Descargar la presentación
La descarga está en progreso. Por favor, espere
Publicada porJosefina Palma Carrizo Modificado hace 8 años
1
EL PARENTESCO Art. 127 C. Familia Es la relación de familia que existe entre dos o mas personas..
2
CLASES DE PARENTESCO Tres clases : O POR CONSANGUINIDAD O POR AFINIDAD O POR ADOPCION
3
PARENTESCO POR CONSANGUINIDAD Art. 128 C.Familia O Es la relación jurídica que surge entre las personas que descienden unas de otras. Por ejemplo: O padre o madre e hijo O Abuelo-nieto
4
: PARENTESCO POR AFINIDAD Art. 129 C. Familia O Es la relación jurídica surgida del matrimonio entre un cónyuge y los parientes consanguíneos del otro. O Comúnmente son llamados parientes políticos. O El matrimonio no crea lazos de parentesco jurídico entre las familias de los conyugues. No existe entre ellos lazo de parentesco. O El marido y mujer no se convierten en parientes entre si en razón del matrimonio. O El parentesco por afinidad lo crea el matrimonio y la unión no matrimonial.
5
PARENTESCO POR ADOPCION Art. 230 C. F o Es el que se origina entre el adoptante y el adoptado y los parientes de éstos, con los mismos efectos que el parentesco consanguíneo.
6
GRADOS Y LINEA DE PARENTESCO Art. 131 C. Familia o Grado : Vínculo entre dos individuos formado por la generación biológica, lo cual determina que entre ascendientes (abuelo/padre ) y descendientes (hijo/nieto) hay tantos grados como generaciones.
7
Línea: Se entiende la serie y orden de las personas que descienden de una raíz o tronco común. o La línea puede ser de dos clases : o Recta o Colateral, tranversal u oblicua o Los grados en línea recta se cuenta por el numero de generaciones que separan a un pariente de otro (primer grado entre padre e hijo) o El parentesco en línea recta no tiene limitación de grado.
8
o La línea colateral, se establece entre las personas que descienden de un progenitor común: hermanos, sobrinos, primos, tíos,etc. o En la línea colateral los grados se cuentan por el número de generaciones que separan a ambos parientes con respecto al tronco común, ascendiendo por un lado y descendiendo por el otro. Por ejemplo: los hermanos son parientes en segundo grado, pues se cuenta un escalón subiendo de un hijo al padre
9
CONSECUENCIAS JURIDICAS DEL PARENTESCO Efectos jurídicos y familiares: o El derecho recíproco de alimentos. Art. 248 C.F o El derecho de relaciones y trato. aArt. 217 C. F. o Desamparo del hijo. Art. 219 C. F. o Impedimentos matrimoniales o Derecho sucesorio o Los parientes entre el segundo grado y cuarto grado de afinidad no pueden ser testigos instrumentales Efectos penales E l parentesco puede constituir elemento integrante del tipo penal. Ejm. Incumplimiento de los deberes de asistencia económica,
Presentaciones similares
© 2024 SlidePlayer.es Inc.
All rights reserved.