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EFECTOS NOCIVOS DE LA CORRUPCIÓN

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Presentación del tema: "EFECTOS NOCIVOS DE LA CORRUPCIÓN"— Transcripción de la presentación:

1 EFECTOS NOCIVOS DE LA CORRUPCIÓN
“Los riesgos de la corrupción para el sector privado”

2 I.- SIGNIFICANCIA ECONÓMICA DE LOS CONTRATOS PÚBLICOS (CP)
Los CP son las grandes y pequeñas adquisiciones que hace el Estado en materia de Obra Pública – Provisión de Bienes – Prestación de Servicios. Quedan excluidos de este análisis los contratos de Empleo Público. Los CP son el marco en donde los individuos, las firmas y los gobiernos interactúan recíprocamente para generar renta y riquezas en la economía de un país.

3 I.- SIGNIFICANCIA ECONÓMICA DE LOS CONTRATOS PÚBLICOS (CP)
Los CP tienen un notable peso para cualquier economía nacional. Según datos de la OCDE, en algunos casos de países miembros, estos alcanzan el 15% de su PBI.  En ese marco, la calidad institucional se presenta como un fuerte soporte para la competitividad y el crecimiento económico, ya que ejerce una fuerte influencia en las decisiones de inversión y en la organización de la producción. Como consecuencia de su importancia económica, los CP constituyen negocios muy lucrativos y de este modo se presentan como un campo fértil y el entorno en donde comúnmente se originan los hechos de corrupción.

4 I.- SIGNIFICANCIA ECONÓMICA DE LOS CONTRATOS PÚBLICOS (CP)
Los CP que mayor peso tienen son los grandes contratos de obra pública o de provisión de bienes y servicios complejos. En esos supuestos frecuentemente el Estado contrata con grandes corporaciones o incluso con importantes agrupamientos empresariales.

5 II.- DECISIÓN DE ENCAUZAR LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCION TAMBIÉN HACIA EL SECTOR PRIVADO
Tradicionalmente la lucha contra la corrupción se dirigía mayoritaria o exclusivamente contra el funcionario o servidor público corrupto. Este enfoque resultó ser ineficiente ya que se vio que los servidores públicos pasaban, pero que la corrupción seguía existiendo. Se entendió entonces, que los actos de corrupción no son negocios unilaterales, sino que en ellos ambas partes son esenciales: del sobornado y también del sobornador (incluyendo a los intermediarios, facilitadores, encubridores, etc.).

6 II.- DECISIÓN DE ENCAUZAR LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCION TAMBIÉN HACIA EL SECTOR PRIVADO
Actualmente los Estados y las empresas deben tomar conciencia acerca de la importancia de hacer frente, con los mismos esfuerzos, a los dos frentes involucrados en un negociado corrupto. Deben acentuarse los mecanismos preventivos y represivos dirigidos tanto para el sector público como para el sector privado.

7 II.- DECISIÓN DE ENCAUZAR LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCION TAMBIÉN HACIA EL SECTOR PRIVADO
Evolución de los instrumentos Internacionales en materia de corrupción respecto a esta cuestión: CICC (1996) En lo que respecta a medidas preventivas y definición de actos de corrupción, esta convención pone un fuerte acento en el SECTOR PÚBLICO. OCDE (1997) La “Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales”, se dirige principalmente contra los SUJETOS ACTIVOS del delito de soborno trasnacional.

8 II.- DECISIÓN DE ENCAUZAR LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCION TAMBIÉN HACIA EL SECTOR PRIVADO
CNUCC (2003) Pone énfasis en los DOS SECTORES. A partir de ella se empieza a entender al sector privado como ALIADO en la lucha contra la corrupción, y se establecen mecanismos legales para prevenir la corrupción en el ámbito de las empresas, mejorando sus normas contables y de auditoría.

9 III.- CONSECUENCIAS GENÉRICAS DE LA CORRUPCIÓN EN LAS RELACIONES ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO Existe un consenso general en que la corrupción produce costos económicos significativos para los negocios y retarda los procesos de desarrollo económico de los países que la padecen. Estos efectos se reflejan en: 1) Afectación al SECTOR PÚBLICO: a) Daño Económico: desfinanciamiento del Estado, traducido en la imposibilidad de utilizar fondos estatales en las políticas públicas, o bien en la utilización impropia de esos fondos.

10 III.- CONSECUENCIAS GENÉRICAS DE LA CORRUPCIÓN EN LAS RELACIONES ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO b) Daño Social: afecta a un número significativo de personas destinatarias de los servicios y/o prestaciones y/o beneficios que el Estado debe otorgar. Como consecuencia de la corrupción la sociedad civil puede verse privada de condiciones esenciales como la salud, la educación, la vivienda, el trabajo, la seguridad o la justicia c) Daño Institucional: ya que afecta el normal funcionamiento de los organismos involucrados. Impide o dificulta el cumplimiento de los objetivos y las misiones para los que fueron creados o la implementación de las públicas diseñadas. Pero sobre todo, genera la PÉRDIDA DE CONFIANZA en las instituciones públicas, provocando el socavamiento de los sistemas de gobierno democrático.

11 III.- CONSECUENCIAS GENÉRICAS DE LA CORRUPCIÓN EN LAS RELACIONES ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO d) Delitos Conexos: Frecuentemente los casos de soborno o corrupción traen aparejados delitos de lavado de dinero, fraude, evasión fiscal, extorción, etc., que repercuten negativamente en los países que la padecen.

12 III.- CONSECUENCIAS GENÉRICAS DE LA CORRUPCIÓN EN LAS RELACIONES ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO 2) Mecanismos para prevenir la corrupción desde el SECTOR PÚBLICO: Siguiendo los lineamientos de la CNUCC, como normas básicas, los Estados Parte deben procurar establecer a) Códigos de conducta para funcionarios o servidores públicos, promoviendo la honestidad, integridad, responsabilidad y debido cumplimiento de las funciones públicas; b) Mecanismos tendientes a obligar a los servidores públicos a presentar declaraciones juradas sobre la composición de sus patrimonios, las actividades externas, sus inversiones, sus participaciones societarias y toda otra circunstancia que pueda dar lugar a un conflicto de intereses;

13 III.- CONSECUENCIAS GENÉRICAS DE LA CORRUPCIÓN EN LAS RELACIONES ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO c) Canales idóneos para facilitar que los servidores públicos denuncien todo acto de corrupción, brindándoseles una adecuada protección de su integridad física y preservando su entorno personal y laboral; d) Crear sistemas apropiados de normas o procedimientos de contratación pública, basados en la libre competencia, la transparencia, la publicidad de los actos de contrataciones y criterios objetivos de adopción de decisiones.

14 III.- CONSECUENCIAS GENÉRICAS DE LA CORRUPCIÓN EN LAS RELACIONES ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO 3) Implementación de mecanismos de prevención en Argentina: - Ley de Ética Púbica (1999): a) Define los Deberes y Pautas de Comportamiento Ético de los servidores públicos, estableciendo sanciones administrativas contra las conductas que infrinjan esos deberes; b) Regula el régimen de presentación de declaraciones juradas patrimoniales y determina que funcionarios son los que están obligados a cumplir con las declaraciones; y c) Precisa el régimen de conflictos de intereses, incompatibilidades y obsequios.

15 III.- CONSECUENCIAS GENÉRICAS DE LA CORRUPCIÓN EN LAS RELACIONES ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO - Régimen de Contrataciones Públicas –Decreto PEN 1023/01- (2001): a) Introdujo modificaciones en los procedimientos de contrataciones públicas de adquisición de bienes y servicios; b) Unifica la normativa en materia de contrataciones púbicas de bienes y servicios que antes se encontraba dispersa; y c) Promueve los principios de competencia, transparencia, publicidad de los actos de contrataciones y determina los criterios objetivos de adopción de decisiones.

16 III.- CONSECUENCIAS GENÉRICAS DE LA CORRUPCIÓN EN LAS RELACIONES ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO - Protección de testigos y denunciantes: Se han elevado al Congreso de la Nación diversos proyectos de ley de protección de testigos y denunciantes en casos de corrupción contra todo acto, resolución o práctica formal o informal dirigida contra quienes denuncien, informen o presten declaración en relación a hechos de corrupción.

17 III.- CONSECUENCIAS GENÉRICAS DE LA CORRUPCIÓN EN LAS RELACIONES ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO 4) Afectación al SECTOR PRIVADO: Estas consecuencias afectan al conjunto de las empresas del sector privado, sea que participen o hayan participado de un hecho de corrupción, o que nunca hayan intervenido en un negocio ilegítimo. Se entiende que la corrupción: Distorsiona la competencia legal y transparente; Genera la pérdida de negocios; Eleva los costos de hacer negocios; Reduce la disponibilidad de capital de inversión; Genera la pérdida de prestigio y confianza en empresas vinculadas a sectores empresariales vinculadas con CP; Deja a las empresas vulnerables frente a extorsiones; Afecta el normal funcionamiento de los mercados.

18 III.- CONSECUENCIAS GENÉRICAS DE LA CORRUPCIÓN EN LAS RELACIONES ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO 5) Mecanismos para prevenir actos corruptos desde el SECTOR PRIVADO y afianzar su compromiso en la lucha contra la corrupción: Los empresarios son ALIADOS ESTRATÉGICOS en la prevención de la corrupción. Ellos son los que mejor conocen los negocios y como se maneja la industria en el rubro que representan o interactúan; conocen muy bien a sus competidores y la forma en que ellos se desenvuelven; saben si en una actividad o ramo de la industria hay prácticas colusivas o carterización. Para eso los Estados deben brindar las garantías necesarias para proteger a los empresarios y a las empresas que denuncian de no sufrir en el futuro consecuencias desfavorables para el desenvolvimiento de su actividad comercial.

19 III.- CONSECUENCIAS GENÉRICAS DE LA CORRUPCIÓN EN LAS RELACIONES ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO 5) Mecanismos para prevenir actos corruptos desde el SECTOR PRIVADO y afianzar su compromiso en la lucha contra la corrupción: La principal herramienta básica desde el sector privado para prevenir la corrupción privada son los Principios del Buen Gobierno Corporativo. El desempeño comercial y financiero de las compañías debe ceñirse a un código de ética y una política de gobierno corporativo eficiente. Ha quedado demostrado que esas políticas empresariales aumentan el valor bursátil de una sociedad, como producto de la confianza generada a partir de la mejor percepción de transparencia. Incrementa la eficiencia de la sociedad y obtiene mejores resultados comerciales, haciéndola más competitiva.

20 III.- CONSECUENCIAS GENÉRICAS DE LA CORRUPCIÓN EN LAS RELACIONES ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO Lo importante no sólo es que existan, sino que sean aplicados en la generalidad de los casos. Un ejemplo de lo opuesto a esta situación es el caso de ENRON, que formalmente había adoptado las mejores prácticas éticas divulgadas por las principales escuelas de negocios, pero todos sabemos cuál fue el destino final de la empresa y como llegó a ese final. Reglas del Bueno Gobierno Corporativo, Situaciones que deben prever las: Mejorar los procedimientos contables y de auditoría sobre las cuentas, libros y estados financieros, para detectar más fácilmente situaciones; Establecer normas que prevengan los conflictos de intereses dentro de una empresa; Mejorar los mecanismos de control en la selección de proveedores;

21 III.- CONSECUENCIAS GENÉRICAS DE LA CORRUPCIÓN EN LAS RELACIONES ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO Reglas del Bueno Gobierno Corporativo (cont.): Establecer sistemas de control sobre el uso de las cuentas de la sociedad; Ejercer un mayor control sobre el uso de facturas por operaciones sospechosas o inexistentes, o de cualquier otro gasto injustificado; Determinar pautas para el manejo de información confidencial, reglas claras para la fijación de honorarios a directores o gastos de consultoría, comisiones y otros pagos, Dar protección, estabilidad laboral, inmunidad o premios a los empleados que denuncien hechos internos de corrupción.

22 IV.- RIESGOS CONCRETOS QUE EXISTEN PARA LAS EMPRESAS QUE PARTICIPAN EN NEGOCIADOS CORRUPTOS
Las empresas contratistas son las que en primer lugar se benefician con los negociados corruptos porque son las primeras en canalizar los flujos de fondos que salen del Estado. A partir de la CICC en Latinoamérica, y más fuertemente luego de la CNUCC, los Estados se han comprometido a redoblar sus esfuerzos para incorporar mecanismos tendientes a lograr el RECUPERO DE ACTIVOS provenientes de la corrupción ; y RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS, o la inclusión de sanciones de contenido económico contra las empresas involucradas en casos de corrupción.

23 IV.- RIESGOS CONCRETOS QUE EXISTEN PARA LAS EMPRESAS QUE PARTICIPAN EN NEGOCIADOS CORRUPTOS
1) Costos tradicionales de participar en negociados corruptos: Pérdida de Imagen Pública; Gastos de representación y difusión para revertir la imagen negativa que su vinculación pueda provocar; Perdida de Capital Humano – Ejecutivos que han formado y capacitado en el seno de las compañías; Gastos de desvinculación del Capital Humano separado de sus cargos; Mantenimiento del statu-quo de los agentes desplazados (cobertura médica, planes de retiro, telefonía, computadoras, automóviles, etc.), Imposibilidad de participar en nuevos negocios con el Estado.

24 IV.- RIESGOS CONCRETOS QUE EXISTEN PARA LAS EMPRESAS QUE PARTICIPAN EN NEGOCIADOS CORRUPTOS
2) Nuevos Costos o riesgos a proyectar: - Pérdida del beneficio económico que se esperaba obtener con el delito (la ganancia del delito o el botín). Esto es muy importante porque la motivación, casi excluyente, en todo delito económico es ganar dinero. - Consecuencias económicas dirigidas contra el patrimonio de la empresa misma, más allá de la eventual ganancia del delito, o contra su capacidad de acción: Multas, suspensiones, clausuras, cancelación de personería jurídica, pérdida de beneficios estatales, imposición de auditorías, etc.

25 IV.- RIESGOS CONCRETOS QUE EXISTEN PARA LAS EMPRESAS QUE PARTICIPAN EN NEGOCIADOS CORRUPTOS
Estos efectos tienen por objetivo instalar la noción de que cumplir con la ley, además de ser lo moral y éticamente correcto, también debe resultar la acción económicamente más beneficiosa. Pueden ser considerados como: INCENTIVOS para prevenir y colaborar en la lucha contra la corrupción; o como DESINCENTIVOS para la rehusar la participación de las empresas en negociados corruptos.

26 IV.- RIESGOS CONCRETOS QUE EXISTEN PARA LAS EMPRESAS QUE PARTICIPAN EN NEGOCIADOS CORRUPTOS
A la hora de calcular los costos y beneficios de intervenir en un negociado corrupto, las empresas, aparte del riesgo concreto de encontrarse estigmatizadas por un posible proceso penal, también deberán prever la posibilidad de enfrentarse a acciones dirigidas directamente contra su patrimonio y contra los bienes o ganancias que estimaban obtener como resultado del hecho ilícito. Este análisis deberá servir como obstáculo. Esta idea se ve claramente en el análisis económico del delito efectuado el Premio Nobel en Economía de 1992, Gary Becker, en donde se afirma que un sujeto comete un crimen solamente si las ventajas previstas de su comisión exceden sus costos.

27 IV.- RIESGOS CONCRETOS QUE EXISTEN PARA LAS EMPRESAS QUE PARTICIPAN EN NEGOCIADOS CORRUPTOS
3) Implementación en la Argentina de las medidas disuasivas: a.- DECOMISO DE BIENES: Art. 23 del Código Penal, permite decomisar los bienes que resulten ser el provecho o producto del delito. Sólo procede en los casos en que exista una condena.  Sin embargo, se previó expresamente la facultad del juez de adoptar, desde el inicio de las actuaciones, medidas cautelares suficientes para asegurar un eventual decomiso. Esas medidas tienden a inmovilizar los activos sobre los que un eventual decomiso pudiera recaer. Para la procedencia de estas acciones se requiere de estándares probatorios menos rigurosos que los de una sentencia,

28 IV.- RIESGOS CONCRETOS QUE EXISTEN PARA LAS EMPRESAS QUE PARTICIPAN EN NEGOCIADOS CORRUPTOS
b.- ACCIONES CONCRETAS: La OA ha encarado una política agresiva de recupero de activos Con ella pretende impulsar un cambio de paradigma, para que en las investigaciones criminales, se preste atención a la cuestión del recupero de activos, con la misma energía empleada en la investigación de los hechos y la atribución de responsabilidades.

29 IV.- RIESGOS CONCRETOS QUE EXISTEN PARA LAS EMPRESAS QUE PARTICIPAN EN NEGOCIADOS CORRUPTOS
c.- PLAN DE ACCIÓN: Se seleccionó una serie de casos emblemáticos para dar una clara señal de la voluntad de implementar esa política. Sobre esa base, la DIOA propuso a la justicia ACCIONES CONCRETAS DE RECUPERO DE ACTIVOS. Se publicó la obra “RECUPERO DE ACTIVOS EN CASOS DE CORRUPCION: EL DECOMISO DE LAS GANANCIAS DEL DELITO – ESTADO ACTUAL DE LA CUESTION”, para forjar la idea en los agentes que intervienen en la lucha contra la corrupción de la importancia del recupero de activos en las causas penales y a su vez, que sirva de herramienta práctica y útil para el diseño de estrategias, el planteo y la resolución de acciones de recupero de activos.

30 IV.- RIESGOS CONCRETOS QUE EXISTEN PARA LAS EMPRESAS QUE PARTICIPAN EN NEGOCIADOS CORRUPTOS
d.- ACCIÓN DE OTROS ORGANISMOS: La Procuración General de la Nación creó la OCDAP, y emitió dos instrucciones dirigidas para todos los Fiscales, para que: a) En las instancias iniciales de un proceso penal, requieran al juez el embargo preventivo de los bienes que correspondan a las ganancias del delito; y b) Que en el marco de las investigaciones criminales por corrupción, narcotráfico, lavado de dinero, evasión tributaria y contrabando los fiscales realicen -en forma simultánea a las medidas destinadas a lograr el esclarecimiento del hecho ilícito-, la investigación patrimonial de cada una de las personas involucradas.

31 IV.- RIESGOS CONCRETOS QUE EXISTEN PARA LAS EMPRESAS QUE PARTICIPAN EN NEGOCIADOS CORRUPTOS
e.- DECOMISO SIN CONDENA y RESPONSABILIDAD DE PERSONAS JURÍDICAS: Ha tenido un importante avance en la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de ley que propone la inclusión para los casos de corrupción de la figura del “DECOMISO PREVIO” o “DECOMISO SIN SENTENCIA”; Que además prevé una serie de SANCIONES ECONÓMICAS contra las personas jurídicas cuando los autores del delito hayan actuado en nombre, en beneficio de la empresa, o cuando esta haya sido utilizada como instrumento para cometer el delito.

32 V.- CONCLUSIONES 1) El Estado debe animar a los empresarios y a sus compañías a que sigan participando en contrataciones con el Estado. En este punto es llamativo ver como grandes empresas que son o han sido proveedores o contratistas del Estado y se han visto afectadas por casos de corrupción, más tarde se debaten entre seguir participando en negociados corruptos o directamente dejar de contratar con el Estado, desaprovechando así la oportunidad de generar u obtener buenos negocios lícitos.

33 V.- CONCLUSIONES 2) Hacer negocios con el Estado no constituye un ilícito en sí, sino más bien lo contrario. Al Estado le es útil contratar con el sector privado para cumplir con los fines o planes que no puede ejecutar por sí mismo. Para eso, se debe promover una mayor participación privada en los asuntos vinculados con el Estado. Cuantas más empresas se presenten a competir por un negocio, habrá más controles, mayor transparencia y mejores condiciones para las partes contratantes. En definitiva, se logrará un resultado más eficiente, alcanzándose así mayores beneficios para el conjunto de la sociedad civil.

34 V.- CONCLUSIONES 3) La competencia justa y transparente asegura las mejores condiciones de contratación. - La competencia entre varios oferentes, junto con una correcta interacción con la autoridad contratante, constituye uno de los mecanismos más efectivos para asegurar que en el marco del “synallagma contractual” se pacten contraprestaciones más equitativas, en las que no haya un Estado débil y perjudicado y contratistas que obtienen negocios altamente redituables. - Es de vital importancia eliminar las distorsiones provocadas por la corrupción en la competencia legal y en los procedimientos de contratación pública, para alcanzar así una mayor eficacia en el cumplimiento de los fines del Estado y una sociedad más justa y equitativa.

35 V.- CONCLUSIONES 4) Tanto la fase represiva como la fase preventiva se encuentran tan íntimamente relacionadas, que resultan ser las dos caras de una misma moneda. 5) Similar es la vinculación entre el Sector Público y el Sector Privado. Ambos sectores deben complementarse mutuamente en el desarrollo de sus potencialidades y en la lucha y prevención de los obstáculos que estorban el crecimiento.


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