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PROYECTO DE CONVENIO IBEROAMERICANO

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Presentación del tema: "PROYECTO DE CONVENIO IBEROAMERICANO"— Transcripción de la presentación:

1 PROYECTO DE CONVENIO IBEROAMERICANO
VI CONFERENCIA IBEROAMERICANA DE MINISTROS/MÁXIMOS RESPONSABLES DE LA SEGURIDAD SOCIAL PROYECTO DE CONVENIO IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL Iquique, julio 2006

2 MOVIMIENTOS MIGRATORIOS (CEPAL)
A nivel mundial: en 1960, 80 millones; en 2000, 180 millones. Latinoamericanos: en 2000, 21 millones; en 2005, 25 millones. Migrantes interregionales en latinoamérica: 3 millones.

3 MOVIMIENTOS MIGRATORIOS EN ALGUNOS PAÍSES (CEPAL 2000)
Inmigrantes Emigrantes Argentina Bolivia 95.000 Brasil Chile Colombia 66.000 Ecuador Paraguay Perú 23.000 Uruguay 46.000 Venezuela

4 CONVENIOS DE COORDINACIÓN
No modifican legislaciones nacionales No sustituyen legislaciones nacionales Coordinan legislaciones para garantizar derechos de los trabajadores migrantes. Tipos: bilaterales , multilaterales

5 ANTECEDENTES Acuerdo Multilateral de Seguridad Social de MERCOSUR.
Decisión 583. Instrumento Andino de Seguridad Social. Reglamentos de Seguridad Social de la UE. Convenios Bilaterales.

6 CONVENIOS BILATERALES
En Iberoamérica: 52. Posibles: 231

7 ANTECEDENTES: V Conferencia
“iniciar el proceso de elaboración de un Convenio Multilateral de Seguridad Social de la Comunidad Iberoamericana”. “que en el menor plazo de tiempo posible, permita contar con un instrumento único de coordinación de las legislaciones nacionales en materia de pensiones que, con plena seguridad jurídica, garantice los derechos de los trabajadores migrantes y sus familias, protegidos bajo esquemas de Seguridad Social de los diferentes Estados Iberoamericanos. Se solicita el apoyo y cooperación técnica de la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB) y de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) en el proceso de elaboración y discusión del Proyecto de Convenio .

8 XV CUMBRE IBEROAMERICANA
DECLARACIÓN DE SALAMANCA (apartado 17) “Decidimos iniciar el proceso de elaboración de un Convenio Iberoamericano de Seguridad Social con el objetivo de garantizar los derechos de Seguridad Social de los trabajadores migrantes y sus familias.”

9 COMPROMISO DE MONTEVIDEO
Apartado 25.K) Adoptar las medidas necesarias para la pronta y adecuada puesta en vigor del Convenio Iberoamericano de Seguridad Social y fomentar acuerdos en esta materia, con el objetivo de que los migrantes puedan gozar, en sus países de origen, de los beneficios generados con su trabajo en los países receptores.

10 REUNIÓN DE MINISTROS (SEGOVIA, 8 Y 9 DE SEPTIEMBRE DE 2005)
Convenio Iberoamericano de Seguridad Social. Compromiso de iniciar negociaciones. Encargo a OISS y SEGIB elaboración borrador. Principios generales. Elevación a XV Cumbre Iberoamericana

11 MARCO DE ACTUACIÓN Convenio multilateral. Norma de coordinación.
Respeto a las legislaciones nacionales. Recoger principios contemplados en el Documento Final de Segovia.

12 ELABORACIÓN DEL CONVENIO
Cuestiones previas ( marzo de 2006). Primer borrador (septiembre 2006). I Reunión Técnica (Uruguay, octubre 2006). Segundo borrador (octubre 2006). Tercer borrador (marzo 2007). II Reunión Técnica (Santiago de Chile, abril 2007). Cuarto borrador (mayo 2007). III Reunión Técnica (Sao Paulo, junio 2007). Proyecto reunión Iquique.

13 CARACTERÍSTICAS BÁSICAS
Amplitud (personal) Flexibilidad (anexos) Basado en: Acuerdo M. de MERCOSUR; Decisión 583 de la CAN; Reglamentos 1408/71 y 574/72 de la UE; Convenio Bilaterales; Convenios OIT.

14 ESTRUCTURA SEIS TÍTULOS:
Reglas generales y determinación de la legislación aplicable. Disposiciones particulares para las distintas categorías de prestaciones. Mecanismos de cooperación administrativa. Comité Técnico-Administrativo. Disposición Transitoria. Disposiciones Finales.

15 ESTRUCTURA CINCO CAPÍTULOS: -Título I:
Capítulo 1: Disposiciones Generales.(art. 1 a 8). Capítulo 2: Determinación de la legislación aplicable.(art.9 a 12).

16 ESTRUCTURA Título II: -Capítulo 1: Prestaciones de invalidez, vejez y supervivencia.(art. 13 a 15). -Capítulo 2: Coordinación de regímenes basados en el ahorro y la capitalización.(art. 16 a 17). -Capítulo 3: Prestaciones de accidente de trabajo y enfermedad profesional.(art. 18)

17 ESTRUCTURA TITULO III: Mecanismos de cooperación administrativa (art. 19 a 22). TITULO IV: Comité Técnico Administrativo (art. 23 a 24). TITULO V: Disposición transitoria (art. 25). TITULO VI: Disposiciones finales (art. 26 a 35).

18 ESTRUCTURA 35 ARTÍCULOS. 5 ANEXOS : Regímenes excluidos (art. 3.2); Prestaciones excluidas (art.3.3); Extensión a otros regímenes o prestaciones por Convenio (art.3.5); Convenios Bilaterales o Multilaterales vigentes (art. 8); Excepciones entre Estados a la legislación aplicable (art. 11).

19 PRINCIPIOS CONVENIO Igualdad de trato.
Campo de aplicación personal: trabajadores legales, dependientes y no dependientes. Campo de aplicación material: vejez, invalidez, supervivencia, otras prestaciones económicas. Legislación aplicable: “lex loci laboris”.

20 PRINCIPIOS CONVENIO Totalización de períodos y “prorrata temporis”.
Garantía de derechos y exportación de prestaciones. Colaboración administrativa y técnica. Mantenimiento de disposiciones más favorables de otros Convenios. Posibilidad de ampliación a otras ramas.

21 CONTENIDO Campo de aplicación personal (art.2)
Personas que estén o hayan estado sujetas a la legislación de uno o varios Estados Parte del Convenio. Familiares beneficiarios y derechohabientes.

22 CONTENIDO Campo de aplicación material (art.3)
Prestaciones económicas de: invalidez, vejez; supervivencia; accidente de trabajo y enfermedad profesional. Exclusión de prestaciones médicas. Exclusión de regímenes no contributivos, de asistencia social y victimas de guerra. Posibilidad de excluir algunos regímenes (anexo I) o prestaciones (anexo II). Posibilidad de ampliar a otros regímenes o prestaciones (anexo III).

23 CONTENIDO Principios Igualdad de trato (art. 4).
Totalización de períodos (art. 5). Conservación de derechos adquiridos y exportación de prestaciones (art. 6). Mantenimiento de disposiciones de Convenios bilaterales o multilaterales más favorables (art. 8) (anexo IV).

24 CONTENIDO Legislación aplicable (arts. 9 a 11)
Norma general: legislación del país de actividad. Excepciones: - Traslado temporal en actividades cualificadas por 12 meses+12.Traslado no dependientes por 12 meses. - Transporte aéreo y marítimo. - Empresas pesqueras mixtas. Puertos. - Diplomáticos y personal de apoyo. Funcionarios públicos. Cooperantes. - Posibilidad de excepciones por dos Estados Parte (anexo V).

25 CONTENIDO Invalidez, vejez, supervivencia (art. 13 a 15)
Determinación inicial por legislaciones separadas. Totalización si es necesaria (o a solicitud). Abono a “prorrata témporis” en proporción al tiempo total o al máximo requerido. Cálculo con últimos datos del Estado Parte . Prioridad de seguro obligatorio sobre voluntario. No reconocimiento por períodos menores de 1 año.

26 CONTENIDO Regímenes de capitalización (art. 16 y 17)
Aplicación del Convenio. Financiación con saldos de cuenta. Totalización de períodos para acceso a mínimos. Posibilidad de aportaciones voluntarias (si la legislación interna lo admite). Posibilidad de acuerdos de transferencia de fondos entre Estados Parte.

27 CONTENIDO Cooperación administrativa (art. 19 a 22)
En exámenes médico-periciales (financiados por solicitante). Información mutua. Exención de traducción, visado o legalización. Acreditación ante cualquier Estado Parte. Aplicabilidad de las normas locales para exención o reducción de impuestos, tasas ...

28 CONTENIDO Disposiciones Finales (art. 26 a 35)
Acuerdo de Aplicación. Conferencia de las Partes (al año de vigencia). Solución de controversias por negociación o arbitraje. Vigencia tras ratificación de 7 Estados Parte. Enmiendas aprobadas por Conferencia de las Partes y ratificadas. Idiomas español y portugués. Depositario: SEGIB-OISS.

29 PROCESO DE APROBACIÓN VI Conferencia de Ministros.
Elevación a XVII Cumbre Iberoamericana. Depósito en SEGIB. Firma y ratificación por los países según legislación interna. Acuerdo de Aplicación.

30 IQUIQUE Julio 2007


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