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ESTATUTO ANTICORRUPCIÓN Y ARTICULACIÓN CON EL DECRETO 371 DE 2010

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Presentación del tema: "ESTATUTO ANTICORRUPCIÓN Y ARTICULACIÓN CON EL DECRETO 371 DE 2010"— Transcripción de la presentación:

1 ESTATUTO ANTICORRUPCIÓN Y ARTICULACIÓN CON EL DECRETO 371 DE 2010
LEY 1474 DE 2011 ESTATUTO ANTICORRUPCIÓN Y ARTICULACIÓN CON EL DECRETO 371 DE 2010

2 ESTATUTO ANTICORRUPCIÓN
LEY 1474 DE 2011 ESTATUTO ANTICORRUPCIÓN “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública” VEEDURÍA DELEGADA PARA LA EFICIENCIA ADMINISTRATIVA Y PRESUPUESTAL AÑO 2011

3 CONTENIDO CAPÍTULO PRIMERO. Medidas administrativas para la lucha contra la corrupción. (artículos 1 a 12). CAPÍTULO SEGUNDO. Medidas penales en la lucha contra la corrupción pública y privada. (artículos 13 a 40). CAPÍTULO TERCERO. Medidas disciplinarias para la lucha contra la corrupción. (artículos 41 a 60). CAPÍTULO CUARTO. Regulación del lobby o cabildeo. (artículo 61). CAPÍTULO QUINTO. Organismos especiales para la lucha contra la corrupción. (artículos 62 a 72). CAPÍTULO SEXTO. Políticas institucionales y pedagógicas. (artículos 73 a 81). CAPÍTULO SÉPTIMO. Disposiciones para prevenir y combatir la corrupción en la contratación pública. (artículos 82 a 96). CAPÍTULO OCTAVO. Medidas para la eficiencia y eficacia del control fiscal en la lucha contra la corrupción. (artículos 97 a 130). CAPÍTULO NOVENO. Oficinas de representación. (artículos 131 a 134). CAPÍTULO DÉCIMO. Vigencia.(Artículo 135).

4 Art. 1° a 6º. Inhabilidades y Prohibiciones

5 Art. 1. Inhabilidades para contratar de quienes
incurran en actos de corrupción Modifica literal j, numeral 1,artículo 8º Ley 80 de Inhabilidad se extenderá a veinte (20) años, para condenados por delitos con pena privativa de libertad, por pertenencia, promoción o financiación de grupos ilegales. por delitos de lesa humanidad, por narcotráfico en Colombia o en el exterior, Por soborno transnacional. Excepto delitos culposos. 5

6 Art. 2. Inhabilidades para contratar de quienes financian campañas políticas
Inhabilidad por todo el periodo para el cual el candidato fue elegido, para: Quienes hayan financiado con aportes superiores al 2.5% de las sumas máximas a invertir por los candidatos en cada circunscripción electoral personas del segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil de quienes hayan financiado la campaña. Sociedades existentes o que llegaren a constituirse (distintas de las anónimas abiertas), donde el representante legal o cualquiera de los socios haya financiado directamente o por interpuesta persona las campañas. Excepción: contratos de prestación de servicios profesionales. 6

7 Art. 3. Prohibición para que exservidores públicos gestionen intereses privados
Modifica numeral 22 del artículo 35 de la Ley 734 de 2002: Prestar, a título personal o por interpuesta persona, servicios de asistencia, representación o asesoría en asuntos relacionados con las funciones propias del cargo, hasta por el término de dos (2) años después de la dejación del cargo con respecto del organismo, entidad o corporación en la cual prestó sus servicios, y para la prestación de servicios de asistencia, representación o asesoría a quienes estuvieron sujetos a la inspección, vigilancia, control o regulación de la entidad, corporación u organismos al que haya estado vinculado. Prohibición indefinida en el tiempo para asuntos concretos de los cuales el servidor conoció (de carácter particular y concreto que fueron objeto de decisión y de los cuales existen sujetos claramente determinados) 7

8 Art. 5. No podrán celebrar contratos de interventoría con la misma entidad (entidades referidas en el artículo 2 de la ley 8 de 1993), durante el plazo de ejecución y hasta la liquidación del mismo: Quienes hayan celebrado contrato estatal de obra pública, concesión, suministro de medicamentos y alimentos. Cónyuge, compañero(a) permanente, pariente hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y/o primero civil. Socios de sociedades anónimas distintas a las abiertas. 8

9 Art. 6. Acción de Repetición
Modifica numeral 2 del artículo 8 de la Ley 678 de 2001: 2. El Ministerio de Justicia y del Derecho a través de la Dirección de Defensa Judicial de la Nación o quien haga sus veces. 9

10 Art. 7. Responsabilidad de los
Revisores Fiscales Adiciona numeral 5 al artículo 26 de la Ley 43 de 1990. 5. Cuando se actúe en calidad de revisor fiscal, no denunciar o poner en conocimiento de la autoridad disciplinaria o fiscal correspondiente, los actos de corrupción que haya encontrado en el ejercicio de su cargo, dentro de los seis (6) meses siguientes a que haya conocido el hecho o tuviera la obligación legal de conocerlo…. En relación con actos de corrupción no procederá el secreto profesional. 10

11 Art. 8. Designación del responsable de Control Interno
Modifica artículo 11 de la Ley 87 de 1997: El Presidente de la República designará en las entidades estatales del orden nacional al Jefe de Unidad de la Oficina de control Interno, de libre nombramiento y remoción. En entidades de la rama ejecutiva del orden territorial, lo designará la máxima autoridad administrativa, por un periodo fijo de cuatro años, en la mitad del respectivo periodo del alcalde o gobernador. Parágrafo 1: Acreditar formación profesional y experiencia mínima de tres (3) años en asuntos de control interno. Parágrafo 2: Contar con personal multidisciplinario que asigne el jefe del organismo o entidad, según naturaleza de funciones, sin implicación necesaria de aumento en la planta de cargos. 11

12 Art. 9. Reportes del Responsable de Control Interno
Modifica artículo 14 de la Ley 87 de 1997: el jefe de unidad de la oficina de control interno o quien haga sus veces será de libre nombramiento y remoción designado por el Presidente de la República. Reportar al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y a los Organismos de Control posibles actos de corrupción e irregularidades que haya encontrado. Publicar cada cuatro (4) meses en página Web de la entidad, informe pormenorizado del estado del estado del control interno, so pena de incurrir en falta disciplinaria grave. Parágrafo transitorio: Los responsable de control interno que estén ocupando el cargo a 31 de diciembre de 2011, permanecerán en él hasta que el gobernador o alcalde haga la designación del nuevo funcionario, conforme a la fecha prevista en el presente artículo (en realidad es en el artículo anterior) . 12

13 Art. 62 a 64. Comisión Nacional para la Moralización
y Comisiones Regionales Conformación de la Comisión Nacional para la Moralización, presidida por el Presidente de la República que velará por el cumplimiento de esta ley y de la ley 190 de 1995. Conformación de Comisiones Regionales de Moralización para cada departamento. Coordinar las acciones de los órganos de prevención, investigación y sanción de la corrupción Aplicar lineamientos de la Comisión Nacional. Reunión mensual obligatoria. Reunión trimestral con la ciudadanía (Podría participar la Veeduría Distrital) 13

14 Proyecto de Acuerdo No. 076 de 2012.
Art. 62 a 64. Comisión Nacional Ciudadana para la Lucha contra la Corrupción El Presidente de la República designará los comisionados ciudadanos, de ternas enviadas por los sectores, para periodos fijos de cuatro (4) años, ad honorem. Secretaría Técnica Programa de Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción. Reuniones trimestrales. Informe anual de actividades y resultados. Decreto No de Reglamenta Comisión Nacional para la Moralización y Comisión Ciudadana para la Lucha contra la Corrupción Proyecto de Acuerdo No. 076 de 2012. Comisión Distrital de Moralización 14

15 Plan Anticorrupción y Atención al Ciudadano
Art.73 Ley. Plan Anticorrupción y Atención al Ciudadano Art.74 Ley. Plan de acción de las entidades públicas Art.75 Ley. Política Antitrámites Art.3. Decreto 371 de 2010 Procesos de atención al ciudadano, sistemas de información y atención de peticiones, quejas, reclamos y sugerencias

16 Art. 73. Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano
Entidad Estratega anual de lucha contra la corrupción y atención al ciudadano. Mapa de riesgos de corrupción. Medidas concretas para mitigar riesgos. Estrategias antitrámites. Mecanismos para mejorar la atención al ciudadano. Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción Señalará metodología para diseñar y hacer seguimiento a la estrategia. Parágrafo: Entidades podrán validar metodología de su sistema integral de administración de riesgos con la definida por el Programa. 16

17 Art. 74. Plan de acción de las entidades públicas
Publicación en página Web, el 31 de enero de cada año, Plan de acción del año (objetivos, estrategias, proyectos, metas, responsables) planes generales de compras, distribución presupuestal de proyectos de inversión, indicadores de gestión, presupuesto desagregado y sus modificaciones, informe de gestión del año anterior. 17

18 Art. 75. Política Antitrámites
Entidad del orden nacional Creación de un nuevo trámite que afecte a los ciudadanos requiere justificación ante el DAFP (concepto en 30 días). Parágrafo 1. (numeral 10 artículo 150 Constitución) Facultades extraordinarias la Presidente de la república (6 meses), para expedir normas con fuerza de ley, para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la administración pública. Parágrafo 2. Facultades no aplicables a trámites ambientales. Decreto Ley 019 de Antitrámites Directiva Presidencial 004 de 2012. Eficiencia Administrativa y Cero Papel 18

19 Artículo 76. Oficina de quejas, sugerencias y reclamos
ENTIDAD Link de quejas, sugerencias y reclamos de fácil acceso en página Web. Espacio en página Web principal para que ciudadanos presenten quejas y denuncias de corrupción realizados por funcionarios de la entidad y sugerencias para mejorar la prestación del servicio. OFICINA QSR Conocer dichas quejas. Realizar investigación en coordinación con el operador disciplinario interno. Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción Señalará los estándares para cumplir por las entidades públicas. Parágrafo: Entidades podrán validar características de su proceso contra los estándares exigidos por el Programa. 19

20 Art. 77. Publicación proyectos de inversión
Entidad Publicar en página Web los proyectos de inversión ordenados por fecha de inscripción en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión nacional, departamental, municipal o distrital. Excepción: empresas industriales y comerciales del estado y sociedades de economía mixta. 20

21 Democratización de la Administración Pública
Art.78 Ley. Democratización de la Administración Pública ART. 4. Decreto 371 de 2010. Procesos de participación ciudadana y control social

22 Democratización de la Administración Pública
Art.78 Ley. Democratización de la Administración Pública Modifica artículo 32 de la ley 489 de 1998: entidades y organismos deben desarrollar gestión acorde con principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública. Acciones para involucrar ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil en la formulación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública. Convocar Audiencias Públicas. Incorporar Políticas y programas para fortalecer la participación ciudadana. Difundir y promover de derechos ciudadanos, respecto del funcionamiento de la administración pública. Incentivar formación de asociaciones y mecanismos de asociación de intereses para presentar a los usuarios y ciudadanos. Apoyar mecanismos de control social que se constituyan. Aplicar mecanismos que brinden trasparencia a la función administrativa 22

23 DECRETO 371 DE 2010 “Por el cual se establecen lineamientos para preservar y fortalecer la transparencia y para la prevención de la corrupción en las Entidades y Organismos del Distrito Capital”

24 CONTENIDO FUNDAMENTOS NORMATIVOS II. ESTRUCTURA Campo de aplicación.
De los procesos de contratación. De los procesos de atención al ciudadano y los sistemas de información y atención de las peticiones, quejas, reclamos y sugerencias. De los procesos de participación ciudadana y control social. De los sistemas de control interno. Verificación de cumplimiento. III. CIRCULARES VEEDURÍA DISTRITAL IV. RESULTADOS CIERRE 2011

25 I. FUNDAMENTOS NORMATIVOS
CONSTITUCIÓN DECRETO 371 LINEAMIENTOS NACIONALES LINEAMIENTOS DISTRITALES

26 Constitución nacional
Principios de la democracia participativa, soberanía nacional y derecho fundamental de los ciudadanos a conformar, ejercer y controlar el poder Político. Derecho de toda persona a presentar peticiones respetuosas a las autoridades y a obtener pronta resolución. Derecho de las personas y organizaciones a acceder a los documentos públicos oficiales. Función administrativa al servicio de intereses generales, fundamentada en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. Métodos y procedimientos de control interno.

27 Lineamientos nacionales
Documento CONPES 3654 de 2010. Política de Rendición de Cuentas de la Rama Ejecutiva a los Ciudadanos. DNP, DAFP y Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha Contra la Corrupción

28 Lineamientos distritales
Acuerdo Distrital 308 de 2008, Plan Distrital de Desarrollo Bogotá Positivar Para Vivir Mejor. Gestión Pública Efectiva y Transparente. Garantizar la oportunidad, calidad y probidad en el ejercicio de la gestión pública. Normas y directivas para el desarrollo de las temáticas relacionadas con la contratación administrativa, la atención al ciudadano, el trámite de sus inquietudes y peticiones, la rendición de cuentas y los sistemas de control interno, tendientes a garantizar transparencia y efectividad de la gestión pública. Sistema Distrital de Quejas y Soluciones.

29 II. ESTRUCTURA Decreto 371 de 2010 Artículo 1. Aplicación
Artículo 7. Vigencia Artículo 2. Contratación Decreto 371 de 2010 Artículo 3- Atención al ciudadano, los sistemas de información y atención de las peticiones, quejas, reclamos y sugerencias. Artículo 6°.-Verificación de cumplimiento Artículo 5°. Sistemas de control interno Artículo 4°. Participación ciudadana y control social

30 Art. 1. Campo de aplicación
Establece lineamientos para: Preservar y fortalecer la transparencia Prevenir de la corrupción en las Entidades y Organismos del Distrito Capital.

31 Sistemas de Información y Atención de Peticiones,
Contratación FORTALECIMIENTO DE LA TRANSPARENCIA DE LA CORRUPCIÓN PREVENCIÓN Participación Ciudadana y Control Social Atención al Ciudadano, Sistemas de Información y Atención de Peticiones, Quejas, Reclamos y Sugerencias de los Ciudadanos Control Interno

32 Art. 2°. Procesos de Contratación

33 Procesos de Contratación
1 Existencia de procedimientos, manuales, instructivos y formatos actualizados, formalizados y socializados, acordes con la normatividad. Mecanismos utilizados por la entidad u hospital para facilitar el ejercicio de control social y de participación de la ciudadanía en los procesos contratación. Publicación estudios previos. Existencia de los bienes y servicios en planes de contratación. 33

34 Procesos de Contratación
2 Existencia de documentos formales donde se establezca la metodología para la determinación del presupuesto oficial de una contratación, de acuerdo con los estudios previos y los precios del mercado. 34

35 Procesos de Contratación
3 Conformación, funciones, idoneidad y actuaciones de los comités técnicos, financieros y jurídicos. 35

36 Procesos de Contratación
4 Existencia de metodología para la elaboración de los estudios y documentos previos a la contratación. Metodología empleada para la determinación de riesgos previsibles. 36

37 Procesos de Contratación
5 Documentos formales con las funciones y responsabilidades y asignación de los interventores y supervisores de contratos, los mecanismos para su selección y para la verificación de idoneidad. 37

38 Procesos de Contratación
6 Acciones de coordinación para procesos donde intervienen otras entidades (mapas de riesgos del proceso contractual - procedimientos – Definición previa de instancias de coordinación, actas). 38

39 Procesos de Contratación
7 Espacios formales para retroalimentar sobre: las experiencias exitosas y las problemáticas encontradas en los procesos de contratación, las acciones de prevención y mejoramiento que se deben emprender. 39

40 Art.3. Procesos de atención al ciudadano,
sistemas de información y atención de peticiones, quejas, reclamos y sugerencias

41 Procesos atención ciudadanos y sistemas de información y atención de PQRS
1 Idoneidad, capacitación. Encuestas de percepción sobre la prestación del servicio. Evaluación de la satisfacción de los usuarios con las respuestas dadas a sus solicitudes. 41

42 Procesos atención ciudadanos y sistemas de información y atención de PQRS
2 Procesos, procedimientos y recursos asociados a la atención al usuario (misionales o estratégicos). Funciones y competencias del Defensor del Ciudadano- Despliegue a clientes internos y externos. 42

43 Procesos atención ciudadanos y sistemas de información y atención de PQRS
3 Coherencia entre las peticiones, quejas o solicitudes recibidas a través de diferentes medios y su registro en el Sistema Distrital de Quejas y Soluciones. Análisis de las estadísticas. Identificación de oportunidades de mejora. 43

44 Procesos atención ciudadanos y sistemas de información y atención de PQRS
4 Coordinación y comunicación entre los procesos institucionales y el de quejas y reclamos para dar respuesta a los requerimientos de los usuarios Procedimientos formales. Mecanismos de mejoramiento. 44

45 Procesos atención ciudadanos y sistemas de información y atención de PQRS
5 Señalización donde se indique en qué sitio pueden registrar sus requerimientos. 45

46 Coherencia de las respuestas (muestra).
Procesos atención ciudadanos y sistemas de información y atención de PQRS 6 Indicadores. Coherencia de las respuestas (muestra). 46

47 Procesos atención ciudadanos y sistemas de información y atención de PQRS
7 Participación del encargado del proceso de atención al usuario en las reuniones, actividades y eventos programados por la Delegada para la Atención de Quejas y Reclamos de la Veeduría Distrital. Adopción de medidas sugeridas por esta red. 47

48 ART. 4. Procesos de participación ciudadana y control social

49 Procesos de participación ciudadana
y control social 1 Convocatoria a personas o veedurías ciudadanas para el control social en las invitaciones públicas para contratación. Evidencias de participación de personas y asociaciones en el control social sobre planes, proyectos y procesos de contratación 49

50 Procesos de participación ciudadana
y control social 2 Canales de comunicación de la entidad con la ciudadanía (reuniones, periódicos, boletines, medios audiovisuales, pagina Web, etc.) 50

51 Procesos de participación ciudadana
y control social 3 Programaciones y evidencias de realización de audiencias públicas. 51

52 Procesos de participación ciudadana
y control social 4 Acciones de promoción de la conformación de redes, asociaciones de usuarios, veedurías ciudadanas. Acciones de apoyo al funcionamiento de las mismas. 52

53 Procesos de participación ciudadana
y control social 5 Registros en medios físicos y/o electrónicos y su administración. Evidencias de priorización de acciones identificadas en los eventos de participación ciudadana en la gestión y el control social. 53

54 Procesos de participación ciudadana
y control social 6 Entrega de información oportuna y de fácil comprensión. 54

55 Art 5°. Sistemas de Control Interno

56 Sistemas de Control Interno
1 Inducción, entrenamiento en puesto de trabajo, reinducción, capacitación. Cobertura. Eficiencia y efectividad de capacitaciones. 56

57 Sistemas de Control Interno
2 Mecanismos directos (reuniones, eventos), impresos y medios electrónicos para el despliegue de información a los servidores, relacionada con el quehacer institucional y los resultados de la gestión. Planes de acción según necesidades del cliente interno. Evaluación de la efectividad de la comunicación organizacional. 57

58 Sistemas de Control Interno
3 Actos administrativos inherentes al desarrollo del Sistema de Control Interno. Otros documentos que evidencien la operatividad de los niveles de autoridad y responsabilidad del sistema (planes, programas, manuales, procedimientos, guías, agendas y actas de comités y otras reuniones). 58

59 Sistemas de Control Interno
4 Existencia de una política y una metodología de administración de riesgos Existencia mapas de riesgo actualizados y con seguimientos periódicos. 59

60 Sistemas de Control Interno
5 Plan estratégico de sistemas de información PESI institucional. Actividades y controles para la captura de información primaria, su procesamiento y análisis de datos, reportes (disponibilidad, integralidad, seguridad). Mecanismos de mejoramiento continuo (autoevaluaciones y evaluaciones independientes). 60

61 Sistemas de Control Interno
6 Publicación en la página Web de cada entidad de planes, programas, proyectos, eventos de participación ciudadana, indicadores e informes de gestión periódicos. Actas del Comité Coordinador donde se haga referencia a la presentación de los resultados de las auditorias a los procesos de contratación, peticiones y servicio al ciudadano, participación comunitaria y control social y, las acciones que el Comité adopte. 61

62 Sistemas de Control Interno
7 Existencia y aplicación de procedimientos de entrega y recibo de cargos. 62

63 Sistemas de Control Interno
8 Inclusión de las auditorías a los procesos de contratación, atención al ciudadano, participación ciudadana y control social en el programa anual de auditoría de cada entidad. Aprobación por el Comité Coordinador 63

64 Sistemas de Control Interno
9 Procedimiento formal para elaboración del Plan de Mejoramiento Institucional que integre las evaluaciones internas y externas realizadas a la entidad así como las quejas, reclamos y solicitudes de la ciudadanía. Plan de mejoramiento institucional que integre las evaluaciones internas y externas realizadas a la entidad así como las quejas, reclamos y solicitudes de la ciudadanía. 64

65 Sistemas de Control Interno
10 Relevancia temática en planes, programas, proyectos e informes. Publicación acciones y resultados a través de medios impresos, electrónicos (Intranet y página Web), audiencias públicas y rendiciones de cuentas a sus usuarios y a la ciudadanía en general. 65

66 Sistemas de Control Interno
11 Participación de los lideres de procesos mencionados en este decreto en las actividades convocadas por la Veeduría Distrital. 66

67 Veeduría Distrital Seguimiento cumplimiento Decreto.
Artículo 6°. Verificación Seguimiento cumplimiento Decreto. Formulación recomendaciones. Información periódica al Alcalde Mayor. Veeduría Distrital

68 III. CIRCULARES VEEDURÍA DISTRITAL
Circular No. 010 DE Aplicación de las disposiciones contenidas en el Decreto 371 de 2010. Circular No. 003 DE Auditorías internas ordenadas en el Decreto 371 de Listas de Chequeo Circular No. 012 DE Segunda evaluación Decreto 371 de 2010. Circular No. 003 DE Planes institucionales y Auditorías Decreto 371 de 2010 para la vigencia Herramienta de Evaluación (Aplicativo) 68

69 IV. RESULTADOS SECTOR MOVILIDAD
CONTRATACIÓN 2011 69

70 IV. RESULTADOS SECTOR MOVILIDAD
ATENCIÓN CIUDADANOS Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN DE PQRS 2011 70

71 IV. RESULTADOS SECTOR MOVILIDAD PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Y CONTROL SOCIAL 2011 71

72 IV. RESULTADOS SECTOR MOVILIDAD SISTEMAS DE CONTROL INTERNO 2011
72

73 Equipo de trabajo Asesores Martha Lucía Ortiz Penagos
Jaime Armando Gil Tovar Veedor Delegado para la Eficiencia Administrativa y Presupuestal Asesores Martha Lucía Ortiz Penagos Omar Tarcisio Cañas Carrillo Edith Janneth Abella Sánchez Mónica Fernández Quintero Daissy Tatiana Santos Yate Alejandra León Castro Luz Andrea Jaramillo Acero Nelson Molina Ramírez Olga Milena Corzo Estepa 73

74 GRACIAS 74


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