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Experiencia piloto en el Departamento Judicial Mar del Plata

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Presentación del tema: "Experiencia piloto en el Departamento Judicial Mar del Plata"— Transcripción de la presentación:

1 Experiencia piloto en el Departamento Judicial Mar del Plata
PROCESO DE FLAGRANCIA Experiencia piloto en el Departamento Judicial Mar del Plata Marcelo A. Riquert

2 El marco del plan piloto
“Convenio para el reforzamiento del sistema acusatorio en la provincia de Buenos Aires”, firmado por la SCJBA, la Procuración General, el Ministerio de Justicia, el Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA) y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), firmado en diciembre de 2004 Se previeron 5 etapas, de las que en la actualidad se desarrolla la 4º (aplicación de las propuestas - semes-tral). La 5º (noviembre/diciembre 2005), corresponde a la documentación y evaluación de la experiencia

3 El plan piloto... El plan no es un paquete absolutamente cerrado, si-no una propuesta abierta a los ajustes que fuere ne-cesario realizar: ofrece una serie de medidas con-centradas en el corto plazo para este semestre y o-tra más ambiciosa a mediano plazo que importa un proceso de reingeniería de la estructura de los órga-nos judiciales para la que es necesario el aporte y consenso de todos los operadores. Plantea una nueva dinámica en las cargas laborales del sistema. Una profunda evaluación de su inciden-cia indicará las correcciones estructurales materiales y personales que resulte menester.

4 Diagnóstico La reforma del ’98, pasados casi 7 años, perdió impulso, amesetándose. Ofrece, entre otras, estas deudas pendientes: v Una tardía respuesta a las necesidades de información y, a la vez, un deficiente manejo de la información producida por el propio sistema v Una desformalización que no se concretó, hay tanto o más papel que antes v  La oralidad es la excepción y no la regla, la IPP como etapa del proceso alcanzó una preponderancia desmesurada y en ella no se realiza ninguna audiencia oral y pública v En la etapa del juicio propiamente dicho no se ha coordinado la agenda de todos los operadores involucrados en la concreción del debate

5 Objetivos básicos LIMITACIONES 1. Profundizar el sistema acusatorio
2. Optimizar el modelo de gestión de los recursos 3. Mejorar la capacidad de respuesta del sistema a los conflictos y la imagen institucional del Poder Judicial LIMITACIONES 1. No se podía condicionar al requerimiento y logro de cambios normativos 2. Tampoco estructurales o presupuestarios En consecuencia, es fundamental el consenso pa-ra generar un cambio de cultura laboral a partir de interpretaciones posibles de las normas vigentes

6 Propuestas En el MEDIANO PLAZO: En el CORTO PLA-ZO:
Rediseño de la gestión y estruc-tura funcional del sistema: a. Separación de las decisiones jurídicas de las administrativas · b. Reingeniería de los órganos del sistema a fin de optimizar la gestión y los recursos materiales y humanos. c. Incorporación de personal técnico administrativo profesionalizado, que estará a cargo de la coordinación de las audiencias, de las notificaciones y tendrá a su cargo las decisiones administrativas En el CORTO PLA-ZO: Introducir un nuevo pro-cedimiento para la re-solución de los casos de flagrancia (a partir del del Titulo I bis del Libro II del CPP, cf. leyes y 13260, arts. 284bis/sexies)

7 Proceso de flagrancia Con base en las normas vigentes se procura resolver este tipo de conflictos a través de: 1. la oralidad (reemplazando trámites escritos por audiencias) 2. la profundización de la contradicción y participación de las partes afectadas por el conflicto 3. permitiendo una mayor rapidez en el desarrollo del procedimiento, que se agiliza por la desformalización (por ej., notificaciones) y parcial despapelización (suplantación del soporte papel por el registro de audio digital)

8 Proceso de flagrancia Flagrancia (art. 154 CPP): “Se considera que hay flagrancia cuando el autor del hecho es sorprendido en el momento de cometerlo o inmediatamente después, o mientras es perseguido por la fuerza pública, el ofendido o el público, o mientras tiene objetos o presenta rastros que hagan presumir que acaba de participar de un delito” Supuestos de aplicación (art. 284bis): “...delitos dolosos cuya pena máxima no exceda de quince (15) años de prisión o reclusión, o tratándose de un concurso de delitos ninguno de ellos supere dicho monto”

9 Esquema del trámite a. Procedimiento en flagrancia con libertad del imputado Porque el Fiscal la dispone cf. art. 161 del CPP (antes o después de la declaración del 308), el caso continúa su trámite normal hacia la audien-cia de finalización del proceso de flagrancia. b. PF con solicitud de conversión de la apre-hensión en detención · Fiscal toma audiencia del art. 308 del CPP al imputado. La defensa puede pedir allí la excarcelación · Fiscal solicita al JG la conver-sión y declaración de flagrancia por escrito. Defensa puede pedir al JG au-diencia para controlar las con-diciones de detención (24 hs.)

10 Esquema... 1. Disponer el archivo por criterios de oportunidad
El FISCAL siempre podrá 2. Decidir NO declarar el caso como flagrancia y así el caso continúa de acuerdo al procedimiento común. Esta decisión es excepcional y deberá estar fundada.

11 Audiencia de excarcelación y posibles acuerdos (dentro de los 5 días)
1) excarcelación (el Fiscal aporta los informes de antecedentes y la defensa la certificación de domicilio); 2) suspensión del juicio a prueba; 3) juicio abreviado; 4) juicio directísimo; 5) sobreseimiento y 6) prisión preventiva El Juez de Garantías RESUELVE:

12 Audiencia de finalización del proceso de flagrancia (20 días de la aprehensión prorrogables por 20 más. La pide el Fiscal) 1) suspensión del juicio a prueba; 2) juicio abreviado; 3) juicio directísimo; 4) sobreseimiento; 5) prisión preventiva Si no hay acuerdos, el Fiscal formula oralmente el requerimiento de elevación a juicio acompañándolo por escrito. El defensor oficial se opone en la misma audiencia. El Juez resuelve a continuación (art. 337 CPP). El defensor particular puede usar el plazo legal del art La audiencia se suspende y el Juez fija el día de continuación El Juez de Garantías RESUELVE:

13 Notas comunes complementarias
Las audiencias son orales, públicas y contradictorias La información, de ser necesario, puede respaldarse en documental exhibida por los litigantes durante la au-diencia. El juez no recibe argumentaciones por escrito. Se despapeliza parcialmente porque: 1) se reemplaza el soporte escrito por un registro de grabación de audio digital en un CD, dejando un acta en la que consten los datos esenciales de la audiencia; 2) se notifica todo en la propia audiencia. Se desformaliza las notificaciones por acuerdo de las partes sobre el medio a adoptar Se reduce las apelaciones por desinformación

14 La flagrancia en etapa de juicio
Dentro de los 2 días de radicada la causa se notificará, así como la integración del Tribunal o Juzgado y habilitando la posibilidad de ofrecer pruebas (art. 338). Se proveerá la prueba dentro de los 5 días y fijará la fecha del debate (plazo máximo: 60 días de radicada la causa). El MPF se compromete a no presentar acuerdos alternativos al juicio una vez elevada la causa. Concluido el debate, el Tribunal pasa a deliberar inmediata-mente y anticipará el veredicto en la audiencia pública (art. 374). Los jueces iniciarán otra actividad jurisdiccional antes de arribar a la decisión y notificarla en la audiencia.

15 La flagrancia en etapa de juicio
Juicio en 60 días ACUERDOS POR CONVE- NIENCIA NO POR RESIGNA- CION INCENTIVOS POSITIVOS No aceptación de acuerdos

16 La flagrancia en etapa recursiva
La expresión de agravios en los recursos interpuestos tanto por el MPF como la Defensa será presentada en una audiencia oral y contradictoria. Al igual que la etapa de origen, la Cámara –previo interme-dio para concretar el acuerdo-- resolverá de inmediato, con constancia en acta de audiencia y fundamentación en registro de audio digital en CD. En casos complejos, la deliberación podrá extenderse cf. plazo legal (5 días), suspendiendo la audiencia y fijando a la vez su continuación para comunicar lo resuelto. Si la audiencia fuera pedida por un defensor particular, se a-segurará la presencia del MPF para mantener la contradicción

17 Algunas observaciones iniciales
Se ha producido una reestructuración del Ministerio Público, tanto en la rama Fiscal como de la Defensa Debe evaluarse en forma constante el equilibrio en la asignación de recursos materiales y humanos a efectos de que la “flagrancia”, con su nueva gestión, libere los necesarios para atender los delitos complejos El nuevo escenario (audiencias orales) demanda una ma-yor capacitación en los operadores. Debe sostenerse en el tiempo la actividad de apoyo para lograr estandarizar un mínimo de habilidades en litigación compatible con los objetivos propuestos: celeridad que no importe dis-minución de garantías

18 Algunas observaciones iniciales
Se ha creado una Oficina de Gestión de Audiencias y provisto una Sala de Audiencias para los Juzgados de Garantías: la diagramación de tareas y el cumplimiento de pautas de organización (evitar superposición de audiencias, respetar los horarios, etc.), son centrales para evitar el dispendio de recursos siempre insuficientes Las audiencias generan un espacio de reunión (antes y después) que facilita la solución alternativa de conflictos (salidas tempranas) y descongestiona el sistema. También permiten una dinámica que abrevie o renuncie a plazos, consienta resoluciones, evalúe contrapropuestas o diligencias de común interés

19 Algunas... El IMPUTADO: La VICTIMA:
Nuevo escenario: “ve” al Juez, “escucha” las razones de los pedidos del Fiscal, “percibe” la calidad de su Defensa y puede ser oído Su situación se resuelve rápidamente (en uno u otro sentido), cesando su incertidumbre Las penas responden al hecho y no a legitimar tiempo en P.P. La VICTIMA: Tiene posibilidades de que se atiendan sus intereses en forma inmediata Recibe una mejor calidad de información Puede participar rápidamente en la solución alternativa del conflicto

20 Algunas... No se trata de “recrear una especie de psicodramas con fines catárticos” (así, en Italia, Cordero), o pro-piciar “juicios fulminantes” o una “justicia penal su-marísima”, sino de armonizar un escenario en que la eficiencia se practique “con garantías”. Si bien el tope (delitos dolosos con pena de hasta 15 años de prisión o reclusión, o concurso en que ningu-no lo supere), es ALTO, la clave pasa por la simpli-cidad de la prueba. Si esta ofrece visos de comple-jidad, la defensa debe evitar las salidas tempranas e ir a debate pleno.

21 Resultados provisorios (julio)
Fecha de inicio: 4/7 IPP promovidas (hasta el 31/7): 90 Audiencias (exc.): 37 Audiencias (final): 9 Suspensión del juicio a prueba: 24 % Juicio abreviado: 18 % Requerimiento de elevación a juicio: 18 % Archivo (crits. especiales art. 56 bis CPP): 15 % Siguen trámite: 12 % Sobreseimiento: 11% No hubo flagrancia: 2 % Sentencia condenat.: 8 Sobreseimiento: 13 Suspensión JP: 15 Requisitorias de juicio: 22 Fuente: UFIJE de Flagrancia

22 Resultados provisorios
Cantidad de aprehen-didos identificados (4 al 31/7) Flagrancia: 121 (83 %) Resto UFIJEs: 24 (17 %) Total: 145 Cantidad de aprehen-didos identificados (1 al 16/8) Flagrancia: 69 (82 %) Resto UFIJEs: 15 (18 %) Total: 84 Fuente: OTIP

23 Resultados provisorios
Máx. diario: 7 (22/7-2/8) Mín. diario: 1 (8/7) Excarcelación: 33 Finalización: 17 SJP: 11 J.Abrev.: 3 Anulada: 1 (1,53 %) Porcentaje de cumplimiento: 98,47 % Fuente: Juz.Gtías. Fuente: OTIP Total de audiencias hasta el 5/8: 65 1º audiencia: 8/7 Se toman los días hábiles Se suspendieron audiencias del J.G. 1 entre el 25 y 29/7 Promedio diario (21 días hábiles): 3,09

24 Resultados provisorios Agosto
Total de audiencias hasta del 1 al 24/8: 124 Promedio diario (17 días hábiles): 7,29 Sin efecto: 2 (1,61 %) Porcentaje de cumplimiento: 98,39 % Mod. fecha: 3 (2,41 %) Abogs. mat.: 7 (5,64%) Def. Of.: 117 (94,36 %) Máx. diario: 11 (12/8) Mín. diario: 3 (24/8) Excarcelación: 43 Finalización: 60 SJP: 10 J.Abrev.: 8 No flagrancia: 1 Fuente: Agenda General Fuente: OTIP


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