La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

FRANCISCO BLANCO LOPEZ 1. Acuerdo marco. Regulación FRANCISCO BLANCO LOPEZ 2.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "FRANCISCO BLANCO LOPEZ 1. Acuerdo marco. Regulación FRANCISCO BLANCO LOPEZ 2."— Transcripción de la presentación:

1 FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 1

2 Acuerdo marco. Regulación FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 2

3 Acuerdo marco-- CONCEPTO FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 3

4 ACUERDO MARCO Ámbito material: obras, servicios o suministros (en términos comunitarios)…en España? Con un único o varios proveedores Concreta TODAS las obligaciones Contrato marco/Contrato pedido Requiere nueva licitación derivada Acuerdo marco/Contratación derivada FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 4

5 ACUERDO MARCO No es un contrato típico Es una técnica adecuada para agrupar la contratación en masa de carácter homogéneo Es un precontrato o contrato normativo…no habría gasto ni reserva de crédito (art 100.3 Anteproyecto LCSP) No se le deben aplicar rígidamente las instituciones del contrato típico Se adjudica aplicando los procedimientos previstos en la directiva (art 33.1)… (caja de herramientas) FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 5

6 ACUERDO MARCO Duración máxima: 4 años (superior justificadamente) Selección mínima (tres proveedores) El cálculo del valor del acuerdo marco..art 5.5 directiva 24/2014 En el caso de los acuerdos marco y los sistemas dinámicos de adquisición, el valor que se tendrá en cuenta será el valor máximo estimado, IVA excluido, del conjunto de contratos previstos durante todo el período de vigencia del acuerdo marco o del sistema dinámico de adquisición. Disposición adicional 34 º TRLCSP, contratos de suministro o de servicio de cuantía indeterminada FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 6

7 Poderes adjudicadores FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 7

8 Competencia FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 8

9 Contratamos con un único o varios proveedores y cerramos las obligaciones a cumplir en los futuros contratos…si hay varios proveedores hay que especificar con qué criterio se adjudica a un empresario o a otro…también se podría combinar por lotes que haya licitación o no (art 219.4.a) Anteproyecto) Ahora exigimos la garantía definitiva (ojo¡ art 107.5 Anteproyecto: garantía definitiva cuantía estimativa/readaptación al 5% contratación derivada y, además, posible garantía definitiva del contrato derivado) Los contratos derivados son meros encargos o contratos pedido…se podrían precisar eventualmente alguna condición (art 33.3 directiva) Si hay varios proveedores habrá que establecer los criterios objetivos de encargo a los sucesivos proveedores…considerando 61, 3er párrafo, directiva 24/2014 FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 9

10 Acuerdo marco Contratación derivada Nueva licitación derivada o combinación de criterios objetivos predeterminados y nueva licitación (art 33.4 nueva directiva) Los criterios de adjudicación de la contratación derivada serán los mismos que se utilizaron para adjudicar el acuerdo marco u otros que ya se detallaron en el acuerdo marco (art 33.5 directiva) Contratación derivada muy formalista: ofertas por escrito, plazo de presentación suficiente y secreto de las ofertas (eventual apertura pública?)…acreditación de la solvencia? FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 10

11 Un único proveedor FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 11

12 Estos procedimientos solo serán aplicables entre los poderes adjudicadores claramente identificados al efecto en la convocatoria de licitación o la invitación a confirmar el interés y los operadores económicos que fueran partes en el acuerdo marco celebrado (art 33.2 directiva 24/2014) Invitación a todos los proveedores capacitados..art 33.5.a) directiva 24/2014 Es suficiente a tres proveedores (art 198.4.a) TRLCSP) Crítica del Consejo de Estado Informe 514/2006, de 25 de mayo Anteproyecto, art 39.2.f): incumplimiento procedimiento contratación derivada: causa de nulidad de Dº administrativo. Recurso especial contra adjudicación no paraliza procedimiento (53 anteproyecto) FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 12

13 Relación acuerdo marco/Contratos derivados FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 13

14 MATERIALES Autoritat catalana de la Competència. Octubre 2012 Acuerdos marco en el ámbito de la contratación pública: guía para un uso competitivo. http://www.obcp.es/index.php/mod.documentos/mem.descargar/fichero.documentos_03 _GUIA_ACORD_MARC_CONTR_PUBLICA_ESP_a653c255%232E%23pdf/chk.d78e1443ce1 6cf554055429c3c61781b http://www.obcp.es/index.php/mod.documentos/mem.descargar/fichero.documentos_03 _GUIA_ACORD_MARC_CONTR_PUBLICA_ESP_a653c255%232E%23pdf/chk.d78e1443ce1 6cf554055429c3c61781b JCCA Estatal Informe 31/10, de 24 de noviembre. «Desarrollo de un acuerdo marco con varios proveedores». Informe 36/10, de 28 de octubre de 2011. “Consulta sobre la forma de tramitar un expediente de contratación relativo al servicio de agencia de viajes y su relación con un acuerdo marco”. Informe 17/2012, de 20 de noviembre. “El valor máximo estimado en los acuerdos marco se considera un límite cuantitativo respecto del volumen total de los contratos derivados de éste que se celebre” FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 14

15 MATERIALES JCCA Baleares. Informe 5/09, de 18 de diciembre. Posibilidad de que una o más entidades adjudicadoras concluyan un acuerdo marco JCCA Cataluña. Informe 7/2008, de 7 de julio. Características de los sistemas dinámicos de contratación y de los Acuerdos Marco Informe 5/2011, de 14 de abril. Determinación de la solvencia mínima a requerir a las empresas como requisito de aptitud para formar parte de los acuerdos marco JCCA Andalucía Informe 5/2000, de 20 de diciembre de 2000, sobre aplicación de bajas desproporcionadas o temerarias en los concursos para la adopción de tipo JCCA Valencia Informe 3/2010, de 22 de febrero de 2011. Contrato para la repavimentación de calzadas de las vías públicas. Contrato de obras FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 15

16 MATERIALES Acuerdo 12/2010, de 21 de diciembre, JCCA Comunidad de Madrid: sobre la inscripción en el registro de contratos de la Comunidad de Madrid de los acuerdos marco y de los contratos basados en un acuerdo marco. FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 16

17 MATERIALES JCCA Aragón Informe 5/2010, de 14 de abril, sobre "Forma y procedimiento de adhesión de las entidades locales de la provincia de Huesca a un acuerdo marco de su Diputación Provincial para la contratación del suministro de energía eléctrica." Informe 13/2008, de 10 de julio. Asunto: “Procedimiento de adjudicación de los contratos de suministro por precio unitario cuando no hay Acuerdo Marco previo”. Informe 10/2013, de 10 de abril, Asunto: Posibilidad de que en un acuerdo marco con varios empresarios, en el que todos los términos de los contratos derivados estén fijados previamente, se pueda prever un procedimiento de adjudicación de los mismos que no exija una consulta a todas las empresas. FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 17

18 MATERIALES Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. Resolución nº 132/2013 Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid. Resolución nº 148/2012 Tribunal Catalán de contratos del sector público. Resolución núm.: 50/2012 Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Andalucía. Resolución 12/2013. Resolución 53/2012. Resolución 117/2012 Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón. Acuerdo 15/2012, de 27 de abril. Acuerdo 29/2011, de 15 de diciembre FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 18

19 Materiales Manual para la utilización de los acuerdos marco y figuras relacionadas. Teresa Moreo Marroig. Colección Guias Prácticas.ThomsonReuters-Arazandi. 2014. Implicaciones para la competencia del uso de los acuerdos marco en el ámbito de la contratación pública. Anna Merino Castelló/Iván Moreno Torres. Autoritat Catalana de la Competència http://www.obcp.es/index.php/mod.opiniones/mem.detalle/id.115/ http://www.obcp.es/index.php/mod.opiniones/mem.detalle/id.115/ chk.a3d3a8a06504a44380a02b327fb0c3e8 FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 19

20 SUBASTA ELECTRÓNICA FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 20

21 SUBASTA ELECTRÓNICA Como etapa final se presentan en un dispositivo electrónico MEJORAS En los precios, A LA BAJA (SUBASTA INVERSA) o se presentan nuevos valores de determinados elementos de las ofertas (valoración aritmética sin discrecionalidad técnica) La contratación derivada del acuerdo marco FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 21

22 SUBASTA ELECTRÓNICA FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 22

23 SUBASTA ELECTRÓNICA Transparencia Una carrera “virtual” y en tiempo real en la bajada de precios…introducimos un coeficiente corrector que module el ranking en la valoración primera de ofertas?? Reoferta electrónica o nueva oferta en la negociación Oferta anormalmente baja? FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 23

24 SISTEMA DINAMICO DE CONTRATACION Regulación legal, Directiva 24/2014: Considerando 63 y ss; art 34 TRLCSP Arts 199 a 202 FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 24

25 Concepto FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 25

26 Art 34 directiva 24/2014 FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 26

27 Procedimiento sistema dinámico de contratación Evaluación solicitudes ingreso en 10 días hábiles o15 días hábiles si se requiere análisis documentación…cabe declaración responsable¡¿ Comprobación periódica cumplimiento criterios de selección cualitativa, eventualmente con aportación documentación División de categorías de compra/”lotes” (PYME) FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 27

28 Catálogos electrónicos FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 28

29 Sistema dinámico de contratación Art 34.3 directiva 24/2014...Para todas las comunicaciones que se realicen en el contexto de un sistema dinámico de adquisición se utilizarán únicamente medios electrónicos, FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 29

30 Contratos derivados Directiva 24/2014...34.4. Para la adjudicación de contratos en el marco de un sistema dinámico de adquisición, los poderes adjudicadores: a) publicarán una convocatoria de licitación en la que se precisará claramente que se trata de un sistema dinámico de adquisición; b) indicarán en los pliegos de la contratación, al menos, la naturaleza y la cantidad estimada de las compras previstas, así como toda la información necesaria relativa al sistema dinámico de adquisición, en particular el modo de funcionamiento del mismo, el equipo electrónico utilizado y las modalidades y especificaciones técnicas de conexión; c) indicarán toda división en categorías de productos, obras o servicios y las características que definen a dichas categorías; d) ofrecerán un acceso libre, directo y completo, durante todo el período de vigencia del sistema, a los pliegos de la contratación, de conformidad con el artículo 53. FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 30

31 Centrales de compra Regulación legal: Directiva 24/2014: art 37 TRLCSP: arts 203 a 207… Art 204.2…las Diputaciones provinciales centrales de compra FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 31

32 Centrales de compra efectuar adquisiciones adjudicar contratos públicos/acuerdos marco Directiva 24/2014 (consid 69/art 2.14)...Las centrales de compras se encargan de efectuar adquisiciones, gestionar sistemas dinámicos de adquisición o adjudicar contratos públicos/acuerdos marco para otros poderes adjudicadores, con o sin remuneración. Correcta distribución de competencias entre central y poderes adjudicadores que compren a la central de compras o a través de ella FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 32

33 Central de contratación/Central de compra Dos modelos? Economizar procedimiento CENTRAL DE CONTRATACIÓN Adquirir y distribuir BIENES Y SERVICIOS CENTRAL DE COMPRAS FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 33

34 Central de contratación/compras La adhesión a una única central de compras? La “adhesión”: a todo el sistema de adquisición centralizada??? a determinadas familias??? La adhesión sin condiciones, en unas franjas, en unos artículos??? El momento de expresión de la opción… FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 34

35 Central de compra/contratación La responsabilidad de cada parte, de cada agente, en el proceso de contratación centralizada y en la contratación derivada (art 37.2 directiva 24/2014) FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 35

36 Central de compra La profesionalización de la compra pública: El análisis de mercado El estudio de las técnicas de contratación El conocimiento interno de la Administración La logística La catalogación de artículos FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 36

37 Hiperoferta de centrales de compra La ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, modifica la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL). Modifica el apartado 3 de la disposición adicional quinta LRBRL, reconociendo que las Asociaciones de Entidades locales pueden crear centrales de contratación FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 37

38 Directiva 24/2014 debe obligarse a las centrales de compras A continuación, debe establecerse la obligación general de utilizar los medios de comunicación electrónicos en todos los procedimientos de contratación después de un período transitorio de 30 meses (72) Los medios de comunicación electrónicos resultan especialmente idóneos para apoyar prácticas y herramientas de compra centralizadas, ya que ofrecen la posibilidad de reutilizar y procesar datos automáticamente y minimizan los costes de información y transacción. Por lo tanto, como primera medida, debe obligarse a las centrales de compras a utilizar estos medios de comunicación electrónicos, facilitando al mismo tiempo la convergencia de prácticas en toda la Unión. A continuación, debe establecerse la obligación general de utilizar los medios de comunicación electrónicos en todos los procedimientos de contratación después de un período transitorio de 30 meses. Art 37.3.Directiva Todos los procedimientos de contratación dirigidos por una central de compras se llevarán a cabo utilizando medios de comunicación electrónicos, de conformidad con los requisitos establecidos en el artículo 22. FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 38

39 Medios electrónicos Art 90.2 directiva 24/2014 No obstante lo dispuesto en el apartado 1 del presente artículo, los Estados miembros podrán aplazar la aplicación del artículo 22, apartado 1, en lo que respecta a las centrales de compra, hasta el 18 de abril de 2017. FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 39

40 Materiales JCCA Estado. Informe 27/09, de 1 de febrero de 2010.Posibilidad de creación de una central de contratación por parte de una entidad local JCCA Cataluña. Informe 10/2012, de 20 de julio. Posibilidad que un municipio pueda crear una central de contratación Informe 5/2013, de 11 de abril. Posibilidad de creación de una central de compras por un consejo comarcal y que una entidad del sector público adjudique un acuerdo marco para otras entidades del sector público FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 40

41 Muchas gracias¡ FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat FRANCISCO BLANCO LOPEZ fblanco@gencat.cat 41


Descargar ppt "FRANCISCO BLANCO LOPEZ 1. Acuerdo marco. Regulación FRANCISCO BLANCO LOPEZ 2."

Presentaciones similares


Anuncios Google