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BONIFICACIÓN POR ACTIVIDADES DE I+D+i DEL PERSONAL INVESTIGADOR

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Presentación del tema: "BONIFICACIÓN POR ACTIVIDADES DE I+D+i DEL PERSONAL INVESTIGADOR"— Transcripción de la presentación:

1 BONIFICACIÓN POR ACTIVIDADES DE I+D+i DEL PERSONAL INVESTIGADOR

2 La disposición adicional vigésima de la Ley 35/2006, de 20 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes del Impuesto sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, autoriza al Gobierno para que establezca bonificaciones en las cotizaciones en la Seguridad Social correspondientes al Personal Investigador que, con carácter exclusivo, se dedique a actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica, a que se refiere el artículo 35 del texto difundido en la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, del 5 de marzo. La bonificación de cuotas a la Seguridad Social es incompatible con el régimen de deducciones fiscales por I+D e Innovación tecnológica.

3 ¿EN QUÉ CONSISTE? Permite aplicar el 40 % de bonificación a la cotización de la seguridad Social al personal que se dedica a actividades de I+D e IT. La bonificación establecida por el Real Decreto podrá aplicarse en la cotización relativa a los trabajadores incluidos en: Grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social que, con carácter exclusivo y por la totalidad de su tiempo de trabajo en la empresa se dedica a actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica, ya sea su contrato de carácter indefinido, en prácticas, o de carácter temporal por obra o servicio determinado. En este último caso, el contrato deberá tener una duración mínima de tres meses. La certificación del Personal investigador permite solicitar el Informe Motivado del Ministerio de Ciencia e Innovación es vinculante para la Administración lo que permite la aplicación de las bonificaciones con total seguridad jurídica.

4 PASOS A SEGUIR PARA LA BONIFICACIÓN DEL PERSONAL INVESTIGADOR
El próximo 30 de noviembre finaliza el plazo para que las empresas notifiquen la intención de  obtener la reducción del 40% en la cuota de Seguridad Social del personal dedicado en exclusiva a actividades de I+D+i ante la Agencia Tributaria. Los pasos a seguir para aplicar dichas bonificaciones con seguridad jurídica total son los que aquí le detallamos: Ejercer el derecho de opción: Informar a la Agencia Tributaria antes del 30 de noviembre que la empresa desea beneficiarse de la reducción del 40% de la cuota de la Seguridad Social del personal dedicado en exclusiva a actividades de I+D+i durante el año Para realizar dicha notificación debe rellenar y enviar el formulario que se encuentra en el siguiente link: Si desea obtener el Informe Motivado, vinculante ante la Administración, debe solicitar la certificación del Personal Investigador a una Entidad de Certificación. Obtención de la Certificación de Personal Investigador. Tramitación del Informe Motivado ante el Ministerio de Ciencia e Innovación,  el cual es vinculante ante la Administración y por tanto otorga seguridad jurídica total en la aplicación de dichas bonificaciones del 40% en las cuotas de la Seguridad Social.

5 PASOS A SEGUIR: SOLICITUD INFORME MOTIVADO SOBRE PERSONAL INVESTIGADOR
Solicitar la certificación del personal investigador que realiza actividades de I+D+i, a una Entidad de Certificación acreditada por ENAC. La solicitud debe incluir documentación de la estructura organizativa de la I+D+i de la empresa, de los candidatos del personal investigador dedicado a actividades de I+D+i y evaluar el año a certificar y los proyectos y actividades de I+D+i. El Informe técnico o certificado ha de contener la valoración de la estructura organizativa de la I+D+i de la empresa y del personal investigador. Con la certificación del personal investigador que realiza actividades de I+D+i con carácter exclusivo. Solicitar en la aplicación-web el correspondiente informe motivado tipo d. Una vez cumplimentada la aplicación web y cargada la información requerida: breve memoria expositiva, identificación de las personas que realizan las actividades de I+D+i en exclusiva y certificado o informe técnico de la Entidad de certificación. Una vez cargado, se genera un documento en papel que habrá que presentar en un Registro oficial.


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