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Publicada porMontserrat Lara Miranda Modificado hace 7 años
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JUNIO 2016 Tiburcio Liñán Mora
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JUNIO 2016Tiburcio Liñán Mora Pueden definirse como el lugar, espacio, suelo, cuerpo de agua, instalación o cualquier combinación de éstos que ha sido contaminado con materiales o residuos … pasivos ambientales, de grandes dimensiones y con obligación de remediación, Sitios contaminados causados por emergencias ambientales (EA).
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JUNIO 2016Tiburcio Liñán Mora Entre las principales causas que pueden provocar la contaminación de un sitio están: 1)la disposición inadecuada de RSU, RP y RME en terrenos baldíos, bodegas, almacenes y patios de las industrias; 2)fugas de materiales o RP de tanques y contenedores subterráneos, tuberías y ductos, así como de alcantarillados y drenajes industriales o públicos; 3)lixiviación de materiales en sitios de almacenamiento y donde se desarrollan actividades productivas, o bien, de rellenos sanitarios y tiraderos a cielo abierto; 4)derrames accidentales de sustancias químicas durante su transporte; 5)aplicación de sustancias químicas potencialmente tóxicas en el suelo, instalaciones y edificaciones; y 6)la descarga de aguas residuales que contienen RP y sustancias químicas potencialmente tóxicas sin tratamiento previo
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JUNIO 2016Tiburcio Liñán Mora Sitios contaminados con RSU
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JUNIO 2016 Tiburcio Liñán Mora RP pasivos ambientales
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JUNIO 2016 Tiburcio Liñán Mora RP pasivos ambientales
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JUNIO 2016Tiburcio Liñán Mora RP emergencias ambientales
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JUNIO 2016Tiburcio Liñán Mora Artículo 69.- Las personas responsables de actividades relacionadas con la generación y manejo de materiales y residuos peligrosos que hayan ocasionado la contaminación de sitios con éstos, están obligadas a llevar a cabo las acciones de remediación conforme a lo dispuesto en la presente Ley y demás disposiciones aplicables. Artículo 70.- Los propietarios o poseedores de predios de dominio privado y los titulares de áreas concesionadas, cuyos suelos se encuentren contaminados, serán responsables solidarios de llevar a cabo las acciones de remediación que resulten necesarias, sin perjuicio del derecho a repetir en contra del causante de la contaminación. Propuesta pasivosPropuesta emergencias Tríptico emergencia Tramites RP
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Artículo 71.- No podrá transferirse la propiedad de sitios contaminados con residuos peligrosos, salvo autorización expresa de la Secretaría. Las personas que transfieran a terceros los inmuebles que hubieran sido contaminados por materiales o residuos peligrosos, en virtud de las actividades que en ellos se realizaron, deberán informar de ello a quienes les transmitan la propiedad o posesión de dichos bienes. Además de la remediación, quienes resulten responsables de la contaminación de un sitio se harán acreedores a las sanciones penales y administrativas correspondientes. Autorización de transferencia de sitios JUNIO 2016Tiburcio Liñán Mora
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