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Taller de Educación Financiera - CNBS Conceptos Básicos Sobre Seguros y Pensiones.

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Presentación del tema: "Taller de Educación Financiera - CNBS Conceptos Básicos Sobre Seguros y Pensiones."— Transcripción de la presentación:

1 Taller de Educación Financiera - CNBS Conceptos Básicos Sobre Seguros y Pensiones

2 ¿Qué es Exposición al Riesgo? ¿Que es un Seguro? ¿Qué es una Póliza de Seguro? Contenido de una póliza de seguros ¿Qué es Prima? ¿Qué es el Siniestro? Recomendaciones en caso de siniestro Clasificación de los Seguros Recomendaciones para contratación de Seguros Tipos de Cláusulas en los Contrato de Seguros Algunas características de los contratos de seguros Prescripción de un Contrato de Seguro Clasificación de las Instituciones de Seguros Sistema Asegurador Pensiones ¿Que es un plan de pensiones? ¿Que es un fondo de pensiones? Beneficios de los fondos de pensiones ¿Qué es el Servicio de Atención a Reclamos (SAR)? Procedimiento para presentar un reclamo ante la CNBS Decálogo de Derechos y Deberes de los Usuarios Financieros Usted Conocerá

3 Es una Incertidumbre que, si ocurre afectará nuestra capacidad de realizar un objetivo o más y puede perjudicar nuestra posibilidad de realizar nuestras metas personales. Exposición al Riesgo

4 ¿Qué es un Seguro? Es un mecanismo mediante el cual una institución de seguros, se obliga a indemnizar un daño o a cumplir con la prestación convenida, a una persona ya sea natural o jurídica, a cambio del pago de un monto de dinero, denominado prima.

5 Póliza de Seguro Póliza de Seguro, es el documento que instrumenta el contrato de seguro, contiene las disposiciones que regulan las relaciones contractuales entre la institución de seguros y el asegurado.

6 Contenido de una Póliza Los nombres, domicilios de los contratantes y firma de la institución aseguradora; La designación del bien o de la persona asegurada; La naturaleza de los riesgos garantizados; El momento a partir del cual se cubre el riesgo y la duración del mismo. El monto asegurado; La prima del seguro. ; y Las demás cláusulas que deban figurar en la póliza de acuerdo con las disposiciones legales, así como las convenidas por los contratantes. Condiciones Especiales Condiciones Generales

7 ¿Qué es Prima? Prima es el valor que debe satisfacer el contratante o asegurado a una institución de seguros por la cobertura del riesgo que el contrato de seguro cubre.

8 ¿Qué es el Siniestro? Siniestro se define como la realización del riesgo asegurado, previsto en el contrato de seguro, del cual surge la obligación de que la aseguradora indemnice de acuerdo a lo pactado.

9 Recomendaciones en caso de Siniestro Dar parte a la institución aseguradora de la ocurrencia del siniestro en forma inmediata o en el plazo establecido en la Póliza o Contrato de Seguro. Presentar todas las evidencias conducentes a la determinación de la causa y proporcionar toda la información requerida que tenga relación con el siniestro. Una vez aceptado el siniestro, la aseguradora debe pagar la indemnización.

10 Clasificación de los Seguros Seguros de Personas: El objeto asegurado es la persona, existen diferentes modalidades las principales son: “Seguro de Vida”, “Seguro de Accidentes” y el “Seguro de Enfermedad”.

11 Clasificación de los Seguros Seguros de Daños o patrimoniales: Su fin principal es reparar la pérdida sufrida en el patrimonio del tomador del seguro a causa de siniestro, se dividen en: Seguros de bienes (Incendio, Automóviles, Robo, etc.) Seguros de Responsabilidad (Responsabilidad Civil)

12 Clasificación de los Seguros Los Seguros de Prestación de Servicios: garantizado por el asegurador en este tipo de seguros es una prestación de un servicio cuando se produzca la situación que lo haga necesario, entre los mas comunes encontramos: Asistencia Sanitaria, Servicios Fúnebres, Asesoría Legal, Asistencia en Viajes, etc.

13 Recomendaciones en la contratación de un Seguro. Obtenga su seguro de una institución legalmente autorizada. Infórmese sobre las exclusiones que se establecen en la póliza y anexos del contrato. Proporcione la información solicitada por la aseguradora en forma objetiva y verazmente. La falsedad o inexactitud en las declaraciones del asegurado, hacen anulable el contrato de seguro. Infórmese de los procedimientos y plazos para comunicar el siniestro.

14 Tipos de Cláusulas en el Contrato de Seguro Legales: Conceden al asegurado derechos que ya figuran en la Ley, por lo tanto son validas. Limitativas: Son aquellas que en algún modo o momento restringen los derechos del asegurado y que deben ser aceptadas específicamente por éste y por escrito. (exclusiones) Lesivas: Se denominan así aquellas que prohíben o impiden total o parcialmente el ejercicio de un derecho del asegurado, por lo tanto son nulas.

15 Algunas Características del Contrato de Seguro Bilateral: Esta característica surge del nacimiento de derechos y obligaciones para las partes en el contrato. El tomador o asegurado está obligado al pago de la prima y el asegurador a dar la prestación pactada. Buena Fe: Principio básico y característico de todos los contratos que obliga a las partes a actuar entre sí con la máxima honestidad. La buena fe tiene una especialísima importancia en el contrato de seguro.

16 Prescripción de un Contrato de Seguro El Artículo Nº 1156 del Código de Comercio, establece que todas las acciones que se deriven de un contrato de seguro prescribirán en tres años, contados desde la fecha del acontecimiento que les dio origen.

17 Clasificación de las Instituciones de Seguros El primer grupo: Instituciones de Seguros dedicadas a operaciones de seguros de personas, relativos a la vida, invalidez o salud del asegurado. El segundo grupo: Instituciones de Seguros que se dediquen a operaciones de seguros de daños a los bienes o seguros patrimoniales y fianzas. El tercer grupo: corresponde a las Instituciones que operan con seguros del primer y segundo grupo. Los seguros de accidentes personales pueden ser operados por los tres grupos.

18 Sistema Asegurador Hondureño

19 Pensiones

20 ¿Qué es un Plan de Pensiones? En si, es el Producto Financiero de ahorro a largo plazo vinculado a la jubilación y a otras contingencias como la incapacidad laboral total y permanente y el fallecimiento. La forma jurídica es la de un contrato, en el que se regulan los derechos y obligaciones de las partes.

21 ¿Qué es un Fondo de Pensiones? Es la Institución Jurídica encargada de manejar un patrimonio, de carácter privado, creado para dar cumplimiento al Plan o Planes de pensiones. Los recursos patrimoniales correspondientes a cada plan pertenecen a los participantes y a los beneficiarios, quienes tienen un derecho de propiedad sobre el fondo de pensiones.

22 Beneficios de los Planes / Fondos de Pensiones La pensión brinda seguridad económica y social. La pensión puede ser recibida de manera periódica, temporal o vitalicia. Beneficia al participante y cuando éste fallece protege al cónyuge, a los hijos, padres o a cualquier otro beneficiario designado. Respaldo en casos de enfermedad y auxilio de invalidez por incapacidad en la Vejez.

23 Beneficios de los Planes / Fondos de Pensiones Los aportes son deducibles en un 100% de sus ingresos anuales a fin de calcular el Impuesto Sobre la Renta, los intereses que generan las inversiones del Fondo de Pensiones no son gravados con ningún tipo de tasa fiscal. Se puede retirar el total del fondo acumulado en cualquier momento ya que es un patrimonio de los participantes; sin embargo, se le aplicará un cargo por retiro anticipado. Se pueden hacer aportes extraordinarios en cualquier momento, así será mayor el patrimonio que acumule y más alta será la pensión que recibirá.

24 Sistema de Atención de Reclamos (SAR) Mediante el SAR las instituciones supervisadas atienden los reclamos presentados por sus usuarios financieros. Es totalmente gratuito. Los Oficiales de Atención al Usuario son los encargados de prestar este servicio. En caso que la respuesta no sea satisfactoria para el usuario financiero podrá presentar su reclamo a la CNBS.

25 Criterios para las Respuestas de los Reclamos Oportuna, Íntegra y Comprensible Las Instituciones deberán incluir en la respuesta : “En caso de que la presente respuesta por escrito no le sea satisfactoria, usted puede acudir a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros para interponer su reclamo ante este órgano supervisor”.

26 DPUF Institución Financiera Usuarios de productos financieros

27 Procedimiento de Atención de Reclamos Presentación del Reclamo a la Institución Supervisada Respuesta satisfactoria de la Institución Supervisada

28 Procedimiento de Atención de Reclamos (Respuesta no satisfactoria) Respuesta No Satisfactoria Presentación del Reclamo ante la CNBS Resolución de la CNBS Con, Sin o parcialmente con lugar Si cualquiera de las partes se siente afectada con la Resolución, puede o no interponer Recurso de Reposición Se interpone Recurso de Reposición Resolución de Recurso de Reposición emitida por la CNBS, que pone fin a la vía Administrativa. (El afectado podrá acudir a los tribunales competentes)

29 Principales Derechos y Deberes de los Usuarios Financieros ELEGIR RECLAMAR SERVICIOS DE CALIDAD

30 Derechos de los Usuarios Financieros Elegir con plena libertad los productos y servicios financieros que mejor respondan a sus necesidades particulares. Requerir que los productos o servicios así como los reclamos sean atendidos oportunamente. Obtengan oportunamente de las instituciones supervisadas el recibo correspondiente al pago del servicio o producto pactado, debiendo detallar en el mismo los conceptos a que se hayan aplicado los pagos. Reciban de las instituciones supervisadas información sobre la forma de cálculo de la tasa de interés nominal y efectiva, comisiones u otros conceptos de cualquier servicio o producto pactado, así como el costo anual total (CAT) del crédito. Sean atendidos en el menor tiempo posible, independientemente del tipo de transacción u operación que deban realizar. A este efecto las instituciones supervisadas extremaran esfuerzos y recursos para optimizar los tiempos de atención, tanto en servicio al cliente como en ventanillas o cajas.

31 Deberes de los Usuarios Financieros Informarse sobre las instituciones que se encuentran debidamente autorizadas y supervisadas por la CNBS o BCH. Informarse sobre las condiciones generales de los productos y servicios que ofrecen dichas instituciones supervisadas. Tomar en cuenta las instrucciones y recomendaciones que imparta la institución supervisada o la CNBS, sobre los productos o servicios financieros. Informarse sobre las instancias y procedimientos para la presentación de reclamos, quejas, y sugerencias. Brindar un trato respetuoso al personal de las Instituciones Financieras.

32 Comisión Nacional de Bancos y Seguros Colonia Castaño Sur, Edificio Santa Fe, Paseo Virgilio Zelaya Rubí. Teléfonos 2290-4500 Centro Comercial Plaza Miraflores, 2º Nivel, Local 267. Teléfonos: 2239-5110, 2290 4500 Banco Central de Honduras, Barrio El Centro, 5ª Ave. San Pedro Sula. Telefono 2552 2743 ext 3337 Página Web: www.cnbs.gov.hn

33 Gracias por su Atención


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