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PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS

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Presentación del tema: "PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS"— Transcripción de la presentación:

1 PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS
CPC RAMON MAYNEZ CERVANTES

2 PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS
NO SON CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA”: Sindicatos Asociaciones patronales. Cámaras y agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas Colegios de profesionales. Asociaciones y sociedades que administren distritos o unidades de riego Instituciones de asistencia o de beneficencia Sociedades cooperativas de consumo. Organismos que agrupen a cooperativas de productores o de consumidores. Sociedades mutualistas que no operen con terceros Sociedades o asociaciones que se dediquen a la enseñanza Sociedades o asociaciones dedicadas a investigación científica o tecnológica Asociaciones o sociedades autorizadas para recibir donativos Instituciones o sociedades para administrar fondos o cajas de ahorro Asociaciones de padres de familia; Sociedades de gestión colectiva del Derecho de Autor; Asociaciones o sociedades civiles con fines políticos, deportivos o religiosos; Asociaciones o sociedades civiles que otorguen becas; Asociaciones civiles de colonos; Asociaciones civiles para preservar flora o fauna silvestre Asociaciones para reproducción de especies en peligro de extinción.

3 También se incluyen en este régimen:
Partidos y asociaciones políticas La Federación, los Estados, los Municipios Los organismos descentralizados que no tributen como empresas Y quedan comprendidas también: Las sociedades de inversiones especializadas de fondos para el retiro. Las sociedades de inversión.

4 CASOS EN QUE SE CONSIDERAN CONTRIBUYENTES DEL ISR
Cuando perciban ingresos por enajenación de bienes, intereses y premios y considerarán el impuesto que les sea retenido como pago definitivo. Cuando enajenen bienes distintos de su activo fijo o presten servicios a personas distintas de sus miembros o socios y dichos ingresos excedan del 5% de sus ingresos totales en el ejercicio. En este caso, deberán determinar el impuesto que corresponda a la utilidad por dichos ingresos a la tasa del 28%.

5 REMANENTE DISTRIBUIBLE
Se considera remanente distribuible el ingreso que entreguen a sus miembros en efectivo o en bienes y se determina disminuyendo de los ingresos obtenidos las deducciones autorizadas También se considera remanente distribuible y se pagará el impuesto a la tasa máxima para personas físicas (28%), aun cuando no se entregue en efectivo o en bienes: Omisiones de ingresos Compras no realizadas Erogaciones no deducibles Préstamos a socios, a sus cónyuges, ascendientes o descendientes en línea recta.

6 Quedan excluidos de determinar remanente distribuible ficto:
Sindicatos obreros; Asociaciones patronales; Cámaras y agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas; Colegios de profesionales; Organismos que agrupen a las sociedades cooperativas; Asociaciones o sociedades civiles autorizadas para recibir donativos; Asociaciones de padres de familia; Sociedades de gestión del Derecho de Autor; Asociaciones o sociedades civiles organizadas con fines políticos, deportivos o religiosos.

7 OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS
Llevar sistemas contables. Expedir comprobantes. Presentar declaración anual que determine el remanente distribuible. Proporcionar a sus integrantes constancia del remanente distribuible. Expedir constancias por pagos al extranjero; Proporcionar información de clientes y proveedores; Retener y enterar impuestos y exigir documentación con requisitos fiscales. Presentar información anual de retenciones de ISR y donativos otorgados.

8 DONATARIAS AUTORIZADAS
A partir del 1 de enero de 2008 se limita al 7% de la utilidad fiscal del ejercicio anterior el importe de los donativos que pueden deducir las personas morales contribuyentes del impuesto sobre la renta reduciendo la posibilidad de utilizar este esquema como elemento de planeación fiscal, independientemente de los requisitos estrictos de operación de las donatarias autorizadas. APOYO A DONATARIAS Y OTORGAMIENTO DE BECAS Las fundaciones, patronatos y demás entidades que apoyen a donatarias autorizadas, pueden obtener donativos deducibles. Las asociaciones o sociedades civiles, que otorguen becas también pueden obtener donativos deducibles.

9 IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA (IETU)
Uno de los objetivos de este impuesto en vigor a partir de 2008 era eliminar los regímenes preferenciales contenidos en la ley del ISR; sin embargo establece tres grupos que no pagarán dicho impuesto La Federación, las Entidades Federativas, los Municipios, los órganos constitucionales autónomos y entidades paraestatales no contribuyentes de ISR Partidos, asociaciones, coaliciones y frentes políticos; Sindicatos obreros; Asociaciones con fines científicos, políticos, religiosos y culturales; Cámaras, agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas; Colegios de profesionales; Asociaciones patronales; Asociaciones civiles y sociedades que administren distritos o unidades de riego; Organismos agrupen a las sociedades cooperativas; Instituciones o sociedades civiles que administren fondos o cajas de ahorro; Sociedades cooperativas de consumo; Sociedades cooperativas de ahorro y préstamo; Sociedades mutualistas que no operen con terceros; Asociaciones de padres de familia; Sociedades de gestión del Derecho de Autor; Personas morales o fideicomisos autorizados para recibir donativos.

10 CONCLUSIONES El régimen de personas morales con fines no lucrativos tiene enormes deficiencias que erosionan en forma indebida las finazas públicas de nuestro país. No obstante ser un régimen de excepción, al establecer no contribuyentes del impuesto sobre la renta, contiene excepciones a las excepciones, al gravar algunas operaciones pero excluyendo a diversas personas morales de ese régimen como en el caso de ingresos por enajenación de bienes, intereses y premios. Pretende gravar utilidades por enajenación de bienes o prestación de servicios a no miembros de la persona moral, siendo que miembros y no miembros pueden deducir los bienes o servicios adquiridos. Tampoco se incluye en las actividades que se pretende gravar, el uso o goce temporal de bienes. Pretende ser una figura fiscal transparente en la cual sus integrantes son los contribuyentes pero esto no se logra. Tal es el caso de los gastos no deducibles

11 CONCLUSIONES Se excluye de la determinación del remanente distribuible por esos conceptos a: Sindicatos obreros; Asociaciones patronales; Cámaras de comercio e industria, agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas; Colegios de profesionales; Organismos que agrupen a las sociedades cooperativas; Asociaciones o sociedades civiles autorizadas para recibir donativos; Asociaciones de padres de familia; Sociedades de gestión colectiva del Derecho de Autor; Asociaciones o sociedades civiles organizadas con fines políticos, deportivos o religiosos. En materia de IETU el régimen carece de normas para su operación y hay discrepancias entre las entidades consideradas para ISR y para IETU. En ambos casos hay falta de simetría ya que los contribuyentes deducen y los de este régimen no acumulan.

12 CONCLUSIONES Se pueden generar abusos en este régimen, como: Deducciones por cuotas o aportaciones a entidades sobre las cuales se tenga control o influencia, deducibles para unos y no acumulables para otros y beneficiar a sus integrantes. Evitar el gravamen por operaciones realizadas con no miembros mediante el uso o goce temporal de bienes o incorporando temporalmente a terceros en calidad de miembros para enajenación de bienes y prestación de servicios. Cualquier régimen de excepción genera distorsiones e inequidades, en este caso se observan situaciones que parecieran no justificarlo y debiera limitarse a las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles.


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