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COMISIÓN ESPECIAL PARA CONOCER Y DAR SEGUIMIENTO PUNTUAL Y EXHAUSTIVO A LAS ACCIONES QUE HAN EMPRENDIDO LAS AUTORIDADES COMPETENTES EN RELACIÓN A LOS FEMINICIDIOS.

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Presentación del tema: "COMISIÓN ESPECIAL PARA CONOCER Y DAR SEGUIMIENTO PUNTUAL Y EXHAUSTIVO A LAS ACCIONES QUE HAN EMPRENDIDO LAS AUTORIDADES COMPETENTES EN RELACIÓN A LOS FEMINICIDIOS."— Transcripción de la presentación:

1 COMISIÓN ESPECIAL PARA CONOCER Y DAR SEGUIMIENTO PUNTUAL Y EXHAUSTIVO A LAS ACCIONES QUE HAN EMPRENDIDO LAS AUTORIDADES COMPETENTES EN RELACIÓN A LOS FEMINICIDIOS REGISTRADOS EN MÉXICO.

2 I.- Para ocultar una violación.
1.- INFORMACIÓN SOBRE AVERIGUACIONES PREVIAS DE HOMICIDIOS DOLOSOS DE MUJERES. Derivado de la reforma realizada al Código Penal del Estado de Guerrero, el 21 de diciembre de 2010, fecha en la cual se creó la figura delictiva del Feminicidio cuyo artículo 108 Bis establece: “Comete el delito de Feminicidio y se le impondrán de 30 a 50 años de prisión, al que prive de la vida a una mujer, cuando concurran cualquiera de las circunstancias siguientes: I.- Para ocultar una violación. II.- Por desprecio u odio a la victima; III.- Por tortura o tratos crueles o degradantes; IV.- Exista o haya existido una relación de afecto entre la victima y el agresor; V.- Se haya realizado por violencia familiar, o VI.- La victima se haya encontrado en estado de indefensión.”

3 Es por ello que a mi llegada a la Procuraduría General de Justicia del Estado y una vez analizado el funcionamiento de las diversas áreas administrativas y para estar en condiciones de cumplir con la sentencia emitida en el caso “Campo Algodonero”; Con fecha 16 de mayo del año en curso, fue creada la FISCALÍA ESPECIALIZADA PARA LA INVESTIGACIÓN DEL DELITO DE HOMICIDIO DOLOSO COMETIDO EN AGRAVIO DE MUJERES Y DEMÁS PERSONAS CON ORIENTACIÓN O PREFERENCIA SEXUAL POR IDENTIDAD DE GENERO, cuya competencia es a nivel Estatal ampliando su margen de investigación, mediante acuerdo PGJ/DGPA/001/2011. Girándose la circular número 010/2011, a los Agentes Titulares de las diversas Agencias del Ministerio Público, a efecto de realizar una revisión de las indagatorias iniciadas por el delito de homicidio doloso en agravio de mujeres y demás personas con orientación o preferencia sexual por identidad de genero, las cuales deberían ser enviadas al Órgano Investigador Especializado para continuar con la integración de las mismas.

4 CUALES SON LAS PRINCIPALES LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN.
1.- Partiendo del levantamiento cadavérico y la escena del crimen, donde interviene el equipo de criminalística de campo, en la búsqueda, localización, fijación, embalaje y levantamiento de indicios, cuyo análisis e interpretación permitirá determinar si existió la conducta de homicidio doloso, la participación de él o los probables responsables y la reconstrucción de los hechos. 2.- La investigación debe abarcar tres aspectos básicos: a) El entorno social. b) Los perfiles de personalidad de la victima y el victimario y; c) La conducta propiamente dicha desarrollada en la escena del crimen; o Lugar de la investigación.

5 a) Hechos violentos dentro del núcleo familiar.
3.- La actuación se ajustara de acuerdo a cada caso en particular, como pueden ser: a) Hechos violentos dentro del núcleo familiar. b) Individuos con trastornos de personalidad. c) Asesinos seriales. d) Asociaciones delictuosas. e) Violencia sexual 4.- Examen del cadáver el cual debe abarcar: a) Búsqueda de indicios antes de que el cuerpo sea lavado. b) Análisis de las ropas para localización de folículos pilosos, fibras, manchas hemáticas, liquido seminal o cualquier otra sustancia.

6 c) Raspado de uñas en manos para la búsqueda de piel o sangre de él
c) Raspado de uñas en manos para la búsqueda de piel o sangre de él o los probables responsables. d) Las lesiones exteriores deberán fijarse fotográficamente, cuidando los detalles de las mismas. En las indagatorias que se encuentran en trámite se siguen las líneas de investigación del secuestro, violencia familiar, robo y vinculación con la delincuencia organizada.

7 NUMERO DE AVERIGUACIONES PREVIAS QUE TIENE LA PROCURADURÍA Y SITUACIÓN QUE GUARDAN: CUANTAS FUERON CONCLUIDAS, CUANTAS ESTÁN EN PROCESOS DE INVESTIGACIÓN, CUANTAS TIENEN NO EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL, CUANTAS ESTÁN EN RESERVA. 2000 – 2010. Iniciadas: 447. Consignadas: 98. Ordenes Libradas: 72. Ordenes negadas: 26. Ordenes ejecutadas: 48. 2011. En cumplimiento a la circular girada con fecha 24 de mayo del año en curso, fueron remitidas a la Fiscalía 46 Averiguaciones Previas por el delito de homicidio doloso en agravio de mujeres y de más personas con preferencia sexual por identidad de genero, ejercitándose acción penal en 3 de ellas, por los delitos de homicidio calificado, secuestro agravado y feminicidio, librando el Juez las correspondientes ordenes de aprehensión; Así mismo otra indagatoria fue remitida por incompetencia a la Región Centro del Estado por no configurarse delito.

8 Sentencias absolutorias: 302. Sentencias condenatorias: 639.
DEL NUMERO DE AVERIGUACIONES PREVIAS CUANTAS SE OBTUVIERON SENTENCIA Y QUE TIPO DE SENTENCIA, ADEMÁS EN CUANTAS SE PIDIÓ Y SE DICTO LA REPARACIÓN DEL DAÑO. 2000 – 2010. Sentencias absolutorias: 302. Sentencias condenatorias: 639. En la formulación de las conclusiones en todos los casos se solicita la reparación del daño y durante este periodo en 100 casos se obtuvo la reparación del daño.

9 2.- INFORMACIÓN SOBRE LAS MUJERES VICTIMAS DE HOMICIDIO.
RASGOS SOCIO DEMOGRÁFICOS DE LAS MUJERES VICTIMAS. EDAD: Entre 14 y 60 años. ESTADO CIVIL: Solteras, Casadas y Unión Libre. NIVEL EDUCATIVO: Primaria y Secundaria Incompleta. OCUPACIÓN: Empleadas, Meseras, Sexoservidoras y Sin ocupación. ESPECIFICAR CIRCUNSTANCIAS DEL DELITO. CAUSAS DE MUERTE: Heridas por proyectil de arma de fuego. Asfixia por Ahorcamiento y Heridas por arma blanca.

10 ARMA CON LA QUE SE PRIVO DE LA VIDA.
Armas de fuego de diversos calibres como son: 9 milímetros, 38 súper; Armas blancas como son: Navaja tipo 007 y en los casos de asfixia la presión de las manos sobre el cuello. LESIONES SUFRIDAS. Heridas por proyectil de arma de fuego localizadas en la región occipital y parietal . Surco a nivel de cuello. Golpes contusos en diversas partes del cuerpo.

11 CONDICIONES Y LUGAR DONDE SE ENCONTRARON A LAS VICTIMAS.
Predios o terrenos baldíos. Explanada de Centros Comerciales. Carreteras de diferentes Municipios. CON RELACIÓN AL SUPUESTO O CIERTO VICTIMARIO, DATOS DEL VICTIMARIO SON REGISTRADOS, ¿CUALES FUERON LOS MÓVILES DE LOS CRIMINALES? De acuerdo a los datos obtenidos de la investigación, se obtiene un retrato hablado del probable responsable, fotografías, se obtiene información de sus teléfonos celulares, los cuales se almacenan en un álbum fotográfico para posibles comparaciones con otros hechos delictivos y sus rasgos fisionómicos, como se menciono los móviles son el secuestro y violencia familiar.

12 A la fecha se encuentra una persona sin ser identificada.
¿CUANTAS MUJERES VICTIMAS DE HOMICIDIO NO HAN SIDO IDENTIFICADAS Y CUALES SON LOS MECANISMOS QUE SE UTILIZAN PARA LA IDENTIFICACIÓN DE LAS VICTIMAS? A la fecha se encuentra una persona sin ser identificada. En estos casos se procede a publicar los rasgos fisionómicos de la victima en el portal oficial de la Procuraduría General de Justicia, así como también en diversos medios impresos. Así mismo se procede a solicitar el dictamen de genética forense y a través del Laboratorio de Biología Molecular, que se encarga en cuanto ha obtención de perfiles genéticos de indicios, relacionados con homicidios de mujeres, cuyos archivos quedan guardados para posibles confrontaciones con los familiares de la victima.

13 Con el fin de obtener estos perfiles de indicios biológicos, como liquido seminal, saliva, sangre y pelo, vinculo establecido entre victima y victimario y con el lugar de los hechos o el hallazgo de la victima, estos tejidos sirven como método de identificación humana. La Información de las victimas no identificadas se comparte con la diversas Procuradurías Generales de Justicia y Fiscalías Generales.

14 a).- Código Penal del Estado de Guerrero.
3.- INFORMACIÓN SOBRE LA INFRAESTRUCTURA MATERIAL Y HUMANA Y EL MARCO JURÍDICO DE LA FISCALÍA PARTE LA INVESTIGACIÓN DE HOMICIDIOS Y DESAPARICIONES DE NIÑAS Y MUJERES. Con fecha 10 de diciembre de 2010 se realizaron diversas reformas al marco normativo de nuestra Entidad como son: a).- Código Penal del Estado de Guerrero. b).- Código Procesal Penal del Estado de Guerrero. c).- Ley número 553 de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia del Estado de Guerrero. d).- Ley para la Igualdad entre el Hombre y la Mujer del Estado de Guerrero.

15 ¿QUE MEDIDAS DE PREVENCIÓN SE HAN TOMADO POR PARTE DE LA PROCURADURÍA?
Por otra parte como se menciono en un principio con relación al homicidio en agravio de Mujeres, con fecha 16 de mayo del año en curso, se creo la Fiscalía Especializada para la Investigación del Delito de Homicidio Doloso cometido en agravio de Mujeres y demás Personas con Orientación o Preferencia Sexual por Identidad de Genero, ya que anteriormente solo funcionaba una Unidad Administrativa. ¿QUE MEDIDAS DE PREVENCIÓN SE HAN TOMADO POR PARTE DE LA PROCURADURÍA? Por cuanto hace a la desaparición de personas, a través de la Dirección General de Atención a Victimas del Delito se imparten conferencias sobre medidas de prevención para evitar la desaparición de personas, así como también se entregan trípticos con recomendaciones para los padres de familia, maestros y alumnos, además se cuenta con una base de datos de las personas desaparecidas la cual es compartida con las diversas Procuradurías Estatales y de forma continua se publican en los lugares públicos y oficinas las fotografías y datos de las personas desaparecidas.

16 Por otra parte con fecha 23 de agosto del año en curso, se publicó el acuerdo en que se determinan las políticas públicas para la atención de victimas del delito, donde se establece la obligación del Ministerio Público para asesorar legalmente a la victima u ofendido, proporcionar atención médica y psicológica necesaria, solicitar la reparación del daño, resguardar los datos e identidad personal de las personas cuando el caso lo amerite, proporcionar protección personal a la victima en sus derechos y posesiones, asegurándolos para evitar el menoscabo o perdida de los mismos.

17 ¿QUE TIPO DE CAPACITACIÓN SE HA DADO A PERITOS Y PERSONAL MINISTERIAL?
A través del Instituto de Formación Profesional se ha capacitado al personal de Agentes del Ministerio Público, Policía Ministerial y Peritos en los siguientes cursos. Investigación y actuación en el delito de trata de personas. El estigma de la discriminación en la administración y procuración de justicia. Superación de estereotipos sobre el rol social de las mujeres. Actualización en metodología de la investigación de homicidios.

18 ¿CUENTAN CON PROTOCOLOS ESPECIALIZADOS CON LA DEBIDA DILIGENCIA DE HOMICIDIOS Y DESAPARICIONES DE MUJERES? Por cuanto hace a las diligencias de homicidio en agravio de mujeres se cuenta con un protocolo de investigación del delito de homicidio desde la perspectiva del feminicidio, actualmente manifestamos nuestra adhesión al protocolo único de investigación de los delitos relacionados con desapariciones de mujeres, del delito de violación de mujeres y del delito de homicidio de mujeres por razones de generó.

19 EL MARCO JURÍDICO DEL ESTADO CONTEMPLA ÓRDENES DE PROTECCIÓN PARA MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA, ¿CUANTAS SE HAN EMITIDO? Por cuanto hace a la violencia familiar como medida de protección a las víctimas se establece la prohibición del probable responsable para acercarse al domicilio, molestar a la víctima en su entorno social la cual es vigilada por el Agente del Ministerio Público. Por cuanto hace a los homicidios dolosos en contra de mujeres, se dictaron medidas consistentes en: Protección física y psicológica, consistente en vigilar los domicilios de las víctimas para salvaguardar sus integridades físicas y el cumplimiento de las mismas es vigilado por la Dirección General de Víctimas del Delito.

20 Ninguna que ha sido asegurada, ha sido víctima de homicidio.
¿SE TIENE INFORMACIÓN DE CUANTAS MUJERES QUE CONTABAN CON ÓRDENES DE PROTECCIÓN HAN SIDO VÍCTIMAS DE HOMICIDIO? Ninguna que ha sido asegurada, ha sido víctima de homicidio.

21 4.- INFORMACIÓN DE LOS CASOS DE NIÑAS Y MUJERES DESAPARECIDAS PRESENTADAS EN EL PERIODO 2000 – 2011.
Número de reportes de casos de desapariciones de niñas y mujeres que se tienen registrados en este periodo

22 ¿CRITERIOS PARA INICIAR LOS REGISTROS ADMINISTRATIVOS O AP, ANTE EL REPORTE O DENUNCIA DE UNA DESAPARICIÓN DE UNA NIÑA O UNA MUJER? Inicialmente se inicia una acta ministerial donde el familiar de la persona desaparecida declara la forma en cómo desaparece, y de acuerdo a estas circunstancias se requiere nos proporcione una fotografía, procediéndose a girar un oficio de investigación y localización de la agraviada, anexando para ello la fotografía correspondiente, de igual forma se gira oficio con la fotografía a la Dirección General para Victimas del Delito, para que la misma sea enviada a las diversas Procuradurías de los Estados para la búsqueda de la víctima.

23 ¿EXISTEN CRITERIOS PARA IMPLEMENTAR ACCIONES DE BÚSQUEDA URGENTES?
¿LA PROCURADURÍA CUENTA CON ALGÚN MECANISMO PARA LA BÚSQUEDA Y LOCALIZACIÓN DE NIÑAS Y MUJERES DESAPARECIDAS EN LA ENTIDAD? Contando con la media filiación y señas particulares de las mujeres víctimas, se procede a realizar una ficha de identificación, misma que se distribuye a las Fiscalías Regionales de esta Entidad Federativa, así como también a las diversas Procuradurías de los Estados, proporcionando para ello los números telefónicos de la dirección y el portal oficial de la Procuraduría. ¿EXISTEN CRITERIOS PARA IMPLEMENTAR ACCIONES DE BÚSQUEDA URGENTES? Precisamente se procede a subir la fotografía al portal oficial de la Institución y es enviada a las diversas agencias del Ministerio Público y a las Coordinaciones de la Policía Ministerial para que se proceda a la búsqueda de la víctima.

24 ¿SE HA IDENTIFICADO ALGUNA RELACIÓN ENTRE LOS CASOS DE NIÑAS Y MUJERES DESAPARECIDAS CON OTROS DELITOS COMO LA TRATA DE PERSONAS, EL HOMICIDIO, LA PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD, ENTRE OTROS? Si existe relación por cuanto hace a las víctimas de violación y privación ilegal de la libertad, es decir, en algunos casos las mujeres y niñas desaparecidas fueron localizadas y de acuerdo a su declaración ministerial son víctimas de estos delitos. ¿CÓMO SE HA IMPLEMENTADO EL PROTOCOLO AMBER EN SU ENTIDAD Y CUÁLES SON LOS RESULTADOS? Dicho protocolo es una red Nacional que enlaza autoridades, organizaciones no gubernamentales, ciudadanos y medios de comunicación para localizar a los niños desaparecidos.

25 Para activar la alerta AMBER es necesario:
La víctima sea menor de 18 años de edad. Que el niño se encuentre en peligro de sufrir un daño grave. Que la persona desaparecida sea víctima de trata de personas, víctima de secuestro o sustracción. Que exista información suficiente sobre la víctima, así como datos de las circunstancias del hecho que puedan ayudar en la búsqueda. El objetivó es publicar la información de la persona desaparecida en las redes sociales, correos electrónicos, twitter y facebook .

26 Dicho protocolo se va a implementar en la Entidad para ello se está trabajando en coordinación con la Procuraduría General de la República para su implementación, por lo que he designado un enlace jurídico, un enlace técnico y quince usuarios, ante el Centro Nacional de Planeación, análisis e información para el combate a la delincuencia, para poder tener acceso al portal de interprocuradurías, donde se enviara la información de las personas desaparecidas..


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