La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

EL PARENTESCO Art. 127 C. Familia Es la relación de familia que existe entre dos o mas personas..

Presentaciones similares


Presentación del tema: "EL PARENTESCO Art. 127 C. Familia Es la relación de familia que existe entre dos o mas personas.."— Transcripción de la presentación:

1 EL PARENTESCO Art. 127 C. Familia Es la relación de familia que existe entre dos o mas personas..

2 CLASES DE PARENTESCO Tres clases : O POR CONSANGUINIDAD O POR AFINIDAD O POR ADOPCION

3 PARENTESCO POR CONSANGUINIDAD Art. 128 C.Familia O Es la relación jurídica que surge entre las personas que descienden unas de otras. Por ejemplo: O padre o madre e hijo O Abuelo-nieto

4 : PARENTESCO POR AFINIDAD Art. 129 C. Familia O Es la relación jurídica surgida del matrimonio entre un cónyuge y los parientes consanguíneos del otro. O Comúnmente son llamados parientes políticos. O El matrimonio no crea lazos de parentesco jurídico entre las familias de los conyugues. No existe entre ellos lazo de parentesco. O El marido y mujer no se convierten en parientes entre si en razón del matrimonio. O El parentesco por afinidad lo crea el matrimonio y la unión no matrimonial.

5 PARENTESCO POR ADOPCION Art. 230 C. F o Es el que se origina entre el adoptante y el adoptado y los parientes de éstos, con los mismos efectos que el parentesco consanguíneo.

6 GRADOS Y LINEA DE PARENTESCO Art. 131 C. Familia o Grado : Vínculo entre dos individuos formado por la generación biológica, lo cual determina que entre ascendientes (abuelo/padre ) y descendientes (hijo/nieto) hay tantos grados como generaciones.

7 Línea: Se entiende la serie y orden de las personas que descienden de una raíz o tronco común. o La línea puede ser de dos clases : o Recta o Colateral, tranversal u oblicua o Los grados en línea recta se cuenta por el numero de generaciones que separan a un pariente de otro (primer grado entre padre e hijo) o El parentesco en línea recta no tiene limitación de grado.

8 o La línea colateral, se establece entre las personas que descienden de un progenitor común: hermanos, sobrinos, primos, tíos,etc. o En la línea colateral los grados se cuentan por el número de generaciones que separan a ambos parientes con respecto al tronco común, ascendiendo por un lado y descendiendo por el otro. Por ejemplo: los hermanos son parientes en segundo grado, pues se cuenta un escalón subiendo de un hijo al padre

9 CONSECUENCIAS JURIDICAS DEL PARENTESCO Efectos jurídicos y familiares: o El derecho recíproco de alimentos. Art. 248 C.F o El derecho de relaciones y trato. aArt. 217 C. F. o Desamparo del hijo. Art. 219 C. F. o Impedimentos matrimoniales o Derecho sucesorio o Los parientes entre el segundo grado y cuarto grado de afinidad no pueden ser testigos instrumentales Efectos penales E l parentesco puede constituir elemento integrante del tipo penal. Ejm. Incumplimiento de los deberes de asistencia económica,


Descargar ppt "EL PARENTESCO Art. 127 C. Familia Es la relación de familia que existe entre dos o mas personas.."

Presentaciones similares


Anuncios Google