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CONTRATACIONES DEL ESTADO 2011

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Presentación del tema: "CONTRATACIONES DEL ESTADO 2011"— Transcripción de la presentación:

1 CONTRATACIONES DEL ESTADO 2011
Dr. Alejandro Alvarez Pedroza 1 1

2 CONCEPTOS PRELIMINARES
EL PROCESO DE CONTRATACION DEL ESTADO/ EL PROCESO DE CONTRATACION Y SU RELACION CON EL PROCESO PRESUPUESTARIO ESPECIALIDAD DE LA NORMA ESTRUCTURA DE RESPONSABILIDADES EL EXPEDIENTE DE CONTRATACION ACTO ADMINISTRATIVO PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES 2

3 EL PROCESO DE CONTRATACION DEL ESTADO
DEFINICIONES DECISIÓN DE ADQUIRIR O CONTRATAR Rglto Art. 10° Aprobación del Expediente Designación del Comité Especial Elab. de Bases PROCESO DE SELECCIÓN Rglto. Art 22° Contrato Culminación Determinación de Necesidades (Art. 6º) Ccaracterísticas (Art. 11º) Estudio de Posibilidades (Art. 12º) Valor R. (Art. 13º) Certificación de disponibilidad presupuestal (Art. 13º) Plan Anual Contenido: Necesidades Características Estudio de Posibilidades que ofrece el Mercado Valor Referencial Certificación Presupuestal Plan Anual APROBACION Ley Art. 24° - 25° Rglto. Art. 27° - 34° Ley Art. 26° Rglto Art. 35° - 37° ETAPAS Convocatoria Registro de participantes Consultas Observaciones Integración de Bases Presentación de propuestas Evaluación de Propuestas Otorgamiento de la Buena Pro Ley Art. 42º Rgto. Arts. 176ºº y 211º Recepción y Conformidad y Pago de Bienes y Servicios Liquidación del Contrato y Pago en Consultoria y Ejecución de Obras. Inicio: Convocatoria Culminación: Suscripción del Contrato o perfeccionamiento Cancelación Se deja sin efecto la Buena Pro No se suscriba el contrato (Art. 137º) PROCESO DE SELECCIÓN 3 3

4 PROCESO DE CONTRATACION
Decisión de Contratar de la Entidad Aprobación del Expediente de Contratación Designación del Comité Especial Proceso de Selección Contratación 4

5 DECISION DE CONTRATAR DE LA ENTIDAD
5

6 DETERMINACION DE NECESIDADES
6

7 LAS DEPENDENCIAS CUADRO DE NECESIDADES
PROGRAMACION Y FORMULACION DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL LAS DEPENDENCIAS DETERMINARAN SUS REQUERIMIENTOS DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS EN FUNCION DE SUS METAS PRESUPUESTARIAS SEÑALANDO LA PROGRAMACION DE ACUERDO A SUS PRIORIDADES LAS ENTIDADES UTILIZARAN EL CATALOGO UNICO DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS ADMINISTRADOS POR EL OSCE- EL ORGANO ENCARGADO ES RESPONSABLE DE ESTA ACTIVIDAD CUADRO DE NECESIDADES

8 OBJETIVOS DE LA PROGRAMACION
REVISAR LA ESCALA DE PRIORIDADES DETERMINAR LA DEMANDA GLOBAL DE GASTO Y LAS METAS PRESUPUESTARIAS ESTIMAR LOS FONDOS PUBLICOS CON EL OBJETO DE DETERMINAR ELMONTODE LA ASIGNACION PRESUPUESTARIA DETERMINAR EL FINANCIAMIENTO DE LA DEMANDA GLOBAL DE GASTO, EN FUNCION A LA ASIGNACION PRESUPUESTARIA TOTAL

9 META PRESUPUESTARIA LA META PRESUPUESTARIA REPRESENTA LA EXPRESION CONCRETA Y CUANTIFICABLE DE LOS BIENES Y SERVICIOS A SER ENTREGADOS POR EL PLIEGO ALAPOBLACION OBJETIVO, COMO CONSECUENCIA DEL USO DE SUS RECURSOS ESTABLECIDOS PARA EL AÑO FISCAL OBJETIVO DEL PLIEGO ES LA EXPRESION DE UN RESULTADO QUE SE QUIERE CONSEGUIR Y QUE DEBE ORIENTAR LA ARTICULACION DE UNA SERIE DE ACCIONES ENAMINADAS A SU CONSECUSION ESCALA DE PRIORIDADES ES EL ORDEN DE PRELACION OTORGADO A LOS OBJETIVOS DEL PLIEGO

10 CARACTERISTICAS DE LA META PRESUPUESTARIA
RAZONABLES Deben ser factibles de ser desarrolladas teniendo en cuenta los fondos públicos asignados CLARAS Deben encontrarse explícitamente definidas y diferenciadas MENSURABLES Deben ser susceptibles de medición

11 DEFINICION DE LAS CARACTERISTICAS DE LOS BIENES, SERVICIOS Y OBRAS
11

12 AJUSTE DE LAS CARACTERISTICAS
CARACTERISTICAS TECNICAS DE LO QUE SE VA A CONTRATAR Rgto. Art. 11º EL AREA USUARIA DEFINE CON PRECISION LAS CARACTERISTICAS CANTIDAD CALIDAD ACTIVIDAD QUE DESARROLLA DE ACUERDO CON EL ARTICULO 13º DE LA LEY AJUSTE DE LAS CARACTERISTICAS EL ORGANO ENCARGADO CON AUTORIZACION DEL AREA USUARIA Y COMO PRODUCTO DEL ESTUDIO DE LAS POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO PODRA AJUSTAR LAS CARACTERISTICAS DE LO QUE SE VA A CONTRATAR

13 ESTA EVALUACION DEBERA PERMITIR:
LA FORMULACION DE LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS DEBERA SER REALIZADA POR EL AREA USUARIA Ley Art. 13º; Rgto. Art. 11º EL AREA USUARIA COORDINA CON EL ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES DE LA ENTIDAD EVALÚAN EN CADA CASO LAS ALTERNATIVAS TÉCNICAS Y LAS POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO PARA LA SATISFACCIÓN DEL REQUERIMIENTO. ESTA EVALUACION DEBERA PERMITIR: LA CONCURRENCIA DE LA PLURALIDAD DE PROVEEDORES EN EL MERCADO PARA LA CONVOCATORIA DEL RESPECTIVO PROCESO DE SELECCIÓN. EVITANDO INCLUIR REQUISITOS INNECESARIOS CUYO CUMPLIMIENTO SÓLO FAVORECERÁ A DETERMINADOS POSTORES 13 13

14 EN OBRAS SE DEBE CONTAR CON:
Con la Disponibilidad del Terreno o Lugar donde se ejecutará la obra Expediente Técnico aprobado La Entidad cautelará la adecuada formulación del Expediente Técnico con el fin de asegurar: La Calidad Técnica Reducir al mínimo la necesidad de su reformulación por errores o deficiencias técnicas que repercutan en el proceso de ejecución de obras

15 DESCRIPCION DE LOS BIENES Y SERVICIOS A CONTRATAR
NO DEBE HACERSE REFERENCIA MARCAS O NOMBRES COMERCIALES PATENTES DISEÑOS O TIPOS PARTICULARES FABRICANTES DETERMINADOS DESCRIPCION QUE ORIENTE PROCESO DE ESTANDARIZACION PERMITE: Solicitar Marca o tipo de producto determinado Siempre que responda a un Proceso de Estandarización Estandarización: Es un proceso de racionalización consistente en ajustar a un determinado tipo o modelo los bienes o servicios a contratar, en ATENCION DE LOS EQUIPAMIENTOS EXISTENTES 15

16 ESTUDIOS DE LAS POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO

17 ESTUDIOS DE LAS POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO
Rgto. Art. 12º Sobre la Base de Características Técnicas definidas por el área usuaria, el OECE tiene la obligación de evaluar las posibilidades que ofrece el mercado para determinar lo siguiente: VALOR REFERENCIAL EXISTENCIA DE PLURALIDAD DE MARCAS y/o POSTORES POSIBILIDAD DE DISTRIBUIR LA BUENA PRO PERTINENCIA DE REALIZAR AJUSTES A LAS CARACTERISTICAS Y/O CONDICIONES DE LOS QUE SE VA CONTRATAR OTROS ASPECTOS 17

18 A EFECTOS DE ESTABLECER EL VALOR REFERENCIAL, EL ESTUDIO TOMARA EN CUENTA, CUANDO EXISTA LA INFORMACIÓN Y CORRESPONDA, ENTRE OTROS, LOS SIGUIENTES ELEMENTOS Presupuestos y Cotizaciones actualizados, provenientes de personas naturales o jurídicas que se dediquen a actividades materia de la convocatoria Incluyendo Fabricantes cuando corresponda, Se obtiene a través de portales y/o paginas Web, Catálogos, entre otros Debe emplearse como mínimo dos (2) fuentes*. También se tomará en cuenta cuando la información esté disponible: Precios Históricos Estructuras de Costos Alternativas existentes según el nivel de comercialización Descuentos por volúmenes Disponibilidad Inmediata de ser el caso Mejoras en las condiciones de venta Garantías y Otros Beneficios Adicionales Así como la Vigencia Tecnológica del objeto de la contratación de las Entidades * R Nº 1384/2009 TC-S2

19 DEFINICION DEL VALOR REFERENCIAL
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20 VALOR REFERENCIAL Sirve para determinar Proceso de Selección
Ley Art. 27 ° -Rglto. Art. 13° Sirve para determinar Proceso de Selección Asignación de recursos necesarios. SE DETERMINA SOBRE LA BASE DE UN ESTUDIO DE LAS POSIBILIDADES DE PRECIOS Y CONDICIONES QUE OFRECE EL MERCADO EN FUNCIÓN DEL ANALISIS DE LOS NIVELES DE COMERCIALIZACION: A partir de las especificaciones técnicas o términos de referencia y Los Costos estimados en el PAC? 20 20

21 El VALOR REFERENCIAL SE CALCULARA INCLUYENDO
Los Tributos Seguros Transportes Inspecciones Prueba y Los Costos Laborales conforme a la legislación vigente, de ser el caso Cualquier otro concepto Las Cotizaciones de los proveedores deben incluir los indicados componente PROCESOS DE SELECCIÓN SEGUN RELACION DE ITEMS: El VR se determinará en función a la sumatoria de los Valores Referenciales de cada uno de los Items considerados. EN LAS BASES DEBERA ESPECIFICARSE tanto el VR de los Items cuanto el VR del PS

22 OBSERVACIÓN DEL VALOR REFERENCIAL
Por los Participantes Se pone en conocimiento del OECE para opinión o Apruebe un nuevo Valor Referencial Se pone en conocimiento del funcionario que aprobó el Exp. De Contratación POR El Comité Especial Solicita Revisión o Actualización al Órgano Encargado de las Contrataciones de la Entidad 22 22

23 DETERMINACION DEL VALOR REFERENCIAL EN EJECUCION DE OBRAS
Rglto. Art. 14º

24 DETERMINACION DEL VALOR REFERENCIAL EN EJECUCION DE OBRAS
Rglto. Art. 14º El Presupuesto de Obra comprende: Identificación de las partidas y subpartidas Sustentandose en: Análisis de precios unitarios por cada partida y subpartida Gastos Generales La Utilidad Tributos Seguros Transporte, inspecciones, pruebas Seguridad en el trabajo Costos labores respectivos conforme a la legislación vigente Cualquier otro concepto EL VALOR REFERENCIAL Corresponde al monto del Presupuesto de Obra establecido en el Expediente Técnico. SUSCRIPCION DEL PRESUPUESTO DE OBRA Debe estar suscrito por los consultores y/o servidores públicos que participaron en su elaboración y/o aprobación, según corresponda CONCURSO OFERTA: El Valor Referencial se determinará teniendo en cuenta el objeto de la obra y su alcance previsto: En los ESTUDIOS DE PREINVERSION que dieron lugar a la viabilidad del correspondiente proyecto Así como el resultado del estudio de las posibilidades de precios de mercado

25 GASTOS GENERALES VARIABLES GASTOS GENERALES FIJOS
Son aquellos que están directamente relacionados con el tiempo de ejecución de la obra y por lo tanto pueden incurrirse a lo largo de todo el plazo de ejecución de la prestación a cargo del contratista GASTOS GENERALES FIJOS Son aquellos que no están relacionados con el tiempo de ejecución de la prestación a cargo del contratista. PARTIDA: Se considera como partida a cada una de las partes o actividades que se requieren ejecutar para llegar al todo que viene a ser la realización de la obra total. PARTIDA: PISOS Y PAVIMENTOS 12.02 VENECIANAS 12.03 DE COLOR CLARO DE 30X30 CM

26 DETERMINACION DEL VALOR REFERENCIAL EN CONSULTORIA DE OBRAS
Rglto. Art. 14º

27 DETERMINACION DEL VALOR REFERENCIAL EN CONSULTORIA DE OBRAS
Rglto. Art. 14º DEBE DETALLARSE EN CONDICIONES COMPETITIVAS EN EL MERCADO DEBERA INCLUIR Tributos Seguros Transporte Inspecciones Pruebas Seguridad en el trabajo Costos laborales respectivos conforme a la legislación vigente Cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el presupuesto Los Honorarios del personal propuesto Gastos Generales Utilidad De acuerdo a los plazos y características definidos en los términos de referencia del servicio requerido. OBSERVACION: Cuando el VR es observado por los PARTICIPANTES el Comité Especial deberá poner en conocimiento de la UNIDAD ORGANICA COMPETENTE para su opinión y, si fuera el caso, para que apruebe un nuevo VR, verificando que se cuente con la disponibilidad presupuestal y poniendo en conocimiento de tal hecho al funcionario que aprobó el Expediente de Contratación.

28 ASPECTOS RELEVANTES DEL VALOR REFERENCIAL
QUIEN DEFINE?: EL ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES DE LA ENTIDAD CUÁL ES EL OBJETO DEL VR?: Sirve para establecer el Tipo de Proceso de Selección y Gestionar la Asignación de Recursos Presupuestarios Necesarios COMO SE DETERMINA EL VALOR REFERENCIAL: Sobre la Base de: Un Estudio de las Posibilidades que ofrece el Mercado Efectuado en función del Análisis de los Niveles de Comercialización, A partir de las Especificaciones Técnicas o Términos de Referencia y Costos Estimados en el Plan Anual?. En Proyectos de Inversión: El monto consignado en el estudio de preinversión que sustenta la viabilidad 28

29 ANTIGÜEDAD DEL VALOR REFERENCIAL
Ley Art. 27º; Rglto. Art. 16º LEY OBRAS: El Valor Referencial no podrá tener una antigüedad mayor a los seis (6) meses contados desde la fecha de la convocatoria del proceso respectivo BIENES Y SERVICIOS: No podrá ser mayor a tres (3) meses a partir de la Aprobación del Expediente de Contratación. Para los casos en que se requiera un periodo mayor a los consignados el OECE indicará el periodo de actualización. REGLAMENTO: PARA CONVOCAR A UN PROCESO DE SELECCIÓN: CONSULTORIA DE OBRAS: El Valor Referencial no podrá tener una antigüedad mayor a seis (6) meses. Se computa a partir de la aprobación del Expediente de Contratación. OBRAS CON EXPEDIENTE TÉCNICO: Para el caso de ejecución de obras que cuentan con Expediente Técnico, la antigüedad se computa a partir de la fecha de determinación del presupuesto de Obra BIENES Y SERVICIOS: No podrá tener una antigüedad mayor a tres (3) meses computado a partir de la aprobación del Expediente de Contratación COMPUTO: BIENES, SERVICIOS Y CONSULTORIA: Se computa a partir de la aprobación del Expediente de Contratación OBRAS CON EXPEDIENTE TECNICO: A partir de la fecha de determinación del Presupuesto de Obra OBRAS SIN EXPEDIENTE TECNICO: A partir de la convocatoria

30 VALOR REFERENCIAL EN COBRANZAS Y RECUPERACIONES
Rgto. Art. 15º CÓMO SE DETERMINA: APLICANDO EL PORCENTAJE QUE SE FIJE EN LAS BASES, SOBRE EL MONTO A COBRAR O RECUPERAR. DICHO PORCENTAJE INCLUYE TODOS LOS CONCEPTOS QUE COMPRENDE LA CONTRAPRESTACIÓN QUE LE CORRESPONDE AL CONTRATISTA. PROCEDE CONSIDERAR HONORARIOS DE EXITO: ; SIEMPRE Y CUANDO SEAN USUALES EN EL MERCADO SE JUSTIFIQUE LA NECESIDAD Y SU MONTO LA JUSTIFICACION DEBE EFECTUARSE MEDIANTE UN INFORME EMITIDO POR EL OECE. VALOR REFERENCIA CON HONORARIOS DE EXITO: EL VR ESTARA CONFORMADO POR: HONORARIO FIJO; MAS HONORARIO DE ÉXITO. PARA EFECTOS DE LA INCLUSION DEL HONORARIO DE EXISTO EN EL VR, SE TOMARA EN CUENTA EL MONTO MÁXIMO QUE LA ENTIDAD PAGARIA COMO HONORARIO DE EXITO. 30 30

31 DEL PLAN ANUAL DE LA ENTIDAD
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32 FINALIDAD DEL PLAN ANUAL
Ley Art. 8º DEBE PREVER: BIENES, SERVICIOS Y OBRAS PARA EL AÑO FISCAL RESPECTIVO MONTOS ESTIMADOS TIPOS DE PROCESOS Deben estar comprendidos en el PI CONTENIDO MINIMO DEL PLAN ANUAL OBJETO DE CONTRATACION * DESCRIPCION DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS. * CODIGO ASIGNADO EN EL CATALOGO VALOR ESTIMADO TIPO DE PROCESO MODALIDAD DE SELECCION FUENTE DE FINANCIAMIENTO TIPO DE MONEDA FECHA PREVISTA DE CONVOCATORIA AMC: NO ES OBLIGATORIO INCLUIRLOS EN EL PLAN ANUAL 32

33 ASPECTOS RELAVANTES DEL PLAN ANUAL MODIFICACION DEL PLAN ANUAL
¿Quién Aprueba el Plan Anual?.- El Titular de la Entidad ¿En que plazo se aprueba el Plan Anual?.- Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la aprobación del PI ¿En qué plazo se publica en el SEACE?.- En un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de aprobado, incluyendo el dispositivo o documento de aprobación. MODIFICACION DEL PLAN ANUAL Rglto. Art. 9º De conformidad con la Asignación Presupuestal o en caso de reprogramación de las metas institucionales CUANDO SE TENGA QUE EXCLUIR O INCLUIR PROCESOS EL VR DIFIERA EN MAS DEL 25% DEL VALOR ESTIMADO Y ELLO VARIE EL TIPO DE PROCESO 33

34 EVALUACION Y ACTUALIZACION DEL PROYECTO DEL PLAN ANUAL CON SUJECION A LOS CREDITOS PRESUPUESTARIOS
Rgto. Art. 6º APROBADO DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL EL ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES REVISARA EVALUARA ACTUALIZA

35 EVALUACION DE LA EJECUCION PLAN ANUAL
Rgto. Art. 9º La Ejecución del Plan Anual se evaluará semestralmente Se adoptaran medidas correctivas pertinentes para alcanzar las metas y objetivos previstos en el Plan Operativo Institucional Disponer deslinde de responsabilidades respectivas Discrecionalmente puede evaluarse periódicamente la ejecución del Plan Anual 35

36 EL EXPEDIENTE DE CONTRATACION
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37 NATURALEZA JURIDICA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACION
Rglto. Art. 10º Conjunto de documentos de todas las actuaciones de una contratación INICIO: Decisión de Adquirir o Contratar (Rgto. Definiciones) Ley Art. 7º : Desde el Requerimiento del Área Usuaria? CULMINACION: Hasta la culminación del contrato a.Bienes y Servicios: Culminan con conformidad de recepción de la última prestación pactada y el pago correspondiente. b.Ejecución y Consultorías de Obras: El Contrato culmina con la Liquidación y pago correspondiente INCLUYE: Características; Valor Referencial; la Disponibilidad Presupuestal y su Fuente de Financiamiento. SE CIERRA EL EXPEDIENTE. Con la Contraprestación 37

38 CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACION
Información referida a las Características Técnicas Estudios de las Posibilidades que Ofrece el Mercado Valor Referencial Disponibilidad Presupuestal, Rglto Art. 18` Tipo de Proceso Modalidad de Selección Sistema de Contratación Modalidad de Contratación Fórmula de Reajuste en su caso EN OBRAS * El Expediente Técnico * Declaratoria de Viabilidad cuando correspondan * EN CONCURSO OFERTA NO SE REQUIERE EXPEDIENTE TECNICO debiéndose anexar el estudio de preinversión y el Informe Técnico que sustento la declaratoria de viabilidad EN LAS CONTRATACIONES RELACIONADAS CON PROYECTOS DE INVERSION ES RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDAD Y se tomen las Previsiones para que se respeten los parámetros de la Declaratoria de Viabilidad, incluyendo * Costos * Diseños * Factores que pudieran afectar la viabilidad. Que los proyectos hayan sido declarados VIABLES 38

39 SE DEBE ANEXAR AL EXPEDIENTE DE CONTRATACION
EN OBRAS BAJO LA MODALIDAD DE LLAVE EN MANO DONDE EL POSTOR OFERTA EN CONJUNTO LA CONSTRCCION, EQUIPAMIENTO Y MONTAJE HASTA LA PUESTA EN SERVICIO Y DE SER EL CASO LA ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO Rglto Art. 10º SE DEBE ANEXAR AL EXPEDIENTE DE CONTRATACION Y EL INFORME TECNICO QUE SUSTENTO LA DECLARATORIA DE VIABILIDAD EL ESTUDIO DE PREINVERSION

40 APROBACION Y CUSTODIA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACION
Rglto Art. 10º APROBACION Aprueba el Expediente del Funcionario Competente de acuerdo a sus normas de organización interna CUSTODIA DEL EXPEDIENTE El Órgano Encargado de las contrataciones tiene a su cargo la custodia y responsabilidad del Expediente. También es responsable de remitir el Expediente para su aprobación LA NUEVA CONVOCATGORIA DEBERA CONTAR: CON UNA NUEVA APROBACION DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACION SI NO SE HUBIERA MODIFICADO NADA SE MANTIENE EL MISMO EXPEDIENTE PROCESO DECLARADO DESIERTO

41 * CICLO DE UN PROYECTO DE INVERSION Perfil PREINVERSION INVERSION
POST INVERSION Perfil S/ 6´000,000 Estudio definitivo del Exp. Técnico Operación y Mantenimiento * Pre factibilidad De 6´ a 10´000,000 Factibilidad Ejecución Evaluación Ex post Retroalimentación * LA DECLARATORIA DE VIABILIDAD ES UN REQUISITO OBLIGATORIO PARA PASAR DE LA FASE PREINVERSION A LA DE INVERSION 41

42 EN EL CASO DE EJECUCION PRESUPUESTARIA INDIRECTA EJECUTADA POR GOBIERNO REGIONAL, LOCAL, EMPRESAS PUBLICA Y ENTIDADES PUBLICAS SEGÚN EL CASO El Convenio constituye el documento que sustenta la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento para que se efectúe la convocatoria del proceso de selección para la ejecución del proyecto de inversión pública. Los convenios deben ser publicados en la pagina web del Pliego del Gobierno Nacional 42

43 CERTIFICACION DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL

44 CERTIFICACION DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
Rgto. Art. 18º DETERMINADO EL VALOR REFERENCIAL SE SOLICITA LA CERTIFICACION Debe señalarse el periodo de la contratación programada Se solicita a la Oficina de Presupuesto la Certificación de Disponibilidad Presupuestal QUÉ GARANTIZA:? La Certificación garantiza que se cuenta con Crédito Presupuestario suficiente para comprometer el gasto CONTENIDO DE LA CERTIFICACION Disponibilidad Presupuestal y Fuente de Financiamiento Si el plazo de ejecución contractual se inicia al año siguiente o abarca otro ejercicio deberá certificar que el gasto a ser efectuado será considerado en las programaciones del PI del año siguiente; en este caso, la Certificación deberá ser suscrita además por Jefe de la Oficina General de Administración Para la Certificación deberá utilizarse la Cadena Funcional Programática 44

45 LA REALIZACION DE LA ETAPA DEL COMPROMISO
NATURALEZA JURIDICA DE LA CERTIFICACION Ley Nº Art. 77º LA REALIZACION DE LA ETAPA DEL COMPROMISO Será precedida por la emisión del documento que lo autorice. La Autorización del Registro del Compromiso debe estar acompañada de la Certificación emitida por la Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces, sobre la existencia del Crédito Presupuestario suficiente, orientado a la atención del gasto en el AF respectivo. Cuando el gasto compromete años subsiguientes el Pliego debe efectuar la programación presupuestaria correspondiente en los años fiscales respectivos. Es responsabilidad de la Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces, la previsión de los Créditos Presupuestarios para la atención de tales obligaciones. 45

46 CREDITO PRESUPUESTARIO
EL COMPROMISO Es el acto mediante el cual se acuerda, luego del cumplimiento de los trámites legalmente establecidos, la realización de gastos previamente aprobados, por un importe determinado o determinable, afectando total o parcialmente los créditos presupuestarios, en el marco de los Presupuestos aprobados y las modificaciones presupuestarias realizadas CREDITO PRESUPUESTARIO Es la dotación consignada en el Presupuesto del Sector Publico, así como sus modificaciones, con el objeto de que las entidades puedan ejecutar el gasto 46

47 DEL COMITÉ ESPECIAL 47

48 LO DESIGNA POR ESCRITO EL TITULAR DE LA ENTIDAD O FUNCIONARIO DELEGADO
DESIGNACIÓN DEL COMITÉ ESPECIAL Rglto. Art. 27º LO DESIGNA POR ESCRITO EL TITULAR DE LA ENTIDAD O FUNCIONARIO DELEGADO FORMA DE DESIGNACION A los Titulares y Suplentes Con indicación de sus nombres completos Con correspondencia entre ambos Y a quien actuará como Presidente Numero de integrantes ( 3 ) Nombre de los Titulares Nombre de los suplentes. Debe existir correspondencia con los Titulares Nombre del Presidente Proceso o Procesos de Selección Contenido del Acto Administrativo: 48 48

49 COMITÉ ESPECIAL LICITACIONES PUBLICAS CONCURSOS PUBLICOS
Ley Art. 27º LICITACIONES PUBLICAS CONCURSOS PUBLICOS COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE En su conformación solo se exige que uno de sus integrantes sea del OECE ADJUDICACIONES DIRECTAS PUBLICAS ADJUDICACIONES DIRECTAS SELECTIVAS ADJUDICACIONES DE MENOR CUANTIA ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES COMITÉ ESP. PERMANENTE COMITÉ ESP. AD HOC Cuando el Titular de la Entidad lo designa tienen a su cargo las AMC Tiene a cargo las AMC 49

50 NOTIFICACION DE LA DESIGNACION NOTIFICACION AL PRESIDENTE
PERSONALMENTE A todos los Titulares y Suplentes NOTIFICACION AL PRESIDENTE Se apareja a su designación el Expediente de Contratación y toda la información técnica y económica para el cumplimiento del encargo 50

51 INSTALACION DEL COMITÉ ESPECIAL
El Presidente al día siguiente hábil convoca a los demás miembros para la INSTALACION Elabora las Bases y las eleva para su aprobación CONVOCATORIA Aprobada las Bases dispone la convocatoria del Proceso de Selección APOYO 51

52 Funcionarios con atribuciones de Control o Fiscalización
IMPEDIMENTOS PARA SER MIEMBRO DEL COMITÉ ESPECIAL Rgto. Art. 29° Titular de la Entidad. Funcionarios con atribuciones de Control o Fiscalización Regidores Consejeros Regionales Directores de Empresas Auditores entre otros. SALVO que el OCI sea el área usuaria (**) Los funcionarios que por delegación hayan: Aprobado el expediente Designado el Comité Especial. Aprobado las Bases. Tenga facultades para resolver apelaciones. (*)Sancionados Sancionados con suspensión o cese temporal por su actuación como integrantes del Comité Especial por decisión motivada y consentida o administrativamente firme, MIENTRAS SE ENCUENTRE VIGENTE*. (*) Deja de ser miembro del Comité Especial quien es sancionado en pleno ejercicio de su función (**) Se circunscribe al Proceso de contratación a que se refieren las delegaciones en él señaladas. 52 52

53 LIBRO DE ACTAS PARA LOS ACUERDOS
UN LIBRO DE ACTAS Licitaciones Concursos Adjudicaciones Directas CARACTERISTICA DE LIBRO Foliado Legalizado Facultativo: Hojas mecanizadas PUEDE OPTARSE Un Libro por cada proceso de selección PARA AMC Puede incorporarse en el Libro Único de Actas o Contar con un Libro CUSTODIA DEL ACTA El Órgano Encargado de las Contrataciones de la Entidad 53

54 REMOCIÓN Y RENUNCIA Rgto. Art. 34°
Límite de edad. Pérdida de nacionalidad. Incapacidad permanente física y mental. Ineficiencia o ineptitud comprobada. Por caso Fortuito o Fuerza Mayor. Por cese en el servicio. 1) 2) Declarados mediante documentos debidamente motivados. En el mismo documento se podrá designar al nuevo integrante. 54 54

55 COMPETENCIA DEL COMITÉ ESPECIAL
ELABORA LAS BASES CONSULTA los alcances de la Información proporcionada en el Expediente de Contratación SUGIERE, de ser el caso, las modificaciones que considere pertinentes. MODIFICACION: cualquier modificación requerirá contar previamente con la conformidad del área usuaria y/o del OECE NUEVA APROBACION: La modificación requiere de nueva aprobación del Expediente de Contratación. CONVOCA A PROCESO ABSUELVE CONSULTAS Y OBSERVACIONES INTEGRA BASES EVALÚA PROPUESTAS ADJUDICA BUENA PRO DECLARA DESIERTO TODO ACTO NECESARIO PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO HASTA EL CONSENTIMIENTODE LA BP EL COMITÉ NO PUEDE MODIFICAR DE OFICIO LAS BASES APROBADAS 55

56 DOCUMENTOS FALSOS O INEXACTOS
PRESUNCION DE VERACIDAD Es causal de descalificación la presentación de documentos falsos o inexactos. Para que ello opere es necesario que la falsedad o inexactitud haya sido probada fehacientemente, sin que exista duda razonable, por las consecuencias que ello acarrea en el postor y porque la presunción de veracidad de que esta revestida toda declaración o documentación aportada por los ciudadanos solo puede dejarse sin efecto, por expreso mandato legal. DECISION DEL COMITE ESPECIAL Si el Comité toma conocimiento que en las propuestas obra un documento sobre cuya veracidad o exactitud existe duda razonable, informará el hecho al órgano encargado de las contrataciones para que efectúe la inmediata fiscalización. ELLO NO SUSPENDERA, EN NINGUN CASO, LA CONTINUIDAD DEL PROCESO DE SELECCION

57 Actos del Comité Especial
QUÓRUM Y ACUERDOS Rgto. Art. 32º Para sesiones Totalidad de Titulares Acuerdos Por: Unanimidad o Mayoría No cabe abstención. Los Votos discrepantes constan en actas. Fundamentados. Actos del Comité Especial Constan en actas. Acta queda con la Entidad. 57 57

58 INTERVENCION DE LOS SUPLENTES
Art. 33º EN CASO DE AUSENCIA El suplente reemplaza, respetándose la conformación COMITÉ PERMANETE En este Comité solo se exige la presencia del OECE REINCORPORACION DEL AUSENTE Solo como suplente previa autorización previa evaluación de su conducta funcional DETERMINACION DE RESPONSABILIDAD DEL AUSENTE La Entidad evalúa el motivo de la ausencia a efectos determinar responsabilidad y su incorporación como suplente 58

59 RESPONSABILIDAD DEL COMITÉ ESPECIAL
Ley Art. 24º - Rgto Art. 34º Responsabilidad Solidaria En razón de su Forma de Actuación Colegiada Autónomo Responsabilidad Administrativa y Judicialmente Porque la selección se realice de acuerdo a Ley Sobre cualquier irregularidad que le sea imputable por dolo, negligencia y/o culpa inexcusable (Ley Art. 46°) Se comunica a CONSUCODE para que se le incluya en el Registro de inhabilitados. La entidad remite a CONSUCODE en plazo de 10 días de detectado el hecho. Responsabilidad Expertos independientes Ley Art. 25° Rgto Art. 236° 59 59

60 EL PROCESO DE SELECCION
60

61 Año Fiscal 2010 en Nuevos Soles
Topes (*) para cada Proceso de Contrataciones Año Fiscal 2010 en Nuevos Soles 61

62 TIPOS DE PROCESOS DE SELECCIÓN
LICITACION PUBLICA Se convoca para la contratación de bienes y obras CONCURSO PUBLICO Se convoca para la contratación de servicios ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA Se convoca cuando el monto de la contratación es mayor al 50% del límite máximo establecido para la AD AD SELECTIVA Caso contrario a la ADP LA ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA SE APLICA EN Contrataciones de bienes, servicios y obras, cuyos montos sean inferiores a la DECIMA PARTE del límite mínimo establecido para LP o CP Contratación de Expertos Independientes para que integren los Comités Especiales Procesos declarados desiertos de acuerdo con el Art. 32º de la Ley

63 REQUISITOS PARA CONVOCAR A UN PROCESO DE SELECCION
QUE EL PROCESO DE SELECCIÓN SE ENCUENTRE INCLUIDO EN EL PLAN ANUAL EXPEDIENTE DE CONTRATACION APROBADO DISPONIBILIDAD DE RECURSOS Y SU RESPECTIVA FUENTE DE FINANCIAMIENTO

64 No constituye Fraccionamiento cuando
PROHIBICIÓN DE FRACCIONAMIENTO Ley Art. 19°, Rgto Art 20º QUEDA PROHIBIDO FRACCIONAR LA CONTRATACION DE BIENES, DE SERVICIOS Y LA EJECUCION DE OBRAS CON EL OBJETO DE MODIFICAR EL TIPO DE PROCESO DE SELECCIÓN QUE CORRESPONDA SEGÚN LA NECESIDAD ANUAL (Ley). LA PROHIBICION DE FRACCIONAMIENTO A QUE SE REFIERE EL ART. 19º DE LA LEY SIGNIFICA QUE NO DEBE DIVIDIRSE UNA CONTRATACION PARA DAR LUGAR AL CAMBIO DEL TIPO DE PROCESO DE SELECCION PROVISION DE BIENES Y SERVICIOS DE CARÁCTER PERMANENTE La Contratación de B y S de carácter permanente, cuya provisión se requiera de manera continua o periódica se realizará por periodos no menores a un (1) Año LEY Rgto. No constituye Fraccionamiento cuando Cuando la Entidad restringió la cantidad a contratar por no disponer a la fecha de determinación de necesidades la disponibilidad presupuestal correspondiente, situación que varia durante la ejecución del PAC al contarse con mayores créditos presupuestarios no previstos, prevenientes de, entre otros, transferencias de partidas, créditos suplementarios y recursos públicos captados o percibidos directamente por la Entidad. Con posterioridad a la aprobación del Plan Anual surja una necesidad extraordinaria e imprevisible adicional a la programada, la cual deberá ser atendida en su integridad a través de una contratación, salvo que respecto de la contratación programada aún no se haya aprobado el Expediente de Contratación. Se requiera propiciar la participación de las MYPES en sectores donde exista oferta competitiva, Adq. O Contr. Directa a través del Catalogo del Convenio Marco Se contrate con el mismo proveedor como consecuencia de procesos de selección con objetos contractuales distintos o en el caso que concurran procesos de selección con contratos complementarios, exoneraciones o con proceso bajo regímenes especiales 64 64

65 PRONUNCIAMIENTO Nº 7 – 2004 GTN FRACCIONAMIENTO
La prohibición de fraccionamiento se refiere a contrataciones que han sido programadas en su debida oportunidad en el Plan Anual de la Entidad; en ese sentido si la Entidad ha programado en el presente ejercicio, contrataciones que por su naturaleza o por otras razones no revisten el carácter de ser programables, éstas no pueden ser realizadas al margen de lo establecido en su PAAC, sin perjuicio que la Entidad evalúe la posibilidad de realizar las modificaciones correspondientes al PAAC en función de las necesidades reales que se presenten, para proceder a contratar en el momento que se presente la necesidad y siguiendo el procedimiento que corresponde a la naturaleza del requerimiento y al monto que represente OPINION Nº /GTN “…SE CONFIGURARA CUANDO LA ENTIDAD, TENIENDO LA POSIBILIDAD DE PREVER SUS NECESIDADES Y, EN CONSECUENCIA, PROGRAMARLAS, DETERMINA EN FORMA DELIBERADA LA REALIZACION DE VARIOS PROCESOS MENORES EN LUGAR DE UNO MAYOR”. 65

66 PARA DETERMINAR EL PROCESO DE SELECCIÓN
Rglto. Art. 19º ¿QUÈ ES OBJETO PRINCIPAL DE CONTRATACION? Se determina en función de la PRESTACION 1 SE CONSIDERA EL OBJETO PRINCIPAL DE LA CONTRATACION y EL VALOR REFERENCIAL Ejecución de la Obra Consultoría Servicio Entrega del bien En el caso de contrataciones que involucren un conjunto de PRESTACIONES 2 SERA El Objeto Principal LA PRESTACION de mayor incidencia porcentual 3 Bienes y Servicio : Que se requieren como complementarios entre si, se consideran incluidos en la adquisición o contratación objeto del contrato 66 66

67 PROCESO DE SELECCIÓN SEGÚN RELACION DE ITEMS
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68 PROCESO DE SELECCIÓN SEGÚN RELACIÓN DE ITEMS
Rglto Art. 19° Teniendo en cuenta Viabilidad Administrativa de la vinculación Económica Técnica y/o PODRA Convocar un sólo PS La Adquisición o Contratación de Bienes Servicios Obras Distintas pero vinculados entre si. Cada Item: Proceso menor del principal. Reglas aplicables a cada item: Las reglas del principal (Presenta excepciones) Valor Referencial> El VR del Conjunto se determinara en funciona la sumatoria de los VR de cada uno de los Items. Las Bases deben considerar el VR de cada Item y del Proceso de Selección (Rglto. Art. 13`) 68 68

69 PROCESOS DE SELECCION POR PAQUETES
Art. 19º La Entidad agrupa, en el objeto del proceso, la contratación de varios bienes o servicios DE IGUAL O DISTINTA CLASE DEBE CONSIDERAR QUE LA CONTRATACION CONJUNTA ES MAS EFICIENTE QUE EFECTUAR CONTRATACIONES SEPARADAS DE DICHOS BIENES O SERVICIOS * Del Estudio de las posibilidades que ofrece el mercado se desprende esta decisión. Sin embargo debe acreditarse la pluralidad de marcas y proveedores con capacidad de ofrecer la totalidad de los bienes que conforman los paquetes (Pron: /DTN) CONTRATACION POR PAQUETES DE ESTUDIOS DE PREINVERSION Y EXPEDIENTE TECNICO Las Entidades preferentemente deben contratar por paquetes la elaboración de estudios de preinversión (perfil, prefactibilidad y factibilidad) así como la elaboración del Exp. Técnico y/o estudio definitivo, debiendo preverse en los términos de referencia que los resultados de cada nivel de estudio sean considerados en los niveles respectivos. El Área Usuaria en coordinación con el OECE sustentarán la convocatoria por paquetes o en forma separada.

70 LAS ENTIDADES CONTRATARAN PREFERENTEMENTE POR PAQUETES
Art. 19º Según corresponda, la elaboración de los Estudios de Preinversión y del Expediente Técnico: A Nivel Perfil, A Nivel Prefactibilidad y A Nivel factibilidad, En cuyo caso debe preverse en los Términos de Referencia que los resultados de cada nivel de estudio sean considerados en los niveles siguientes. SUSTENTACION Para la contratación de Estudios de Preinversión y Elaboración de Expediente Técnico y/o Estudio definitivo, EL AREA USUARIA Y EL OECE SUSTENTARÁ la convocatoria de los procesos de selección cuando tenga que realizarse por paquete, o en forma separada. 70

71 INICIO Y CULMINACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Rglto Art.22° Con la convocatoria Culmina Se inicia Suscripción del Contrato o perfeccionamiento. Cancelación Ley Art. 34° - Rglto 22° Se deja sin efecto otorgamiento de la Buena Pro por causa imputable a la Entidad. No se suscriba el contrato Art. 137º Art. 22 Art. 140º 71 71

72 CANCELACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Ley Art. 34º Rgto. Art. 79º Resolución o Acuerdo sustentado del mismo o superior nivel de aquél que dio inicio al expediente de contratación o adquisición En cualquier estado del proceso hasta antes del Otorgamiento de la Buena Pro. CAUSALES Fuerza mayor o caso fortuito Cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar Presupuesto asignado se destina a otros propósitos de emergencia. 2) LA ENTIDAD COMUNICA Registra la Resolución en el SEACE en el mismo plazo Por escrito dentro del día siguiente 1) Al Comité Especial A todos los participantes Al correo electrónico REINTEGRO : Dentro de 5 días Formalización: Resolución o Acuerdo del mismo o superior nivel de aquel que dio inicio al Expediente de Contratación 72 72

73 PRÓRROGAS Ó POSTERGACIONES
Ley Art. 30º - Rgto. Art. 26° Debe registrarse en el SEACE modificando el cronograma original El Comité Especial comunica a postores En la Sede de la Entidad; o Al correo electrónico. Podrán ser Prorrogadas o Postergadas Las Etapas y los Actos del Proceso de Selección Debe mediar causas debidamente justificadas Debe remitirse un Informe al Titular de la Entidad explicando el motivo de la prorroga o postergación PRÓRROGA : Se extiende la etapa POSTERGACIÓN: Se desplaza la etapa BUENA PRO: No debe exceder de 10 días hábiles, contados desde la fecha prevista en el Calendario para otorgar la Buena Pro. 73 73

74 PLAZOS GENERALES PARA PROCESOS DE SELECCION
PLAZO ENTRE CONVOCATORIA Y PRESENTACION DE PROPUESTAS Licitaciones y Concursos Públicos 22 días hábiles, computados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el SEACE EN ADD Mediaran no menos de 10 días hábiles En AMC BIENES Y SERVICIOS Existirá un plazo no menor 2 días hábiles AMC CONSULTORIA Y OBRAS Deberá mediar un plazo no menor de 6 hábiles PLAZO ENTRE BASES INTEGRADAS Y PRESENTACION DE PROPUESTAS LP Y CP No debe mediar menos de 5 días hábiles computados a partir del día siguiente de la publicación de las Bases Integradas en el SEACE AADD Tres (3) días hábiles AMC CONSULTORIA Y OBRAS No menos de seis (6) días hábiles AMC DERIVADAS DE LP, CP Y AADD ( B y S) DESIERTAS El plazo será no menor de seis (6) días AMC DERIVADAS DE LP, CP Y AADD (C y Obras) DESIERTAS No menor de ocho (8) días hábiles

75 REGIMEN DE NOTIFICACIONES PREVALECE NOTIFICACION A TRAVES DEL SEACE
Rgto. Art. 25º SEACE Todos los actos realizados durante los procesos de selección se entenderán notificados el mismo día de su publicación en el SEACE CORREO ELECTRONICO A SOLICITUD del participante, en adición a la efectuada a través del SEACE, se le notificará personalmente en la sede de la Entidad o a la dirección del correo electrónico que consigna al momento de registrarse como participantes PREVALECE NOTIFICACION A TRAVES DEL SEACE PREVALECDE sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE

76 DE LAS BASES 76

77 APROBACION DE LAS BASES
Ley Art. 26º - Rglto. Art. 35º FORMA DE APROBACION: Mediante Resolución Acuerdo o Algún documento que exprese de manera indubitable la voluntad de aprobación Titular de la Entidad o por quien hubiere delegado VISACION Los originales deberán estar visados en todas sus paginas por el Comité Especial o el OECE PREPUBLICACION DE LAS BASES APROBADAS PODRAN Y EN ELSEACE EL PORTAL INSTITUCIONAL DE LA ENTIDAD 77

78 CONTENIDO MINIMO DE LAS BASES
Ley Art. 26° Rgto Art. 39° 1) Se elabora: De acuerdo a las Bases Estandarizadas y al Expediente de Contratación (Información Técnica Económica) 2) Condiciones mínimas a que se refiere el Art. 26º de la Ley 3) EN OBRAS Debe consignarse el Monto máximo admisible 110% EJECUCION Y CONSULTORIA DE OBRAS Monto mínimo 90% 4) AMC B y S: a), b),d), e), f), g), i) y k) del Art. 26º de la Ley Mecanismo que fomente la mayor… Esp. Técnica… Garantía… Publicidad… Sistema… Calendario… Método de Evaluación… Pro forma del contrato Fórmula de reajuste… Financiamiento (Endeud) Confidencialidad DEBE CONSIGNARSE LA FECHA DE APROBACION DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACION Los limites del VR se calcula considerando 2 decimales. Si el límite inferior tiene más de 2 decimales, se aumentará en un dígito del valor del segundo decimal. 78 78

79 SISTEMA DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES Rgto Art. 40°
SUMA ALZADA Es aplicable cuando están definidas: Las cantidades Magnitudes y Calidades EN Las Especificaciones Técnicas Términos de Referencia En los Planos y Especificaciones Técnicas en el caso de OBRAS PRECIOS UNITARIOS, TARIFAS O PORCENTAJES Es aplicable cuando la naturaleza de la prestación no permite conocer con exactitud o precisión las cantidades o magnitudes requeridas PROPUESTA Se oferta precios unitarios, tarifas o porcentajes En función de partidas o cantidades referenciales contenidas en las Bases y Se valorizan en relación a su ejecución real y Por un determinado plazo de ejecución. PROPUESTA OBRAS: Planos Esp. Tec. Memoria Descriptiva Presupuesto de Obra En este orden de prelación Desagregado es referencial 79 79

80 SUMA ALZADA Y PRECIOS UNITARIOS MIXTO
Al que podrán optar las Entidades (se elimina excepcionalmente) si en el Expediente Técnico uno o varios componentes técnicos corresponden a magnitudes y cantidades no definidas con precisión, los que podrán ser contratados cuyas cantidades y magnitudes estén totalmente definidas en el Expediente Técnico, serán contratados bajo el sistema alzada. 80

81 MODALIDADES DE EJECUCION CONTRACTUAL
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82 MODALIDADES DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Rgto. Art. 41º Cuando se trate de obras, las Bases INDICARAN la modalidad en que se realizará la ejecución del contrato, pudiendo ser: Llave en mano: Obras: La Construcción, Equipamiento y Montaje hasta la PUESTA EN SERVICIO. De ser el caso puede ofertar la elaboración del Expediente Técnico. Bienes: Instalación y puesta en funcionamiento Concurso oferta: Sólo se aplican a obras a suma alzada y Licitación Pública. Oferta el expediente técnico La ejecución de la obra y El terreno de ser el caso PARA INICIAR LA EJECUCION DE LA OBRA ES REQUISITO PREVIO LA PRESENTACION Y APROBACION DEL EXPEDIENTE TECNICO POR EL INTEGRO DE LA OBRA Cuando deba elaborarse el Expediente Técnico y efectuarse la ejecución de la obra, el postor deberá acreditar su condición de ejecutor de obras y consultor en el RNP 82 82

83 CONTENIDO DE LOS SOBRES DE PROPUESTA Documentación obligatoria
Art. 42º PROPUESTA TECNICA Documentación obligatoria Copia simple del Certificado o Constancia de Inscripción (RNP) Declaración Jurada de: a. No tiene impedimentos b. Conoce, acepta y se somete a las Bases c. Responsable de la veracidad d. Compromiso de mantener su oferta e. Conoce las sanciones Declaración Jurada y/o documentación que acredite el RTM Promesa Formal de Consorcio Documentación Facultativa Certificado inscripción MYPE Documentos relativos a Factores de Evaluación PROPUESTA ECONOMICA Oferta Económica Detalle de precios unitarios cuando el sistema sea este Garantía de Seriedad de Oferta cuando corresponda 83

84 CONTENIDO Y REQUISITOS DE LA PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
Rgto. Art. 42º Integrantes Representante común para el PS; para la Suscripción y ejecución contractual Domicilio Común Porcentaje de Participación Las Bases pueden establecer las Obligaciones de cada uno La Promesa establecerá las obligaciones si las bases no lo establecen; si no se consigna se presumirá que todos ejecutan el objeto de convocatoria Todos cumplirán los requisitos establecidos por las Bases 84

85 GARANTIA DE SERIEDAD DE OFERTA
Ver Ley Nº Modifica Art. 14º de la Ley de Presupuesto PROCESOS DE SELECCIÓN Licitación Pública Concurso Público Adjudicación Directa EN AMC Y SEGÚN RELACION DE ITEMS MONTO DE LA GARANTIA Será establecida por las Bases En ningún caso será menor del 1% ni mayor al 2% del VR Bastará que el postor presente una Declaración Jurada comprometiéndose a mantener su oferta VIGENCIA: No podrá ser menor a dos (2) meses, computados a partir del día siguiente a la presentación de propuestas 85

86 Las Bases deben especificar
METODO DE EVALUACION DE PROPUESTAS Rglto. Art. 43º (DS Nº EF ) Las Bases deben especificar Los Factores de Evaluación precisando los criterios que se emplearan para su aplicación Los Puntajes La forma de asignación del puntaje La documentación sustentatoria de estos EL COMITÉ ESPECIAL DETERMINARA LOS FACTORES, LOS QUE DEBEN SER Objetivos y congruentes con el objeto de convocatoria Deben sujetarse a criterios de razonabilidad y proporcionalidad Se puede calificar aquello que supere o mejore el requerimiento mínimo, siempre que no desnaturalice el requerimiento efectuado

87 EL FACTOR DE EVALUACION ECONOMICA EN PROCESOS DE SELECCIÓN ES
EN CONVENIOS MARCO ES FACULTATIVA LA UTILIZACION DE FACTORES DE EVALUACION EL EXPEDIENTE DE CONTRATACION DEBE ESTABLECER ESTE ASPECTO. EL FACTOR DE EVALUACION ECONOMICA EN PROCESOS DE SELECCIÓN ES UNICAMENTE ES EL MONTO TOTAL DE LA OFERTA

88 NULIDAD DE OFICIO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Ley Art. 56°/Rglto Art. 22º SOLO: Hasta antes de la celebración del contrato. 2. DESPUÉS de celebrado el contrato: * Por efectos del Art. 9 de la Ley. * Por infracción al principio de presunción de veracidad Facultad Indelegable El Titular de la Entidad podrá declararlo de Oficio. CAUSALES ACTOS Dictados por Órgano incompetente. Contravengan normas legales. Contengan imposibles jurídicos. Prescindan de las normas esenciales del Procedimiento. Prescindan de la forma aplicable. La Resolución deberá expresar la etapa a la que se retrotraerá el proceso 88 88

89 ESPECIFICACION DEL CONTENIDO DE LOS SOBRES DE PROPUESTA
89

90 PROPUESTA TECNICA – DOCUMENTOS OBLIGATORIOS
Art. 42º Registro Nacional de Proveedores DEC LARACION JURADA: Conoce, acepta y se somete a las Bases y condiciones del proceso No tiene impedimento Responsable de veracidad documentaria Compromiso de mantener su oferta y suscribir contrato Conoce sanciones contenidas en la Ley y Rgto. y Ley 27444 DECLARACION JURADA Y/O DOCUMENTO QUE ACREDITE EL CUMPLIMIENTO DEL RTM PROMESA FORMAL DE CONSORCIO Integrantes Representante Común Domicilio Común Porcentaje de Participación OBLIGACIONES: Se presume que los integrantes las ejecutan en conjunto, salvo que las Bases o en la Promesa Formal se establezca las obligaciones que les corresponde. FACULTA DEL REPRESENTANTE: Se presume que actúa en nombre y representación del consorcio en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción del contrato y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades. 90

91 DOCUMENTACION FACULTATIVA
Certificado de Inscripción o reinscripción en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso Documentos relativos a los factores de evaluación de así considerarlo el postor. PROPUESTA ECONOMICA Oferta Económica Detalle de Precios Unitarios cuando este sistema haya sido considerado en bases GARANTIA DE SERIEDAD DE OFERTA, cuando corresponda. En ningún caso será menor al 1% ni mayor al 2% del VR. En AMC: basta que el postor presente declaración jurada donde se compromete a mantener vigente su oferta Vigencia de la Garantía: No menor a dos (2) meses 91

92 DEL REQUERIMIENTO TECNICO MINIMO
92

93 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS Rgto. Art. 61°
Las características técnicas Normas reglamentarias Cualquier otro requerimiento establecido como tal en las Bases En las disposiciones legales que regulan el objeto materia de Adquisición o Contratación y PARA QUE UNA PROPUESTA SEA ADMITIDA Deberá incluir, cumplir y en su caso, acreditar La documentación de presentación obligatoria Los Requerimientos Ttécnicos Mínimos y En Obras El plazo será el indicado en el Expediente Técnico Constituye un requerimiento técnico de obligatorio cumplimiento 93 93

94 FACTORES DE EVALUACION
SE DEBE PRECISAR Los Criterios para ser aplicados Los Puntajes La forma de asignación Documentación sustentatoria DEBEN SER Objetivos y Congruentes Con el objeto de convocatoria DEBEN SUJETARSE A CRITERIOS DE Racionalidad y Proporcionalidad 94

95 FACTORES DE EVALUACION EN BIENES

96 * Mejoras a las características técnicas
FACTORES DE EVALUACIÓN PARA ADQUISICIÓN DE BIENES Rglto.Art. 44° SEGÚN CORRESPONDA Al tipo del bien Su naturaleza Su finalidad Su funcionalidad, y; La necesidad de la Entidad Pueden ser EL plazo de entrega La Garantía Comercial del Postor y/o Fabricante Disponibilidad servicios o repuestos Capacitación de personal de la Entidad si fuera necesario * Mejoras a las características técnicas Bases Costo adicional Experiencia de Postor Monto acumulado 5 veces el VR Monto facturado por 8 años ACREDITACION Máximo 20 contrataciones Contratos y conformidad O Comprobantes de pago con cancelación documental y fehaciente 96 96

97 Debe establecerse el puntaje mínimo que se debe alcanzar para acceder a la evaluación de la
PROPUESTA ECONÓMICA El factor de evaluación será En su caso El Monto total de la oferta El monto total de cada Item, paquete o lote y Paquete: Conjunto de bienes o servicios de una misma o distinta clase Lote : Conjunto de bienes del mismo tipo *MEJORAS; a las características técnicas de los bienes y a las condiciones previstas en las Bases, que no generen costo adicional para la Entidad. Las Bases deberán precisar aquellos aspectos que serán considerados como mejoras. 97 97

98 FACTORES DE EVALUACION EN SERVICIOS EN GENERAL

99 FACTORES DE EVALUACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS EN GENERAL
Rglto.Art. 45° Según corresponda Al tipo del servicio Su naturaleza Su finalidad Su funcionalidad y La necesidad de la Entidad FACTOR EXPERIENCIA Servicios en la Actividad En la Especialidad Monto Facturado acumulado Hasta ocho (8) años Máximo Acumulado 5 veces el VR Comprobante de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente Contratos y Conformidad de la Prestación ACREDITACION SIMILARES: Las Bases deben señalar los servicios, iguales y/o similares 99 99

100 OTROS FACTORES REFERIDOS AL OBJETO DE CONVOCATORIA Equipamiento
ADICIONALMENTE, PODRÁ CONSIDERARSE LOS SIGUIENTES FACTORES, SEGÚN CORRESPONSA AL TIPO DEL SERVICIO, SU NATURALEZA, FINALIDAD Y NECESIDAD DE LA ENTIDAD CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO Que se evalúa en función de Certificados o Constancias. Que acredite que efectuó los servicios sin penalidades. No pueden mas de 10 servicios . PERSONAL PROPUESTO Se acreditará con constancias o certificados. Si es persona natural el postor, su experiencia como tal acreditará también como personal propuesto. MEJORAS A CONDICIONES PREVISTAS Las Bases deben precisar los aspectos que serán considerados como mejoras. OTROS FACTORES REFERIDOS AL OBJETO DE CONVOCATORIA Equipamiento Infraestructura 100

101 FACTORES DE EVALUACION EN CONSULTORIA

102 ESPECIFICA DEL GASTO CONTRATACION DE SERVICIOS Y DE CONSULTORIA
Ley Nº – de Presupuesto “ Contratación de Servicios y de Consultoria tales como prestaciones de empresas de servicios, compañias de seguros y contratos de arrendamiento no financieros, así como investigaciones, proyectos, estudios, diseños, supervisiones, inspecciones, gertencias, gestiones, auditorias y asesorias y peritjes ESPECIFICA DEL GASTO 33. SERVICIOS DE CONSULTORIA Gastos por contratos con personas naturales y jurídicas, prestadoras de servicios de consultorias, tales como: auditorias, investigaciones, proyectos, estudios, diseños, supervisiones, inspecciones, gestiones y asesorias.

103 SERVICIOS NO PERSONALES
“Gastos por los egresos por la contratacion de servicios profesionales o técnicos en determinadas materias o labores, no consiederados en la Especifica del Gasto 33. Servicios de Consultorias y 39. Otros Serivicios de terceros, cuyo vinculo contractual se encuentra regulado por la legislacion civil

104 FACTORES DE EVALUACION PARA LA CONTRATACION DE SERVICIOS DE CONSULTORIA
Rgto. Art. 46º I. EXPERIENCIA II EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROPUESTO IV III. OBJETO DE LA CONVOCATORIA MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS Plan de Trabajo Metodología Equipamiento e Infraestructura V ADICIONALMENTE: PUEDE CONSIDERARSE “EL CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO POR EL POSTOR” 104 104

105 MARGENES DE PUNTAJE PARA LOS FACTORES DE EVALUACION EN CONSULTORIA
DE 20 A 25 PUNTOS Experiencia en la Actividad Experiencia en la Especialidad Cumplimiento del Servicio – si se incluyó DE 30 A 35 PUNTOS PERSONAL PROPUESTO PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE 15 A 20 PUNTOS LAS MEJORAS DE 25 A 30 PUNTO OBJETO DE CONVOCATORIA

106 FACTORES DE EVALUAC ION
EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD Monto facturado durante un periodo de hasta 15 años Monto acumulado: 5 veces el Valor Referencial ACREDITACION: Mediante contratos y su respectiva conformidad o; Comprobantes de Pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente Máximo diez (10) servicios prestados a uno o más clientes, sin establecer limitaciones por el monto o el tiempo del servicio ejecutado Monto facturado durante periodo de hasta 10 años Monto acumulado 2 veces el Valor Referencial ACREDITACION: Contratos y su respectiva conformidad; o Comprobantes de Pago con máximo de 10 servicios En las Bases se señalara los servicios cuya prestación servirá para acreditar la experiencia del postor EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROPUESTO El tiempo de experiencia en la especialidad y las calificaciones del personal se acreditará con constancias y certificados Las Bases establecerán los requisitos de conformación y permanencia del personal propuesto MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS Las Bases deben precisar las Mejoras OBJETO DE CONVOCATORIA Se calificará: Plan de trabajo Metodologia Equipamiento e infraestructura Siempre que se cumpla con el art. 43º Adicionalmente se podrá considerar como factor de evaluación el cumplimiento del servicio por el postor con el numero de certificados que presente; máximo 10 servicios

107 FACTORES DE EVALUACION EN OBRAS

108 FACTORES DE EVALUACION PARA LA CONTRATACION DE OBRAS
Art. 47º EN LP Y ADP Experiencia últimos 10 años; 5 veces VR Experiencia en Obras Similares últimos 10 años equivalente al VR Valor mínimo de cada obra 15% del VR Experiencia y calificaciones del personal propuesto, las que serán establecidas en forma objetiva en las Bases, las cuales establecerán los requisitos de conformación y permanencia del personal profesional propuesto. Cumplimiento de ejecución de obras, en función al número de certificados o constancias que acrediten que aquella efectuó y liquidó sin que se hayan incurrido en penalidades, no pudiendo ser mayor de 10 contratos de obras en general y/o similares. Estos certificados o constancias deben referirse a las obras que se presentaron para acreditar la experiencia del postor. EN AD SELECTIVAS Y AMC No se establecen factores técnicos de Evaluación Solo se evalúa la P. Económica Previamente se establece que cumpla con el Exp. Técnico LA EXPERIENCIA se acreditará con copias simples de contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad. En los contratos bajo las modalidades por el alcance del contrato, las Bases incluirán, además, factores que permitan evaluar la calidad de soluciones técnicas de diseño, de equipamiento o similares ofertadas por el postor 108

109 ACREDITACION DEL FACTOR EXPERIENCIA EN CONSORCIOS
Rglto. Art. 48º EL CONSORCIO PODRA ACREDITAR COMO EXPERIENCIA LA SUMATORIA DE LOS MONTOS FACTURADOS DE AQUELLOS INTEGRANTES QUE SE HUBIERAN COMPROMETIDO A EJECUTAR CONJUNTAMENTE EL OBJETO DE CONVOCATORIA

110 PROPUESTAS DE POSTORES
PROCESOS DE SELECCIÓN EN EL AMBITO DE LA LEY DE PROMOCION DE LA INVERSION EN LA AMAZONIA LEY Nº 27037 VALOR REFERENCIAL Es Único Incluye todos los conceptos Incluye IGV Se determina en base a los Estudios de posibilidades PROPUESTAS DE POSTORES POSTOR QUE GOZA DE EXONERACION FORMULA PROPUESTA ECONOMICA Con todos los conceptos MENOS IGV EJECUCION Y CONSULTORIA OBRAS: La aplicación del Art. 33º de la Ley se verifica excluyendo IGV El cumplimiento de lo señalado constituye requisito de admisibilidad de la propuesta POSTOR QUE NO GOZA DE EXONERACION FORMULA PROPUESTA ECONOMICA Con todos los conceptos MAS IGV EJECUCION Y CONSULTORIA OBRAS: La aplicación del Art. 33º de la Ley se verifica excluyendo IGV El cumplimiento de lo señalado constituye requisito de admisibilidad de la propuesta La Evaluación económica de las propuestas se efectuará comparando los montos de las ofertas formuladas de acuerdo a la propuesta de ambos postores

111 FORMULAS DE REAJUSTE

112 ELEMENTOS A CONSIDERAR PARA EL REAJUSTE
FORMULAS DE REAJUSTE EN CONTRATOS DE TRACTO SUSCESIVO O DE EJECUCION PERIODICA O CONTINUADA ELEMENTOS A CONSIDERAR PARA EL REAJUSTE CUANDO EL CONTRATO ESTE PACTADO EN MONEDA NACIONAL LAS BASES PUEDEN CONSIDERAR FORMULAS DE REAJUSTE EL REAJUSTE DEBE SER CONFORME A LA VARIACION DEL INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR QUE ESTABLECE EL INEI Si los Bienes están sujetos a Cotización Internacional o el precio está influido por este, NO SE APLICA LA LIMITACION DEL INDICE DE PRECIOS

113 FORMULAS DE REAJUSTE EN CONTRATOS DE OBRA
Deben estar pactados en Moneda Nacional* Las Valorizaciones que se efectúen a precios originales del contrato y sus ampliaciones serán ajustadas multiplicándoles por el respectivo coeficiente de reajuste “K” que se obtenga de aplicar en la fórmula o fórmulas polinómicas, los Indices Unificados de Precios de la Construcción que publica el INE, correspondiente al mes en que debe ser pagada la valorización. TANTO LA ELABORACIÓN COMO LA APLICACIÓN DE LAS FÓRMULAS POLINÓMICAS SE SUJETAN A LO DISPUESTO EN EL DS Nº VC MODIF, AMPLIA Y COMPLEMENTARIAS.

114 REAJUSTE EN CONTRATOS DE CONSULTORIA DE OBRAS
EL CONSULTOR CALCULARÁ Y CONSIGNARÁ EN SUS FACTURAS EL MONTO RESULTANTE DE LA APLICACIÓN DE DICHAS FORMULAS LAS VARIACIONES DE DICHAS FORMULAS SERÁN MENSUALES HASTA LA FECHA DE PAGO PREVISTA EN EL CONTRATO, UTILIZANDO LAS INDICES DE PRECIOS AL CONSUMIDOR - INEI DEBEN ESTAR PREVISTAS EN LAS BASES SE APLICAN LAS FORMULAS MONOMICAS O POLINOMICAS

115 ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Rgto. Art. 22º EN LICITACIONES Y CONCURSOS Convocatoria Registro de Participantes Formulación y absolución de consultas Formulación y absolución de observaciones Integración de las Bases Presentación de Propuestas Calificación y Evaluación de Propuestas Otorgamiento de la Buena Pro. EN AADD Y AMC PARA OBRAS Y CONSULTORIA DE OBRAS Convocatoria Registro de Participantes Formulación y absolución de consultas y Observaciones Integración de las Bases Presentación de Propuestas Calificación y Evaluación de Propuestas Otorgamiento de la Buena Pro. AMC BIENES Y SERVICIOS Convocatoria Registro de Participantes Presentación de Propuestas Calificación y Evaluación de Propuestas Otorgamiento de la Buena Pro. 115

116 COMPUTO DEL PLAZO EN PROCESOS DE SELECCIÓN
Rgto. Art. 23º Desde la Convocatoria hasta la suscripción del contrato se computan por días hábiles Son días inhábiles los días sábado, domingo y feriados no laborables, y los declarados por el Poder Ejecutivo o autoridades competentes El plazo excluye el día inicial e incluye el día de vencimiento, salvo disposición distinta establecida en el Reglamento

117 DESARROLLO DE LAS ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCION

118 REQUISITO OBLIGATORIO PARA CONVOCAR
CONVOCATORIA REQUISITO OBLIGATORIO PARA CONVOCAR Que el Proceso de Selección este incluido en el Plan Anual Que cuente con Expediente de Contratación aprobado Que se cuente con Bases debidamente aprobadas, salvo excepción establecida por el Reglamento.

119 CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA
Rgto. Art. 50º Identificación; Domicilio y RUC de la Entidad Proceso de Selección Modalidad de Selección de ser el caso Descripción básica del objeto Valor Referencial Lugar y Forma de Registro Costo del Derecho de Participación El Calendario del Proceso El Plazo de Entrega requerido o de ejecución del contrato De ser el caso, la indicación de los Instrumentos Internacionales bajo cuyos alcances se encuentra cubierto el proceso de selección. El OSCE incluirá en el SEACE la información

120 CONTENIDO DEL RESUMEN EJECUTIVO
PUBLICACION DE LA CONVOCATORIA EN EL SEACE Rgto Art. 51º EN LP, CP Y AADD Se convoca a través del SEACE. Se publica las Bases y el Resumen Ejecutivo del estudio de las posibilidades que ofrece el Mercado MINISTERIO DE TRABAJO Lo difunde a las Micro y Pequeñas Empresas OTRO MEDIOS Las Entidades pueden usar otros medios para que los proveedores tomen conocimiento AMC A través del SEACE, se incluye Bases Sin perjuicio de ello se invita a 1 o mas proveedores, bajo sanción de nulidad CONTENIDO DEL RESUMEN EJECUTIVO Las fuentes empleadas a fin de determinar el valor referencial del proceso de selección, debiéndose tener en cuenta que debe existir como mínimo dos (2) fuentes distintas. Dichas fuentes estar referidas al requerimiento realizado por el área usuaria de la Entidad. Cabe señalar, que las cotizaciones, sin importar su número, constituyen una sola fuente. En el caso que exista la imposibilidad de consultar deberá fundamentarse tal situación en el resumen ejecutivo. 2. Los criterios, el procedimiento y/o metodología utilizados a partir de las fuentes previamente identificadas, con la finalidad de determinar el valor referencial del proceso de selección. 3. El Valor Referencial del proceso de selección así como su antigüedad 4. Información adicional que, de ser el caso, resulte relevante en el estudio realizado por la Entidad

121 REGISTRO DE PARTICIPANTES
Rgto. Art. 52º REQUISITOS PARA REGISTRARSE ACREDITAR ESTAR CON INSCRIPCION VIGENTE EN EL RNP CONFORME AL OBJETO CONTRACTUAL QUE NO SE ENCUENTRE INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO EFECTUAR UN PAGO POR DERECHO DE REGISTRO EN AMC EL REGISTRO ES GRATUITO OPORTUNIDAD DEL REGISTRO DESDE EL DIA SIGUIENTE DE LA CONVOCATORIA Y HASTA UN (1) DÍA HABIL DESPUES DE HABER QUEDADO INTEGRADAS LAS BASES. EN CASO DE CONSORCIOS BASTARA QUE SE REGISTRE UNO (1) DE SUS INTEGRANTES

122 DE LAS CONSULTAS

123 ETAPA DE OBSERVACIONES
Rglto. Art. 56º, 57º, 58º,

124 REQUISITOS PARA FORMULAR OBSERVACIONES
La Observación debe versar sobre: El Incumplimiento de las condiciones mínimas a que se refiere el Art. 26º de las Bases Incumplimiento de cualquier disposición en materia de contratación del Estado Incumplimiento de otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección Se observa las Bases por escrito debidamente fundamentado

125 LA ABSOLUCION ES FUNDAMENTADA Y SUSTENTADA DE LA SIGUIENTE MANERA
SE ACOGE LA OBSERVACION SE ACOGE PARCIALMENTE LA OBSERVACION NO SE ACOGE LA OBSERVACION NOTIFICACION DEL PLIEGO ABSOLUTORIO SE NOTIFICA A TRAVES DEL SEACE MEDIANTE PLIEGO ABSOLUTORIO QUE DEBERA CONTENER LA IDENTIFICACION DE CADA OBSERVANTE Y LA RESPEUSTA

126 ELEVACION DE OBSERVACIONES
Rgto. Art. 58º PLAZO PARA SOLICITAR 3 días hábiles desde el día siguiente de la notificación del pliego absolutorio vía SEACE Cuando no sea acogida la observación formulada Cuando el PARTICIPANTE considere que el acogimiento continua siendo contrario a lo dispuesto por el Art. 26º de la Ley Cuando el observante considere que el acogimiento continua siendo contrario a cualquier otra disposición sobre contrataciones, complementarias o conexas TASA PARA EL PAGO: El Pliego de Absolución de Observaciones el Comité debe incluir el requerimiento de pago de la tasa por concepto de remisión de actuados al OSCE; cuando el VR del proceso es igual o mayor a 300 UIT. PLAZO DE REMISION: Se remite las Bases y los actuados del proceso a más tardar al día siguiente de solicitada la elevación por el participante.

127 PRESENTACION DE PROPUESTAS

128 PRESENTACION DE DOCUMENTOS
Rgto. Art. 62º EN IDIOMA CASTELLANO O ACOMPAÑADOS DE TRADUCCION DOCUMENTOS CON INFORMACION REFERIDA A LOS REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN DE PROPUESTAS Y FACTORES DE EVALUACION. EN SU IDIOMA ORIGINAL Folletos, instructivos, catálogos o similares CON LEGALIZACION CONSULAR Cuando se exija documentos que sean emitidos por autoridad publica en el extranjero. En principio se admite copia simple; posteriormente y antes de la suscripción del contrato el documento con la legalización

129 FORMA DE PRESENTACION Y ALCANCE DE LAS PROPUESTAS
Rgto. Art. 63º (DS Nº EF) SE PRESENTAN EN DOS SOBRES PROPUESTA TECNICA PROPUESTA ECONOMICA Se presenta en original y en el Nº de copias que no exceda de la cantidad de miembros Solo en original EN CONVENIO MARCO SE PUEDE PREVER QUE LOS PROVEEDORES PRESENTAN MAS DE UNA PROPUESTA SI LAS BASES LO HAN PREVISTO Rgto. Art. 99º SE PUEDE PRESENTAR MAS DE UNA PROPUESTA POR CADA ITEM DE ACUERDO CON LA DIRECTIVA DE CONVENIO MARCO

130 PROPUESTAS EN HOJAS SIMPLES
FORMULARIOS O FORMATOS *Se llenan por cualquier medio, incluyendo el manual Sello Rubrica del postor o representante legal o su mandatario SI SE REDACTAN POR MEDIOS MECANICOS O ELECTRONICOS: Sello Rubrica Foliada convenientemente a partir de uno PROPUESTA ECONOMICA FORMA Monto Total de la Propuesta económica y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales Los Precios Unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales TODOS LOS CONCEPTOS; EXCEPTO LA DE AQUELLOS POSTORES CON EXONERACION

131 LOS CONSORCIOS NO PUEDEN PRESENTAR PROPUESTAS INDIVIDUALES NI CONFORMAR MAS DE UN CONSORCIO EN UN PROCESO DE SELECCION TAMPOCO PUEDEN PRESENTAR PROPUESTAS PARA UN SOLO ITEM EN PROCESOS SEGÚN RELACION DE ITEMS

132 ACTO PUBLICO DE PRESENTACION DE PROPUESTAS
Rgto. Art. 66 SE INICIA Con el llamado a los participantes en el orden en que se registraron, a fin que entreguen sus propuestas PARTICIPANTE AUSENTE Se le tiene por DESISTIDO COMPROBACION DE LOS DOCUMENTOS Si no se presento los documentos exigidos por las Bases, Ley y Rgto, se devuelve la Propuesta teniéndola POR NO PRESENTADA Salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotar’a tal circunstgancia en el acta y el Notario o Juez MANTENDRA la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelacion

133 SUBSANACION DE PROPUESTAS DEFECTO CORREGIBLE EN EL MISMO ACTO
Rglto. Art. 68º ERRORES U OMISIONES SUBSANABLES Si existieran defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, el Comité OTORGARA un plazo entre uno (1) o dos (2) días, desde el día siguiente de la notificación de los mismos DEFECTO CORREGIBLE EN EL MISMO ACTO Si el error u omisión es subsanable y puede corregirse en el mismo acto, el Comité autoriza tal corrección NO CABE SUBSANACION Cuando afecta o modifica el alcance de la Propuesta Técnica; No cabe subsanación por errores en al PROPUESTA ECONOMICA.

134 OPORTUNIDAD DE CALIFICACION
Rgto. Art. 69º (D.S Nº EF) Las Bases deben definir un método de calificación y evaluación de propuestas Se puede establecer que la Buena Pro se otorgue en Acto Separado Se aplicarán cuando corresponda los Artículos 70º y 71º del Reglamento A QUE SE SUJETA LA CALIFICACION DE PROPUESTAS LA CALIFICACION DE PROPUESTAS SE SUJETA EXCLUSIVAMENTE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE ADMISIÓN ESTABLECIDOS EN LAS BASES, DE ACUERDO A LO QUE SEÑALE EL RESPECTIVO EXPEDIENTE DE CONTRATACION

135 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
135

136 SOLUCION EN CASO DE EMPATE
Rgto. Art. 73º SE OBSERVA ESTRICTAMENTE EL SIGUIENTE ORDEN EN AADD Y AMC A favor de MYPEs integradas por discapacitados o Consorcios conformados por estas empresas EN AADD Y AMC A favor de las MYPES o a los Consorcios conformados en su totalidad por éstas MEJOR PUNTAJE ECONOMICO o TECNICO A favor del postor que haya obtenido el mejor puntaje económico, en el caso de bienes u obras; O el Mejor Puntaje Técnico, tratándose de servicios. A PRORRATA Deben manifestar su voluntad Este criterio no es de aplicación para el caso de Consultoría en General, Consultoría y Ejecución de Obras SORTEO En el mismo acto 136

137 BUENA PRO A PROPUESTAS SUPERIORES AL VALOR REFERENCIAL
APLICACIÓN DEL ART. 33º DE LA LEY Se deberá contar con la asignación suficiente de créditos presupuestarios y la aprobación del Titular de la Entidad REDUCCION DE LA OFERTA El postor que hubiera obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta económica a un monto igual al VR 137

138 DISTRIBUCION DE LA BUENA PRO
Como resultado del Estudio de las posibilidades que ofrece el mercado se establece que el requerimiento no puede ser cubierto por un solo proveedor. Las Bases deben prever la posibilidad de distribuir la Buena Pro FORMA DE OTORGAR LA BUENA PRO MEJOR PUNTAJE TOTAL El Comité le otorga la Buena Pro por la cantidad ofertada EL SALDO POR RAZONES DE PROPUESTA ECONOMICA A los demás postores que le sigan en orden de prelación. Las demás propuestas no deben ser superiores al 5% de aquella del postor ganador. En caso contrario, pueden reducir su propuesta hasta adecuarse. 138

139 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Art. 77º Ocho (8) días hábiles de notificado EN AADD Y AMC: 5 días hábiles Consentido la Buena Pro el OECE asume competencia 139


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