Descargar la presentación
La descarga está en progreso. Por favor, espere
Publicada porLeonardo Castano Modificado hace 9 años
2
E.P.E.T. N° 1 MARCO JURÍDICO 2005 INTEGRANTES: TTTTorres Matías DDDDueñas Emiliano GGGGonzález Antonio
4
Contrato “Hay contrato cuando varias personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común, destinada a reglar sus derechos” Cód. Civ., Art.1137.
5
El contrato es aquella convención cuya finalidad es crear derechos y obligaciones patrimoniales. En ella debe haber acreedor y deudor. “Todo contrato es una convención; pero no toda convención, aunque tenga efectos civiles, es contrato”
6
Los elementos de los contratos se clasifican en: Esenciales Naturales Accidentales
7
Prueba de los contratos: Los contratos pueden ser probados de diferentes formas, entre ellas: instrumento público o privado, por confesión de partes, por presunciones legales o judiciales, por testigos. También existen otros medios previstos en el Código de Comercio y en los Códigos de Procedimientos, por ejemplo: los peritos, los informes.
8
Efectos Las convenciones realizadas en los contratos forman parte de una regla y debe ser respetada como la ley misma. Los efectos de los contratos se extienden activa y pasivamente a los herederos y sucesores universales, salvo los derechos y obligaciones inherentes a las personas o que resultase lo contrario de una disposición legal o de una cláusula del contrato o de su naturaleza. Los contratos no pueden perjudicar a terceros y deben actuar de buena fe.
9
En los contratos bilaterales cuando la prestación a cargo de una de las partes no es la correcta, la parte perjudicada puede demandar la disolución del contrato. La otra parte lo puede impedir ofreciendo mejorar la prestación. Ninguna de las partes pude demandar su cumplimiento, si no ha cumplido su obligación u ofrece cumplirla. Si se hubiese dado una seña para asegurar el cumplimiento del contrato, quien lo dio puede arrepentirse, perdiéndola. Puede también arrepentirse el que la recibió, devolviéndola duplicada.
10
El lugar del cumplimiento del contrato es el que figura en su contenido y, en su defecto, el que resulte de la naturaleza de la obligación o el domicilio del deudor.
11
Los contratos pueden clasificar en: Unilaterales y bilaterales; Onerosos y gratuitos; Consensuales y reales; Conmutativos y aleatorios; De efecto instantáneo o de trato sucesivo; Nominados o innominados; De adhesión o de libre discusión
12
Los contratos mas comunes son: Compraventa Locación Contratos comerciales Comisión Fianza Prenda
13
TITULOS DE CRÉDITO: Son instrumentos de gran uso en las prácticas mercantiles por los cuales una persona promete el pago de una suma de dinero en cierto plazo
14
Pueden ser: La letra de cambio El pagaré El vale La factura conformada
15
El cheque: El cheque: Es una orden de pago pura y simple librada contra un banco
16
SOCIEDAD CIVIL SOCIEDAD CIVIL Según el Código Civil: Habrá sociedad, cuando dos o más personas se hubiesen mutuamente obligado, cada una con una prestación, con el fin de obtener alguna utilidad apreciable en dinero, que dividirán entre si, del empleo que hicieren de lo que cada uno hubiere aportado Art. 1648
17
Donación: Según el Código Civil: Habrá donación, cuando una persona por un acto entre vivos, transfiera de su libre voluntad gratuitamente a otra, la propiedad de una cosa Art. 1789
18
CONTRATOS ALEATORIOS DEPÓSITO MUTUO COMODATO CONTRATO DE TRABAJO
Presentaciones similares
© 2024 SlidePlayer.es Inc.
All rights reserved.