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Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Respeto y protección del conocimiento.

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Presentación del tema: "Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Respeto y protección del conocimiento."— Transcripción de la presentación:

1 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Respeto y protección del conocimiento tradicional Intercambio de información sobre capacitación, resultados de investigaciones y conocimientos, y repatriación de información Respeto y fomento a la utilización consuetudinaria de los recursos Establecer métodos de cooperación para el desarrollo y utilización de tecnologías LOS CONOCIMIENTOS TRADICIONALES EN EL CONVENIO SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA Artículos 8 j); 10 c); 17-2 y 8-4

2 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial CONFERENCIA DE LAS PARTES - COP Responsable de verificar la aplicación Transferir fondos a los países en desarrollo Tomar las decisiones del CDB La COP se reúne cada dos años, hasta ahora se ha reunido siete veces

3 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial COP II Jakarta, Indonesia 6-17 de noviembre de 1995 Intercambio de experiencias sobre medidas adoptadas de protección a los CT, difusión de información y creación de capacidad. Sinergias y relación entre los objetivos del Convenio sobre la Diversidad Biológica y el ADPIC; Consultas con todas las entidades, en particular el sector privado y las comunidades indígenas y locales, para comprender sus necesidades y preocupaciones; Análisis de los efectos de los sistemas de derechos de propiedad intelectual

4 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial COP III Buenos Aires, Argentina, 4-15 de noviembre de 1996 Sugiere legislación nacional y estrategias para la aplicación del artículo 8(j) en consulta con representantes de sus comunidades indígenas y locales Intercambio de información sobre legislación nacional, medidas administrativas e incentivos Estudios monográficos sobre medidas adoptadas, Diálogo conocimientos tradicionales y otros sistemas de conocimientos; Influencia que el derecho y la política actual tienen en los conocimientos, innovaciones y prácticas Asegurar la representación de los gobiernos y las comunidades indígenas y locales

5 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial COP IV. Bratislava, República Eslováquia 4-15 de Mayo de 1998 Decisión IV/9 Aplicación del artículo 8 j) y disposiciones conexas Establece un grupo de trabajo encargado de la aplicación del artículo 8 j) del Convenio y disposiciones conexas. el grupo de trabajo estará compuesto por Partes y observadores, incluidos, en particular, representantes de las comunidades indígenas y locales El mandato de este grupo es: Asesorar sobre la aplicación y la formulación de modalidades jurídicas y de otro tipo de protección para los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales. Asesorar sobre la formulación y aplicación de un programa de trabajo a nivel nacional e internacional;

6 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Recomendaciones sobre las prioridades teniendo en cuenta el programa de trabajo de la Conferencia de las Partes. Asesoramiento sobre medidas para fortalecer la cooperación a nivel internacional entre comunidades indígenas y locales con estilos de vida tradicionales y formular propuestas para el fortalecimiento de los mecanismos que apoyan esa cooperación. Elaborar un programa de trabajo sobre la base de la estructura de los elementos del informe de Madrid.

7 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Estructura del Programa de Trabajo A. Mecanismos participativos para las comunidades indígenas y locales. B. Estado y tendencias en relación con el artículo 8 j) y disposiciones conexas. C. Prácticas culturales tradicionales para la conservación y la utilización sostenible. D. Distribución equitativa de los beneficios. E. Intercambio y difusión de información. F. Elementos de vigilancia. G. Elementos jurídicos.

8 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial COP 5. Nairobi, Kenya, 15-26 de mayo de 2000 Decisión V/16 Artículo 8 j) y disposiciones conexas Aprueba el programa de trabajo e insta a las Partes y a los gobiernos a que, en colaboración con las organizaciones pertinentes y con sujeción a sus leyes nacionales, promuevan su aplicación. El objetivo de este programa de trabajo es promover, en el marco del Convenio, una aplicación justa del artículo 8 j) y disposiciones conexas a nivel local, nacional, regional e internacional y garantizar la participación plena y efectiva de las comunidades indígenas y locales en todas las etapas y niveles de su aplicación.

9 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial PRINCIPIOS GENERALES DEL PROGRAMA DE TRABAJO 1. Participación plena y efectiva de las comunidades indígenas y locales en todas las fases de la definición y aplicación de los elementos del programa de trabajo. Participación plena y efectiva de las mujeres de las comunidades indígenas y locales en todas las actividades del programa de trabajo. 2. Los conocimientos tradicionales se valorarán, respetarán y considerarán tan útiles y necesarios como otros tipos de conocimientos.

10 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial 3. Un criterio integral acorde a los valores espirituales y culturales y a las prácticas habituales de las comunidades indígenas y locales y a su derecho de controlar sus conocimientos tradicionales, innovaciones y prácticas. 4. El enfoque por ecosistemas es una estrategia para la gestión integrada de la tierra, el agua y los recursos vivos que alienta la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica en forma equitativa. 5. El acceso a los conocimientos tradicionales, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales deberá estar sujeto al consentimiento fundamentado previo o aprobación fundamentada previa de los titulares de esos conocimientos, innovaciones y prácticas.

11 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Elementos considerados en el Programa de Trabajo sobre CT Mecanismos participativos para las comunidades indígenas y locales Situación y tendencias de los conocimientos tradicionales Distribución equitativa de los beneficios Intercambio y difusión de la información Elementos de vigilancia Elementos jurídicos

12 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial COP VI. La Haya, Abril 2002 Decisión VI/10 Artículo 8 j) y disposiciones conexas · Se revisa el informe sobre el progreso logrado en la integración de las tareas pertinentes del programa de trabajo sobre el artículo 8 j) y disposiciones conexas. · Se realiza un examen del progreso en la aplicación de las tareas prioritarias del programa de trabajo. Se emiten recomendaciones para realizar evaluaciones de las repercusiones culturales, ambientales y sociales de proyectos de desarrollo que hayan de realizarse, o que probablemente tengan repercusiones, en lugares sagrados o en tierras o aguas ocupadas o utilizadas tradicionalmente por las comunidades indígenas y locales.

13 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Se identifica la necesidad de fomentar mecanismos de participación de las comunidades indígenas y locales en torno al tema de protección a los CT, en particular recomienda adoptar medidas, legislativas, administrativas y políticas. Se decide realizar una evaluación de la eficacia de los actuales instrumentos subnacionales, nacionales e internacionales, particularmente de los instrumentos de derechos de propiedad intelectual que puedan tener repercusiones en la protección de los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales

14 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial COP VII. Kualalumpur, Malasia Febrero 2004 Insta a las Partes, a incluir en sus informes nacionales los datos sobre la situación y tendencias relacionadas con los conocimientos, tradicionales y sobre el progreso logrado en la aplicación de las tareas prioritarias del programa de trabajo a los niveles nacional, subnacional y local; Invita a las Partes y gobiernos a que, en colaboración con las organizaciones pertinentes, creen y desarrollen, con urgencia, de acuerdo con las necesidades y prioridades identificadas, programas de creación de capacidad

15 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Proporciona elementos de un Plan de Acción para el mantenimiento de los conocimientos, innovaciones y practicas tradicionales, donde se considera: A. Proceso mejorado de supervisión y presentación de informes B. Indicadores C. Ética de la investigación. Identificación y construcción de códigos de ética y protocolos para adelantar investigaciones en territorios tradicionales. Invita a las Partes, y a las comunidades indígenas y locales a que examinen las recomendaciones del Grupo especial de expertos técnicos sobre tecnologías de restricción de uso genético,

16 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial D. Investigación y aplicación de los mecanismos y medidas que se ocupan de las causas fundamentales de la disminución de los conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales E. Creación de capacidad, educación y capacitación F. Directrices Akwe:kon voluntarias para realizar evaluaciones de las repercusiones culturales, ambientales, y sociales de proyectos de desarrollo que hayan de realizarse en lugares sagrados o en tierras o aguas ocupadas o utilizadas tradicionalmente por las comunidades indígenas y locales, o que puedan afectar a esos lugares

17 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial G. Mecanismos de participación de las comunidades indígenas y locales en donde hace especial énfasis en la necesidad de identificar otras herramientas de comunicación tradicionales, alternativas y no electrónicas para garantizar la participación plena y eficaz de las comunidades indígenas y locales en la red de comunicación. H. Elaboración de los elementos de sistemas sui generis para la protección de los conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales.

18 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Muchas Gracias


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