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VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

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Presentación del tema: "VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009"— Transcripción de la presentación:

1 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN EL ÁMBITO DOCENTE MARZO 2009 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

2 LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN EL ÁMBITO DOCENTE. Contenidos.
1.- Tipos de responsabilidades. 2.- Concepto de responsabilidad penal. 3.- Concepto de responsabilidad civil. 4.- Tipos de responsabilidad civil. 5.- Responsabilidad civil de los titulares de los centros docentes. 6.- Responsabilidad patrimonial de la administración. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

3 CONCEPTO DE RESPONSABILIDAD
Según la RAE: “ Deuda, obligación de reparar y satisfacer, por sí o por otra persona, a consecuencia de un delito, de una culpa o de otra causa legal”. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

4 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
EN EL ÁMBITO JURÍDICO “Conlleva asumir las consecuencias de las acciones u omisiones y, en concreto, la obligación de reparar el daño causado, en los diferentes ámbitos juridiccionales” VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

5 TIPOS DE RESPONSABILIDADES
CIVIL PENAL DISCIPLINARIA ADMINISTRATIVA VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

6 RESPONSABILIDAD PENAL
Aquella derivada de los delitos o faltas de acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la ley. Es personal e intrasferible. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

7 TIPOS DE RESPONSABILIDADES EN EL ÁMBITO CIVIL.
CONTRACTUAL: Dimana del incumplimiento de un contrato. EXTRACONTRACTUAL. Deriva de la realización de un acto ilícito que a su vez causa daño a otra persona o a sus bienes. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

8 RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL (I)
Deriva de la aplicación del art del Código Civil: “ Las obligaciones nacen de la ley, de los contratos y cuasi contratos, y de los actos y omisiones ilícitos o en que intervenga cualquier género de culpa o negligencia” VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

9 RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL (II)
A este tipo de responsabilidad es a la que normalmente se denomina: RESPONSABILIDAD CIVIL ( por contraposición a la PENAL) VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

10 RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL (III)
En resumen, la responsabilidad civil es: Debida a la producción de un daño. Que debe ser objeto de reparación. No requiere relación jurídica entre el autor del daño y la victima. Relación de causalidad entre la actuación y el daño. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

11 TIPOS DE RESPONSABILIDAD CIVIL
POR HECHOS PROPIOS. POR HECHOS AJENOS. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

12 RESPONSABILIDAD CIVIL POR HECHOS PROPIOS. (I)
Art.1102 del Código Civil : “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado “ VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

13 RESPONSABILIDAD CIVIL POR HECHOS PROPIOS. (II)
Características: 1.- Acción u omisión dañosa. 2.- Ilicitud o antijuridicidad del anterior. 3.- Imputabilidad. 4.- Culpa o negligencia, en la inobservancia del cuidado objetivamente debido. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

14 RESPONSABILIDAD CIVIL POR HECHOS PROPIOS. (III)
Art.154 del CC. Deberes y facultades del padre y la madre: 1.-Velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral. 2.- Representarlos y administrar sus bienes. 3.- Podrán recabar el auxilio de la autoridad. (4.- Corregir razonable y moderadamente a sus hijos. DEROGADO LEY 54/2007) VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

15 RESPONSABILIDAD CIVIL POR HECHOS PROPIOS. (IV)
Art Los hijos deben: 1.-Obedecer a sus padres… y respetarles siempre. Contribuir equitativamente… al levantamiento de cargas de la familia… VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

16 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
DILIGENCIA EXIGIBLE Art … la diligencia que exija la naturaleza de la obligación que corresponda a las circunstancias de las personas, tiempo y lugar. Cuando la obligación no exprese la diligencia que ha de prestarse en su cumplimiento , se exigirá la que corresponda a un buen padre de familia. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

17 RESPONSABILIDAD CIVIL POR HECHOS AJENOS. (I)
Art.1903 del C.C.: “ No sólo habra de responderse por los actos u omisiones propios, sino también por los que realicen aquellas personas de quienes se debe responder. Los padres son responsables de los actos de sus hijos… VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

18 RESPONSABILIDAD CIVIL POR HECHOS AJENOS. (II)
Las personas o entidades que sean titulares de un centro docente de enseñanza no superior responderán por los daños y perjuicios que causen sus alumnos menores de edad durante el tiempo en que los mismos se hallen bajo el control o vigilancia del profesorado del centro…” VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

19 RESPONSABILIDAD CIVIL POR HECHOS AJENOS. (III)
La responsabilidad cesará cuando las personas en él mencionadas prueben que emplearon toda la diligencia de un buen padre de familia para prevenir el daño. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

20 RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS TITULARES DE CENTROS DOCENTES.
Se ha pasado del anterior C.C. de “la culpa in vigilando” al actual a “ la culpa in eligendo”. Esto ha hecho que en numerosos casos se haya imputado la responsabilidad a las Administraciones Públicas. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

21 RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS TITULARES DE CENTROS DOCENTES.
DERECHO DE REPETICIÓN. Art del C.C.: Los titulares de los centros docentes “ podrán exigir de los profesores las cantidades satisfechas, si hubieren incurrido en culpa o dolo grave en el ejercicio de sus funciones que fuesen causa de daño.” VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

22 REGULACIÓN DE R.C. EN LAS ADM. PÚBLICAS.
LEY 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Juridíco de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. (Coloquialmente Ley de Procedimiento Administrativo) VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

23 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
LEY 30/1992, de 26 de noviembre. Artículo 145. Exigencia de la responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas. 1. … los particulares exigirán directamente a la Administración Pública correspondiente las indemnizaciones por los daños y perjuicios causados por las autoridades y personal a su servicio. 2. La Administración correspondiente, cuando hubiere indemnizado a los lesionados, exigirá de oficio de sus autoridades y demás personal a su servicio la responsabilidad en que hubieran incurrido por dolo, culpa o negligencia grave, … VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

24 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
RESPONSABILIDAD CIVIL DOCENTE HECHOS AJENOS HECHOS PROPIOS CIVIL CIVIL PENAL PERSONAL E INTRANSFERIBLE SE ASUME: - PROFESORES CENTROS PRIVADOS: SEGURO R.C. -PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN. - REGRESO ADMINISTRACIÓN, CULPA O NEGLIG. GRAVE. -SEGURO R.C., SI CULPA O NEGLIG. GRAVE. SE ASUME: - TITULARES CENTROS PRIVADOS -PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN. -REGRESO ADMINISTRACIÓN Y TITULARES : CULPA O NEGLIG. GRAVE DEL PROFESORADO -SEGURO R.C., SI CULPA O NEGLIG. GRAVE. -EXIME COMPORTAMIENTO COMO BUEN PADRE DE FAMILIA. NORMAS CIVILES PROFESOR, SI DOLO. -SEGURO R.C., SI CULPA O NEGLIG. GRAVE. ADMINISTRACIÓN SUBSIDIARIA. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

25 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
VÍAS DE RECLAMACIÓN VÍA ADMINISTRATIVA VÍA JUDICIAL VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

26 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
VÍA ADMINISTRATIVA Se recoje en la Circular 5/1996-SG, de 23 de julio de 1996, que regula la tramitación de expedientes de responsabilidad patrimonial de la administración. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

27 Responsabilidad Civil en centros docentes.
ESTUDIO DE CASOS Responsabilidad Civil en centros docentes. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

28 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
1.ESTUDIO DE CASOS Responsabilidad en el desplazamiento de casa al centro docente. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

29 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
2.ESTUDIO DE CASOS Responsabilidad en el traslado en caso de accidente en el centro docente al hospital o ambulatorio. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

30 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
3.ESTUDIO DE CASOS Responsabilidad del centro docente cuando hay retraso en la recogida del alumnado por los padres. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

31 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
4.ESTUDIO DE CASOS Responsabilidad del centro docente en la salida del alumnado en horario lectivo. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

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5.ESTUDIO DE CASOS Responsabilidad del centro docente en el transporte escolar. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

33 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
6.ESTUDIO DE CASOS Responsabilidad del centro docente en el comedor escolar. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

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7.ESTUDIO DE CASOS Responsabilidad del centro docente en las lesiones ocurridas entre alumnos. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

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8.ESTUDIO DE CASOS Responsabilidad del centro docente ante las autorizaciones firmadas por los padres para las actividades extraescolares y/o complementarias. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

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9.ESTUDIO DE CASOS Responsabilidad del centro docente ante los adultos externos. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

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10.ESTUDIO DE CASOS Responsabilidad del centro docente ante la recogida del alumnado. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

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11.ESTUDIO DE CASOS Responsabilidad del centro docente en educación física ( deportes, piscinas, etc.) VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

39 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
12.ESTUDIO DE CASOS Responsabilidad del centro docente en el acceso de la policia para entrevistarse o llevarse menores. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

40 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
13.ESTUDIO DE CASOS Responsabilidad de los directores que abandonan el centro en horario lectivo por propia iniciativa. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

41 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
14.ESTUDIO DE CASOS Responsabilidad del docente en la administración de medicamentos. - Sustituto del padre ( art.1903 CC) - En casos graves ( Omisión del deber de socorro art. 195 CP) VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

42 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
15.ESTUDIO DE CASOS Responsabilidad en la cesión de datos personales del alumnado: Según la LOPD Padres, no es cesión ya que es representante legal del menor. USMI, Cons.Sanidad, Bienestar Social, etc. Obligado autorización de los padres. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

43 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
16.ESTUDIO DE CASOS Responsabilidad y obligaciones del profesorado en caso de accidentes del alumnado. Deber de vigilancia y custodia del alumnado. Diligencia de un buen padre de familia VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

44 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
17.ESTUDIO DE CASOS Responsabilidad ante el uso de la fuerza por los docentes. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

45 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
18.ESTUDIO DE CASOS Requerimiento de datos de alumnos por parte de Instituciones a Directores. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

46 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
19.ESTUDIO DE CASOS Derecho de los padres separados/divorciados a conocer las notas de sus hijos. Convenio regulador VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

47 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
20.ESTUDIO DE CASOS Grabación de imágenes en centros con videocámaras para seguridad. -Deber de información ( distintivos) -Tratamiento cuando sea necesario. - Proporción en su utilización -No obtener imágenes de espacios públicos. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

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21.ESTUDIO DE CASOS Responsabilidad civil de los menores. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

49 VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009
22.ESTUDIO DE CASOS Responsabilidad penal del menor. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

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23.ESTUDIO DE CASOS Asistencia jurídica de los docentes. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

51 24. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
Póliza de seguro de responsabilidad civil VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

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SENTENCIAS 1 La STS, 1ª, juzga . Durante una fiesta de fin de curso en el Parvulario del Santísimo Sacramento, organizada por la Asociación de Padres de Alumnos (APA) con la autorización y colaboración del colegio, se inflamó un globo con alcohol y la hija de los actores sufrió graves quemaduras. Sus padres demandaron al colegio, a su directora, a la APA y a “Le Mans Seguros”. El TS revocó la sentencia de la Audiencia y condenó solidariamente a todos los demandados salvo a la directora a pagar euros a los demandantes y euros a la menor, por daño moral. Para el Tribunal, la obligación de indemnizar del colegio se debe a que su deber de control del alumnado abarca tanto las horas lectivas como el tiempo posterior en el que todavía ejerce su labor de guarda. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

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SENTENCIAS 2 En el caso de la STS, 1ª, , el Tribunal Supremo reafirma esta doctrina con claridad: la obligación de guarda de los padres “renace desde el momento en que el Centro Escolar acaba la suya, que no ha de interpretarse de manera rígida (...), sino con la suficiente flexibilidad que cada caso demande” (F. D. 2º). Y ofrece a continuación un criterio para decidir hasta dónde llega esta flexibilidad: la habitualidad. Así, “[s]i es habitual en el Centro que los alumnos se queden en el patio de recreo un corto espacio de tiempo después de terminada la jornada lectiva antes de ser recogidos o trasladarse a sus domicilios, es obligado deducir que los padres cuenten con que hasta entonces están en el Centro y vigilados por su personal”. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

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SENTENCIAS 3 La STS, 1ª, (alumna de párvulos clava el alfiler de un broche en el ojo de otro alumno) no se desvió de esa orientación: “desde el momento de la entrada en el centro hasta su salida del mismo al finalizar la jornada escolar, esas funciones de vigilancia se traspasan a los profesores y cuidadores del colegio”. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

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SENTENCIAS 4 - STS, 1ª, : el colegio fue exonerado de responsabilidad porque la lesión del alumno de 10 años se produjo como en el transcurso de juegos normales en chicos de esa edad. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

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SENTENCIAS 5 - STS, 3ª, : un niño de siete años falleció al caer con la barandilla a la que se había encaramado a la salida de clase. Según el Tribunal, los colegios deben tomar medidas para hacerla impracticable a los alumnos, lo cual es “más exigible cuando el número se intensifica y casi se hace masivo”. VICENTE MARCHANTE- MARZO 2009

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