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CONTRATO UNDERWRITING O SUSCRIPCIÓN TEMPORAL
UNIVERSIDAD TECNOLÓGIA DEL PERÚ CONTRATO UNDERWRITING O SUSCRIPCIÓN TEMPORAL Diana Lilibet Pulido Cabrera Rafael Vásquez Neyra
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¿Qué es contrato Underwriting?
Es un contrato bancario que va a permitir a las empresas o sociedades a través de una operación financiera acceder al mercado de capitales con la finalidad de obtener un financiamiento. ¿Qué es contrato Underwriting?
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IMPORTANCIA El underwriting no es de un uso frecuente en nuestro país, aunque en estos últimos años comienza a ser notorio su empleo y esto ha ocurrido en las naciones en “vías de desarrollo”
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Este tipo de contrato, permite el acceso de las empresas al mercado de capitales, convirtiéndose en un eficiente mecanismo para atender las necesidades financieras de las empresas, lo cual involucra la participación de diversos agentes económicos.
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PARTES CONTRATANTES. La empresa emisora
Es aquella que requiere fondos que no puede o no quiere obtener a base de créditos bancarios o financieros, ni tampoco encuentra eco en sus accionistas para un aumento de capital.
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Banco de inversión - “la colocadora”
Es la empresa especializada en esta clase de operaciones que se hace cargo del servicio de colocación de las acciones o bonos emitidos.
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En el contrato de underwriting concurren otros actores:
El asesor legal, realiza todos los procedimientos necesarios para asegurar la legalidad del procedimiento y la elaboración de los documentos necesarios. 7 El inversionista, o inversionistas, constituyen el grupo de personas físicas y jurídicas que adquieren los títulos emitidos. El agente regulador, es el ente encargado de regular los diferentes títulos que este mecanismo puede manejar. CONASEV
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Rafael Vásquez Neyra
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DERECHOS DE: LA EMISORA BANCO INVERSIONISTA
* Recibir de la colocadora la información relacionada con su experiencia, especialidad y solvencia. Recibir una efectiva acción para lograr la autorización administrativa necesaria para llevar a cabo la operación. * Hacer que se respete el precio estipulado en la oferta y exigirle a la colocadora el pago de lo convenido. Obtener toda la información y documentación que sea necesaria para cumplir su función. Hacer respetar el precio y las demás condiciones estipuladas. Exigirle a la emisora la entrega de los títulos valores una vez que se haya perfeccionado la colocación. * Requerir a la emisora el pago de la comisión o comisiones pactadas.
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OBLIGACIONES DE: LA EMISORA BANCO INVERSIONISTA
Informar a la colocadora todo lo que de algún modo esté relacionado con la emisión. No efectuar su oferta a ninguna otra colocadora . Abstenerse de vender ninguno de los títulos valores que se hayan ofertado para su colocación. * Pagarle a la colocadora la comisión convenida, como comisión de administración, sobre el monto total de la emisión. Efectuar todas las gestiones propias de su función ante la autoridad competente, a fin de obtener la autorización para la emisión de los títulos valores. *Respetar el precio y todas las condiciones acordadas con la emisora. *Realizar las gestiones ante el mercado de capitales y valores a efectos de que puedan colocarse los títulos valores que le han sido confiados . * Mantener el precio de la colocación y sus condiciones por el plazo convenido,
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EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Requiere de un proceso que tiene tres etapas: ESTUDIOS DE VIABILIDAD ECONÓMICO-FINANCIERA Quien actúa como intermediario financiero en la operación tiene la responsabilidad de hacer un análisis exhaustivo de la situación de la empresa, de la viabilidad de la negociación y la colocación de los títulos emitidos, y la situación económica del país. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Y PREFINANCIAMIENTO. Una vez efectuados los estudios de factibilidad, se procede a la celebración del contrato de suscripción de los títulos, sean estos bonos o acciones. Se debe fijar el plazo de colocación o duración de la operación.
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EMISIÓN Y COLOCACIÓN DE LOS TÍTULOS La colocación puede realizarse en forma pública o privada. Utilizándose como medio de difusión un documento que en el mercado norteamericano se llama “Offering Circular”, que se describe las actividades de la empresa emisora, el giro de su negocio, les características de los títulos, los estados financieros de la empresa, las perspectivas de desarrollo futuro y otros datos de interés para los inversionista.
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MODALIDADES DEL CONTRATO
UNDERWRITING EN FIRME Es la modalidad más atractiva y segura para la emisora, pues la colocadora adquiere la totalidad o parte de la emisión de los títulos valores, por el precio y dentro del plazo establecido, asumiendo, en consecuencia, el riesgo de la colocación. UNDERWRÍTING STAND BY Se obliga frente al emisor a pre financiar parcial o totalmente una emisión de valores, suscribiéndolos y obligándose a colocarlos en el mercado de valores en un plazo establecido. A diferencia del underwriting en firme, en esta modalidad el underwriter queda obligado a suscribir el saldo de valores que no hubiese sido colocado.
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UNDERWRITING NO EN FIRME
Se obliga a realizar los mayores esfuerzos para colocar títulos en el mercado de valores en el plazo del contrato, que suele ser el menor plazo posible. Se caracteriza por que el underwriter se limita a realizar sus mejores esfuerzos por colocar la emisión ,sin asumir un compromiso de adquirir los valores en caso que la emisión no sea exitosa. El emisor es quien asume el riesgo
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MODELO DE CONTRATO UNDERWRITING
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CONCLUSIONES Dada la naturaleza del mercado de capitales y la legislación que lo regula, además de la cultura bursátil del medio, donde la tendencia es invertir en instrumentos a corto plazo, limita y frena las posibilidades de un amplio desarrollo de underwriting en el mercado local.
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RECOMENDACIONES El uso de este instrumento es recomendable para proyectos cuya recuperación de capital es a largo plazo, tal es el caso de proyectos forestales, plantas hidroeléctricas, es decir proyectos con altas rentabilidades pero con dificultad de que la banca local les brinde el financiamiento requerido mediante instrumentos normalmente utilizados, por ejemplo el crédito hipotecario.
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