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Cuota de pantalla y media de continuidad Al aumentar considerablemente la producción Nacional de material fílmico y que por diversos motivos ajenos a su.

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Presentación del tema: "Cuota de pantalla y media de continuidad Al aumentar considerablemente la producción Nacional de material fílmico y que por diversos motivos ajenos a su."— Transcripción de la presentación:

1 Cuota de pantalla y media de continuidad Al aumentar considerablemente la producción Nacional de material fílmico y que por diversos motivos ajenos a su calidad o sus meritos, no tienen acceso a las salas de exhibición. El Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales elabora y pone en vigencia la Resolución 2016/2004/INCAA Revisada y modificada por la 1582/2006/INCAA

2 Cuota de pantalla Entiéndese por CUOTA DE PANTALLA, la cantidad mínima de películas nacionales que deben exhibir obligatoriamente las empresas que por cualquier medio o sistema exhiban películas, en un período determinado. ART. 1

3 Media de continuidad Cantidad mínima de espectadores que presencian exhibiciones de películas Argentinas a las que se les haya asignado el beneficio de la cuota de pantalla, en cada sala de exhibición cinematográfica de Jueves a Domingo, que genera la obligatoriedad de continuar en la semana cinematográfica siguiente, con la exhibición de las misma película en la misma sala.

4 Día de exhibición: Jornada que incluya todas las funciones realizadas en un día calendario integrante de la semana cinematográfica. Semana Cinematográfica: Comienza el día jueves hasta el miércoles siguiente. Día de exhibición y semana cinematográfica

5 Cuota de Pantalla Las salas inscriptas en el INCAA tienen la obligatoriedad de exhibir una película nacional por cada trimestre calendario. Quedan exceptuadas: las salas de exhibición condicionada, las registradas como no comerciales, las que tengan una semana cinematográfica de cuatro (4) días y las que funcionen solo en períodos vacacionales.

6 Categoría de las películas El INCAA clasificara a las películas argentinas que obtengan el beneficio de la cuota de pantalla y el cumplimiento de la media de continuidad en tres (3) categorías de acuerdo con la cantidad de copias con las que se estrenaran. 35 o más copiasCategoría A Entre 6 y hasta 34 copiasCategoría B 5 o menos copiasCategoría C

7 Circuito de Exhibición Alternativo Acuerdo con empresas exhibidoras. Garantiza la exhibición y permanencia mínima de dos (2) semanas de películas clasificadas con Categoría "C. Películas Categoría "C", deberán estrenar en el CIRCUITO DE EXHIBICION ALTERNATIVO (Salvo notificación del distribuidor con la conformidad de la empresa productora)

8 Calendario Tentativo de Estrenos de Películas Nacionales Las empresas exhibidoras y distribuidoras serán responsables del estreno de las películas en forma equitativa en las salas existentes en cada una de las zonas de que se trate. Los complejos multipantallas tendr á n un porcentaje de las copias de las películas que figuren en el CALENDARIO TENTATIVO DE ESTRENOS DE PELICULAS NACIONALES, dependiendo de la categor í a a la cual pertenecen.

9 La estipulación de la fecha de estreno definitiva de una película publicada en el CALENDARIO TENTATIVO DE ESTRENOS DE PELICULAS NACIONALES, será responsabilidad conjunta de las empresas exhibidoras y distribuidoras Deberán notificar la misma en forma fehaciente al INCAA con una antelación mínima de diez (10) días corridos previos a la fecha, quedando así inamovible. La modificación de una fecha de estreno fijada o el estreno de otra película nacional en la misma sala y fecha, implicará el incumplimiento de la cuota de pantalla. Las fechas serán publicadas en internet. Calendario Tentativo de Estrenos de Películas Nacionales

10 Sobre las Funciones En todos los casos, las películas a utilizarse para cumplir con la cuota de pantalla y la media de continuidad, deberán exhibirse en la misma sala, en la totalidad de las funciones previstas para la semana cinematográfica de que se trate. En caso de acuerdos especiales entre empresas exhibidoras y distribuidoras, los mismos deberán ser notificados fehacientemente por el distribuidor con la conformidad de la empresa productora, al Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales en forma simultánea con la ratificación de la fecha de estreno.

11 Media de Continuidad Se establecen porcentajes de ocupación sobre el total de las localidades de cada sala. Si se cumplen estos porcentajes mínimos el largometraje permanecerá en esa sala la semana cinematográfica siguiente. Estos porcentajes varían según la temporada en la que se estrene el largometraje.

12 Temporadas TEMPORADA ALTA: Semestre comprendido entre el 1 de Abril y 30 de Setiembre. As í como tambi é n el período del 25 de diciembre al 1 de enero y el correspondiente a Semana Santa. TEMPORADA BAJA: Semestre comprendido entre el 1 de Octubre y 31 de marzo.

13 Media de Continuidad Porcentuales en Temporada Alta Salas de hasta 250 localidades 18% Salas de más de 250 hasta 500 localidades 16% Salas de más de 500 localidades 10%

14 Media de Continuidad Porcentuales en Temporada Baja Salas de hasta 250 localidades 15% Salas de más de 250 hasta 500 localidades 12% Salas de más de 500 localidades 8%

15 Complejos Multipantallas La cuota de pantalla y la media de continuidad deberá cumplirse en cada una de las salas en forma independiente Las películas beneficiadas deberán exhibirse en la misma sala, en la totalidad de las funciones previstas para la semana cinematográfica. Porcentajes seg ú n categor í as : CATEGOR Í A A 70% CATEGOR Í A B 30% CATEGOR Í A C (sin obligaci ó n)

16 MULTAS Las empresas exhibidoras que no hayan dado cumplimiento a lo normado en la presente Resolución se harán pasibles de sanciones de acuerdo con lo establecido en el ARTICULO 62º de la Ley 17.741


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