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EVALUACIÓN Y REGISTRO DE RIESGOS
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EVALUACIÓN Y REGISTRO DE RIESGOS
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Implementar recomendaciones
Mejora Continua Mejora continua Verificar Acciones correctivas Identificar Peligros CENTRO DE TRABAJO Implementar recomendaciones (AC) Evaluar Riesgos Explorar opciones Plan intervención
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Identificación de Peligros
Tener presente… Qué se hace Cómo se hace Quién lo hace Condiciones ambientales Qué equipos se utilizan Qué sustancias se utilizan Primeros auxilios
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Por ejemplo…
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Evaluación de Riesgos y Plan de Intervención
?
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Cuadro de Criterios de Probabilidad y Consecuencia
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Cuadro de Criterios de Probabilidad y Consecuencia
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Evaluación de Riesgos y Plan de Intervención
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Matriz para la Estimación del Nivel de Riesgo
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Evaluación de Riesgos y Plan de Intervención
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Requerimientos de Actuación
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Evaluación de Riesgos y Plan de Intervención
F I N
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"Yo soy responsable por algo que ocurrirá en el futuro que no ocurrirá en ausencia de mi compromiso"
James Selman
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ACTIVIDADES RUTINARIAS ACTIVIDAD NO RUTINARIAS
Conjunto de operaciones o tareas propias de una persona o servicio ACTIVIDADES RUTINARIAS Etapas en el proceso de producción o en el suministro de un servicio. Trabajos planificados y de mantenimiento. Tareas definidas. Actividades de todo el personal que tenga acceso al sitio de trabajo (incluyendo proveedores, subcontratistas, público y visitantes). Actividades realizadas en áreas externas a las instalaciones de la unidad ACTIVIDAD NO RUTINARIAS Actividades no planificadas de los trabajadores. Actividades no contempladas del personal que tenga acceso al sitio de trabajo (incluyendo proveedores, subcontratistas, público y visitantes). Actividades realizadas en áreas externas a las instalaciones de la unidad
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Posibilidad de ocurrencia de un riesgo
PROBABILIDAD Grado de certeza de que la secuencia de sucesos se complete y materialicen las consecuencias. Posibilidad de ocurrencia de un riesgo CONSECUENCIA (Severidad del daño e impacto) Se define como el resultado más probable de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, debido al peligro que se considera, incluyendo lesiones personales y daños materiales
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INCAPACIDAD TEMPORAL: La constituida por la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilitan al trabajador para desempeñar el trabajo por algún tiempo. (art. 223 ley 6727). Transformación de incapacidad temporal a permanente: si transcurrido un plazo de 2 años a partir de la ocurrencia del riesgo, no hubiere cesado la incapacidad temporal del trabajador, se procederá a establecer el porcentaje de incapacidad permanente. INCAPACIDAD MENOR PERMANENTE: Es la que causa una disminución de facultades o aptitudes para el trabajo, consistente en una pérdida de capacidad general, orgánica o funcional, que va del 0.5% al 50% inclusive. INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE: Es la que causa una disminución de facultades o aptitudes para el trabajo, consistente en una pérdida de capacidad general, orgánica o funcional, igual o mayor al 50% pero inferior 67%. INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE: Es la que causa una disminución de facultades o aptitudes para el trabajo, consistente en una pérdida de capacidad general, orgánica o funcional, igual o superior al 67%. INCAPACIDAD GRAN INVALIDEZ: Ocurre cuando el trabajador a quedado con incapacidad total permanente y además requiere de la asistencia de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida: caminar, vestirse, y comer. Art. 223 ley 6727
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