La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

Ab. Nevy Bonetto de Rizzi. Proceso –Porcessus-Procedere Avanzar, marchar hasta un fin determinado, no de una sola vez sino a través de sucesivos momentos,

Presentaciones similares


Presentación del tema: "Ab. Nevy Bonetto de Rizzi. Proceso –Porcessus-Procedere Avanzar, marchar hasta un fin determinado, no de una sola vez sino a través de sucesivos momentos,"— Transcripción de la presentación:

1 Ab. Nevy Bonetto de Rizzi

2 Proceso –Porcessus-Procedere Avanzar, marchar hasta un fin determinado, no de una sola vez sino a través de sucesivos momentos, se trata de un conjunto de actos. Procedimiento Constituye cada una de las fases o etapas que el proceso puede comprender

3 Proceso judicial Actividad que despliegan los órganos del estado en la creación y aplicación de normas jurídicas, sean éstas generales o individuales. Proceso y juicio El primero es el género el segundo la especie.

4 Elementos del proceso Subjetivo-Objetivo-Actividad Elemento subjetivo-Está representado por las personas que integran el proceso. Sujetos primarios. Juez y partes Secretarios, abogados, procuradores

5 Elementos del proceso Elemento objetivo Está constituido por una pretensión cuando la intervención del órgano es requerido para definir un conflicto contencioso o por una petición extracontenciosa en los procesos voluntarios.

6 Elementos del proceso La actividad: refiere al conjunto de actos que deben cumplir los sujetos desde el comienzo del proceso hasta la decisión final

7 Clasificación de los procesos 1) Singulares, los que a su ves pueden ser judiciales o arbitrales. 2)-Universales

8 ´Procesos judiciales según su contenido 1- Contenciosos, existencia de conflicto, cuyo objeto es la pretensión. 2)-Voluntarios: inexistencia del conflicto cuyo objeto es la petición extracontenciosa.

9 Procesos judiciales según su finalidad 1) de conocimientos: meramente declarativos o de condena 2)-De ejecución: ejecución de sentencias o juicios ejecutivos. 3) Cautelares.

10 Etapas del proceso judicial de conocimiento 1)-Etapa introductoria de la instancia: demanda y contestación. 2)-Etapa probatoria: ofrecimiento y diligenciamiento. 3)-Etapa conclusional: alegatos y sentencias 4)-Etapa impugnativa: Recursos extrarordinarios.

11 Estructura del proceso-Principios CARACTERES 1) PRINCIPIOS FORMATIVOS 2)-IGUALDAD POR COMPENSACIÓN 3)IRRENUNCIABILIDAD DE DERECHOS 4)-LIBRE INVESTIGACIÓN JUDICIAL 5)-MAGISTRATURA ESPECIALIZADA

12 Funciones de los principios Integrativa o Normativa Interpretativa Finalística Delimitativa Fundantes

13 Impulso procesal Impulso procesal de oficio Art. 15 ley 7987- Art. 33- Art-60 Rige sólo en etapa de conocimiento No significa transferencia de la acción procesal

14 Oralidad Art. 3 inc. 1 Art. 50 Art.58

15 Publicidad y preclusión Art. 58 inc.1 Cada etapa del juicio supone la clausura de la etapa anterior.

16 Economía procesal a) Concentración Agotar los actos procesales. Continuidad-plazos fatales

17 b) Celeridad- c) Saneamiento d) inmediación

18 6) Gratuidad 7) Conciliación 8) Resolver ultra-petita Art. 63 in fine 9) Identidad física del magistrado

19 10) Inversión de la carga de la prueba-Art. 39 11) Verdad Real 12) - Instancia única

20 Sujetos del proceso Las partes en los procesos contenciosos Parte es quien reclama y frente a quien se reclama la satisfacción de una pretensión, Es solo quien actúa en nombre propio o en nombre de quien se actúa. Peticionarios en los procesos voluntarios

21 Capacidad para ser parte Se adquiere con la gestación y se pierde con la muerte. La tiene toda persona capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones

22 Capacidad procesal Es la aptitud legal de ejercer los derechos y de cumplir los deberes y cargas inherentes a la capacidad de hecho. Coincide con la incapacidad de hecho del C.C. Art. 32 de la ley 20744

23 Procesos con partes múltiples Litis consorcio: Existe cuando media cotitularidad activa o pasiva con respecto a una pretensión única. Es facultativo cuando la formación del mismo obedece a la libre y espontánea voluntad de las partes. Es necesario cuando lo impone la ley o la misma naturaleza de la relación o situación jurídica que constituye la causa de la pretensión.

24 Intervención de terceros Ocurre cuando se incorporan al proceso personas distintas a las partes originarias a fin de hacer valer derechos e intereses propios, pero vinculados con la causa o el objeto de la pretensión.

25 Intervención voluntaria 1)-Intervención excluyente: hace valer un derecho propio pero su pretensión es incompatible con la de la parte. 2)-Intervención adhesiva: hace valer un derecho propio pero adhiere a la calidad asumida por una y otra de las partes litigantes.

26 Intervención obligada o coactiva Cuando lo dispone el Juez de oficio o a petición de parte. El Art. 48 de la ley 7987 autoriza a ambas partes para la citación En ambos tipos de intervenciones los terceros al comparecer asumen la calidad de partes.

27 Comparecencia del actor Menor entre 16 y 18 años Debe comparecer personalmente con Abogado y Asesor Letrado en representación promiscua. Más de dieciocho años Personalmente con abogado Capacidad laboral plena Menor emancipado por matrimonio Capacidad plena

28 Inasistencia acreditada Podrá ser representado por 1)-parientes dentro del tercer grado de afinidad o segundo de afinidad 2)-Autoridades de las entidades gremiales con personería jurídica o gremial.

29 Parte demandada Personas físicas mayores de dieciocho años o que se encuentren emancipados o habilitados para ejercer el comercio. Deben comparecer personalmente con abogado

30 Inasistencia del empleador Debe estar debidamente acreditada En la misma forma que el actor pero además: puede representarlo su gerente, administrador, factor o empleado superior con poder suficiente para obligarse.

31 Personas jurídicas públicas Debe comparecer el Fiscal de Estado que puede delegar facultades en Procuradores y Asesores Letrados.

32 Personas jurídicas privadas Deben comparecer los representantes legales que se designen de acuerdo a los estatutos o contratos respectivos,

33 La Acción Es el derecho mediante el cual la pretensión puede ser llevada ante los Tribunales. No debe confundirse con Pretensión: que es el objeto del proceso, no con demanda: que es el medio de promover el objeto.

34 Doctrinas Tradicional: la acción es el mismo derecho subjetivo material alegado ante los tribunales de justicia, es un elemento del derecho material. No es autónoma. Moderna: la acción y el derecho subjetivo material constituyen dos entidades jurídicas independientes. Es un derecho abstracto a la tutela jurídica que tienen todos los ciudadanos por el solo hecho de serlo.

35 Elementos de la acción 1) Sujetos 2) Objeto 3) Causa

36 Clasificación de las acciones 1)-de condena 2)-declarativa 3)-constitutiva 4)-ejecutiva 5)-precautoria

37 Acción y excepción La excepción es toda defensa que el demandado opone a la acción. Es invocada por el demandado invocando un hecho impeditivo o extintivo o transformativo. Para su progreso se exigen las mismas condiciones que para la acción: derecho, calidad e interés.

38 Clasificación de las excepciones Dilatorias: hace perder eficacia actual a la petición pero ello no impide que ésta sea satisfecha una vez subsanados los defectos. Perentorias: si prosperan, excluyen definitivamente el derecho del actor, la pretensión no puede volver a proponerse eficazmente.

39 Excepciones dilatorias Incompetencia y litispendencia (Art. 38 ley 7987) Incompetencia Absoluta: materia, valor y grado, pueden ser declaradas de oficio. Relativa: territorial, solo pueden ser declaradas a petición de parte.

40 Excepción de incompetencia Competencia material: la que se fija en el Art. 1 de la ley 7987- Debe ser declarada de oficio. Competencia por grado o turno: también debe excusarse de oficio. Se plantea ante el Juez de Conciliación, si se ha considerado competente y se tramita con la participación del Ministerio Fiscal

41 Competencia territorial Art. 9° ley 7987 En el trabajador es más amplia, elige por: 1) Lugar de ejecución del contrato 2) Lugar de celebración del contrato 3) Domicilio del trabajador 4) Domicilio del demandado

42 Cuando el empleador intervenga como actor: 1) El del domicilio del trabajador. 2) En el lugar donde fuese impuesta la multa o sanción

43 Cuando se reclama la percepción de multas y sanciones de origen laboral, el del domicilio del establecimiento.

44 Excepción de litispendencia Implica la existencia de dos acciones jurídicamente vinculadas entre ellas. Para plantear la excepción se requiere que haya identidad de: 1)Partes 2) Causa 3) Objeto

45 Identidad de sujetos El título hace referencia a la “legitimatio ad causam” Debe tratarse de las mismas personas aunque tengan distinta posición procesal No se trata exactamente de identidad física, puede variar en el caso de una cesión de derechos Puede tratarse de la misma persona y no existir identidad de sujetos

46 Identidad de objeto Se debe confrontar el bien sobre el que se pretende pronunciamiento en ambas acciones. No habrá identidad si el objeto de una acción puede concebirse independientemente del objeto de la otra. No es lo mismo demandar la indemnización tarifada del Art. 245 de la LCT que el daño moral provocado por el despido.

47 Identidad de causa La causa es el fundamento jurídico que constituye el fundamento de la acción (despido)

48 Excepción de cosa juzgada Refiere a la eficacia de una sentencia judicial cuando no existen contra ella medios de impugnación que permitan modificarla.

49 Excepción de prescripción Adquisición o pérdida de derechos por el transcurso del tiempo y la inacción del acreedor. Puede ser liberatoria o adquisitiva, en el derecho del trabajo es siempre liberatoria. Siempre debe plantearse como excepción, no se puede declarar de oficio.

50 Discusión y decisión La primera es la contienda, refiere a las alegaciones contra el parecer de otros. Luego del análisis de la discusión habida en la causa el Juez dicta sentencia

51 Clausura del debate 1) El Tribunal delibera en sesión concreta. 2) Debe fijar las cuestiones de hecho y de derecho 3)Debe merituar la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica. 4) Tiene facultades para fallar extrapetita 5) Aplica el aforismo iura novit curia

52 Requisitos formales de la sentencia 1) Indicación de lugar, fecha, identificación del Tribunal de las partes y de sus letrados. 2) Relación sucinta de la causa. 3) Voto de cada uno de los jueces sobre cada una de las cuestiones planteadas 4) Resolución sobre costas 5) La parte resolutiva debe contener las disposiciones legales aplicadas. 6) Firma del actuario y los jueces.

53 Requisitos sustanciales de la sentencia. Será nula 1)-Si se basa en elementos no incorporados como prueba. 2) Si no se observaron las reglas de la sana crítica racional en la evaluación de prueba decisiva. 3) Si faltare o fuere incompleta la parte resolutiva. 4)-Si recayere sobre persona no demandada o sobre asuntos no sometidos a decisión, 5) Si faltare la fecha del acto a la firma de los miembros del Tribunal


Descargar ppt "Ab. Nevy Bonetto de Rizzi. Proceso –Porcessus-Procedere Avanzar, marchar hasta un fin determinado, no de una sola vez sino a través de sucesivos momentos,"

Presentaciones similares


Anuncios Google