La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

SEMINARIO DE ASSAL Factibilidad de establecer ASSAL como persona jurídica en Chile.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "SEMINARIO DE ASSAL Factibilidad de establecer ASSAL como persona jurídica en Chile."— Transcripción de la presentación:

1 SEMINARIO DE ASSAL Factibilidad de establecer ASSAL como persona jurídica en Chile

2 FACTIBILIDAD DE ESTABLECER ASSAL COMO PERSONA JURIDICA EN CHILE La forma más adecuada de establecer ASSAL como persona jurídica en Chile es a través de aquellas denominadas CORPORACIÓN. I. REGLAS GENERALES DE UNA CORPORACIÓN  Es una persona jurídica sin fin de lucro capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles y ser representada judicial y extrajudicialmente. Éstas existen desde que son aprobadas por el Presidente de la República.

3 I.REGLAS GENERALES DE UNA CORPORACIÓN  La ley y estatutos respectivos establecen en qué personas recae la representación de la corporación y la forma en que deben regirse.  Las corporaciones requieren también de la autorización del Presidente, modificar sus estatutos y pueden ser disueltas por acto de autoridad en casos fundados, resolución judicial o acuerdo de sus miembros, debidamente autorizado.  Disuelta la corporación, sus bienes tendrán el destino que dispongan sus estatutos o en su defecto que determine el Presidente de la República.

4 I. REGLAS GENERALES DE UNA CORPORACIÓN  El Ministerio de Justicia fiscaliza a las corporaciones, pudiendo requerir que presenten actas, cuentas y memorias, libros de contabilidad, de inventarios y de remuneraciones y toda clase de informes que se refieran a sus actividades.

5 II. SITUACION TRIBUTARIA  Las corporaciones no tienen fines de lucro. En consecuencia, los ingresos que obtienen de las cuotas que aportan sus asociados, para el financiamiento de sus actividades, no constituyen renta para efectos tributarios.  En la medida que puedan ser afectadas con impuestos, están sujetas al mismo marco tributario que el resto de los contribuyentes, especialmente en relación a los Impuestos a la Renta y al Valor Agregado.

6 II. SITUACION TRIBUTARIA  Sin perjuicio de lo anterior, debe dar cumplimiento a todas las obligaciones complementarias o anexas como son entre otras: a) Obtener u Rol Único Tributario. b) Efectuar la Declaración Jurada de Iniciación de Actividades. c) Llevar Libros de Contabilidad. d) Presentar Declaraciones Anuales de Impuesto. e) Efectuar Pagos Provisionales Mensuales, cuando corresponda. f) Practicar las Retenciones de Impuesto, cuando corresponda.

7 III. TRAMITACIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA 1. Se inician los trámites presentando la solicitud de concesión de personalidad jurídica, dirigida al Presidente, en el Ministerio de Justicia, adjuntando el documento constitutivo de la fundación, reducido a escritura pública. 2. El Ministerio de Justicia solicita informes a distintas entidades relacionadas con los objetivos de la fundación y al Consejo de Defensa del Estado (CDE).

8 III. TRAMITACIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA 3. El Ministerio de Justicia emite el decreto que otorga la Personalidad Jurídica, y del cual la Contraloría General de la República debe tomar razón, para finalmente publicarlo en el Diario Oficial. Las fundaciones deben presentar al Ministerio de Justicia sus Memorias y Balances semestralmente (junio y diciembre) y copias de las actas de elección de su directorio.

9 IV. ESTATUTOS  Nombre: "ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE SEGUROS DE AMERICA LATINA”.  Objeto: Lo señalado actualmente en los estatutos de ASSAL.  La duración de la corporación sería indefinida.  El patrimonio de la corporación se formaría con los aportes de los asociados, de terceros rentas que obtenga de sus actividades.  La corporación sería administrada por un Directorio, que tendrá todas las facultades de administración y disposición de bienes, sin perjuicio de la delegación de poderes a un gerente ejecutivo y otro poderes especiales que acuerden.

10 IV. ESTATUTOS  Las principales funciones del Directorio son: 1. Administrar los bienes e invertir los recursos de la corporación. 2. Otorgar las facultades necesarias para ejecutar sus acuerdos. 3. Aquellas que se requieran para el cumplimiento de sus fines.

11 IV. ESTATUTOS  Entre los Miembros del Directorio se designan los siguientes cargos:  Presidente, representa judicial y extrajudicialmente a la fundación, preside las reuniones de Directorio, ejecutar sus acuerdos y organizar sus trabajos y firmar la documentación propia de su cargo.  Vicepresidente debe colaborar permanentemente con el Presidente y lo subrogará con todas las atribuciones que le corresponden.  Secretario lleva el Libro de Actas del Directorio y el Registro de Asociados, despacha las citaciones a sesión, firma las actas en calidad de Ministro de Fe y autoriza sus copias.  Tesorero recauda los aportes voluntarios, deposita los fondos en cuentas de la fundación, lleva la contabilidad y confecciona los balances e inventarios de los bienes.

12 IV. ESTATUTOS  El Directorio puede también designar un Gerente al que corresponderá realizar aquellas funciones y ejercer aquellas facultades que especialmente le otorgue el Directorio.  Podrían ser Asociados de la corporación, aquellas personas naturales o jurídicas que desempeñen funciones de supervisión de mercados de seguros en América Latina.

13 IV. ESTATUTOS  La corporación podría modificar sus estatutos o acordar su disolución, por acuerdo adoptado en sesión extraordinaria de Directorio.  Decretada la disolución de la Corporación a solicitud del Directorio, sus bienes pasarán a la entidad que persiga los mismo o análogos fines que determine el Presidente de la República.


Descargar ppt "SEMINARIO DE ASSAL Factibilidad de establecer ASSAL como persona jurídica en Chile."

Presentaciones similares


Anuncios Google