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PAOLA ANDREA LLANOS BENITEZ 1. 2 1. Estructuración de oficina. 2. Trazar objetivos. 3. Crear misión y visión. 4. Cronograma de actividades. 5. Evaluación.

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1 PAOLA ANDREA LLANOS BENITEZ 1

2 2 1. Estructuración de oficina. 2. Trazar objetivos. 3. Crear misión y visión. 4. Cronograma de actividades. 5. Evaluación y asesoría.

3 1. El trabajo será direccionado para hechos relevantes que guarden relación con los objetivos institucionales de acuerdo ala realidad de esta. 2. Reducirá trabajo ineficiente, e improductivo. 3. Evitar dispersar esfuerzos en acciones innecesarias. 4. Permitirá hacer más eficiente el trabajo, con seguimiento a la labor y metas propuestas por la oficina de control interno. 5. Hará más visible y cercano el rol de la oficina con todas las dependencias de la corporación. 6. Reducirá el desgaste ineficaz de los propósitos establecidos por ley. 3

4 Verificar y asesorar permanentemente a la corporación como salvaguarda y consejera de la alta administración como soporte del propósito de la corporación “del oportuno control político en función del desarrollo social, la productividad, la paz, la sostenibilidad y la participación etc.” Actuando con neutralidad e imparcialidad con el firme propósito de evitar riesgos, verificando que se cumpla con los principios de la función pública y la gestión con calidad. 4

5 La oficina de control interno será reconocida en el año 2022 por la alta incidencia en la dinamización de los procesos administrativos de la Asamblea Departamental del Valle que facilitara la articulación interinstitucional que se retroalimentará en pos del mejoramiento, facilitando el cumplimiento de la misión y el logro de los objetivos corporativos con una eficiente estructura como institución, de talento humano calificado comprometido con la entidad y el servicio publico. 5

6 * Generar espacios de acompañamiento en los procesos de mejoramiento de la calidad de la gestión de la corporación. * Asesorar y acompañar a la alta dirección para que dentro de sus competencias y decisiones gerenciales; como a la administración en suministrar la información y recursos de ley, para que se ajusten al cumplimiento de las normas y de los objetivos institucionales. * Evaluar el nivel de implementación, mantenimiento y funcionamiento de los procesos, como el MECI, gestión de calidad detectando desviaciones proponiendo acciones correctivas además de las preventivas que se vean reflejadas en el mejoramiento de la entidad. 6

7 * Defender el fortalecimiento de la administración del riesgo de la entidad. * Fomentar la cultura de auto control y de los principios rectores de la administración publica de los servidores públicos de la Asamblea Departamental del Valle del Cauca. * Coordinar y facilitar las relaciones y el flujo de información entre la entidad y los entes externos. 7

8 Los principios del sistema de control interno se encuentran consagrados en la constitución política de Colombia y en la ley, específicamente en el artículo 209 y en artículo primero de la ley 87 de 1993. La función administrativa esta al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, y publicidad, mediante la descentralización, la delegación, y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que establece la ley.” 8

9 Es un precepto constitucional de estricto cumplimiento ya que lo que se busca en la administración pública es que no existan distinciones injustificadas con los administrados 9

10 Busca que todas las actividades de la entidad no solo cumplan con las normas constitucionales y legales sino que también estén ajustadas a los preceptos éticos y morales que rigen a la sociedad 10

11 La eficacia es relativa al cumplimiento de las determinaciones de la administración Se miden en todas las actividades y las tareas y en especial al concluir un proceso, un proyecto o un programa. Permite determinar si los resultados obtenidos tienen relación con los objetivos y con la satisfacción de las necesidades de la comunidad.” 11

12 Este principio se determina como la cualidad de elección de los medios mas adecuados para el cumplimiento de los objetivos Además de la racionalización de los bienes y recursos disponibles y asimismo buscar los menores costos posibles en la obtención de los necesarios para su funcionamiento. 12

13 Ordena y regula todo lo pertinente a la asignación de los recursos de manera adecuada. Teniendo en cuenta la austeridad y mesura en los gastos e inversiones de acuerdo las condiciones de calidad, cantidad, y oportunidad 13

14 Eliminación de los trámites innecesarios y que en las actuaciones administrativas se cumplan los términos de manera perentoria haciendo referencia “a la prontitud la rapidez y la velocidad en el actuar público. Los servidores públicos se comprometen a dar respuesta oportuna a las necesidades sociales pertinentes a su ámbito de competencia. 14

15 Es la falta de designio anticipado o de prevención a favor o en contra de persona, a fin de proceder con rectitud, dictaminar y resolver los asuntos de manera justa. Se concreta cuando el servidor publico actúa con plena objetividad e independencia en defensa de lo público, en los asuntos bajo su responsabilidad a fin de garantizar que ningún ciudadano o grupo de interés se afecte en sus intereses, producto de la entidad publica 15

16 Direcciona a que todas las actuaciones de la administración pública sean de conocimiento público, como prueba de transparencia en la gestión de la entidad. 16

17 Busca el equilibrio efectivo en la distribución de los costos y beneficios entre diferentes sectores económicos y sociales, orientando el control hacia los derroteros. 17

18 Su aplicación puede observarse en los antiguos imperios en los que ya se percibía una forma de control y cobro de impuestos. Lo anterior empezó a vislumbrarse en Europa hacia los años 747 y 814 cuando Carlos I “El Grande” (Carlomagno) a través del Missi Dominici nombrara un clérigo y un laico que inspeccionaban las provincias del imperio. Posteriormente, hacia el año 1319 Felipe V daría a su cámara de cuentas, poderes administrativos y jurisdiccionales para el control de negocios financieros. 18

19 En 1807 Napoleón Bonaparte, a través de la corte de cuentas vigilaba los asuntos contables del estado y le otorgaba atribuciones para investigar, juzgar y dictar sentencias. Esto sirvió para que muchos países de América y Europa que estaban en proceso de organizar sus instituciones republicanas los tomaran como modelo. La auditoria fue reconocida como profesión por primera vez bajo la ley británica de sociedades anónimas de 1862 y 1905, la profesión de auditor creció en Inglaterra y su principal objetivo entonces era la detección del fraude. Hacia 1900 llego a estados unidos y allí se estableció con un concepto diferente, dándole a la auditoria como objetivo principal la revisión independiente de los asuntos financieros y de los resultados de las operaciones. 19

20 Desde el segundo viaje de Colon a América se tiene conocimiento de los primeros tipos de control, cuando los reyes Católicos designan a un funcionario con la misión de vigilar y controlar el manejo de los fondos y bienes de la expedición. En 1518 se constituyó el Consejo de Indias como órgano supremo de administración Colonial. Hacia el siglo XVI en Colombia se formó la Real Audiencia de Santa Fe de Bogotá 20

21 En 1604 se crearon los tribunales de cuentas que eran algo así como las contralorías Regionales en los Virreinatos, Capitanías y Presidencias. Terminando ya el siglo XVII aparecen las oficinas de contabilidad las cuales a través de la corte de cuentas consolidan el control fiscal en el mundo. En la época de la independencia, los controles entran en crisis. Después de la Batalla de Boyacá se expide en angostura la Ley Fundamental que crea la República de Colombia y con ello se replantea el enfoque del control fiscal. 21

22 Se dicta en Octubre 23 de 1819 la “Ley principal contra los empleados de Hacienda”, que en su artículo 1° decía: “El empleado de Hacienda Nacional o a quién se le justificare sumariamente fraude o malversación de los intereses Públicos o resultare alcanzado, se le aplicará imperdonablemente la pena de muerte, sin necesidad de formar más proceso que los informes de los tribunales”, Decisión que a su vez fue avalada por Simón Bolívar en su decreto 12 de 1824 22

23 1958 donde se reglamentó la Oficina Nacional de Contadores y se introdujo la figura Fiscal de Contador, cuya función consistía en examinar cuentas del presupuesto y revisar los contratos que firmara el ejecutivo. En 1975 el presidente López Michelsen dictó la Ley 20 de 1975 que extiende el control fiscal de la contraloría a los establecimientos públicos y las empresas industriales y comerciales del estado. Mediante el Decreto- Ley 222 de 1983 se mantiene el control posterior en la contratación administrativa, dando así un auge mayor al control; asunto que queda consolidado en la reforma constitucional de 1991. 23

24 Desde que se expidió la Constitución de 1991, el tema de control interno ha tenido un permanente desarrollo normativo. Los dos artículos constitucionales que constituyen el punto de partida para el desarrollo normativo en materia de control interno, 209 y 269. 24

25 25 1.991 Constitución política de Colombia Art. 209 y 269 1.993 Desarrollo normativo a través de la Ley 80, 87 y 42 1.996 Decreto 280, creación del consejo Asesor del gobierno nacional en Materia de C.I.

26 26 1.998 Ley 480, se crea el sistema nacional de control interno 1.999 Decreto reglamentario 2145, donde obliga a rendir informes al consejo asesor 2.004 La contaduría general de la nación dicta disposiciones sobre el control interno contable

27 27 Decreto 1599, crea el MECI. 2005

28 Concepto 1606 de la sala de consulta y servicio civil del Consejo de Estado de noviembre 18 de 2004. Sentencia C-506 de 1.999. Sentencia C-996 de 2.001. 28

29 De conformidad con el articulo 9 de la ley 87 de 1.993, el control, interno o quien haga sus veces es la dependencia encargada de medir y evaluar la eficiencia, eficacia, celeridad y economía de los demás controles. Asesorar a la alta dirección en la continuidad del proceso administrativo. La revaluación de los planes establecidos y sugerir los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos previstos. Es prioritario que las oficinas de control interno lleven a cabo su función de manera objetiva, amplia y diligente, para lo cual debe contar con las herramientas necesarias. 29

30 30

31 Que el conjunto de operaciones se hallan realizado conforme a la Constitución Política, a la ley y a las demás disposiciones con fuerza de ley. 31

32 Exige la implementación de procesos, con el fin de obtener claramente el grado de eficiencia y eficacia, obtenido por la entidad 32

33 Es la generación de informes encaminados a brindar información suficiente para identificar aspectos determinantes en la solución de problemas que surgen en el ejercicio de las actividades administrativas. 33

34 Que los procedimientos establecidos en la organización se encuentren debidamente documentados. 34

35 Es el control de calidad sobre los procesos, informes de rendimientos y programas de capacitación de los empleados, buscando que se perfeccione el funcionamiento para el adecuado cumplimiento de las políticas y procedimientos implementados en la entidad. 35

36 El sistema de control interno es un instrumento que contribuye con el cumplimiento de la misión y los objetivos propuestos de acuerdo con la normatividad y políticas del estado, constituyendo las oficinas de control interno en el elemento asesor. 36

37 Es pertinente aclarar que quien posee la responsabilidad d e la administración del riesgo es la alta dirección, mientras que a los jefes de la oficina de control interno les corresponde emitir las recomendaciones pertinentes en materia de administración del riesgo. 37

38 Este rol que le corresponde a la oficina de control interno, tiene como punto focal el coadyuvar a la alta dirección al planteamiento de soluciones en termino de concertación. De hay que el control interno este llamado a conservar la independencia y objetividad permanente en el ejercicio de sus funciones. 38

39 El papel fundamental de la oficina de control interno es proporcionar los medios para generar en las personas una actitud de hacer bien las cosas en condiciones de calidad, oportunidad y transparencia. 39

40 Facilitar los requerimientos de los organismos de control externo y coordinar los informes de la entidad. La oficina de control interno sirve como puente entre los entes externos y la entidad, teniendo en cuenta la pertinencia y la relevancia de lo que se requiera. 40

41 CONSEJO ASESOR DEL GOBIERNO NACIONAL. CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. CONTRALORÍA GENERAL DE LA NACIÓN. PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. 41

42 42 NºFecha de presentación Entidad a quien se presentatipo de informeReglamento 1 Anual antes de febrero 16 de cada año consejo asesor del gobierno Nacional en Materia de Control Interno Informe ejecutivo anual de la evaluación al Sistema de Control Interno y Modelo Estándar de Control Interno, en el aplicado MECI. Decreto No 2145 de 1999 Decreto No 2539 de 2000 (modifica parcialmente el decreto 2145/99). Circular No 05 de 2006 2 Anual Dentro de los 5 días hábiles siguientes al cierre de la vigencia Contraloría general del Departamento Sobre las cuentas por pagar y los reconocimientos (cierre fiscal) corte a 31 de diciembre Resolución No. 00100.24.03.06.004 de diciembre 15 del 2006 (ART.80 Inc. 2º). 3SemestralDependencias Evaluación de la gestión de Dependencias Ley 909 del 2004 "carrera administrativa" (Art.39 Inc. 2º) 4SemestralDependencias Evaluación de desempeño Ley 909 del 2004 "carrera administrativa" (Art.38 Inc. 1º)

43 43 5 Semestral dentro de los 15 días hábiles siguientes con corte a junio 30 y diciembre 31 de cada año Contraloría General de la República Avance de cumplimiento de los planes de mejoramiento D i r e c t i v a Presidencial No 08 del 02 de Septiembre de 2003 Resolución No 5544 Diciembre de 2003 CGR Resolución No 5580 de mayo 18 de 2.004. CGR. 6 Cuatrimestral 16 de abril. 16 de octubre 31 de enero del año siguiente Contaduría General de la Nación Sobre la evolución del Sistema de Control Interno Contable. Resolucion No 048 de 2004 Resolución No 248 de julio del 2007 Resolución No 393 del 28 de septiembre de 2007 7Trimestral Departamento Administrativo de la función Publica seguimiento permanente a la actualización de los contenidos del sistema general de información Administrativa del Sector Publico- SUIP Articulo 3º - Decreto No 3246 de agosto de 2007 (DAFP) Decreto No 324de agosto del 2007 DAFP.

44 44 8 Trimestral los primeros diez (10) de cada trimestre Departamento Administrativo de la función Publica Seguimiento a la implementación del MECI y del Sistema de Gestión de Calidad Circular 1000-014-07 del septiembre del 2007 (DAFP) 9 Trimestral Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la terminación del trimestre Contraloría general del Departamento Sobre la contratación de prestación de servicio y demás Resolución No 00100.24.03.06.004 de diciembre 15 de 2006 (Arts. 13/27/38). 10 Trimestral Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la terminación del trimestre Contraloría general del Departamento Sobre la ejecución de las cuentas por Pagar Resolución No 00100.24.03.06.004 de diciembre 15 de 2006 (Art. 80 Inc. 2º). 11 Mensual ultimo día hábil del mes siguiente al periodo reportado Contraloría general del Departamento Sobre la austeridad en el gasto Resolución No 00100.24.03.06.004 de diciembre 15 de 2006 (Arts. 11/25/36).

45 45 12 Mensual Dentro de los cinco (5) primeros días hábiles del día siguiente Contraloría general del Departamento Sobre la contratación de obras publicas e interventoria Resolución No 00100.24.03.06.004 de diciembre 15 de 2006 (Art. 27) 13 Mensual cinco (5) primeros días de cada mes (mes vencido) Sistema único de información personal DAFP. seguimiento a las funciones del comité de conciliaciones resoluciones internas No 850 de noviembre 27 de 2000, No 203 de abril 24 del 2003 DAFP Ley No 678 de agosto 3 de 2001 Decreto No 1214 de junio 29 de 2000 Decreto No 2097de septiembre 20 de 2002 oficio No 011891 de septiembre 2 de 2004 MIJ 14 Periódica Diez (10) primeros días de cada Bimestre a partir de junio de 2003 Director Administrativo de la Función Publica Seguimiento a la supresión de empleos vacantes de las entidades y organismos de la rama ejecutiva Ley 790 de 2002 circular Instructiva de julio 15 del 2003 DAFP y el DNP Directiva presidencial 013 de noviembre 28 de 2003 Circular05 diciembre 10 de 2003 Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno

46 46 15 Anual Antes del tercer viernes del mes de marzo de cada año U n i d a d Administrativa Especial - Dirección nacional de derecho de autor Sobre el cumplimiento de las normas en materia de derecho de autor sobre software Circular No 04 de 2006 Circular No 012 de febrero 2 del 2007. 16PERMANENTE Representante legal de la entidad Seguimos a los Mapas de Riesgos Institucionales Decreto 1537 de julio 6 de 2001 en sus artículos 3 y 4 Resolución 142 de marzo 8 de 2006 Art.1 Ley87 de noviembre 29 de 1993, Articulo 2 literales a y f, y articulo 6

47 GRACIAS POR SU ATENCIÓN 47 PAOLA ANDREA LLANOS BENITEZ


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