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Publicada porJimena Madray Modificado hace 10 años
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Contratos del Gobierno del Estado y responsabilidad: tendencias jurisprudenciales Daniel Nallar Salta, octubre de 2009
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1. La operatividad del orden jurídico mundial: lo peor es ignorarla
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Respetar: no impedir ejercicio de derechos Proteger: evitar que terceros impidan Promover: facilitar medios para ejercerlos Garantizar: asegurar ejercicio
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CSJN 2006 - 2007 Lavado el Gobierno súbdito del orden internacional
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La CS puede de oficio solicitar al PE informe de medidas adoptadas por disposición de CIDH Medidas de CIDH son obligatorias y su incumplimiento genera responsabilidad en el Gobierno y en sus funcionarios Si acto u omisión del PE puede generar responsabilidad internacional del Estado Argentino, la CS debe adoptar medidas para evitarla
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CSJN 2007 Defensor del Pueblo de la Nación c. Estado Nacional
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Ordena 1) Presupuesto y ejecución 2) Programas vigentes en detalle 3) Grado de ejecución 4) Proveer agua, alimentos y transporte
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2. El control judicial proactivo ¿activismo o legalidad?
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a. El primer llamado de atención El caso Massa: ¿emergencia o negligencia?
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Habrá deber de reparar a aquellos que demostraren un sacrificio especial en su propiedad Pero… quién responde?
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b. Segundo llamado de atención Golpe de timón: el funcionario y los eventos contractuales
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C.S.J.N. 1984 Sánchez, Granel - Dirección Nac. de Vialidad
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Resolución unilateral lícita = resarcimiento Fuerza mayor = imposibilidad absoluta Inconvenientes de orden económico = culpa del Gobierno
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C.S.J.N. 1998 Estructuras Tafí - Tucumán
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Deber de coherencia No es lícito hacer valer un derecho en contradicción con la anterior conducta Observar en el futuro la conducta que los actos anteriores hacían prever
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C.S.J.N. 2003 Laser Disc Argentina - Instituto Provincial de la Cultura de Mendoza
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Inexistencia Validez y eficacia de contratos administrativos se supedita al cumplimiento de las formalidades exigidas en cuanto a la forma y procedimientos de contratación
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Ante un contrato celebrado en disconformidad con las formas establecidas, el contratista carece de un interés jurídico tutelable
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C.S.J.N. 2004 Sapag – Dirección Provincial de Vialidad
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Los hechos de los contratantes subsiguientes al convenio sirven para explicar la intención al tiempo de celebrarlo Si hubo error debe se tratado como negligencia culpable
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C.S.J.N. 2004 Maronese – I.PV. Actos propios y aislados
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Principio de la confianza Deben castigarse duramente los actos incompatible con la confianza que el Gobierno del Estado suscitó en la otra parte
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CSJN 2005 Junta Nacional de Granos c. Frigorífico La Estrella S.A.
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La cláusula contractual que contradice regulaciones estatales anteriores a las que remite el propio acuerdo debe considerarse que no existe
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Si una norma requiere incluir una cláusula en los contratos el contrato debe leerse como incluyéndola aunque no esté físicamente incorporada
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CNCAF 2005 Maipú Inversora S.A. contra Empresa Ferrocarriles Argentinos
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Acto ad referendum Es ineficaz hasta su aprobación por organismo superior Es ineludible la existencia del segundo para dar efectos a lo dispuesto o acordado en el primero
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C.S.J.N. 2006 Cardiocorp
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No puede haber obligaciones derivadas de un "supuesto" contrato que, de existir, no responde a las fue formas preestablecidas
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C.S.J.N. 2007 Venturino Eshiur - Municipalidad de General Pueyrredón
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El Juez debe analizar si se violaron disposiciones del pliego de bases y condiciones lo que torna nula la contratación ab initio
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CNACAF 3º 2008 Estudio Consultor de Obras Públicas S.R.L v. Ejército Argentino
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La transacción necesitaba el refrendo del Ministro, pero… la mora en la elevación y otras irregularidades demuestran el reconocimiento de la deuda
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CSJN 2009 MANTYC S.R.L. c. Estado
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Expresión de Dirección de Construcciones y los dictámenes contables y jurídicos sirven para considerar la deuda reconocida por el Gobierno del Estado
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c. Tercer llamado de atención cada derecho ciudadano es un deber del funcionario
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CSJN 2007 Banco Latinoamericano Sociedad Anónima c. Banco Central de la República Argentina
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Las formas del procedimiento son requisitos que integran el concepto de juicio en sentido constitucional
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El funcionario debe observar las formas legales y las impuestas por ppios de orden público administrativo o el acto es nulo
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La imposibilidad de producir prueba de descargo viola el derecho de defensa
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La omisión de fundar un acto administrativo viola derecho de defensa
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La omisión de poveer en el plazo legal viola derecho de defensa
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La negativa de otorgar vista de todas las actuaciones viola derecho de defensa
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3. Funcionarios, agentes y asesores en el marco de las tendencias jurisprudenciales
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Ley 5.348 artículo 2º Negligencia en el ejercicio de la competencia falta reprimible con sanciones y responsabilidad civil, penal o política
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Ley 5.348 artículo 16º Órdenes manifiestamente ilegítimas en su forma o contenido deber y el derecho de desobediencia su cumplimiento no exime de responsabilidad
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Ley 5.348 artículo 29 AA no podrá contravenir constituciones y leyes sentencias judiciales actos administrativos reglamentos
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Código Penal Art. 248: prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo el funcionario público que 1. dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales 2. ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes 3. no ejecutare leyes cuyo cumplimiento le incumbiere
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Ley 24.156 Art. 130 Funcionario o agente responde por daños económicos que por su dolo, culpa o negligencia en el ejercicio de sus funciones sufra el fisco
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Cuarto llamado de atención la construcción del funcionario responsable
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Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Sala 2º - 2002 Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires s/ Amparo
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Intima a PEP Convertir hospitales en entes descentralizados Iniciar dentro de las 24 horas y en 180 días
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Informar identidad de los funcionarios responsables de llevar a cabo la tarea
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Prever en próximo presupuesto partidas específicas para los hospitales en el rubro de entes descentralizados
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Proveer inmediatamente insumos hospitalarios medicamentos cargos médicos auxiliares de medicina
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Suministrar fondos suficientes para eficaz atención de las necesidades diarias y urgentes dentro de las veinticuatro horas de notificado el fallo
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Remitir copias a la Fiscalía para investigación penal: 1. fallecimientos 2. omisión de reclamo al I.O.M.A. de facturas pendientes
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CSJ Santa Fe 2005 Ch., G. E.
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Se probó panorama desquiciado en cuanto a la organización, control y dirección del servicio
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Fallas en recurso humano Falta de equipamiento básico Abandono y desatención
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CamContAdmTrib Cdad. BsAs, Sala I 2007 Asesoría Tutelar Justicia Contenciosa c. Cdad de BsAS
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Designar personal técnico y profesional Presentar esquema de planta de personal
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Derivar pacientes a establecimientos públicos o privados Realizar obras de refuncionalización Informar cada 30 días
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