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Carlos J. M. Facal1 EL IMPACTO DE LOS JUICIOS EN EL SISTEMA DE RIESGOS DEL TRABAJO.

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1 Carlos J. M. Facal1 EL IMPACTO DE LOS JUICIOS EN EL SISTEMA DE RIESGOS DEL TRABAJO.

2 Carlos J. M. Facal2 * Dato 2006. Fuente: SRT Trabajadores cubiertos: 6.674.654 Casos notificados: 635.874 Accidentes in itinere: 71.109 Incapacidades: 30.914* Reingresos: 26.363 Enfermedades profesionales: 12.229 Mortales AT / EP : 605 Mortales in itinere : 390 INDICADORES DE GESTION SINIESTRALIDAD – Distribución de Casos Año 2006

3 Carlos J. M. Facal3 Fuente: UART SITUACION ACTUAL EVOLUCION DE JUICIOS INGRESADOS – Fuente UART 27.416 * Periodo Enero - Septiembre y proyección

4 Carlos J. M. Facal4 Fuente: UART SITUACION ACTUAL Fuente: UART, estimación propia. JUICIOS INGRESADOS POR SECTOR DE ACTIVIDAD Por cada 10.000 trabajadores. Fuente UART – Estimación propia.

5 Carlos J. M. Facal5 Fuente: UART SITUACION ACTUAL Fuente: UART, estimación propia. JUICIOS INGRESADOS SEGÚN JURISDICCION Por cada 10.000 trabajadores cubiertos – Estimado Año 2008 – Fuente UART Fuente: UART, estimación propia. PROMEDIO TODO EL PAIS = 35,93 por cada 10.000 trabajadores cubiertos

6 Carlos J. M. Facal6 ? Sentencias declarando solidaridad ART 21,74%7.40227%Juicios CASOS CON INCAPACIDAD 0,12%8223%Juicios SÓLO CONTRA LA ART 0,25%19.19170% Juicios por Enfermedades NO Profesionales 35.200 27.416 STOCK DE JUICIOS FIN 2007 NUEVOS JUICIOS 2008 34.050 ACCIDENTES MORTALES O CON INCAPACIDAD 2006 574.747ACCIDENTES Y ENF. CON BAJA 2006 678.511ACCIDENTES Y ENF. TOTALES 2006 7.722.730TRABAJADORES CUBIERTOS 2008

7 Carlos J. M. Facal7 PREVENCIÓN DE JUICIOS  Comparar conflictividad contra el mercado y analizar desvíos, según indicadores: por cantidad de trabajadores, por accidentes graves, por industria por zona geográfica  Analizar desvíos En el stock de juicios  Zona de actuación  Políticas de transacción, propia o de la ART. En el flujo de juicios  Problemas de relación con el personal.  Conflictividad propia de la empresa o la actividad.  Infidelidad de proveedores  Mala prevención de accidentes graves.  Falta de asesoramiento especializado en RT.

8 Carlos J. M. Facal8 LA EMPRESA DEBE SABER QUE…  La ART no es su asegurador de responsabilidad civil. El compromiso de la ART no es mantener indemne su patrimonio.  No siempre los intereses de la ART y los de la empresa estarán alineados.  Debería contar con asesoramiento específico, independiente del de la ART, pero igualmente experto.

9 Carlos J. M. Facal9 PARA SU MEJOR DEFENSA LA EMPRESA DEBERÍA…  Mantener la afiliación vigente con una ART y tener a todo el personal declarado.  Controlar a contratistas y subcontratistas (vigencia de su afiliación y declaración del personal).  Desarrollar sus propias políticas de prevención e investigación de accidentes graves.  Realizar exámenes preocupacionales y homologarlos.  Estar muy atentos a la calidad del clima laboral.

10 Carlos J. M. Facal10 LA EMPRESA DEBE SABER QUE…  Si se reclama por enfermedades no listadas, y son declaradas profesionales, la ART debería responder hasta el límite de lo dispuesto en la LRT aunque la incapacidad no se fije conforme al baremo aplicable.  Si se reclama por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, la ART tiene que responder hasta el límite de lo dispuesto en la LRT.  Los excedentes de la LRT, si se prueba responsabilidad civil del empleador, quedarán a cargo de la empresa y ésta debe defenderse sin esperar asistencia de la ART.  En ocasiones el damnificado acciona contra el empleador y la ART, pidiendo se los condene solidariamente. Pero el empleador, si la ART agotó su responsabilidad conforme la LRT y no es demandada, no debería citarla para evitar costas.

11 Carlos J. M. Facal11 DEBILIDADES DE LA LEGISLACIÓN ARGENTINA  Frente a la incapacidad la cobertura es despareja según se trate de una contingencia cubierta o no. Seguiremos teniendo gran cantidad de juicios mientras esta cuestión no se resuelva.  Los montos de la LRT quedaron totalmente desactualizados y el esquema está pensado para un escenario de estabilidad y no de inflación.  Se afirma la doctrina del caso “Llosco”, que permite acumular una acción contra el empleador luego de percibirse las prestaciones dinerarias de la ART.

12 Carlos J. M. Facal12 ¿Hay seguro de RC patronal además de la cobertura de la LRT?  El seguro de responsabilidad civil es de cobertura y de acceso restringido. No es comercializado por las compañías de seguro.  Las coberturas de Accidentes Personales sólo dan una cobertura parcial y funcionan siempre que: El empleador tenga afiliación vigente a una ART. Se trate de un seguro colectivo, con prima exclusivamente a cargo del empleador y al cual el empleado haya prestado conformidad por escrito. La contingencia sea un accidente no excluido de cobertura – no una enfermedad. Exista reclamo por la vía civil al empleador y se materialice una transacción en juicio o en sede administrativa con intervención del asegurador. Aunque no haya reclamo por vía civil al empleador, el trabajador o sus beneficiarios tienen derecho al cobro de la suma asegurada en caso de siniestro. Accidentes “in itinere” Los beneficiarios podrían ser distintos de los legitimados para el reclamo. La planificación experta es esencial.


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