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Escisión de sociedades RT 18 , Capítulo 7

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Presentación del tema: "Escisión de sociedades RT 18 , Capítulo 7"— Transcripción de la presentación:

1 Escisión de sociedades RT 18 , Capítulo 7
Contabilidad V Escisión de sociedades RT 18 , Capítulo 7

2 OBJETIVOS DE APRENDIZAJE
Comprender el concepto y los propósitos de las Escisiones. Identificar las partes intervinientes en procesos de escisión. Evaluar las consecuencias jurídicas y contables de las escisiones. Identificar los diferentes tipos de escisiones. Conocer el efecto impositivo de las escisiones.

3 Definición y objetivo de la Escisión
ESCINDIR: cortar, dividir, separar (DRAE); ESCISIÓN: acción o efecto de escindir. Escisión sociedades Cuando una sociedad destina parte o todo su patrimonio para crear una o más sociedades nuevas. O cuando destina parte de su patrimonio a una sociedad ya existente, o cuando participa con ésta en la creación de una o más sociedades nuevas, destinado parte o todo su patrimonio. Objetivos Separar grupos de socios con intereses opuestos Dividir empresas familiares Diversificar mercados Enfrentar la competencia evitando el aumento desmesurado de la estructura de la empresa.

4 Clases de Escisión (Art. 88 LGS)
Una sociedad, sin disolverse, destina parte de su patrimonio para constituir una o varias sociedades nuevas. Escisión parcial propiamente dicha, según RT 18) Escisión -Constitución: Una sociedad se disuelve, sin liquidarse, para constituir con la totalidad de su patrimonio nuevas sociedades. (Escisión total propiamente dicha, según RT 18) Escisión- División: Una sociedad, sin disolverse, destina parte de su patrimonio para fusionarse con sociedades existentes o para participar con ellas en la creación de una nueva sociedad (Escisión-Fusión, según RT 18) Escisión por concentración: RT 18 también contempla el caso de Escisión-Fusión cuando: Una sociedad se disuelve y destina parte de su patrimonio para: - incorporarlo a una sociedad existente o - formar con ésta una o más sociedades nuevas.

5 Patrimonio escindido:
TERMINOLOGÍA Sociedad escindente o escindida: es la sociedad preexistente que se divide para transmitir parte o la totalidad de su patrimonio. Sociedad escisionaria : es la sociedad (nueva o preexistente) que recibirá parte del patrimonio transferido por la escindente Patrimonio escindido: es el patrimonio transferido por la escindente, que se destina a la creación de una o más sociedades nuevas o a su fusión con sociedades existentes.

6 Escisión propiamente dicha
Sociedad A  escindente A Escisión parcial A sin disolverse, destina parte de su patrimonio a formar uno o más entes nuevos B Sociedad B  escisionaria Sociedad A  escindente A B Escisión total C A se disuelve, destina todo su patrimonio a crear dos o más sociedades nuevas Sociedad B y C  escisionarias

7 Escisión prop. dicha: contabilización
Contabilización de escisión propiamente dicha Los activos netos escindidos se valuarán en los entes escisionarios en base a los valores registrados en el ente escindente Las escisiones propiamente dichas no son combinaciones de negocios, sino que constituyen reorganizaciones de empresas del mismo grupo económico.

8 Escisión-Fusión B A A B Sociedad A  escindente
A sin disolverse, destina parte de patrimonio para fusionase con B (Soc. prexistente) Sociedad B  escisionaria Otro caso: la parte escindida de A y B se fusionan para crear una nueva sociedad Sociedad A  escindente A Escisión- fusión C B A se disuelve. Una parte se fusiona con B y con la otra se crea C Sociedades B y C  escisionarias Otro caso: el total de patrimonio de A y B se fusionan para crear una o varias soc. nuevas

9 Contabilización: Escisión-Fusión
Contabilización de Escisión fusión Los activos netos escindidos se valuarán en los entes escisionarios en base al método de la unificación de intereses o al método de la adquisición. La escisión-fusión son combinaciones de negocios. Su contabilización seguirán las pautas de la RT 18 Cap. 6

10 Métodos de contabilización
Las escisiones-fusiones son combinaciones de negocios que se registran: Por el Método de la Adquisición: Cuando la sociedad escisionaria (adquirente) adquiere el control sobre los activos netos de la sociedad escindente (adquirida) a cambio de una contraprestación en bienes, dinero o emisión de acciones. En este caso, los accionistas de la sociedad escindente (los que no tenían participación previa en la empresa escisionaria) serán accionistas minoritarios en la sociedad escisionaria, en virtud de las acciones que ésta emita con motivo de la escisión fusión. Por el Método de la Unificación de Intereses: Cuando la sociedad escisionaria comparte los riesgos y beneficios en forma equitativa con los accionistas de la escindente, es decir que éstos tendrán una participación tal en la sociedad escisionaria, que les permite una efectiva coparticipación en la fijación de las políticas de gobierno.


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