La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

SECRETARIA DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA. DIRECCION GENERAL DE MIGRACION Y EXTRANJERIA.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "SECRETARIA DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA. DIRECCION GENERAL DE MIGRACION Y EXTRANJERIA."— Transcripción de la presentación:

1 SECRETARIA DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA. DIRECCION GENERAL DE MIGRACION Y EXTRANJERIA

2

3 OBJETO DE LA LEY OBJETO DE LA LEY Es regular la política migratoria del Estado, la entrada o salida de personas nacionales y extranjeras.- la permanencia de estas ultimas en territorio hondureño y la emisión de documentos migratorios. Es regular la política migratoria del Estado, la entrada o salida de personas nacionales y extranjeras.- la permanencia de estas ultimas en territorio hondureño y la emisión de documentos migratorios.

4 PERMISOS ESPECIALES DE PERMANENCIA Definición: “Es la autorización concedida por la Dirección General de Migración y Extranjería, a los extranjeros comprendidos en las categorías establecidas en el articulo 39 de esta Ley para vivir temporalmente en el país “

5 CATEGORIAS  ESTUDIANTES  REFUGIADOS Y APATRIDAS  ASILADOS  TRABAJADORES MIGRANTES  EXTRANJEROS EN SERVICIO SOCIAL  RELIGIOSOS

6 CATEGORIAS  EXTRANJEROS EN SERVICIOS VOLUNTARIOS, HUMANITARIOS Y DE BENEFICENCIA  EXTRANJEROS EN ACTIVIDADES COMERCIALES Y ESPECTACULOS PUBLICOS  EXTRANJEROS CONTRATADOS POR EMPRESA PRIVADA; POR PERSONA NATURAL O JURIDICA (CIENTIFICOS, PROFESIONALES, DEPORTISTAS Y PERSONAL TECNICO)

7 CATEGORIAS  DEPENDIENTES ECONOMICOS (CONYUGUE, HIJOS MENORES O MAYORES Y LOS ABUELOS)  EJERCICIO DE UNA PROFESION UNIVERSITARIA

8 CATEGORIAS ESTUDIANTES: En cualquiera de los niveles del sistema educativo nacional. REFUGIADOS: Son refugiados aquellos que de conformidad a los tratados internacionales vigentes para Honduras, sean reconocidos como tales.

9 CATEGORIAS APATRIDAS: El Gobierno de Honduras por medio de la Secretaria de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, reconocerá la categoría de apatrida a todo extranjero que se encuentre en el territorio nacional y carezca de nacionalidad especifica. APATRIDAS: El Gobierno de Honduras por medio de la Secretaria de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, reconocerá la categoría de apatrida a todo extranjero que se encuentre en el territorio nacional y carezca de nacionalidad especifica. TRABAJADORES MIGRANTES: Se concede al extranjero que ingrese al país con el propósito de realizar actividades remuneradas, que requieran mano de obra calificada. TRABAJADORES MIGRANTES: Se concede al extranjero que ingrese al país con el propósito de realizar actividades remuneradas, que requieran mano de obra calificada.

10 categorias  EXTRANJEROS EN SERVICIO SOCIAL: se otorga a los extranjeros que ingresan al país para cumplir con un servicio en las diferentes áreas sociales, practica profesional como requisito para obtener un grado académico.  EXTRANJEROS RELIGIOSOS: se concede a los extranjeros que lo soliciten para prestar sus servicios a cualquiera de las iglesias cuya personería jurídica este reconocida por el estado de Honduras.

11 CATEGORIAS  EXTRANJEROS EN SERVICIOS VOLUNTARIOS, HUMANITARIOS Y DE BENEFICENCIA: La DGME podrá autorizar permisos especiales de permanencia, siempre que lo estime conveniente por razones de interés nacional, humanitarias o en reciprocidad con otros estados.

12 CATEGORIAS  EXTRANJEROS CONTRATADOS POR EMPRESA PRIVADA: La DGME, autorizara permiso especial de permanencia, a los extranjeros directamente contratados por la empresa privada en diversas áreas de su especialización.

13 CATEGORIAS  DEPENDIENTES O FAMILIARES: La DGME podrá autorizar permiso especial de permanencia al cónyuge, a los hijos menores ó mayores dependientes de los cónyuges y los abuelos.

14 VISAS CONSULTADAS Y PROCEDIMIENTOS VISAS CONSULTADAS Y PROCEDIMIENTOS

15 VISA CONSULTADA Es aquella que se expide a extranjeros previa autorización de la Dirección General de Migración y Extranjería para ingresar al territorio.

16 CATEGORIAS DE VISAS   Categoría “A”:   Categoría “B”:   Categoría “C”:

17 CLASIFICACION DE VISAS Según el tipo de documentos o actividad. Ordinaria Según su caducidad - Simple 60 dias - Múltiple 1 año

18 EXCEPCIONES DE INGRESO En casos de urgencia y por razones debidamente calificadas en el Reglamento de ésta Ley, la Direccion General de Migracion y Extranjeria, podrá autorizar por escrito el ingreso a extranjeros sin visa consular o consultada. En los casos siguientes En casos de urgencia y por razones debidamente calificadas en el Reglamento de ésta Ley, la Direccion General de Migracion y Extranjeria, podrá autorizar por escrito el ingreso a extranjeros sin visa consular o consultada. En los casos siguientes 1.-por los poderes del estado 1.-por los poderes del estado 2.-Gobiernos extranjeros u organismos internacionales 2.-Gobiernos extranjeros u organismos internacionales 3.-por motivos humanitarios 3.-por motivos humanitarios ARTICULO 78 LEY Y 110 DEL REGLAMENTO. ARTICULO 78 LEY Y 110 DEL REGLAMENTO.

19 CASOS EN LOS QUE NO SE PERMITIRA LA ENTRADA AL PAIS ART 81 LEY 1.-Por disposición de la Política Migratoria 2.-Por enfermedades de acuerdo a lo establecido por Salud Pública. 3.-Por enfermedades crónicas y discapacitados 4.- Alteraciones mentales 5.- Miembros de pandilla, carteles y otras asociaciones de carácter ilícito 6.-Quienes enseñen o practiquen la desobediencia a las leyes y autoridades hondureñas 7.- Quienes hayan sufrido condena con delitos comunes 8.- Quienes hayan sido sancionado con deportación o expulsión y no hayan obtenido permiso de reingreso

20  Los servicios migratorios y los documentos que expida la S. de E. en los Despachos de Gobernación y Justicia y la D. G. M. E., causan el pago de tasas y derechos de conformidad a la ley. (Visa Consultada $100.00) TASAS Y DERECHOS POR SERVICIOS MIGRATORIOS

21 PROCEDIMIENTO PARA EL TRÁMITE DE VISA CONSULTADA 1.-Solicitud de visas en la Secretaria General de la Cancilleria 2.- La cancilleria remite el expediente a la DGME 3.-La DGME a través de la comisión de visas, integrada por tres miembros emite dictamen 4.-El Director General emite la resolución. 5.-La resolución se envía a la cancilleria

22 REQUISITOS DE VISAS CONSULTADA 1.- Presentar solicitud 2.-Carta Poder autenticada 3.- Acta de responsabilidad 4.- Copia de Tarjeta de Identidad o Carné de Residencia del responsable 5.- Copia de pasaporte 6.- Certificado medico del país de origen 7.- Certificado de Antecedentes policiales o penales del país de origen SI ES SOLICITADO POR EMPRESA SI ES SOLICITADO POR EMPRESA 8.- Escritura de constitución, permiso de operación de la A. M. D. C., constancia de la DEI y RTN. 9.- Estado Financiero actualizados 10.- Solvencia económica de la empresa. 11.- Acreditar conocimientos técnicos 12.- Oferta de trabajo o contrato de trabajo 13.- Acreditar la condición de representación legal de la empresa

23 SI LO SOLICITA UNA PERSONA NATURAL 14.- Constancia de trabajo 15.- Constancia de solvencia económica 16.- Si el extranjero puede acreditar solvencia económica con tarjetas de crédito. 17.- Todos los documentos que vienen del exterior deberán ser legalizados y traducidos en la Secretaría de Relaciones Exteriores.

24 MOVIMIENTOS MIGRATORIOS  Puede solicitarse:  personalmente  por medio de apoderado legal  Por autoridad competente

25 REQUISITOS DE MM  SOLICITUD  CARTA PODER  PAGO DE CERTIFICACION (LPS.150.00)  COPIA DEL PASAPORTE  COPIA DE TARJETA DE IDENTIDAD EN CASO DE NO TENER PASAPORTE

26 REFRENDOS  CONSTANCIA QUE SE EXTIENDE AL INTERESADO DE NO HABER VIOLADO LAS LEYES MIGRATORIAS O DE SER RESIDENTE LEGAL EN EL PAIS

27 REFRENDOS  Puede solicitarse:  personalmente  por medio de apoderado legal  Por autoridad competente

28 REQUISITOS PARA LOS REFRENDOS  SOLICITUD  CERTIFICACION DE INSCRIPCION  CERTIFICACION DE RESOLUCION  CARNE VIGENTE

29 PERMANENCIA DE MENOR  SE CONCEDE PERMANENCIA A LOS MENOR NACIDOS EN EL EXTRANJERO HASTA LA EDAD DE 21 AÑOS, HIJOS DE PADRES HONDUREÑOS POR NACIMIENTO.

30 REQUISITOS  PASAPORTE DEL MENOR  PARTIDA DE NACIMIENTO DEL MENOR TRADUCIDA Y LEGALIZADA  TARJETA DE IDENTIDAD DE LOS PADRES

31 pasaporte  ES EL DOCUMENTO QUE SIRVE PARA IDENTIFICARSE EN EL EXTRANJERO CON EXCEPCION DE LOS PAISES DEL CA-4 QUE PUEDEN IDENTIFICARSE CON LA TARJETA DE IDENTIDAD

32 MUCHASGRACIAS


Descargar ppt "SECRETARIA DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA. DIRECCION GENERAL DE MIGRACION Y EXTRANJERIA."

Presentaciones similares


Anuncios Google