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NORMATIVIDAD DE SEMILLAS

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Presentación del tema: "NORMATIVIDAD DE SEMILLAS"— Transcripción de la presentación:

1 NORMATIVIDAD DE SEMILLAS
NORMAS CONTENIDO Decisión 345/93 de la CAN, sobre el Régimen Común de Derechos de Obtentores Vegetales Protege los derechos de los fitomejoradores, mediante la aplicación de los lineamientos de la Unión para la Protección de Obtentores Vegetales (UPOV) UPOV 91- Protege los derechos de los fitomejoradores, mediante la aplicación de Derechos de Obtentores Végetales DOV (UPOV). Decisión 515 de 2002 –Sistema Andino de Sanidad Agropecuaria Establece el marco jurídico andino para la adopción de medidas sanitarias y fitosanitarias de aplicación al comercio intrasubregional y con terceros países de plantas, productos vegetales, artículos reglamentados, animales y sus productos. RESOLUCIÓN 1167 DE 2010 (marzo 25) registro y control de comercialización de insumos agropecuarios y/o semillas RESOLUCION ICA 1893 DEL 29 DE JUNIO DE 1995 Se ordena la apertura del Registro Nacional de Variedades Vegetales Protegidas, se establece el procedimiento para la Obtención del Certificado de Obtentor y se dictan otras disposiciones. NORMATIVIDAD DE SEMILLAS

2 NORMATIVIDAD DE SEMILLAS
NORMAS CONTENIDO Res. 456 de 16 de feb. 2006 Requisitos para la producción de de semillas certificada de arroz para la siembra. PROYECTO DE LEY 59 DE 2009 SENADO. La presente ley tiene por objeto estimular la producción de semillas en el territorio nacional, regular su certificación, comercialización, exportación e importación. Asegurando la seguridad alimentaria de los consumidores colombianos, el abastecimiento de semillas para los productores agrícolas, y la protección de la propiedad de las creaciones Ley 1032/2006, Modifica el artículo 306 del Código Penal: se refiere a la uusurpación de derechos de propiedad industrial y derechos de obtentores de variedades vegetales. Resolución 187/2006 (ICA). Por la cual se adopta el Reglamento para la producción primaria, procesamiento, empacado, etiquetado, almacenamiento, certificación, importación, comercialización  y se establece el Sistema de Control de Productos Agropecuarios Ecológicos. Decreto 4525/2005 Reglamenta la implementación en Colombia del Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad. Es una norma le facilita a las empresas la entrada de semillas y alimentos transgénicos en el país. NORMATIVIDAD DE SEMILLAS

3 NORMATIVIDAD DE SEMILLAS
NORMAS CONTENIDO Resolución 456 de ICA Establece requisitos específicos para la producción de semillas de arroz certificada para la siembra, Dentro de los requisitos que deben cumplir las personas naturales o jurídicas, la resolución establece que solo se podrán utilizar semillas registradas en el ICA La Resolución 970/2010, del ICA El objetivo de esta resolución es reglamentar y controlar la producción, importación, exportación, almacenamiento, comercialización y transferencia a título gratuito y/o uso de la semilla Resolución 932 de la CAN Establece categorías de riesgo fitosanitario determinando que dentro de la categoría 4 se encuentran las semillas, plantas, u otros materiales de origen vegetal, destinados a la propagación y/o reproducción. Decisión 391 de de la CAN Régimen común sobre Acceso a los Recursos Genéticos NORMATIVIDAD DE SEMILLAS

4 Acción de Inconstitucionalidad

5 Porqué acción de inconstitucionalidad
Establecimiento de parámetros de interpretación y aplicación del marco jurídico nacional Función sistémica de la Corte Constitucional Alcance sustancial de la jurisprudencia de la Corte Constitucional Establecimiento de estándares relacionados con los derechos vulnerados Elementos base para estrategia jurídica Tiempo del proceso frente a otras posibles acciones Importancia de los resultados frente a otras acciones

6 Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 4 de la Ley 1032/2006 que modifica el artículo 306 del código penal Qué se demanda?

7 Artículo 306. Usurpación de derechos de propiedad industrial y derechos de obtentores de variedades vegetales. El que, fraudulentamente, utilice nombre comercial, enseña, marca, patente de invención, modelo de utilidad, diseño industrial, o usurpe derechos de obtentor de variedad vegetal, protegidos legalmente o similarmente confundibles con uno protegido legalmente, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años y multa de veintiséis punto sesenta y seis (26.66) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes.  En las mismas penas incurrirá quien financie, suministre, distribuya, ponga en venta, comercialice, transporte o adquiera con fines comerciales o de intermediación, bienes o materia vegetal, producidos, cultivados o distribuidos en las circunstancias previstas en el inciso anterior. Articulo demandado

8 Constitución política de 1991
Preámbulo: Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de república unitaria, descentralizada con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en prevalencia del interés general. Art 7: El estado reconoce la diversidad étnica y cultural de la Nación Colombiana. Art 8: es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación. Art 63: los bienes de uso público , los parques naturales, las tierras de comunidades étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demás bienes que determine la ley, son inalienables imprescriptibles e inembargables. Art 65: La producción de alimentos gozara de la especial protección del Estado, para tal efecto se otorgara prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas pecuarias, pesqueras, agroindustriales, así como también a la construcción de obras de infraestructura física y adecuación de tierras. Constitución política de 1991

9 Constitución política de 1991
Artículo 72: Ins 2: el patrimonio cultural de la Nación está bajo la protección del Estado. El patrimonio arqueológico y otros bienes culturales que conforman la identidad Nacional, pertenecen a la Nación y son inalienables, inembargables e imprescriptibles. La ley establecerá los mecanismos para readquirir los cuando se encuentren en manos de particulares y reglamentara los derechos especiales que pudieran tener los grupos étnicos asentados en territorios de riqueza arqueológica. Artículo 79: todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizara la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlos. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines. Artículo 80: El Estado planificara el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación su restauración o sustitución. Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados. Así mismo cooperara con otras naciones en la protección de los ecosistemas situadas en las zonas fronterizas. Art 93: los tratados y convenios internacionales ratificados por el congreso, que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en los estados de expedición, prevalecen en el orden interno. Los derechos y deberes consagrados en esta carta, se interpretaran de conformidad con los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia. Art 94: la enunciación de los derechos y garantías contenidos en la constitución y en los convenios internacionales vigentes, no debe entenderse como negación de otros que , siendo inherentes a la persona humana, no figuren expresamente en ellos. Art 95: …proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano… Art 332: El Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables, sin perjuicio de los derechos adquiridos y perfeccionados con arreglo a las leyes preexistentes. Art 333 inciso final: El Estado , por mandato de la ley, impedirá que se obstruya o se restrinja la libertad económica y evitara o controlara cualquier abuso que personas o empresas hagan de su posición dominante en el mercado Nacional, la ley delimitara el alcance de la libertad económica cuando asi lo exijan el interés social, el ambiente y el patrimonio cultural de la Nación. Constitución política de 1991

10 Constitución Política de 1991
Art 94: la enunciación de los derechos y garantías contenidos en la constitución y en los convenios internacionales vigentes, no debe entenderse como negación de otros que , siendo inherentes a la persona humana, no figuren expresamente en ellos. Art 95: …proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano… Art 332: El Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables, sin perjuicio de los derechos adquiridos y perfeccionados con arreglo a las leyes preexistentes. Art 333 inciso final: El Estado , por mandato de la ley, impedirá que se obstruya o se restrinja la libertad económica y evitara o controlara cualquier abuso que personas o empresas hagan de su posición dominante en el mercado Nacional, la ley delimitara el alcance de la libertad económica cuando asi lo exijan el interés social, el ambiente y el patrimonio cultural de la Nación. Constitución Política de 1991

11 Constitución Política
Art 334: la dirección general de la economía estará a cargo del Estado. Este intervendrá , por mandato de la ley , en la explotación de los recursos naturales, en el uso del suelo, en la producción, distribución, utilización y consumo de los bienes, y en los servicios públicos y privados, para racionalizar la economía con el fin de conseguir el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes , la distribución equitativa de oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación de un ambiente sano. El estado, de manera especial, intervendrá para dar pleno empleo a los recursos humanos y asegurar que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo a los bienes y servicios básicos. También para desarrollar la productividad y la competitividad y el desarrollo armónico de las regiones. Constitución Política

12 Instrumentos Internacionales
Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Convención Americana sobre Derechos Humanos Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales desarrolla el contenido del mencionado derecho relacionándolo con el derecho a la vida Protocolo adicional a la Convención Americana en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Convenio 169 de la OIT (ley 21 de 1991) Convención sobre todas las Formas de Discriminación Racial de Naciones Unidas Instrumentos Internacionales

13 Instrumentos Internacionales
Convenio de Diversidad Biológica adoptada en el año de 1992 que entró en vigor en 1993 mediante la ley 165 de 1994. Tratado Internacional sobre los recursos fitogenéticos de la FAO suscrito mediante la Resolución 3 de 2001 y firmado por Colombia el 30/10/2002 Resolución 5/89/ Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) Convención Internacional sobre Comercio de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres adoptada en 1973 que entró en vigencia el 1975 por medio de la Ley 17 de 1981, Protocolo sobre Áreas y Fauna Especialmente Protegidas en la región del gran Caribe, aprobada mediante la Ley 356 de 1997. Protocolo de Cartagena sobre seguridad de la biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica. Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales desarrolla el contenido del mencionado derecho relacionándolo con el derecho a la vida Convenio 169 de la OIT (ley 21 de 1991 Instrumentos Internacionales

14 Vinculación de estándares internacionales en la materia

15 Derecho a la alimentación, soberanía alimentaria
Obligaciones estatales la obligación de respetar que exige que los Estados no adopten ninguna medida que se interponga en el acceso de la población a la alimentación, como por ejemplo, destruir cosechas o desplazándola de su tierra o medios de subsistencia. la obligación de proteger que exige que los Estados desempeñen un papel activo a fin de impedir que agentes no estatales, incluidos empresa e individuos, violen el derecho de otras personas a la alimentación; la obligación de satisfacer en virtud de la cual: los gobiernos deberán procurar activamente alimentación para los grupos vulnerables e instrumentar políticas para asegurar el acceso de esas personas a una alimentación adecuada y la posibilidad de alimentarse asi mismas . Como último recurso, se debe proporcionar también asistencia directa cuando la población es incapaz de acceder a una alimentación adecuada por razones que escapan a su control. Derecho a la alimentación, soberanía alimentaria

16 Derecho al patrimonio cultural y nacional, recursos naturales
Derechos vulnerados Derecho al patrimonio cultural y nacional, recursos naturales Vulneración del derecho a acceder a condiciones de vida dignas Progresividad en materia de derechos económicos sociales y culturales, perjuicios en contra de población vulnerable

17 Derecho a la participación Población vs. multinacionales
Derechos vulnerados Derecho a la participación Población vs. multinacionales Derecho a la igualdad Derecho a la consulta previa con consentimiento previo libre e informado

18 En cuanto al derecho penal…
Función del derecho panal utilidad necesidad Ultima ratio En cuanto al derecho penal…

19 Protege semillas manipuladas
Conclusiones Estas limitaciones impuestas en relación con la actividad desarrollada por los agricultores entre los cuales se encuentran comunidades campesinas, afro descendientes e indígenas, genera violaciones de sus derechos a la seguridad alimentaria, a vivir en condiciones dignas, al patrimonio cultural y a la autodeterminación Establece obstáculos a los procesos de producción agroecológicos y orgánicos que realizan los colombianos con saberes populares y académicos Abre la puerta a las multinacionales y asegura el control de alimentos por parte de las mismas. Promueve la explotación de las semillas nativas por parte de multinacionales en detrimento de las comunidades indígenas, campesinas, y pequeños productores. Protege semillas manipuladas

20 Protege semillas manipuladas
Conclusiones Protege semillas manipuladas Invisibiliza las semillas naturales, limita el uso de las semillas criollas y legitima únicamente la utilización de semillas extranjeras Promueve la explotación y apropiación de los recursos naturales y de las tierras en pocas manos

21 Conclusiones Atenta contra el patrimonio genético del país, la soberanía alimentaria especialmente de las comunidades, y los usos y costumbres ancestrales. Desconoce que las semillas criollas son fruto del trabajo de varias generaciones que desde épocas ancestrales las han mejorado, y que en tal sentido, al ser patrimonio colectivo del pueblo no pueden ser objeto de apropiación por parte de particulares. Como consecuencia de la criminalización de la siembra, el uso y la multiplicación de las semillas criollas, origina en las comunidades indígenas, afro descendientes y campesinas la pérdida de sus territorios, desplazamiento, hambre, desnutrición, pobreza y masiva migración a las ciudades.

22 conclusiones Atenta contras las obligaciones internacionales del Estado de garantizar y respetar los derechos de las personas que están bajo su jurisdicción y específicamente la obligación de velar por la soberanía alimentaria de la población


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