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Publicada porPlinio Toribio Modificado hace 10 años
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INCENTIVO TRIBUTARIO PARA LA INVERSIÓN PRIVADA EN I+D (LEY 20.241)
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LEY 20.241 Vigencia diciembre 2017
Aumentar la inversión privada en I+D Fortalecer el vínculo entre las Universidades / Centros de Investigación y las empresas.
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DESCRIPCIÓN DEL INCENTIVO TRIBUTARIO
La Ley establece un crédito contra el impuesto de 1ª categoría que deban pagar los contribuyentes que declaren su renta efectiva según contabilidad completa. El crédito equivale a un 35% de los pagos efectuados conforme a Contratos de Investigación y Desarrollo certificados por CORFO y celebrados con Centros de Investigación inscritos en el Registro de Centros de Investigación administrado CORFO. CONCEPTOS
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DESCRIPCIÓN DEL INCENTIVO TRIBUTARIO
El monto que no constituya crédito (65%) podrá rebajarse por la empresa como gasto necesario para producir la renta, independiente del giro de ésta. El monto total anual del crédito deberá ser inferior a un 15% del ingreso bruto anual de cada contribuyente, con tope UTM anual. Con el incentivo tributario, de cada 100 pesos invertidos en I+D, hasta 46 pesos serán financiados por el Estado
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IMPLEMENTACION DE LA LEY
Cuasi capital Con Privados Cuasi capital Con Privados REGISTRO DE CENTROS DE INVESTIGACIÓN CERTIFICACIÓN DE CONTRATOS DE I+D FISCALIZACIÓN DE CONTRATOS DE I+D
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Requisitos para la inscripción de un Centro de Investigación:
REGISTRO DE CENTROS DE INVESTIGACION Requisitos para la inscripción de un Centro de Investigación: Actividad principal del Centro de Investigación consista en la realización de actividades de I+D Cuenten con los medios, tanto personales como materiales, para realizar actividades de I+D Se encuentren en funcionamiento durante 24 meses anteriores a la solicitud de incorporación al Registro
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La postulación de Centro se realiza a través de la web de CORFO
REGISTRO DE CENTROS DE INVESTIGACION Posean sistemas de administración financiero-contable para que permita llevar contabilidad diferenciada de los Contratos de I+D Pago arancel de 15 UTM La postulación de Centro se realiza a través de la web de CORFO
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Los centros pueden ser eliminados del registro
REGISTRO DE CENTROS DE INVESTIGACION Los Centros que formen parte integrante o dependan de una Universidad o formen parte de una persona jurídica constituida en Chile, deben presentar la solicitud por cada Centro de Investigación Un Órgano Colegiado de CORFO, constituido por cinco miembros, instancia que resuelve respecto a la solicitud de inscripción del Centro en el Registro Los Centros tienen la obligación de actualizar sus datos en Mayo de cada año Los centros pueden ser eliminados del registro
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Para la certificación de los contratos CORFO verificará:
CERTIFICACION DE CONTRATOS DE I+D Las empresas presentan una solicitud de certificación de contratos a CORFO El contrato debe considerar cláusulas mínimas establecidas en el Reglamento de Certificación de Contratos Para la certificación de los contratos CORFO verificará: Las labores contenidas en los Contratos son de I+D, mediante una evaluación técnica Los contratos se celebren en relación a la organización y medios de que dispone el respectivo Centro de Investigación debidamente registrado
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El Contrato se a por un monto superior a 100 UTM
CERTIFICACION DE CONTRATOS DE I+D El precio pactado en los contratos refleje adecuadamente los costos y que corresponda a valores de mercado La empresa contratante y el Centro de Investigación no se encuentran relacionados El Contrato se a por un monto superior a 100 UTM
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CERTIFICACION DE CONTRATOS DE I+D El crédito del 35% de los pagos efectuados en virtud de Contratos de I+D, se imputará contra el impuesto de primera categoría que grava las rentas del ejercicio en que se produjeron los pagos efectivos Si hay un remanente del crédito, no dará derecho a devolución, pero podrá imputarse contra el impuesto de primera categoría que corresponda pagar en los ejercicios posteriores Si una parte del Contrato recibe financiamiento público, el beneficio tributario será aplicable a los desembolsos que no hayan recibido financiamiento
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FISCALIZACÓN DE CONTRATOS DE I+D CORFO fiscalizará la correcta ejecución y cumplimiento de los Contratos de I+D en lo referido a la Ley, para lo cual solicitara información a los Centros y Contribuyente Los Centros de Investigación deberán informar al SII los Contratos de I+D vigentes, los precios de éstos, identificar las empresas con quienes los han firmado y el resto de los contratos firmados con éstas y sus personas relacionadas. En caso de no cumplirse con las condiciones establecidas en el contrato el contribuyente perderá, en forma retroactiva, el beneficio
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CENTROS DE INVESTIGACION
OPORTUNIDADES CENTROS DE INVESTIGACION Los Centros de Investigación que ingresen al registro de CORFO, podrán aumentar sus servicios a las empresas, fortaleciendo así sus vínculos en el corto y mediano plazo con el sector privado. Prestigio estar inscritos en el Registro de Centros de Investigación EMPRESAS Rebaja de impuestos por sus actividades de I+D realizadas Realización de actividades de I+D con centros que dispongan de capacidades de investigación y desarrollo, verificadas por CORFO
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CONTRIBUYENTE CORFO – INNOVA CHILE 1ra CATEGORÍA CENTROS DE SII
Certifica Contrato de I+D CONTRIBUYENTE 1ra CATEGORÍA CORFO – INNOVA CHILE Fiscaliza Solicita Certificacion Contrato de I+D Informa Declaración Impuesto a la Renta Beneficio Tributario Fiscaliza Inscribe Centro Registro Celebra Contrato de I+D Solicita inscripcion Registro CENTROS DE INVESTIGACION SII Informa
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INCENTIVO TRIBUTARIO PARA LA INVERSIÓN PRIVADA EN INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO (LEY 20.241)
CLAUDIO MAGGI C. DIRECTOR EJECUTIVO AGOSTO 2008
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Constitución Órgano Colegiado
Miembro designado por Ministerio Economía: Orlando Jimenez – Jefe División Innovación Miembros designados por CORFO: Paulina Opazo – Gerente Legal CORFO Claudio Maggi – Director Ejecutivo INNOVA Chile Miembros designados por CONICYT: Cecilia Bruzzone – Fiscal CONICYT Paula González – Directora Estudios y Planificación estratégica
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¿Qué entiende la Ley por Centro de Investigación?
“Las entidades que dependan de una universidad, o las que formen parte de personas jurídicas constituidas en Chile, o las personas jurídicas constituidas en Chile; cuya actividad principal consista en la realización de labores de I+D”
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Qué entiende la Ley por actividad de Investigación
“La búsqueda metódica que tenga por objeto generar nuevos conocimientos en el ámbito científico o tecnológico con la expectativa que contribuyan a desarrollar, fortalecer o mejorar la capacidad competitiva de las personas que la encargan.”
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Qué entiende la Ley por actividad de Desarrollo
“La aplicación de los resultados de la Investigación o la adaptación de cualquier conocimiento científico o tecnológico, cuando se relacionen con oportunidades comerciales o productivas con la expectativa que contribuyan a desarrollar, fortalecer o mejorar la capacidad competitiva de quien lo encarga, para: La fabricación de nuevos materiales, productos o el diseño de nuevos servicios, procesos o sistemas de producción, o La mejora sustancial de materiales, productos, servicios, procesos o sistemas de producción ya existentes
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