderado.

17 Procedimiento de actuación
SOBRE LA TIPIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES Capítulo VIII – Faltas leves Falta Sanción Procedimiento de actuación Comportamiento inadecuado en actividades Curriculares de Libre Elección y actos oficiales en el que se comprometa el prestigio y buen nombre del establecimiento. Amonestación Verbal y Amonestación Escrita. Diálogo grupal reflexivo. Conversación entre el docente y estudiante. Conversación del acontecimiento con el grupo curso (reflexiones grupales). Derivación a Subdirección Académica y Administrativa. Si vuele a ocurrir la misma situación, se citará a entrevista al apoderado. Exhibir actitudes que correspondan a un plano de demostración privado y no público de sus sentimientos al interior del Establecimiento. Amonestación Verbal Conversación del profesor guía con los estudiantes involucrados, se les informa que esas conductas no corresponden dentro del establecimiento. Si vuelve a ocurrir la misma situación, se envía a los estudiantes a Subdirección Administrativa. Se registra la conducta en el libro de clases (amonestación escrita) y se cita a entrevista al apoderado. No devolver los prestamos bibliotecarios en las fechas indicadas Por cada día de atraso, se descontarán 2 días desde que el estudiante solicita el próximo préstamo. Diálogo personal pedagógico y correctivo. Conversación entre la bibliotecaria y él o la estudiante Si vuele a ocurrir la misma situación, se enviará a él o la estudiante a la biblioteca para que realice un trabajo individual.

18 Procedimiento de Actuación
SOBRE LA TIPIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES Capítulo VIII – Faltas Graves FALTAS GRAVES: Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como acciones deshonestas que afecten la convivencia. Falta Sanción Procedimiento de Actuación Incurrir en problemas disciplinarios reiterados. Amonestación Verbal. Amonestación Escrita. Citación al apoderado. Actividad Formativa y/o Dialogo grupal reflexivo Él o la estudiante deberá leer los artículos del Reglamento, reflexionar sobre las faltas y exponer la información al resto de sus compañeros de curso. Si vuelve a ocurrir la misma situación, él o la estudiante deberá firmar una carta de compromiso. De no cumplir el acuerdo, él o la estudiante será suspendido 2 días del establecimiento educacional. Faltar a compromisos programados por el Liceo. Amonestación Escrita. Dialogo personal pedagógico y correctivo. Él o la estudiante deberá tener una conversación con el profesor/a jefe. Si vuelve a ocurrir la misma situación, él o la estudiante recibirá una observación en Subdirección Administrativa y se citará al apoderado para una entrevista con su pupilo y Subdirector Resistirse en cualquier forma, a cumplir las órdenes o disposiciones emanadas por las autoridades del Establecimiento. Dialogo personal pedagógico y correctivo Si vuelve a ocurrir la misma situación, él o la estudiante recibirá una observación en inspectoría Se citará al apoderado para una entrevista con su pupilo y el director.

19 Procedimiento de Actuación
SOBRE LA TIPIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES Capítulo VIII – Faltas Graves Falta Sanción Procedimiento de Actuación Negarse de manera individual y/o colectiva a realizar pruebas en la fecha indicada, pasar al pizarrón o ser interrogados por el profesor. En general, por todo acto o comportamiento que impida el normal desarrollo de la clase y de cualquier proceso evaluativo (entregar la prueba en blanco, romper la prueba, ocultarla, etc.) Amonestación Escrita, Entrevista Subdirector Académica y Apoderado. Él o la estudiante deberá rendir en fecha acordada la evaluación correspondiente. Si vuelve a ocurrir la misma situación, él o la estudiante será derivado/a al psicólogo/a u orientador/a del establecimiento. Ingresar a baños que no correspondan a su género Amonestación Verbal. y/o Amonestación Escrita. Diálogo pedagógico y correctivo. Conversación entre el Subdirector y él o la estudiante. Se le informa al estudiante que debe realizar Servicio comunitario, tal como orden y limpieza de algún espacio del Liceo durante toda la semana. Si vuelve a ocurrir la misma situación, se citará al apoderado a entrevista. Adulterar trabajos de alumnos de la misma clase o de otros cursos con la finalidad de obtener provecho en el proceso evaluativo. Amonestación Verbal y Amonestación Escrita Él o la estudiante deberá realizar un nuevo trabajo con un tema a convenir. Él o la estudiante deberá reparar el daño causado, ofreciendo las disculpas correspondientes a su compañero afectado por la situación. Si la misma situación vuele a ocurrir, se derivará a él o la estudiante a Subdirección Administrativa y se citará al apoderado a una entrevista.

20 Procedimiento de Actuación
SOBRE LA TIPIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES Capítulo VIII – Faltas Graves Falta Sanción Procedimiento de Actuación Grabar o tomar fotografías en clases sin autorización del docente. Amonestación Verbal y Amonestación Escrita. Diálogo personal pedagógico y correctivo. Conversación entre él o la estudiante y el profesor/a involucrado en el hecho. Si la misma situación vuele a ocurrir, se derivará a él o la estudiante a inspectoría y se citará al apoderado a una entrevista. Las manifestaciones de palabra o de hecho en actos que perturben el orden interno del Establecimiento y toda expresión o comportamiento desmesurado, dirigida en contra de autoridades nacionales, regionales, comunales y las propias del establecimiento. Entrevista con el Inspector. Amonestación Escrita. Amonestación Verbal Conversación entre el Subdirector Administrativo y él o la estudiante para indagar información respecto al porqué de su conducta. Él o la estudiante deberá ofrecer las disculpas correspondientes a la persona afectada. Si vuelve a ocurrir la misma situación, se citará al apoderado del estudiante a una entrevista y se suspenderá 2 días a él o la alumna/o. Impedir el normal desarrollo de la clase, profiriendo gritos, molestando a sus compañeros, etc. Amonestación Escrita. Diálogo grupal reflexivo. Diálogo grupal reflexivo. Se le informa que se dejará registro en el libro de clases. Si vuelve a ocurrir la misma situación, él o la estudiante será llevado a inspectoría, lugar en el que deberá desarrollar una guía de trabajo. Se citará al apoderado para informarle la situación.

21 Procedimiento de Actuación
SOBRE LA TIPIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES Capítulo VIII – Faltas Graves Falta Sanción Procedimiento de Actuación Faltar el respeto a los símbolos patrios o religiosos. Amonestación Verbal. Amonestación Escrita. Diálogo personal pedagógico y correctivo. Trabajo Formativo Valórico. Conversación entre quien fiscaliza la situación y el o la estudiante, poniendo énfasis en la importancia del aspecto cívico. Él o la estudiante deberá preparar con ayuda de un profesor/a una efeméride nacional u algún trabajo formativo valórico. Si vuelve a ocurrir la misma situación, él o la estudiante deberá entrevistarse con Ensuciar y/o rayar murallas, suelos, baños o pegar carteles con consignas de cualquier índole o expresiones ofensivas a personas, y a la institución. Amonestación Verbal. Amonestación Escrita.. Citación al apoderado. Conversación entre el Subdirector Administrativo, él o la estudiante y el apoderado. Se le informa que debe pintar la muralla que rayó o ensució (los materiales debe entregarlos el apoderado). Tendrán un mes para reparar y reponer lo dañado. Se le informa a él o la estudiante que debe hacerse cargo de un artículo para exponer en el diario mural. Él o la estudiante deberá firmar una carta de compromiso Si vuele a ocurrir la misma situación, se suspenderá al estudiante 2 días. Ocasionar daños o destrucción intencionada a los bienes del Establecimiento Amonestación Escrita. Amonestación Verbal. Citación al apoderado. Él o la estudiante deberá reparar y reponer el daño causado, para ello tiene un mes. Si vuelve a ocurrir la misma situación, él o la estudiante será derivado a inspectoría y se citará a entrevista al apoderado. Si esto ocurre 3 o más veces, él o la estudiante será suspendido 2 días del establecimiento.

22 Procedimiento de Actuación
SOBRE LA TIPIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES Capítulo VIII – Faltas Graves Falta Sanción Procedimiento de Actuación Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un estudiante u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: Utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.) Amonestación Escrita. Amonestación Verbal. Trabajo Formativo y/o Comunitario Dialogo grupal reflexivo. Citación al Apoderado. Asistencia a charlas o talleres. Derivación Psicosocial. Quien pesquisa debe derivar el caso a de Convivencia Escolar. Entrevista con Encargada de Convivencia Escolar. Se dejará registro de la conducta en Subdirección Administrativa. Se citara al apoderado de él o la estudiante para informarle la situación. De no cumplir los acuerdos, él o la estudiante será suspendido 2 días del establecimiento Deberá firmar una carta de compromiso. Se podrán aplicar medidas formativas y de reparación del daño, por Ejemplo: Disculpas públicas y/o privadas cuando la situación lo permita. Trabajo Comunitario y/o Formativo (Preparar información para diario mural, presentación de tema relacionado a su falta, campaña de promoción y prevención de la sana Convivencia u otro tema en relación) Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

23 Procedimiento de Actuación
SOBRE LA TIPIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES Capítulo VIII – Faltas Gravísimas FALTAS GRAVÍSIMAS: Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas como delito. Falta Sanción Procedimiento de Actuación Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o alumna o cualquier otro miembro del establecimiento educacional. Condicionalidad de matrícula. Derivación psicosocial y/o Asistencia a Talleres. Medidas Reparatorias. Condicionalidad Evidencia en el libro de clases. Derivación a Encargada de Convivencia Escolar. Entrevista con el apoderado para informarle la situación.. Aplicación de medidas Reparatorias. Si vuelve a ocurrir la misma situación, él o la estudiante no se le renovará la matrícula para el próximo año escolar. Maltratar verbal o psicológicamente a cualquier integrante del Liceo Los actos de violencia o intimidación en contra de estudiantes Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

24 Procedimiento de Actuación
SOBRE LA TIPIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES Capítulo VIII – Faltas Gravísimas Falta Sanción Procedimiento de Actuación Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un estudiante o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, Facebook, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenen videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico. Condicionalidad de matrícula. Derivación psicosocial y/o Asistencia a Talleres. Medidas Reparatorias. Condicionalidad Evidencia en el libro de clases. Derivación a Encargada de Convivencia Escolar. Entrevista con el apoderado para informarle la situación.. Aplicación de medidas Reparatorias. Si vuelve a ocurrir la misma situación, él o la estudiante no se le renovará la matrícula para el próximo año escolar. Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o alumna o cualquier otro miembro del establecimiento educacional.

25 Procedimiento de Actuación
SOBRE LA TIPIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES Capítulo VIII – Faltas Gravísimas Falta Sanción Procedimiento de Actuación Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya ello uso de ellos Amonestación verbal. Amonestación escrita. Citación al apoderado Derivación Psicosocial y/o asistencia a talleres. Condicionalidad Se separará a él o la estudiante del establecimiento educacional, mientras dure la investigación. Se dejará evidencia de la situación en el libro de clases. Se citará a entrevista al apoderado para comentarle la situación y él o la estudiante deberá entrevistarse con de Convivencia Escolar del establecimiento. Asimismo, se realizará la denuncia a las autoridades correspondientes. Si vuelve ocurrir la misma situación, él o la estudiante deberá rendir exámenes libres y no se le renovará la matrícula para el próximo año escolar. Sustraer, hurtar, robar material del establecimiento educacional, docentes o de cualquier funcionario de la comunidad educativa

26 Procedimiento de Actuación
SOBRE LA TIPIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES Capítulo VIII – Faltas Gravísimas Falta Sanción Procedimiento de Actuación Ausentarse del Liceo en período de clases. Amonestación Escrita Diálogo personal pedagógico y correctivo. Citación al apoderado Condicionalidad Conversación entre profesor(a) guía y el o la estudiante, para indagar las razones por las que se ausentó. Trabajo comunitario (Ej: ayuda en corrección pruebas, reciclaje, aseo y limpieza de salas patios y baños). Citar al apoderado para informarle la situación. Si vuelve a ocurrir la misma situación, derivación a Encargada de Convivencia Escolar. Ingresar y /o Fumar al interior del establecimiento o en el frontis de éste o en sus calles adyacentes y en lugares donde el liceo este representado. Amonestación escrita. Derivación Psicosocial Condicionalidad Entrevista entre Subdirector Administrativo y él o la estudiante. Entrevista con el apoderado y profesor(a) guía Él o la estudiante involucrada/o, deberá investigar y exponer un trabajo relacionado con los efectos, consecuencias y riegos del consumo del tabaco; poniendo énfasis, en explicar la prohibición de fumar en lugares públicos O deberá investigar acerca de las leyes en relación a la pornografía. El trabajo deberá ser presentado en la hora de religión. Si la misma situación vuele a ocurrir, se citará al apoderado para una entrevista y se derivará a él o la estudiante a la orientadora del establecimiento educacional. Observar, portar y/o mostrar material pornográfico en cualquiera de sus formas al interior del establecimiento educacional.

27 Procedimiento de Actuación
SOBRE LA TIPIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES Capítulo VIII – Faltas Gravísimas Falta Sanción Procedimiento de Actuación Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste Amonestación verbal. Amonestación escrita. Citación al apoderado Derivación Psicosocial y/o asistencia a talleres. Condicionalidad. Evidencia en el libro de clases Entrevista con el apoderado para informarle la situación. Derivación a Encargada de Convivencia Escolar del establecimiento Derivación al SENDA. Asistencia a charlas o talleres relativos al consumo o efectos de las bebidas alcohólicas, las drogas o sustancias ilícitas. Condicionalidad de matrícula. , no se le renovará la matrícula para el próximo año escolar.

28 DEL PROCEDIMIENTO GENERAL PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES Capítulo VIII – Faltas Gravísimas
El profesor o asistente de la educación que sorprenda algún alumno/a que esté incurriendo en una infracción, deberá registrarla de manera inmediata en la hoja de vida del estudiante, comunicando la situación al Subdirector Administrativo Las infracciones de carácter LEVE, serán consignadas en la hoja de vida del estudiante en el Libro de clases con su correspondiente medida formativa o/o medidas reparatorias. Las infracciones de carácter GRAVE O GRAVÍSIMAS serán notificadas a la Dirección del establecimiento, quien determinará la sanción. Sólo en aquellos casos en que la infracción es reiterativa y gravísima, se podrá convocar con carácter de extraordinario a un Consejo General de Profesores de o los cursos a los que pertenece(n) el estudiantes (s) quienes con plena potestad podrán sancionar al estudiante involucrado, debiéndose entregar copia del acta a la Directora del Establecimiento de los acuerdos adoptados, quien a su vez informará al Consejo escolar. En el caso que la situación amerite una investigación, ésta tendrá por objeto comprobar la existencia de la(s) infracción(es) y la participación de o los estudiantes en dicho(s) acto(s). La investigación, que se llevará a cabo por parte del Encargado de Convivencia escolar, no podrá durar más de diez días hábiles a menos que existan causas fundadas que justifiquen prórrogas. Si se comprueba que la infracción es además un hecho que reviste caracteres de delito, deberá ser denunciado a la autoridad pública competente previo entrega de informe escrito a la Dirección. En casos debidamente calificados por la Dirección del Establecimiento, se podrá apartar al estudiante sujeto a investigación ,de su sala de clases , debiendo permanecer en una sala designada para tal situación Si el (los) estudiante(s) no resultase (n) responsable (s) , tendrá derecho a recuperar las exigencias curriculares que no haya(n) podido cumplir por causa de la suspensión.

29 g) La Dirección tendrá la facultad de actuar por propia iniciativa ante una falta grave gravísima. h) El (los) infractor (es) será(n) citado(s) y oído(s), pudiendo formular sus descargos verbalmente o por escrito, así como apoyar cualquier antecedente que apoye su versión. i) Se deberá dar un trato digno y deferente a ambas partes, respetando su honra y privacidad. j) Una vez agotada la investigación el Consejo General de Profesores al /los que asiste(n) el /los estudiante(s), , formulará los cargos o procederá al sobreseimiento. Esta consejo tendrá como plazo máximo dos días para emitir un dictamen bien fundamentado, para luego ser comunicado a los padres, apoderados o tutores, autoridades Educacionales comunales, centro de padres, centro de alumnos y al propio afectado y al Consejo Escolar.

30 Reglamento de Convivencia Escolar
Temuco 2015


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