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CAPITULO 2 SUJETOS DEL DERECHO PRIVADO PERSONAS COLECTIVAS EN PARTICULAR Prof. MAC SUJETOS DEL DERECHO PRIVADO PERSONAS COLECTIVAS EN PARTICULAR Prof.

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1 CAPITULO 2 SUJETOS DEL DERECHO PRIVADO PERSONAS COLECTIVAS EN PARTICULAR Prof. MAC SUJETOS DEL DERECHO PRIVADO PERSONAS COLECTIVAS EN PARTICULAR Prof. MAC

2 PERSONAS COLECTIVAS CON AUTORIZACION ESTATAL

3 ORIGEN DE LA PERSONA JURIDICA Siguiendo la teoría de la realidad. El Estado no “crea” la persona jurídica, “declara” que se reunieron las condiciones del art. 33 inc. 1; le da la posibilidad de gozar de los beneficios que le otorga al reconocerle personalidad jurídica.

4 ENUMERACION Art. 33 Las personas jurídicas tienen carácter público o privado… Tienen carácter privado: 1.- Asociaciones y Fundaciones, que tengan por principal objeto el bien común, posean patrimonio propio, sean capaces por sus estatutos de adquirir bienes, no subsistan exclusivamente de asignaciones del estado y obtengan autorización para funcionar. Art. 33 Las personas jurídicas tienen carácter público o privado… Tienen carácter privado: 1.- Asociaciones y Fundaciones, que tengan por principal objeto el bien común, posean patrimonio propio, sean capaces por sus estatutos de adquirir bienes, no subsistan exclusivamente de asignaciones del estado y obtengan autorización para funcionar.

5 Enumeración AsociacionesFundaciones Ciertas sociedades comerciales. Sociedades de Econ. Mixta, Cooperativas, Cía. de Seguros. Otras entidades. Univ. Privadas, Consejos Profesionales, Academias Nacionales

6 PRESUPUESTOS Acto constitutivo. Voluntad de las partes o del fundador Bien común. Sin fines de lucro. Poseer patrimonio propio. No subsistir exclusivamente de asignaciones del Estado Sean capaces por los estatutos de adquirir bienes. Que posean órganos de gobierno. Autorización del Estado

7 ORGANISMOS COMPETENTES PARA OTORGAR LA AUTORIZACIÓN La autorización es ADMINISTRATIVA. Del ESTADO. DENOMINACIONES del ORGANISMO: Dirección General de Personas Jurídicas. Inspección General de Personas Jurídicas. Inspección General de Justicia. Normativa que se aplica: LA DE CADA PROVINCIA

8 El Estado ente controlador El reconocimiento de la personería otorga beneficios : Por ejemplo que la responsabilidad contractual recaiga en el ente ideal - no sobre los administradores. El ESTADO APRUEBA LOS ESTATUTOS, AUTORIZA EL FUNCIONAMIENTO Y CONTROLA LA VIDA DE LA PERSONA JURIDICA.

9 ORGANISMOS COMPETENTES PARA OTORGAR LA AUTORIZACIÓN AUTORIZACIÓN: acto expreso que faculta a funcionar como tal a la persona jurídica. El órgano competente es la Inspección General de Personas Jurídicas. La autorización también puede ser otorgada por ley del Congreso, como en el supuesto de la admisión de nuevas ordenes religiosas. Si se trata de Asociaciones profesionales, la ley 23.551(art.21) establece que la personería gremial será otorgada por el Ministerio de Trabajo

10 ORGANO AUTORIZANTE La Inspección General de Justicia, organismo dependiente del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, tiene a su cargo el Registro Público de Comercio y los Registros de Asociaciones Civiles y Fundaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Son sus facultades: registrar la inscripción de las sociedades comerciales que se constituyen en el ámbito de la Capital Federal, así como también otorgar personería jurídica a las entidades civiles que así lo soliciten. En ejercicio de sus funciones registrales, la Inspección General de Justicia inscribe en la matrícula a los comerciantes y auxiliares de comercio.

11 ORGANO AUTORIZANTE Dirección de personas jurídicas Chaco: Dependiente dela Subsecretaría de Gobierno. Tiene a su cargo la fiscalización de las sociedades por acciones, de las asociaciones civiles y simples asociaciones que sean sujeto de derecho y de las fundaciones constituidas en el territorio provincial, de las filiales o sucursales de las constituidas en otra jurisdicción dentro del territorio nacional o de las constituidas en el extranjero que hagan ejercicio habitual en esta Provincia, de actos comprendidos en su objeto social, establezcan sucursales, asiento o cualquier otra especie de representación permanente.

12 ORGANO AUTORIZANTE Dirección Provincial de Personas Jurídicas. Corrientes: Dependiente del Ministerio de Justicia. Realiza los análisis y estudios de la documentación presentada e informar sobre la legitimidad del pedido y/o mantenimiento de la personería jurídica de las sociedades comerciales, asociaciones civiles, fundaciones y otras formas asociativas

13 ASOCIACIONES Entidad creada por un grupo de hombres reunidos en torno a un fin común que son investidos por el derecho de personalidad y capacidad. DEFINICION Acto constitutivo: Acto jurídico plurilateral Fines: bien común. sin fines de lucro. Patrimonio: provisto totalmente o parte por sus asociados. Miembros: se denominan asociados Deben obtener autorización para funcionar. CARACTERES ASAMBLEA COMISION DIRECTIVA SINDICATURA O COMISION REVISORA DE CUENTAS. ORGANOS DE GOBIERNO

14 TAMBIÉN LLAMADAS CORPORACIONES, QUE PUEDEN TENER FINES : CIENTÍFICOS, ARTÍSTICOS, DEPORTIVOS, CULTURALES, ETC., COMO CLUBES, MUTUALES, SOCIEDADES DE FOMENTO, ETC.; ASOCIACONES

15 Órganos de Gobierno: ASAMBLEA DE ASOCIADOS Órgano Supremo, deliberativo de la entidad. Formado por todos los asociados. FUNCIONES: 1) Nombra y remueve al órganos directivos 2) Aprueba o rechaza las cuentas relativas a la gestión del directorio. 3) Modifica estatuto. 4) Decide la extinción de la Persona

16 ORGANOS DE GOBIERNO CLASES DE ASAMBLEAS ASAMBLEAS ORDINARIAS. Convocadas con periodicidad determinada en los estatutos, se tratan temas comunes. ASAMBLEAS EXTRAORDINARIAS: Convocadas fuera de fecha establecida y tratan temarios especiales.

17 ORGANOS DE GOBIERNO COMISION DIRECTIVA O DIRECTORIO. Órgano ejecutivo o autoridad ejecutora elegido por la asamblea. FUNCIONES Efectúa el manejo y administración del ente en lo cotidiano. Representa al ente frente a terceros.

18 ORGANOS DE GOBIERNO ORGANO DE CONTRALOR O VIGILANCIA Sindicatura o comisión revisora de cuentas. FUNCIONES: Fiscaliza la actuación del órgano ejecutivo Dictamina para asesorar a la asamblea en el manejo patrimonial. Controla que las decisiones asamblearias sean ejecutadas.

19 Personería Jurídica. Asociación. CHACO La documentación deberá presentarse ante la Mesa de Entradas y Salidas de la Dirección de las Personas Jurídicas. Revisión Técnica por parte del Departamento de Asociaciones Civiles. Es necesario el Dictamen de la Asesoría General de Gobierno. Firma del Decreto que otorga la Personería Jurídica por el Gobernador Requisitos Nota de presentación solicitando la personería jurídica Copia mecanografiada del Acta Constitutiva y Estatutos Nómina de los asociados fundadores Firmas de los Socios Manifestación de los bienes que integran el patrimonio de la asociación

20 ASOCIACION JUBILADOS Y PENSIONADOS NACIONALES. ASOCIACION DE TRAUMATOLOGIA. AGRICULTORES FEDERADOS ARGENTINOS SCL CAJA FORENSE DEL CHACOASOCIACION DE CONSORCIOS CAMINEROS Ejemplos de asociaciones

21 FUNDACIONES Son entidades creadas por un acto jurídico unilateral, gratuito, de una persona física o jurídica denominada fundador, quien los dota de bienes destinados a un fin altruista y que requieren autorización estatal para su funcionamiento DEFINICION Acto constitutivo: acto jurídico unilateral, aunque sean varios los fundadores, las voluntades son paralelas. Fines: Bien común, siempre altruista Patrimonio: aporte de los fundadores. Miembros: beneficiarios CARACTERES FUNDADOR CONSEJO DE ADMINISTRACION COMITÉ EJECUTIVO BENEFICIARIOS ORGANOS DE GOBIERNO

22 FUNDACIONES Régimen legal Ley 19.836, de 1972. ARTICULO 1. - Las fundaciones a que se refiere el artículo 33 del Código Civil son personas jurídicas que se constituyen con un objeto de bien común, sin propósito de lucro, mediante el aporte patrimonial de una o más personas, destinado a hacer posible sus fines. Para actuar como tales deberán requerir la autorización prevista en el artículo 45 del citado Código.

23 Órganos de Gobierno y Administración CONSEJO DE ADMINISTRACION A cargo del gobierno y la administración de la fundación, compuesto por tres personas. Una puede ser el fundador FUNCIONES Debe hacer cumplir el objeto de la fundación, conforme al estatuto.

24 Órganos de Gobierno y Administración COMITÉ EJECUTIVO Es el órgano que administra; puede o no estar prevista su existencia en el estatuto, integrado por miembros del Consejo administrativo u otros sujetos. Sus funciones la determina el estatuto. Ante la existencia de este órgano para administrar, el Consejo Administrativo pasa a ejercer control y vigilancia

25 FUNDACION EL NAZARENO. EL CHACO FUNDACIÓN URUNDAY FUNDUNE Ejemplos de Fundaciones

26 PERSONAS JURÍDICAS QUE NO NECESITAN AUTORIZACIÓN SOC.CIVILES ART. 1648 Cód. Civil DOS O MAS PERSONAS SE OBLIGAN MUTUAMENTE CADA UNA CON UNA PRESTACION CON EL FIN DE OBTENER UTILIDAD APRECIABLE EN DINERO SOC.COMERCIALES ART. 1 LEY 19550 DOS O MAS PERSONAS EN FORMA ORGANIZADA Y CONFORME A UNO DE LOS TIPOS PREVISTOS EN LA LEY SE OBLIGUEN A APORTAR PARA APLICARLOS A LA PRODUCCION O INTERCAMBIO DE BS. O SERVICIOS, PARTICIPANDO DE GANACIA Y SOPORTANDO PERDIDAS.

27 DIFERENCIAS SOCIEDADES COM 1.-Inscripción: Reg.Pbco de Com. 2.-Forma de constitución: Instrumento Pco. o privado. S.A. y en Comandita, Instrumento Pbco. 3.-Tipo societario: lo establece la ley 19550 SOC. CIVILES 1.-Inscripción: no están obligadas. 2.- Solo por esc. pbca. Art. 1184 inc.3 3.-No tiene establecido uno especifico, puede ser de capital, industria o participación

28 DIFERENCIAS 4.- Deben llevar libros de comercio, contabilidad organizada 5.- Cesación de pago: concurso o quiebra 6.-Justicia competente: comercial 4.-Ninguna obligación aparece impuesta. 5.-Da lugar al concurso civil.- 6.-Justicia Competente Civil.

29 Simples asociaciones Artículo 46. Las asociaciones que no tienen existencia legal como personas jurídicas, serán consideradas como simples asociaciones civiles o religiosas, según el fin de su instituto. Son sujetos de derecho, siempre que la constitución y designación de autoridades se acredite por escritura pública o instrumentos privados de autenticidad certificada por escribano público. De lo contrario, todos los miembros fundadores de la asociación y sus administradores asumen responsabilidad solidaria por los actos de ésta. Supletoriamente regirán a las asociaciones a que este Artículo se refiere las normas de la sociedad civil

30 ESTATUTO También llamado contrato social. Es la Ley fundamental de la Pers. Jdca. Está expresado en un instrumento, que establece las reglas básicas sobre la que se estructura la organización y la vida de la persona jurídica. SU IMPORTANCIA: Es el presupuesto o requisito indispensable para la concesión de la persona jurídica.

31 ESTATUTOS Una vez aprobado por el Estado se transforma en una verdadera norma para sus miembros. El Estado a través del estatuto verifica la legalidad de las disposiciones de la Persona Jurídica.

32 LA EMPRESA DE FAMILIA Empresas de familia : es aquella unidad económica integrada por los miembros de una familia nuclear, que se ocupa de elaborar productos o prestar servicios.

33 EMPRESA DE FAMILIA Existen tres aspectos que permiten caracterizarla: A) La propiedad o control sobre la empresa B) el poder de la familia sobre la empresa, normalmente por el trabajo desempeñado en ésta por algunos de los miembros de la familia C)La intención de transferir la empresa a generaciones venideras que se incorporan

34 PROTOCOLO El protocolo es también conocido como el acuerdo, pacto o contrato de los miembros de las empresas de familia, con efectos jurídicos, para los mismos. “Una guía índice de contenidos debería agrupar al menos los cinco grandes temas: Patrimonio y fiscalización, órganos de gobierno y poder; trabajos y dirección de la empresa ; sucesión y formación; cultura y valores…”


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