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Beneficios para las MIPYMES. Proyecto de ley presentado en el congreso. Invitado especial: David Ocampos.

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Presentación del tema: "Beneficios para las MIPYMES. Proyecto de ley presentado en el congreso. Invitado especial: David Ocampos."— Transcripción de la presentación:

1 Beneficios para las MIPYMES. Proyecto de ley presentado en el congreso. Invitado especial: David Ocampos

2 Importancia de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Representan la mayor parte de la fuerza económica en el Paraguay. − Empresas comerciales − Prestaciones de servicios no personales − Empresas industriales − Actividades Agropecuarias

3 Proyecto de ley para promover y fomentar La creación El desarrollo La competitividad de las: Microempresas (MIE), Pequeñas Empresas (PE) y Medianas Empresas (ME). Para incorporarlas a la Estructura Formal Productor a de Bienes y Servicios Darles identidad Jurídica

4 Categorías Artículo 5°.- Clasificación. Parámetros de categorías. alcance. Microempresas: Se las identificará con las siglas “MIE” y es aquella formada por hasta un máximo de 10 personas, en la que el propietario trabaja personalmente él o integrantes de su familia y factura anualmente hasta el equivalente a 400 salarios mínimos. (G. 663.292.800)

5 Categorías Artículo 5°.- Clasificación. Parámetros de categorías. alcance. Pequeña empresa: Se las identificará con las siglas “PE” y será considerada como tal la unidad económica que facture anualmente hasta 1500 salarios mínimos y ocupe hasta 30 trabajadores. (G. 2.487.348.000)

6 Categorías Artículo 5°.- Clasificación. Parámetros de categorías. alcance. Medianas Empresas: Hasta 6000 salarios mínimos de facturación anual y ocupe hasta 100 trabajadores. (G. 9.949.392.000)

7 Categorías Los parámetros de clasificación expuestos deberán ser concurrentes, primando en caso de dudas, el nivel de facturación anual. Las entidades públicas y privadas uniformizarán sus criterios de medición a fin de construir una base de datos homogénea que permita dar coherencia al diseño y aplicación de las políticas públicas de promoción y formalización del sector.

8 No son MIPYMES Intermediación financiera Seguros Negocios Inmobiliarios Ejercicios de Profesiones Liberales

9 Incentivo a la formación de MIPYMES Se establece un sistema que sea lo menos burocrático posible con presentación de trámites simplificados para la creación de las Mipymes.

10 Sistema Nacional de MIPYMES Sistema que posibilite el trabajo integral, armonizado para la creación, formalización, desarrollo y competitividad de las Mipymes. Bajo la dirección del Ministro de Industria y Comercio. Modificación del organigrama del MIC

11 Finalidad del Sistema Nacional de MIPYMES Aprobar el Plan Nacional de Promoción y Formalización para la competitividad y desarrollo de las Mipymes. Enfocar estrategias y proyectos de modernización, innovación y desarrollo tecnológico para las Mipymes. Propiciar la simplificación y facilitación de todos los trámites pertinentes a las Mipymes. Fomentar la constitución de incubadoras de empresas y formación de emprendedores.

12 Finalidad del Sistema Nacional de MIPYMES Promover una cultura tecnológica en las Mipymes. Facilitar el acceso de las Mipymes a las compras del Estado, participando en las contrataciones y adquisiciones de acuerdo a la normativa correspondiente. Ley de Contrataciones

13 Finalidad del Sistema Nacional de MIPYMES Promover programas educativos para Mipymes, fortaleciendo la creación de empresas con las universidades e institutos técnicos y tecnológicos; a los efectos de establecer diplomados, programas de educación no formal, consultorías y asesorías dirigidas a fortalecer la productividad y competitividad, programas de extensión y cátedras especiales para las Mipymes promoviendo la iniciativa empresarial.

14 Viceministerio de las MIPYMES Creación del Viceministerio de las Micro, Pequeñas y Medianas empresas. Bajo la dirección del Ministro de Industria y Comercio. Modificación del organigrama del MIC

15 Objetivos del Viceministerio de MIPYMES Fomentar la operatividad del Fondo de Garantía y otros instrumentos que faciliten el acceso al crédito. Crear e implementar un sistema único integrado de registro, certificación e información de las Mipymes.

16 Objetivos del Viceministerio de MIPYMES Promover la colaboración de las universidades y los institutos técnicos y tecnológicos, para la capacitación de empresarios y trabajadores en la formulación de programas educativos, consultarías y asesorías dirigidas a fortalecer la productividad y competitividad de las Mipymes. Coordinar con el MEC la implementación en el Programa de estudios del nivel secundario, temas como emprendedurismo, ideas de negocios, plan de negocios y gestión empresarial.

17 Promoción de las capacitación El Estado promoverá, programas y proyectos para la prestación de servicios y acciones de capacitación y asistencia técnica en las materias de prioridad y programas estratégicos de promoción y formalización para la competitividad y desarrollo de las Mipymes.

18 Promoción de las capacitación Se establecerán medidas promocionales en beneficio de las instituciones privadas, que brinden a las Mipymes capacitación, asistencia técnica, servicios de investigación, asesoría y consultoría entre otros.

19 Libros y documentos contables Las Micro y Pequeñas empresas podrán llevar un sistema contable básico. Libro Ventas y Compras e IVA Las Microempresas están exentas de llevar registros contables, salvo Libro Diario, rubricado por el Juez de Paz.

20 Apoyo financiero Se declara de interés público la actividad de crédito a favor de las Mipymes en todo el país. Las Mipymes podrán acceder a créditos que contemplen plazos prolongados de amortización, períodos de gracia, tasas de interés competitivas y otras condiciones especiales.

21 Presupuesto básico El Presupuesto General por lo menos 15000 salarios mínimos (G. 24.873.480.000), para atender las necesidades de financiamiento y cooperación técnica de las Mipymes. Los recursos no ejecutados serán acumulables y pasarán a formar un Fondo Operativo llamado FONAMYPE para el financiamiento de las Mipymes.

22 Beneficios tributarios Las Microempresas (facturación hasta G. 663.292.800), están exoneradas de todo tributo, excepto el IVA, ISC e Impuesto Inmobiliario. ¿Todo Tributo? ¿Patente Comercial? Las Pequeñas y Medianas empresas abonarán los tributos normalmente conforme a las leyes tributarias. Los gobiernos locales podrán reducir el costo de las Tasas y Contribuciones Municipales para incentivar la formalización y creación de Microempresas.

23 Beneficios tributarios En la primera fiscalización a las Microempresas (facturación hasta G. 663.292.800), la SET se limitará a dejar constancia de las irregularidades, indicar medidas correctivas y establecer un plazo para ponerlas en práctica.

24 Aspectos laborales Las relaciones laborales entre el trabajador y las Micro y Pequeñas Empresas serán reguladas por las disposiciones establecidas en la presente Ley, rigiendo supletoriamente las normas del Código Laboral, en lo que no contradiga a la presente Ley.

25 Aspectos laborales Los contratos de trabajo deberán extenderse en triplicado. Uno para el trabajador; Uno para el empleador; y Uno para su homologación en el MJT.

26 Beneficios laborales Las Micro y Pequeñas empresas podrán celebrar contratos de trabajo por plazo determinado hasta 12 meses, prorrogable por igual plazo. Al concluir no hay obligación de preaviso ni indemnización.

27 Beneficios laborales A las Microempresas se podrá establecer una base salarial no inferior al 75% del salario mínimo, durante los primeros 3 años de formalización de las mismas.

28 Registro Único de Personal Para las Micro y Pequeñas empresas quedarán sustituidos los libros exigidos por el Código del Trabajo y demás normas jurídicas laborales, por un Registro Único de Personal anexo al Registro Único del Sistema Unificado de Apertura de Empresas (SUAE).

29 Régimen de Sanciones El régimen de sanciones previsto en el Libro V de la Ley Nº 125/91 se aplicará a las Mipymes: Cuando no se cumplan las medidas establecidas en la primera intervención dentrodel plazo. Cuando la empresa no abone los impuestos y tasas adeudados por los 3 años anteriores a la intervención. Cuando se constate defraudación, de acuerdo al Art. 172º de la Ley Nº 125/91.

30 Sustitución de multas por capacitación Cuando las Mipymes se vean obligadas al pago de multas por sanciones, podrán sustituirlas por cursos de capacitación. Las multas serán exoneradas contra la presentación del certificado de cumplimiento y aprobación del curso realizado, en el equivalente del costo del curso.

31 Resumen Microempresa (MIE) PersonasFacturación AnualG: 10400 Salarios Mínimos663.292.800 Exoneraciones fiscales Beneficios Laborales Pequeña Empresa (PE) PersonasFacturación AnualG: 301.500 Salarios Mínimos2.487.348.000 Sin exoneraciones fiscales Beneficios laborales Mediana (ME) PersonasFacturación AnualG: 100 6.000 Salarios Mínimos9.949.392.000 Sin exoneraciones fiscales Sin beneficios laborales

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