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Comisión 2 CREACION Y SUPRESION DE EMPLEO MODERADORAS: Maria Eugenia Espinoza, Paulina Brito y Elizabeth Arellano. POLITICA DE RRHH: Debe ser elaborada.

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1 Comisión 2 CREACION Y SUPRESION DE EMPLEO MODERADORAS: Maria Eugenia Espinoza, Paulina Brito y Elizabeth Arellano. POLITICA DE RRHH: Debe ser elaborada por una Comisión Bipartita, integrada por funcionarios designados por el alcalde y representantes asociación de funcionarios.Una vez aprobada por el Concejo, debería ser vinculante.

2 CREACION Y SUPRESION DE EMPLEOS Forma de ingreso en calidad de titular(Art. 42 Concurso público. Procedimiento objetivo con evaluación de aptitudes y méritos.

3 CREACION Y SUPRESION DE EMPLEOS CARGOS DE CONFIANZA: Se propone mantener sólo los actuales. Opinión disidente: algunos estiman que todos los directores deben ser de exclusiva confianza. Se propone norma de protección para aquellos cargos de carrera que pasan a ser de confianza- Indemnización sin tope.

4 CREACION Y SUPRESION DE EMPLEOS Carrera funcionaria debe fundarse en el mérito, la experiencia y la idoneidad. Planta de jefaturas no debería ser eliminada, no se divisan fundamentos técnicos ni legales suficientes. En el evento que igualmente se elimine esta planta, deberían contemplarse normas especiales y detalladas sobre su encasillamiento, y protección a sus remuneraciones, en el sentido que no se produzca desmedro.

5 CREACION Y SUPRESION DE EMPLEOS La promoción: debería ser sólo por ascenso,para todos los estamentos. Causales de cese de funciones: se acuerda que deben mantenerse los mismos de la propuesta de modificación legal.

6 CREACION Y SUPRESION DE EMPLEOS PROCEDIMIENTO PARA LA CREACIÓN Y SUPRESIÓN DE CARGOS: Precisar que la supresión es sólo de cargos o empleos, y que no podría una vez suprimido un cargo, crearlo nuevamente, pues ello significaría personalizar la facultad. Existe acuerdo en que se formule el plan de creación y supresión con una descripción de cargos, objetiva que apunte a los requisitos, y condiciones del cargo.

7 CREACION Y SUPRESION DE EMPLEOS Se estima que la consulta a la asociación es sólo a ella, y que debe ser vinculante. No se considera conveniente establecer consulta a comisión de funcionarios no afiliados sino sólo en el caso que no exista asociación. Debería considerarse el riesgo de la externalización de las funciones municipales al suprimirse cargos.

8 CREACION Y SUPRESION DE EMPLEOS La facultad de crear o suprimir cargos debería ser ejercida sólo una vez dentro del período alcaldicio y durante el segundo año de mandato y no podría hacerse en el año de la elección. En cuanto a los cargos que podrían suprimirse primero: se señala que los vacantes, y aquellos que renuncien voluntariamente. NUEVA IDEA: la desvinculación voluntaria debería ser antes que opere la supresión de cargo, con indemnización sin tope y por una sola vez.

9 CREACION Y SUPRESION DE EMPLEOS Se plantea la redestinación del funcionario que ocupa un cargo que se va a suprimir. DESCRIPCIÓN DEL CARGO: sólo para la creación de cargos y no para la supresión. Límite de gasto: Mantener el 35%, pero desvinculación voluntaria no debería ser considerada dentro de este tope.

10 CREACION Y SUPRESION DE EMPLEOS IDEA: Dejar que dentro del 10% del FCM que se reparte discrecionalmente, el 5% sea destinado a municipios para el pago de las indemnizaciones. QUORUM del concejo para aprobar el plan de creación y supresión de empleos: se propone subirlo.

11 CREACION Y SUPRESION DE EMPLEOS Plan debe ser sometido a toma de razón de la CGR. OTRAS MATERIAS: La inobservancia de todas estas normas y de este procedimiento reglado será causal de notable abandono de funciones para el alcalde. Debería fijarse alguna norma de protección para aquellos funcionarios que no cumplen los requisitos para ser encasillados y para quienes fueron eximidos de requisitos antes, durante el año 1994.


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