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FUNDAMENTOS Y DESAFIOS PARA LA GESTION DE LAS OSC

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Presentación del tema: "FUNDAMENTOS Y DESAFIOS PARA LA GESTION DE LAS OSC"— Transcripción de la presentación:

1 FUNDAMENTOS Y DESAFIOS PARA LA GESTION DE LAS OSC
MARCO LEGAL DE LAS OSC EN EL ECUADOR Juan Páez Parral

2 INTRODUCCION ELEMENTOS COMUNES DE LAS OSC Formalmente constituida
Privada Autogobernada No distribuidora de beneficios Voluntaria

3 MARCO LEGAL VIGENTE EN EL ECUADOR
Constitución Art. 66, numerales 5, 6 y 13. Arts. 95 al 100 Ley Orgánica de Participación Ciudadana Arts. 29 a 38 Decreto Ejecutivo 739 Código Civil Libro I, Titulo XXIX

4 MARCO LEGAL VIGENTE EN EL ECUADOR
Ciudadanos participan en la toma de decisiones de manera protagónica. Se reconocen todas las formas de organización de la sociedad. Se reconoce al voluntariado de acción social Los individuos y colectivos podrán ejercer el derecho a la resistencia.

5 MARCO LEGAL VIGENTE EN EL ECUADOR
El Estado promoverá y desarrollará las organizaciones. Participación mediante la cogestión de proyectos con el Estado. Legalización y registro de las organizaciones. Decreto 739, codifica al Decreto 16. Reglamenta el Titulo XXIX, del Libro I del Código Civil

6 MARCO LEGAL VIGENTE EN EL ECUADOR
Homologación de requisitos que los ministerios deben observar para aprobar y controlar a las OSC. Aspectos patrimoniales. Aspectos laborales. Facultades discrecionales del Ejecutivo Arts 22, 24 y 35 Conclusiones

7 MARCO LEGAL VIGENTE EN EL ECUADOR
Ciudadanos participan en la toma de decisiones de forma protagónica. Planificación y gestión pública Control del Estado. Igualdad, autonomía, deliberación pública, respeto a la diferencia, control popular, solidaridad, interculturalidad

8 MARCO LEGAL VIGENTE EN EL ECUADOR
Se reconocen todas las formas de organización social como expresión de la soberanía popular. Incidir en las decisiones y políticas públicas y en el control social. Pueden articularse para fortalecer el poder ciudadano.

9 MARCO LEGAL VIGENTE EN EL ECUADOR
OSC pueden desarrollar métodos alternos de solución de conflictos. Pueden demandar reparación de daños a entes públicos o privados. Formular propuestas de políticas económicas, sociales, ambientales, etc. Reconoce al voluntariado de acción social y desarrollo como forma de participación social.

10 MARCO LEGAL VIGENTE EN EL ECUADOR
Constitución Art. 98: Individuos y colectivos pueden ejercer el derecho a la resistencia por acciones u omisiones públicas o privadas que vulneren derechos constitucionales. Pueden demandar el reconocimiento de nuevos derechos.

11 MARCO LEGAL VIGENTE EN EL ECUADOR
Constitución Art. 99 La acción ciudadana se ejerce individualmente o en representación de la colectividad. Cuando se produzca la violación o amenaza de afectación a un derecho. La acción se presentará ante autoridad competente.

12 MARCO LEGAL VIGENTE EN EL ECUADOR
Constitución Art. 100 Participación de la sociedad civil en el gobierno: Elaborar planes y políticas entre el gobierno y la ciudadanía. Mejorar la calidad de la inversión pública y definir agendas de desarrollo. Elaborar presupuestos participativos de los gobiernos. Fortalecer la transparencia y el control social. Promover la formación ciudadana.

13 MARCO LEGAL VIGENTE EN EL ECUADOR
Ley Orgánica de Participación Ciudadana (LOPC) - ( ) Define al poder ciudadano como: La participación en toma de decisiones, planificación y gestión de asuntos públicos. El control social en el gobierno y en el sector privado que maneja fondos públicos o presta servicios públicos.

14 MARCO LEGAL VIGENTE EN EL ECUADOR
LOPC Reconoce a las organizaciones sociales. Para la defensa de derechos / resolución de conflictos / fomento de solidaridad / buen vivir / incidir en decisiones y políticas públicas y control social. Respeto a las formas de organización social tradicionales.

15 MARCO LEGAL VIGENTE EN EL ECUADOR
LOPC El Estado garantiza derecho a la libre asociación. Promueve la organización y fortalecimiento de organizaciones existentes. Programas y proyectos para incentivar la producción y redistribución de medios de producción. Compras del sector público, priorizan a las organizaciones sociales. El gobierno presta apoyo y capacitación técnica y facilita reconocimiento y legalización de las OSC.

16 MARCO LEGAL VIGENTE EN EL ECUADOR
LOPC OSC participan en la cogestión pública y privada, mediante la elaboración y ejecución de programas en beneficio comunitario. Dispone la alternabilidad en la dirigencia. Prevé que la personalidad jurídica de las OSC, deberá ser otorgada por el ejecutivo. Crea el SUIOS.

17 MARCO LEGAL VIGENTE EN EL ECUADOR
LOPC VOLUNTARIADO: Forma de participación social. OSC pueden participar con el gobierno en la ejecución de programas. Pueden suscribir convenios específicos con el estado, sin relación de dependencia. El voluntariado no puede precarizar el trabajo ni afectar derechos ciudadanos.

18 MARCO LEGAL VIGENTE EN EL ECUADOR
Código Civil, Arts. 564 y siguientes. Personas jurídicas. Corporaciones y fundaciones de beneficencia pública. Constituidas de conformidad con la Ley o por aprobación del Presidente de la República.

19 MARCO LEGAL VIGENTE EN EL ECUADOR
Decreto Ejecutivo No. 739 (21/08/2015) Reforma y codifica el Decreto 16 de 4/06/2013. El Decreto 16 está contenido en el Decreto 739. Homologa los requisitos que los Ministerios deben seguir para controlar a las OSC. Regula nuevamente el SUIOS y el RUOS. Declara que las OSC deben tener finalidad social y que no persigan lucro.

20 MARCO LEGAL VIGENTE EN EL ECUADOR
Decreto Ejecutivo 739 Declara que las OSC se rijan por este Decreto. Establece requisitos para constitución, reforma de estatutos, etc. Pueden ser titulares de bienes, administrarlos, para el cumplimiento de sus fines.

21 MARCO LEGAL VIGENTE EN EL ECUADOR
Decreto Ejecutivo 739, facultades discrecionales Art. 22, causales de disolución de las OSC. Art. 24, disolución controvertida. Art. 35, controles.

22 MARCO LEGAL HISTORICO Partiendo del DE 739, la historia reciente sobre la legislación aplicable a las OSC es la siguiente: Decreto 3054, año 2002, reformado por el Decreto 982, año 2008, reformado por el Decreto 1049, año 2012. Decreto 16, año 2003, codificado en el Decreto 739.

23 MARCO LEGAL HISTORICO El Decreto 3054 (2002), derogó varios Acuerdos Ministeriales expedidos entre 1994 y 2000, que contenían requisitos de aprobación de las OSC, de los Ministerios de Turismo, Energía, Educación, Medio Ambiente, entre otros. El Decreto No. 339 de 1998, delegó a los Ministros de Estado, la facultad de conferir personalidad jurídica a las OSC, lo que generó gran cantidad de Acuerdos Ministeriales.

24 MARCO LEGAL HISTORICO Control de la Cooperación Internacional
2007, Decreto 699, crea la AGECI, adscrita a la SENPLADES. 2010, Decreto 429, cambia el nombre a SETECI. 2011, Decreto 812, adscribe la SETECI al Ministerio de Relaciones Exteriores. 2013, Decreto 16, da competencia a la SETECI para control de las ONGs. 2015, Decreto 739, ordena que las ONGs, deben inscribirse en el SUIOS.

25 CONCLUSIONES En el esquema jurídico vigente, es facultad del Ejecutivo, aprobar la constitución de las OSC. Esta facultad se encuentra prevista en la Constitución, en el Código Civil y en los Decretos Ejecutivos que regulan la materia. En ejercicio de esta facultad, se han expedido numerosos Decretos y Acuerdos para regular esta actividad en cada Ministerio.

26 CONCLUSIONES Existe discrecionalidad en la aplicación de las normas.
A pesar de la homologación de requisitos (739), los Ministerios continúan emitiendo normativa específica para el sector, utilizando para ello el propio decreto 739. En la práctica, coexisten los Decretos 16 y 739, lo que incrementa la discrecionalidad en perjuicio del sector.

27 CONCLUSIONES Es necesario expedir una Ley, que garantice eficazmente el ejercicio de los derechos de las OSC. La Ley debe reconocer el papel protagónico de las OSC, en actividades no atendidas por el Estado ni por el mercado. La Ley debe reconocer que la sociedad civil, mediante sus organizaciones, debe ser partícipe de las estrategias para su propio desarrollo y que las OSC son medios para la defensa de derechos que de otra forma serían ignorados.


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