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Publicada porXavier Flores González Modificado hace 7 años
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SALUD Empresa 8.5%. Empleado 4% PENSIÓN: Empresa 12% Empleado 4% Ingreso mensual igual o superior a 4 SMMLV paga un 1.0% adicional Entre 16 y 17 salarios mínimos pagan un 1.20% Entre 17 y 18 salarios mínimos pagan un 1.40% Entre 18 y 19 salarios mínimos pagan un 1.60% Entre 19 y 20 salarios mínimos pagan un 1.80% Más de 20 salarios mínimos pagan un 2.0% adicional. Seguridad social
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Valores vigentes para el 2016 Salario mínimo $689.455 Auxilio de transporte $77.700 Salario mínimo integral $8.962.915 ($6.894.550 salario y $2.068.365 factor prestacional) Aportes parafiscales: 1. ARP: Riesgo. 2. ICBF: 3% 3. Sena: 2% 4. CCF: 4% Nómina
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CREE Impuesto sobre la renta para la equidad 2013, 2014 y 2015 9% 2015 8%. 2.2 puntos para el ICBF 1.4 puntos al SENA 4.4 para el sistema de seguridad social en salud 40% para el financiamiento IED publicas 30% para nivelar el UPC del régimen subsidiado del sistema de salud 30% restante para inversión social en el sector agropecuario.
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EXONERADOS DE PAGAR LOS APORTES PARAFISCALES REFORMA TRIBUTARIA ley 1607 de 2012 Las personas Jurídicas - contribuyentes declarantes del Impuesto de Renta. Las sociedades extranjeras por los ingresos generados en fuente nacional. Las sociedades declaradas como zonas francas después del 31 de Diciembre de 2012. Los usuarios comerciales de zonas francas sujetos a la tarifa general del Impuesto de Renta. Los empleadores de trabajadores que devenguen más de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes, seguirán obligados a realizar los aportes parafiscales Las entidades sin ánimo de lucro seguirán obligados a realizar los aportes parafiscales y las cotizaciones IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD - CREE
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Las entidades sin ánimo de lucro. Las sociedades declaradas como zonas francas antes del 31 de Diciembre de 2012, o aquellas que hayan presentado la solicitud antes de esta misma fecha. Los usuarios de zonas francas sujetos a la tarifa especial del Impuesto de Renta del 15% (usuarios operadores, usuarios industriales de bienes y usuarios industriales de servicios). Las personas naturales. NO PAGAN EL CREE DEBEN PAGAR LOS APORTES PARAFISCALES CALCULO: Valor total de la nómina mensual de la empresa excluyendo el Auxilio de transporte
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Cargas Prestacionales 1.Cesantías: 8,33% mensual sobre el salario mensual devengado 2. Intereses a las Cesantías: 1% mensual sobre el valor de las cesantías acumuladas. 3. Prima de Servicios: 8,33% mensual sobre el salario mensual devengado 4. Vacaciones: 4,16% mensual sobre el salario mensual devengado, sin auxilio de transporte. Cesantías: (Salario mensual * Días trabajados)/360 Intereses sobre cesantías: (Cesantías * Días trabajados * 0,12)/360 Prima de servicios: (Salario mensual * Días trabajados en el semestre)/360 Vacaciones: (Salario mensual básico * Días trabajados)/720
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Horas extrasHoras extras y recargo nocturnorecargo nocturno Hora trabajo nocturno: Hora ordinaria x 1.35 Hora extra diurna: 6:00 a.m y las 10:00 p.m Hora ordinaria x 1.25 Hora extra nocturnaHora extra nocturna 10:00 p.m. y las 6:00 a.m: Hora ordinaria x 1.75 Hora ordinária dominical o festivo: Hora ordinária x 1.75 Hora extra diurna en dominical o festiva: Hora ordinaria x 2.00 Hora extra nocturna en dominical o festivo: Hora ordinaria x 2.50
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