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A. A. Virtual en su Escritorio

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Presentación del tema: "A. A. Virtual en su Escritorio"— Transcripción de la presentación:

1 A. A. Virtual en su Escritorio
Comprobante de Valor Electrónico (COVE) El Comprobante de Valor Electrónico (COVE) no tendrá relación alguna con la facturación electrónica, por lo que de manera independiente las empresas exportadoras y los importadores o agentes aduanales deberán realizar, en caso de que proceda, esta transmisión. El COVE pretende homologar en un archivo electrónico (XML) a aquellos documentos de cruce (facturas proformas, listas de empaque, etc), así como el documento que ampara el valor de las mercancías (facturas fiscales, facturas de importación, notas de remisión, declaraciones de valor, etc) y eliminar la presentación física de estos documentos, razón por la cual se anexa al presente, la última versión del Manual de registros del Comprobante de Valor Electrónico, el procedimiento y el diagrama de flujo correspondiente.

2 A. A. Virtual en su Escritorio
Pedimentos Normales El procedimiento propuesto para el Comprobante de Valor Electrónico consiste en lo siguiente: El agente, apoderado aduanal, el exportador o importador transmitirá electrónicamente la información del Documento que ampara el valor de las mercancías. Esta transmisión se podrá realizar mediante el portal de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, o transmitirlo directamente mediante un Servicio Web que se creara específicamente para este servicio. Una vez validado el COVE el sistema enviará por el mismo medio de transmisión la e-invoice (acuse de recibo) o error en caso contrario. El Agente o Apoderado Aduanal deberá declarar en el pedimento la o las e-invoice para que el Validador de Operaciones de Comercio Exterior (VOCE) otorgue el acuse de validación de pedimentos. NOTA: el Validador de Operaciones de Comercio Exterior (VOCE) verificará que el COVE declarado este previamente transmitido y tenga un estatus válido para usarse.

3 A. A. Virtual en su Escritorio
Remesas de Consolidados El agente, apoderado aduanal, el exportador o importador transmitirá electrónicamente la información de las remesas de consolidado. Esta transmisión se podrá realizar mediante el portal de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, o transmitirlo directamente mediante un Servicio Web que se creara específicamente para este servicio. Una vez validado el COVE el sistema enviará por el mismo medio de transmisión la e-invoice (acuse de recibo) o error en caso contrario. El Agente o Apoderado Aduanal deberá declarar en el Código de Barras la e-invoice para que se ligue la información declarada del COVE a la remesa del pedimento consolidado. NOTA: Selección Automatizada verificará que el COVE declarado este previamente transmitido y tenga un estatus válido para usarse.

4 A. A. Virtual en su Escritorio
Procedimiento durante el despacho aduanero El agente o apoderado aduanal se presenta con el pedimento o el Código de Barras ante el Mecanismo de Selección Automatizada. La aduana modula el pedimento o la remesa de consolidado, ejecutando el Mecanismo de Selección Automatizada. Cuando el resultado de la selección sea “desaduanamiento libre” se libera la mercancía junto con su pedimento o remesa que la ampara. Cuando el resultado de la selección sea “reconocimiento aduanero” la aduana solicita la información del COVE, la cual se transmitió y validó previamente dentro de los aplicativos utilizados durante el despacho aduanero. El sistema muestra la información de la factura en un formato legible para que la aduana compare la mercancía con lo transmitido en el COVE y concluye su reconocimiento.


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