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CIRCULAR DE 6 DE ABRIL DE 2005 DE LA DGGRH SOBRE PERMISOS Y LICENCIAS

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Presentación del tema: "CIRCULAR DE 6 DE ABRIL DE 2005 DE LA DGGRH SOBRE PERMISOS Y LICENCIAS"— Transcripción de la presentación:

1 CIRCULAR DE 6 DE ABRIL DE 2005 DE LA DGGRH SOBRE PERMISOS Y LICENCIAS
Servicio de Inspección de Sevilla – Luis M. Sanchís

2 ANTECEDENTES Desarrollo de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública Articulado vigente de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado - Decreto 315/1964 de 7 de febrero. Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía. Decreto 349/1996, de 16 de julio, por el que se regulan las diversas formas de prestación del tiempo de trabajo del personal funcionario del personal funcionario en la Administración de la Junta de Andalucía. Orden de 4 de septiembre de 1987, por la que se regula la jornada semanal de los funcionarios docentes. Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho. Decreto 32/2005, de 15 de febrero, por el que se constituye y regula el Registro de Parejas de Hecho. Acuerdo de 5 de febrero de 2004 entre la Consejería de Educación y diversas Organizaciones Sindicales sobre modificación de la Circular de 15 noviembre de 2000 sobre licencias y permisos Novedades introducidas por la Ley 12/2001, de medidas urgentes para la Reforma del Mercado de Trabajo y la mejora de su Calidad. Ley 53/2002, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección integral contra la Violencia de Género. Modificación del Decreto 349/1996 TERMINOLOGÍA: Desaparición progresiva de la distinción legal entre licencias y permisos a favor de estos últimos. Sólo se mantiene el término Licencia en las licencias por enfermedad del personal docente funcionario acogido al régimen de la MUFACE y en la Licencia por Riesgo durante el embarazo.

3 ÓRGANOS COMPETENTES: Los determinados en la Orden de la CEJA de 22 de septiembre de 2003, de delegación de competencias en diversos órganos de la Consejería. ÁMBITO DE APLICACIÓN: todo el Personal Docente (Funcionario, Interino o Laboral), incluido el de Educación de Adultos y el de Religión contratado por la Comunidad Autónoma Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de PAREJAS DE HECHO: amplía los supuestos de concesión de licencias y permisos: Equiparación de la pareja estable al matrimonio y del conviviente al cónyuge en todos aquellos permisos que se refieren a una vinculación conyugal o de afinidad: por matrimonio, por accidente grave, hospitalización o fallecimiento de familiar, etc.. Requisito para la equiparación: inscripción en el Registro de Parejas de Hecho (y Registro de Uniones de Hecho hasta la entrada en vigor del Decreto 35/2005) Acreditación de la Inscripción: certificación expedida por la persona titular del órgano encargado del Registro o persona en quien se delegue.

4 POR RAZONES FAMILIARES POR RAZONES PERSONALES
I. PERMISOS POR RAZONES FAMILIARES POR RAZONES PERSONALES Por Parto, Adopción o Acogimiento. Por Matrimonio o inscripción como pareja de hecho Por Traslado de Domicilio Por Asuntos Particulares sin retribución Permiso retribuido de 4 semanas adicionales por parto, adopción o acogimiento. Para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto. Para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal Permiso o Reducción de Jornada por cuidado de hijo menor de 16 meses. Por Razones de Formación Por Nacimiento, adopción de hijos o acogimiento preadoptivo o permanente Por Razones Sindicales Permisos, reducciones de jornada y otras medidas, por razón de violencia de género. Por Accidente grave, enfermedad grave, hospitalización o fallecimiento del cónyuge o persona con quien conviva en análoga relación de afectivodad, y de Familiares Reducción de Jornada por razones de Guarda Legal .

5 CIRCULAR DE 6 DE ABRIL DE 2005 – DGGRH – PERMISOS Y LICENCIAS
II.LICENCIAS LICENCIA POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE. LICENCIA POR RIESGO DURANTE EL EMBARAZO. III. BAJAS POR ENFERMEDAD Y OTRAS SITUACIONES DETERMINANTES DE INCAPACIDAD TEMPORAL DEL PERSONAL FUNCIONARIO E INTERINO ACOGIDO AL RÉGIMEN GENERAL DE LA S.S.

6 Permiso por Traslado de Domicilio
Misma Localidad: 1 día Permiso por Traslado de Domicilio Distinta Localidad: 2 días Duración Distinta Provincia: 4 días Igual para Funcionarios e Interinos Derechos Económicos Solicitud Competencia Dirección Anexo I En el Centro Con antelación Plenos No procede su concesión cuando se solicite previamente a la toma de posesión ya que en ese momento debe tener domicilio en el término municipal donde radique el centro educativo de destino. El traslado deberá acreditarse fehacientemente.

7 Permiso por Asuntos Particulares sin Retribución
Son días naturales Permiso por Asuntos Particulares sin Retribución El período concreto de disfrute se subordinará a las necesidades del servicio Duración No procede a Interinos Derechos Económicos Competencia Solicitud Anexo I En el Centro Con antelación de, al menos, 15 días, salvo situación imprevista sobrevenida y debidamente acreditada. El centro remitirá a la Delegación junto a Informe correspondiente. Delegación Sin retribución

8 Permiso para el cumplimiento de un Deber Inexcusable de
carácter público o personal Igual para Funcionarios e Interinos Derechos Económicos Competencia Solicitud Anexo I En el Centro Con antelación suficiente salvo de no ser posible, en cuyo caso, se justificará posteriormente Se entiende por “deber inexcusable” la obligación que incumbe a una persona y cuyo incumplimiento le genera una responsabilidad de índole penal, civil o administrativa Plenos Dirección Formas especiales Pertenencia a un jurado Citación judicial. Cumplimiento de resoluciones judiciales. Ejercicio de cargo público electivo en corporaciones locales Participación en procesos electorales. Ejercicio del derecho de sufragio.

9 Asistencia a Plenos o Comisiones de Gobierno
Permiso por Deber Inexcusable para el ejercicio de cargo público electivo en corporaciones locales: Se solicitará, por el tiempo indispensable y para la asistencia a cada Pleno, Comisión de Gobierno y atención a las delegaciones de que forme parte el interesado Asistencia a Plenos o Comisiones de Gobierno Atención a las Delegaciones de que forme parte Esta “atención” objeto de permiso sólo incluye la relativa a funciones de especial relevancia dentro de la dedicación general al Ayuntamiento. Existirá convocatoria previa o citación del órgano competente, con el orden del día correspondiente. Se concede a los cargos electos no retribuidos, que no tengan ni dedicación exclusiva ni parcial al Ayuntº. No se concederá cuando el cargo pueda establecer el horario sin coincidencia con su jornada laboral (recepciones a los vecinos, reuniones con asociaciones, visitas institucionales..) Será necesario acreditar la celebración del pleno o comisión en horario de obligada permanencia en el Centro. Se solicitará permiso previamente salvo que no sea posible. Si no es posible la solicitud previa, se aportará certificación acreditativa de asistencia, emitida por el Secretario del Ayuntamiento

10 Presidentes, Vocales o Interventores de Mesas Electorales
Permiso por Deber Inexcusable por la participación en procesos electorales y por ejercicio del derecho de sufragio. Apoderados Presidentes, Vocales o Interventores de Mesas Electorales Candidatos Durante el día completo de la votación, si no disfrutan en tal día su descanso semanal. Previa solicitud del permiso, para participar durante la campaña electoral Durante el día completo de la votación, si no disfrutan en tal día su descanso semanal. Una reducción en 5 horas de su jornada, el día inmediatamente posterior.

11 Permisos por Razones de Formación
Común para Funcionarios e Interinos Permisos por Razones de Formación Se presentará solicitud mediante Anexo I en el Centro de destino y, en su caso, el Director la remitirá junto a Informe, al órgano competente TIPOS Para asistir a cursos de selección, formación y perfeccionamiento. Durante la duración de los mismos. Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud y evaluación. Incluidos exámenes parciales liberatorios y pruebas selectivas convocadas por las Administraciones Públicas. En Centros oficiales. Durante los días de su celebración DELEGACIÓN PROV. Por Estudios sobre materias directamente relacionadas con la Función Pública. DIRECTOR  30 DÍAS: DELEGACIÓN Órgano Competente >30 DÍAS: DGGRH

12 Permisos por Razones de Formación
Derechos Económicos plenos El permiso se concederá por el tiempo mínimo pero suficiente. Se tendrán en cuenta las circunstancias personales concurrentes. Si los exámenes se desarrollan necesariamente fuera de la localidad de destino, se agregará al permiso el tiempo necesario para el desplazamiento. Si la prueba se celebra en la misma localidad y en día inhábil o fuera del horario de trabajo, no procede la concesión del permiso, salvo que entre la finalización de la jornada y el inicio de la prueba, no quede tiempo material para el desplazamiento, en cuyo caso se daría permiso por el tiempo necesario para hacerlo posible.

13 Permisos por Razones Sindicales
Tramitación Anexo I En el Centro El Centro remitirá a la Delegación junto a Informe correspondiente. Competencia Delegación Derechos Económicos Plenos TIPO CONSIDERACIONES PARA FUNCIONES SINDICALES DE CARÁCTER PERMANENTE EN las estructuras del propio Sindicato relacionadas con la ADMINISTRACIÓN (LIBERADO SINDICAL DE CARÁCTER TOTAL O PARCIAL) Este permiso puede revocarse por: incumplimiento de la finalidad para la que se concedió, por incurrir en incompatibilidad o por actividades sindicales sin relación con la Administración. (Según pactos establecidos y previa consulta con el sindicato). También puede cancelarse a petición del interesado o del sindicato. Para realizar funciones sindicales de carácter permanente en el propio centro de trabajo o de representación de personal Funciones Sindicales: la dedicación suele ser a tiempo parcial, salvo acumulación a favor de los Delegados Sindicales Representación del Personal: alcanzan a los Delegados de Personal y miembros de la Junta de Personal y consisten en créditos horarios parciales Para realizar actividades de formación sindical o funciones sindicales no especificadas en las leyes y de forma ocasional Para estos permisos, deberá cursar la correspondiente Solicitud Común para Funcionarios e Interinos

14 Permiso por Matrimonio o Inscripción como Pareja de Hecho
Duración 15 días naturales consecutivos y comprender, en todo caso, el día de celebración del matrimonio o de la constitución de la pareja de hecho Art del Decreto 349/1996, de 16 de julio en la redacción dada por el Decreto 347/2003, de 9 de diciembre, en relación con la Ley 5/2002, de Parejas de Hecho A lo efectos de este permiso, se equipara el Matrimonio con las Parejas de Hecho: se acreditará la existencia de pareja estable mediante la Certificación de la inscripción expedida por el órgano encargado del Registro y hasta el 23 de mayo de 2005 (entrada en vigor del Decreto 32/2005, de 15 de febrero), mediante inscripción en el Registro de uniones de hecho, creado por el Decreto 3/1996, de 9 de enero y Orden de la Consejería de Gobernación de 19 de marzo de 1996 Común para Funcionarios e Interinos

15 Permiso por Matrimonio o Inscripción como Pareja de Hecho Solicitud
Ante el centro (Anexo I) Al menos, con 1 mes de antelación a la echa de su disfrute. Acreditación posterior del matrimonio o constitución de la pareja de hecho, en el plazo de 20 días hábiles desde que tuvo lugar Competencia Delegación Provincial Fecha equivalente a la de celebración del matrimonio A los efectos del disfrute de este Permiso, la de declaración de voluntad de constituir una pareja de hecho, mediante comparecencia personal ante el titular del órgano encargado del registro correspondiente o ante el Alcalde, Concejal o funcionario en quien delegue, en la que manifiesten su consentimiento de mantener una relación de convivencia estable Derechos Económicos Plenos

16 Permiso para la realización de Exámenes Prenatales y Técnicas de Preparación al Parto.
Es Común para Funcionarias e Interinas Cuando su realización deba ser durante la jornada de trabajo, lo que habrá de acreditarse al presentar la Solicitud en el Anexo II. La Solicitud se presentará en el Centro, con la antelación suficiente. Duración: Por el tiempo indispensable para su realización. Posteriormente habrá que aportar documentación acreditativa de haber realizado tales actividades. Competencia Delegación Derechos Económicos plenos

17 Permiso por Nacimiento, Adopción de Hijos o
Acogimiento Preadoptivo o Permanente Es Común para Funcionarios e Interinos De ser posible, con antelación. Si no es posible, con posterioridad, acreditando el hecho que lo motivó. En cualquier caso, se comunicará la ausencia lo antes posible al Centro. Solicitud en Anexo I Duración Suceso fuera de la localidad de residencia del funcionario Competencia Dirección Suceso en la misma localidad Derechos Económicos plenos 3 días hábiles 5 días hábiles Los días serán inmediatamente posteriores al hecho causante, que en el caso de Adopción o Acogimiento se entenderá referido a la fecha de la decisión administrativa o judicial de acogimiento (a elección del solicitante) o de la resolución judicial por la que se constituye la Adopción. En caso de nacimiento, adopción o acogimiento múltiple, no se incrementará la duración del permiso. Sólo podrá ser disfrutado por quien no haga uso del Permiso por Adopción o Acogimiento

18 Permiso por Parto, Adopción o Acogimiento
Duración 16 semanas ininterrumpidas. Parto Múltiple Se ampliará en 2 semanas más por cada hijo a partir del segundo. Distribución A opción de la funcionaria: antes o después del parto. En todo caso, 6 semanas se disfrutarán inmediatamente tras el parto. Disfrute del permiso por el Padre: Sin perjuicio de las 6 semanas inmediatas al parto, si ambos trabajan, ya sea en calidad de funcionario/a o trabajador/a por cuenta ajena. La madre, al iniciarse el período de descanso podrá optar porque el padre disfrute de una parte ininterrumpida del permiso en su período posterior al parto. Simultáneamente o después de La madre. No se podrá hacer si en el momento de aplicarlo, la incorporación al trabajo supone un riesgo para la salud de la madre No será posible cuando la madre no tenga la condición de trabajadora por cuenta ajena o funcionaria Esta opción podrá ser revocada por la madre cuando sobrevengan hechos que lo hagan inviable, como ausencia, enfermedad o accidente del padre, abandono de familia, separación o violencia contra la mujer. Competencia DELEGACIÓN PROVINCIAL VACACIONES En caso de que este permiso coincida con el período vacacional, éste quedará interrumpido y podrá disfrutarse finalizado el permiso, dentro del año natural o hasta el 15 de enero siguiente (Y de acuerdo con las necesidades del Servicio)

19 CONSIDERACIONES GENERALES
Permiso por Parto Personal Funcionario acogido a MUFACE TRAMITACIÓN DERECHOS ECONÓMICOS CONSIDERACIONES GENERALES Solicitud en Anexo II. Mediante instancia reglamentaria + Parte médico formalizado en Anexo III: se hará constar la fecha probable de parto cuando el permiso se inicie con anterioridad, la fecha del parto en los demás supuestos y el estado de salud posterior al parto, en los casos de ejercer opción a favor del padre. La documentación se presentará ante el Centro de destino. El nacimiento se acreditará en los 20 días siguientes al parto, mediante fotocopia compulsada del libro de familia. Plenos El permiso por maternidad no tiene consideración de in capacidad temporal.

20 CONSIDERACIONES GENERALES
Permiso por Parto Personal Interino acogido al régimen general de la S.S. TRAMITACIÓN DERECHOS ECONÓMICOS CONSIDERACIONES GENERALES La documentación se presentará ante el Centro de destino. Aportará copia de la solicitud de la prestación por maternidad con la opción a favor del disfrute de parte del permiso por el padre, en su caso. + Informe del facultativo del Servicio Público de Salud, en el que certificará: Fecha probable del parto (cuando el permiso vaya a comenzar con anterioridad). Fecha del Parto Estado de salud posterior al parto, en los casos de ejercer opción a favor del padre El nacimiento se acreditará en los 20 días siguientes al parto, mediante fotocopia compulsada del libro de familia. Prestación de la S.S. por Maternidad

21 Solicitud Derechos Económicos Competencia
En Anexo II + Documentación acreditativa en su caso Permiso por Adopción o Acogimiento Solicitud Delegación Provincial Derechos Económicos Competencia Plenos Este Permiso es común para Funcionarios e Interinos Duración y Consideraciones Menores de hasta 6 años 16 semanas Menores Mayores de 6 años, incapacitados o minusválidos o que por sus circunstancias y experiencias personales o por se extranjero, tengan especiales dificultades de inserción social o familiar, debidamente acreditadas por los servicios sociales competentes Adopción o Acogimiento múltiple 2 semanas más por cada menor a partir del 2º Mayores de 6 años No se prevé permiso Período de disfrute: a elección de la persona que tenga el derecho: Si ambos padres trabajan, el permiso se distribuirá a opción de los interesados, sin sobrepasar la duración total. Si es una adopción internacional que requiere el viaje previo al país de origen: el permiso podrá iniciarse hasta 4 semanas antes de la resolución A partir de la decisión administrativa o judicial de acogimiento. A partir de la resolución judicial por la que se constituye la adopción

22 REQUISTOS Y SUPUESTOS PARA SU CONCESIÓN
Permiso retribuido de 4 semanas adicionales por Parto, Adopción y Acogimiento Podrá disfrutarse, una vez agotado el permiso por maternidad, adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, cuando se trate de menores incapacitados o minusválidos o que por sus circunstancias o experiencias personales o provenir del extranjero, tenga especiales dificultades para su integración social y familiar. Tales circunstancias se acreditarán debidamente por los servicios sociales competentes. Solicitud En Anexo II, se solicitará simultáneamente al solicitar el permiso ordinario Competencia Delegación REQUISTOS Y SUPUESTOS PARA SU CONCESIÓN Los requisitos para su disfrute son idénticos a los requeridos para el permiso por parto, adopción o acogimiento. Se disfrutará de forma ininterrumpida e inmediatamente posterior al permiso por parto, adopción o acogimiento. Ambos padres empleados de la J.A. Uno de ellos podrá hacer uso del permiso Padre empleado de la J.A. y Madre trabajadora por cuenta ajena o funcionaria de otra administración El Padre podrá disfrutarlo. Padre trabajador por cuenta ajena o funcionario de otra Administración y madre empleada de J.A. En este caso, solo la Madre podrá disfrutarlo.

23 Permiso o Reducción de Jornada por Cuidado de Hijo/a < 16 meses
Derecho a la ausencia de 1 hora diaria retribuida. Se podrá sustituir por una reducción de jornada con la misma finalidad. Si ambos trabajan: podrá ser disfrutado indistintamente por el padre o la madre, pero sólo a uno de ellos. Si hay 2 o más hijos < 16 meses: el permiso se multiplicará por el número de hijos. Este permiso puede ser acumulable a la reducción de jornada por razones de guarda legal. Por el cuidado de cada hijo < 16 meses Competencia Delegación Plenos Derechos Económicos Solicitud En Anexo I, se solicitará en el Centro de destino Este Permiso es común para Funcionarios e Interinos Para armonizar este permiso con el derecho de los alumnos a una educación integral Antes de elaborar los horarios lectivos individuales, los centros tendrán en cuenta al personal docente con derecho a su disfrute que deberá indicar por escrito el período en que desean hacer uso del derecho, ajustándose su horario personal para que el permiso no coincida con las horas de docencia directa

24 Común para funcionarios e interinos Derechos Económicos plenos
Permisos, Reducciones de Jornada y otras medidas relativas a la Jornada Laboral por razón de violencia de género permisos Las faltas de asistencia totales o parciales de las funcionarias víctimas de violencia de género, se considerarán justificadas por el tiempo y condiciones que determinen los servicios sociales o de salud correspondientes Cuando sea posible comunicarán previamente la ausencia. Al incorporarse, se presentará documentación acreditativa del motivo de la ausencia Común para funcionarios e interinos Derechos Económicos plenos

25 Permisos, Reducciones de Jornada y otras medidas relativas a la Jornada Laboral por razón de violencia de género Común para funcionarios e interinos Reducciones de Jornada y otras medidas Tienen como finalidad hacer efectiva su protección o su derecho a una asistencia social integral Reducción de Jornada con disminución proporcional de la retribución. Reordenación del tiempo de trabajo: adaptación del horario. Aplicación de un horario flexible Anexo I + documentación acreditativa En el Centro Previamente cuando sea posible Competencia Solicitud Delegación Provincial

26 Común para funcionarios e interinos Derechos Económicos Plenos
Permiso por Accidente Grave, Enfermedad Grave, Hospitalización o Fallecimiento de Cónyuge o Persona con quien conviva en análoga relación de afectividad a la Conyugal, y de Familiares Común para funcionarios e interinos Solicitud Competencia Derechos Económicos Plenos Anexo I. Previamente a la ausencia, si es posible. Se aportará documentación acreditativa. Es obligatorio comunicar al centro lo antes posible, la causa de la ausencia Director Equiparable Cónyuges a Parejas de Hecho si se acredita debidamente: Certificación de la inscripción en el Registro Duración (días hábiles) Grado de Consanguinidad o afinidad En la misma localidad En distinta localidad Cónyuge o equiparable o familiar con primer grado 4 5 Familiares dentro del 2º grado 3 Podrá disfrutarse de forma ininterrumpida desde el inicio del hecho causante o alternativamente dentro de la duración del mismo y cuando lo permitan las necesidades del servicio

27 REDUCCIÓN DE JORNADA POR RAZONES DE GUARDA LEGAL
Quien, por razón de guarda legal, tenga a su cuidado directo a su cónyuge, pareja de hecho, menor de 9 años, anciano que requiera especial dedicación o un disminuido físico, psíquico o sensorial que no desempeñe actividad retribuida Derecho a una disminución de la jornada de trabajo de 1/3 o ½ de la misma, percibiendo un 80 % o 60 %, respectivamente, de la totalidad de sus retribuciones, tanto básicas como complementarias, incluidos trienios (igual porcentaje se aplicará a las pagas extraordinarias si el funcionario hubiese prestado una jornada reducida en los períodos anteriores al devengo de las citadas pagas. Competencia Delegación Provincial Anexo I Solicitud La reducción se efectuará proporcionalmente respecto a la jornada de obligada permanencia en el Centro. Deberá solicitarse antes del 15 de julio de cada año, para planificar adecuadamente el funcionamiento de los centros. Sólo se podrá solicitar una vez en el curso escolar y se extenderá, en todo caso, hasta el comienzo del curso escolar siguiente, salvo circunstancias sobrevenidas debidamente acreditadas. Común para funcionarios e interinos

28 II. LICENCIAS LICENCIA POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE
LICENCIA POR RIESGO DURANTE EL EMBARAZO. BAJAS POR ENFERMEDAD Y OTRAS SITUACIONES DETERMINANTES DE INCAPACIDAD TEMPORAL DEL PERSONAL INTERINO, LABORAL Y FUNCIONARIO ACOGIDO AL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

29 LICENCIA POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE
No se requiere solicitud de licencia Enfermedad de hasta 3 días de duración Se comunicará la ausencia al Equipo Directivo del centro, el mismo día que se produzca. Se justificará documentalmente con posterioridad En casos de ausencias reiteradas por enfermedad de corta duración El documento deberá reflejar el tiempo que el facultativo considere que la persona estaría incapacitada para trabajar (En un P10: documento de consulta y hospitalización para el personal acogido al régimen general de la S.S.) Se podrá solicitar la intervención de la Asesoría Médica

30 Proceso de Incapacidad de más de tres días de duración
Estas licencias sólo afectan a personal funcionario acogido a MUFACE TRAMITACIÓN Al día siguiente hábil de la expedición del parte temporal por el facultativo de entidad de seguro de asistencia concertada con MUFACE y, en todo caso, como máximo al cuarto día del inicio de la situación, la persona interesada presentará en su Centro: Solicitud de Licencia en modelo normalizado (Anexo II). Parte Médico de incapacidad temporal (Ejemplares para el órgano de personal y para MUFACE), cumplimentado en todos sus apartados: código de la enfermedad, duración previsible, nombre y apellidos del facultativo, nº. De colegiado, fecha y firma. COMPETENCIA Delegación Provincial

31 Si persiste la patología y no se puede reincorporar, el funcionario presentará en su centro el parte médico sucesivo, al día siguiente hábil desde su expedición. El día que comience el 4º mes desde que se inició la incapacidad, o el día siguiente hábil, se expedirá un PARTE MÉDICO DE CONFIRMACIÓN que incluirá un INFORME MÉDICO ESPECÍFICO: duración probable del proceso, incidencia de la enfermedad en la capacidad funcional y, en su caso, tratamiento médico. En todos los casos, los partes médicos se entregará en el centro el día siguiente hábil al de su expedición Al undécimo y decimoséptimo mes: el parte médico se acompañará de un Informe Médico Específico de Ratificación. El funcionario se incorporará a su puesto de trabajo al día siguiente de la finalización de la licencia. El incumplimiento por los funcionarios de la obligación de presentación de documentación, podrá dar lugar a responsabilidad disciplinaria. Enfermedad Infecto contagiosa o Psíquica: la persona deberá acreditar el alta mediante el correspondiente justificante médico. A efecto del cómputo de plazos: se considerará que existe una nueva enfermedad cuando el proceso patológico sea diferente y, en todo caso, cuando se hayan interrumpido las licencias durante un mínimo de 1 año. En cualquier momento en que se prevea que el proceso impedirá definitivamente el desempeño de las funciones públicas, se iniciará, por el órgano de jubilación competente, de oficio o a instancia de la persona interesada, el procedimiento de jubilación por incapacidad permanente para el servicio.

32 La duración y extinción de la situación de incapacidad temporal serán las mismas que las del Régimen General de la Seguridad Social. Cuando la extinción de la situación de incapacidad temporal se produjera por el transcurso del plazo máximo establecido, se prorrogarán los efectos de la situación de incapacidad temporal hasta el momento de la declaración de la jubilación por incapacidad permanente. Mientras se disfruta de la licencia por enfermedad, si la persona afectada se ausentara de su domicilio habitual, deberá ponerlo en conocimiento de la Delegación Provincial, a efectos de su localización por si hubiera de ser requerida por los Servicios Médicos correspondientes en el ejercicio de sus funciones. DERECHOS ECONOMICOS Percibirá mientras se encuentre en situación de incapacidad temporal, la diferencia entre las prestaciones económicas que reciba del régimen de Seguridad Social al que estuviera acogido y las retribuciones fijas y periódicas en su vencimiento que tuviera acreditadas al mes en que se produjo la baja.

33 LICENCIA POR RIESGO DURANTE EL EMBARAZO
A esta licencia le resulta aplicable, en los mismos términos, todo cuanto se ha dicho respecto de la licencia por enfermedad o accidente. El parte médico deberá acreditar que las condiciones del puesto de trabajo desarrollado influyen negativamente en la salud de la embarazada, en la del feto, o en la de ambos, el riesgo específico que tales condiciones representan para el embarazo y la duración probable del período de riesgo. En el caso de riesgo durante el embarazo, para los tres primeros meses de licencia se expedirá, con carácter general, un único parte antes de alcanzarse el cuarto día del inicio de la situación de riesgo. Esta licencia sólo resulta aplicable al personal funcionario acogido al régimen de la MUFACE

34 BAJAS POR ENFERMEDAD Y OTRAS SITUACIONES DETERMINANTES DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL DEL PERSONAL INTERINO, LABORAL Y FUNCIONARIO ACOGIDO AL REGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Deberá presentar en su Centro de destino el parte extendido por el personal facultativo correspondiente en el plazo máximo de tres días desde su expedición. La persona responsable del Centro habrá de remitir con carácter inmediato dicho parte a la Delegación Provincial. El plazo para la entrega de los partes de confirmación de baja será el mismo que para la baja inicial (tres días). DERECHOS ECONOMICOS: el personal funcionario e interino percibirá de la Administración de la Junta de Andalucía, mientras se encuentre en situación de incapacidad temporal, la diferencia entre las prestaciones económicas que reciba del régimen de Seguridad Social al que estuviera acogido y las retribuciones fijas y periódicas en su vencimiento que tuviera acreditadas al mes en que se produjo la baja.

35 PERSONAL DOCENTE LABORAL
Quien se encuentre en situación de baja por enfermedad, deberá entregar en su Centro de destino, cuyo responsable deberá remitirlo posteriormente a la Delegación Provincial, el primer parte de baja y los sucesivos partes de confirmación de dicha baja extendidos por el personal facultativo correspondiente, en el plazo de tres días contados a partir del mismo día de la expedición del parte médico de baja. Cuando el personal facultativo extienda el parte de alta, la persona interesada deberá entregarlo en su Centro de destino, igualmente para su posterior traslado a la Delegación Provincial, en el mismo acto de su incorporación. PERSONAL DOCENTE LABORAL (Profesores de educación de adultos y profesores de religión). Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo), Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género), y en su normativa de desarrollo

36 PRESENTACION DE SOLICITUDES.
Todas las solicitudes de permisos y licencias se formularán en el modelo normalizado de solicitud Anexo I licencias por enfermedad Anexo II prórroga de la licencia por enfermedad riesgo durante el embarazo realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto maternidad y periodo adicional por maternidad se presentarán preferentemente ante la Dirección del Centro o responsable del Servicio Educativo

37 Los plazos deberán computarse desde la fecha en que la solicitud haya tenido
entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. aplicación del artículo 43.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, SENTIDO DEL SILENCIO. el silencio administrativo, transcurridos los plazos antes referidos, sin resolución expresa, produciría el efecto estimatorio de la solicitud.


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