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CURSO DE ACTUALIZACIÓN DE NORMATIVA DE TRÁFICO 2011 PARA POLICIAS LOCALES DE ARAGÓN CURSO DE ACTUALIZACIÓN DE NORMATIVA DE TRÁFICO 2011 PARA POLICIAS LOCALES.

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1 CURSO DE ACTUALIZACIÓN DE NORMATIVA DE TRÁFICO 2011 PARA POLICIAS LOCALES DE ARAGÓN CURSO DE ACTUALIZACIÓN DE NORMATIVA DE TRÁFICO 2011 PARA POLICIAS LOCALES DE ARAGÓN Inspector Tomás Romero Pineda

2 CASO PRÁCTICO 1: REFORMA EN UN VEHÍCULO CONSISTENTE EN LA INSTALACIÓN DE DISPOSITIVOS DE ILUMINACIÓN DIURNA Tipificación: Art. 7 del RG de Vehículos, por efectuar en el vehículo una reforma sin autorizar. Ver Instrucción 11/V-88 DGT (denunciable a partir del 11/07/11). Tipificación: Art. 7 del RG de Vehículos, por efectuar en el vehículo una reforma sin autorizar. Ver Instrucción 11/V-88 DGT (denunciable a partir del 11/07/11). Calificación: Grave (65.4.o LSV). Calificación: Grave (65.4.o LSV). Multa: 200 euros. Multa: 200 euros. Autoridad competente: JPT en todo caso, al tratarse de una infracción al Título IV de la LSV (art. 71.6 LSV). Autoridad competente: JPT en todo caso, al tratarse de una infracción al Título IV de la LSV (art. 71.6 LSV).

3 CASO PRÁCTICO 2: CONDUCIR UN VEHÍCULO DE MMA 3000 KG CON REMOLQUE DE MMA 1250 KG Tipificación: Art. 1.1 del RG de Conductores, por conducir con un permiso que no le habilita para ello (Art. 60.1 LSV). Debe llevar el código armonizado 96. Tipificación: Art. 1.1 del RG de Conductores, por conducir con un permiso que no le habilita para ello (Art. 60.1 LSV). Debe llevar el código armonizado 96. Calificación: Muy Grave (65.5.k LSV). Calificación: Muy Grave (65.5.k LSV). Multa: 500 euros. Multa: 500 euros. Pérdida de puntos: 4 (Anexo II LSV). Pérdida de puntos: 4 (Anexo II LSV). Autoridad competente: JPT en todo caso, al tratarse de una infracción al Título IV de la LSV (art. 71.6 LSV). Autoridad competente: JPT en todo caso, al tratarse de una infracción al Título IV de la LSV (art. 71.6 LSV).

4 CASO PRÁCTICO 3: CONDUCTOR ECUATORIANO CON MÁS DE UN AÑO DE RESIDENCIA EN ESPAÑA, CON UN PERMISO DE CONDUCCIÓN DE ECUADOR Tipificación: Art. 1.1 del RG de Conductores, por conducir careciendo de autorización administrativa válida en España, siendo titular de un permiso extranjero equivalente susceptible de ser canjeado. Tipificación: Art. 1.1 del RG de Conductores, por conducir careciendo de autorización administrativa válida en España, siendo titular de un permiso extranjero equivalente susceptible de ser canjeado. Calificación: Grave (65.4.ll LSV). Calificación: Grave (65.4.ll LSV). Multa: 200 euros. Multa: 200 euros. Pérdida de puntos: NO. Pérdida de puntos: NO. Autoridad competente: JPT en todo caso, al tratarse de una infracción al Título IV de la LSV (art. 71.6 LSV). Autoridad competente: JPT en todo caso, al tratarse de una infracción al Título IV de la LSV (art. 71.6 LSV).

5 CASO PRÁCTICO 4: CONDUCTOR RUMANO CON MÁS DE UN AÑO DE RESIDENCIA EN ESPAÑA, CON UN PERMISO DE CONDUCCIÓN DE RUMANÍA Tipificación: No es infracción. Tipificación: No es infracción. Si comete una infracción: Si comete una infracción: - Tomar datos del permiso. - Fotocopiarlo y comunicar los datos a la JPT para su inscripción y canje de oficio por un permiso español. OJO, Si no es residente: OJO, Si no es residente: - No se solicita el canje. - Pérdida de puntos virtual si no es residente. - Se cobra la multa en el acto.

6 CASO PRÁCTICO 5: CONDUCTOR QUE POSEE LICENCIA DE CICLOMOTOR Y CONDUCE UN TURISMO Tipificación: Art. 1.1 del RG de Conductores, por conducir un vehículo con un permiso que no le habilita para ello. Tipificación: Art. 1.1 del RG de Conductores, por conducir un vehículo con un permiso que no le habilita para ello. Calificación: Muy grave (65.5.k LSV). Calificación: Muy grave (65.5.k LSV). Multa: 500 euros. Multa: 500 euros. Pérdida de puntos: 4. Pérdida de puntos: 4. Autoridad competente: JPT en todo caso, al tratarse de una infracción al Título IV de la LSV. Autoridad competente: JPT en todo caso, al tratarse de una infracción al Título IV de la LSV.

7 CASO PRÁCTICO 6: CONDUCTOR SIN PUNTOS QUE CONDUCE TRANSCURRIDOS MÁS DE 6 MESES DESDE QUE PERDIÓ LA VIGENCIA Y NO HA REALIZADO EL CURSO DE REEDUCACIÓN Tipificación: Delito art. 384 CP. Tipificación: Delito art. 384 CP. Pérdida de puntos: No se produce. Pérdida de puntos: No se produce. Autoridad competente: Juzgado de lo Penal. Autoridad competente: Juzgado de lo Penal. Conducir antes o después de los seis meses a que obliga el art. 63.6 de la LSV sin haber realizado el curso siempre es delito mientras no obtenga un nuevo permiso para conducir superando el curso de sensibilización. Conducir antes o después de los seis meses a que obliga el art. 63.6 de la LSV sin haber realizado el curso siempre es delito mientras no obtenga un nuevo permiso para conducir superando el curso de sensibilización.

8 CASO PRÁCTICO 7: CONDUCTOR CON CONDENA PENAL DE PRIVACIÓN DEL DERECHO A CONDUCIR DURANTE OCHO MESES, HA CUMPLIDO LA CONDENA Y NO HA REALIZADO EL CURSO DE REEDUCACIÓN CASO PRÁCTICO 7: CONDUCTOR CON CONDENA PENAL DE PRIVACIÓN DEL DERECHO A CONDUCIR DURANTE OCHO MESES, HA CUMPLIDO LA CONDENA Y NO HA REALIZADO EL CURSO DE REEDUCACIÓN Tipificación: Art. 1.1 RGCOND. (Nueva opción 5D). Tipificación: Art. 1.1 RGCOND Conducir con permiso que carece de validez por no haber cumplido los requisitos administrativos exigidos reglamentariamente en España. (Nueva opción 5D). Calificación: Grave (65.4.ll LSV). Calificación: Grave (65.4.ll LSV). Multa: 200 euros. Multa: 200 euros. Pérdida de puntos: NO. Pérdida de puntos: NO. Autoridad competente: JPT. Autoridad competente: JPT. No es delito, no hay quebranto de condena. No es delito, no hay quebranto de condena.

9 CASO PRÁCTICO 8: CONDUCTOR CON PENA DE PRIVACIÓN DEL DERECHO A CONDUCIR DE DOS AÑOS Y MEDIO, HA CUMPLIDO LA CONDENA Y NO HA REALIZADO EL CURSO DE REEDUCACIÓN CASO PRÁCTICO 8: CONDUCTOR CON PENA DE PRIVACIÓN DEL DERECHO A CONDUCIR DE DOS AÑOS Y MEDIO, HA CUMPLIDO LA CONDENA Y NO HA REALIZADO EL CURSO DE REEDUCACIÓN Tipificación: Art. 1.1 RGCOND (Opción 5A). Tipificación: Art. 1.1 RGCOND Conducir un vehículo careciendo de autorización administrativa (Opción 5A). Calificación: Muy grave (65.5.k LSV). Calificación: Muy grave (65.5.k LSV). Multa: 500 euros. Multa: 500 euros. Pérdida de puntos: NO tiene. Pérdida de puntos: NO tiene. Autoridad competente: JPT. Autoridad competente: JPT. No es delito, no hay quebranto de condena, la pérdida de vigencia no es por puntos sino por condena penal. No es delito, no hay quebranto de condena, la pérdida de vigencia no es por puntos sino por condena penal.

10 CASO PRÁCTICO 9: CASUÍSTICA DE CILOMOTORES. SUPUESTO 1: Conducir un ciclomotor transportando un pasajero. El conductor es poseedor de permiso AM y tiene 17 años y el pasajero 10 años. CASO PRÁCTICO 9: CASUÍSTICA DE CILOMOTORES. SUPUESTO 1: Conducir un ciclomotor transportando un pasajero. El conductor es poseedor de permiso AM y tiene 17 años y el pasajero 10 años. Tipificación: Dos infracciones: Tipificación: Dos infracciones: - - Art. 4.2 RGCOND- Conducir un ciclomotor un menor de edad transportando un pasajero. - Art. 12.2 RGCIRC- Circular transportando menor de doce años como pasajero. Calificación: Leve (65.3 LSV). Calificación: Leve (65.3 LSV). Multa: Hasta 100 euros. Multa: Hasta 100 euros. Pérdida de puntos: NO. Pérdida de puntos: NO. Autoridad competente: Autoridad competente: - JPT-.Art. 4.2 RGCOND. - JPT-.Art. 4.2 RGCOND. - Alcalde- Art. 12.2 RGCIR.

11 CASO PRÁCTICO 9: CASUÍSTICA DE CILOMOTORES. SUPUESTO 2: Conductor de ciclomotor con pasajero. El conductor posee LCC y tiene 14 años y el pasajero 13 años. La LCC fue obtenida el 30/08/2008 CASO PRÁCTICO 9: CASUÍSTICA DE CILOMOTORES. SUPUESTO 2: Conductor de ciclomotor con pasajero. El conductor posee LCC y tiene 14 años y el pasajero 13 años. La LCC fue obtenida el 30/08/2008 Tipificación: Tipificación: No existe infracción.. Disposición Transitoria Tercera del RG de Conductores:”Las licencias de conducción de ciclomotores obtenidas con anterioridad al 1 de septiembre de 2008 autorizarán a su titular a transportar pasajeros en el vehículo, aunque no tenga los dieciocho años cumplidos”.

12 CASO PRÁCTICO 9: CASUÍSTICA DE CILOMOTORES. SUPUESTO 3: Conducir un ciclomotor transportando un pasajero. El conductor es poseedor de permiso A1 y tiene 16 años y el pasajero 13 años. CASO PRÁCTICO 9: CASUÍSTICA DE CILOMOTORES. SUPUESTO 3: Conducir un ciclomotor transportando un pasajero. El conductor es poseedor de permiso A1 y tiene 16 años y el pasajero 13 años. Tipificación: Tipificación: No existe infracción.. La obtención del permiso A1 implica la obtención del AM (art. 5.2.a del RG de Conductores). Para el permiso A1 no existe limitación de edad del conductor, sólo del pasajero menor de doce años. Por lógica, es más favorable obtener el A1 que el AM. Por lógica, es más favorable obtener el A1 que el AM.

13 CASO PRÁCTICO 10: CONDUCTOR QUE NO HA OBTENIDO NUNCA EL PERMISO Y EL VEHÍCULO FIGURA A NOMBRE DE OTRA PERSONA CASO PRÁCTICO 10: CONDUCTOR QUE NO HA OBTENIDO NUNCA EL PERMISO Y EL VEHÍCULO FIGURA A NOMBRE DE OTRA PERSONA Tipificación: Dos infracciones: Tipificación: Dos infracciones: C - Delito art. 384 CP- Conducir un turismo no habiendo obtenido nunca autorización administrativa. Autor el conductor. - Art. 9.3 LSV- No impedir que el vehículo sea conducido por quienes nunca hubieren obtenido el permiso o la licencia de conducción correspondiente. Responsabilidad del titular. Autoridad: Autoridad: Juzgado de lo penal y Alcalde- art. 71.4 LSV.

14 CASO PRÁCTICO 11: CIRCULAR CON UN VEHÍCULO QUE LLEVA INSTALADO UN DETECTOR DE RADAR NO INHIBIDOR CASO PRÁCTICO 11: CIRCULAR CON UN VEHÍCULO QUE LLEVA INSTALADO UN DETECTOR DE RADAR NO INHIBIDOR Tipificación: Tipificación: No existe infracción. Artículo 65.6.d de la LSV: “no constituirán infracción los sistemas de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico

15 CASO PRÁCTICO 12: INSTALAR EN MOTOCICLETAS TUBOS DE ESCAPE DISTINTOS A LOS DE SERIE, AÚN ESTANDO HOMOLOGADOS CASO PRÁCTICO 12: INSTALAR EN MOTOCICLETAS TUBOS DE ESCAPE DISTINTOS A LOS DE SERIE, AÚN ESTANDO HOMOLOGADOS Tipificación: Tipificación: Art. 7 del RG de Vehículos, por efectuar en el vehículo una reforma no autorizada. Calificación: Grave (65.4.o LSV). Multa: 200 euros (67.1 LSV). Pérdida de puntos: No se produce. Autoridad : JPT -infracción al Título IV de la LSV (art. 71.6 LSV).


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